lunes, 25 de febrero de 2013

diccionario economico

A cambio contenido:
Esta orden de Bolsa se da simultáneamente por las partes que actúan la transacción (compradora y vendedora) pues, entre ellas, han pactado ya de antemano la operación. Puede asimilarse a una aplicación ordinaria, es decir, cuando un solo miembro de la Bolsa recibe órdenes de compra y venta que pueden casarse. Conforme a la normativa vigente este tipo de operaciones está sometido a ciertas restricciones. Es frecuente este tipo de operaciones en valores que no coticen en mercados organizados o que tengan su contratación suspendida o en el supuesto de Opas en donde el cambio ya está marcado en la propia oferta pública de adquisición.

A cuenta:
Es el pago parcial, por anticipado, de una determinada deuda: o la entrega por el comprador al vendedor de una fracción del precio de la compra.

A dinero:
Dícese de una opción negociable en el que el precio de ejercicio de la misma se corresponde con el precio actual del activo subyacente.

A la ejecución:
Orden de compra o venta de valores que deja al agente mediador, que realiza la operación, en libertad de fijar el cambio a la que aquella deba realizarse, al no haber fijado previamente el ordenante, un cambio límite.

A futuro:
Referido a los valores negociables supone un contrato de compraventa en el que, aun cuando el precio de la misma se pacta en el momento de su realización, la entrega de los títulos no se llevará a cabo hasta una fecha posterior, previamente convenida.

A la par:
Contratación de un valor en Bolsa a su precio nominal. La cotización a la par se identifica con el número índice de 100. Cambio o cotización equivalente al 100% del valor nominal del título.

A la vista:
Se aplica este término a la obligación representada por medio de un efecto o documento exigible al deudor cuando se le presenta. También se denominan así las cotizaciones (de monedas o mercancías) para entrega inmediata.

A voluntad:
Es una cláusula por la que en las operaciones bursátiles a plazo, condicionales, si bien el comprador o vendedor quedan obligados de forma definitiva se reservan el derecho de liquidar la operación en cualquier fecha, dentro del plazo convenido, a condición de avisar con una antelación de 24 horas.

Abandonar la opción:
Posición del comprador de una opción de renuncia a la operación convenida.

Abandono:
Revocación de una orden.// Dícese del caso en que el comitente se retire de su posición en las operaciones con prima, no quedando pues obligado por dicha operación con el pago de la prima.

Abandono de cuentas y valores:
Se consideran bienes abandonados por sus titulares y pertenecientes al Estado: los valores, dinero y demás bienes inmuebles, constituidos en depósito en toda clase de entidades financieras, respecto de los cuales no se haya practicado gestión alguna por los interesados que implique ejercicio de su derecho de propiedad en 20 años.

Abandono de prima:
Es la situación de un comprador de opciones que renuncia a retirar los valores o el contrato abandonando o pagando una prima.

Abono:
Apunte contable practicado en el haber de una cuenta.

Absorción:
Adquisición de una empresa por otra. A diferencia de la fusión, que presupone un cierto acuerdo entre las partes, en la absorción la empresa absorbente desempeña un papel hegemonónico. Proceso de integración del activo y pasivo de una sociedad en otra.

Abstinencia, teoría de la:
La que considera la remuneración del capital por medio de interés como una consecuencia del sacrificio que para el capitalista supone la renuncia temporal a su disfrute. Enunciada por Nassau William Senior.

Acaparamiento:
Práctica monopolística tendente al encarecimiento de un producto mediante la congelación de su oferta.

Acaparamiento de un mercado o valor:
Compras masivas de un valor negociable por un inversor con el objeto de manipular su precio. Es una situación que cada vez se controla más y se regula en los mercados organizados de valores.

Acción: (Share)
Parte alicuota del capital. Cada una de las partes en que está dividido el capital escriturado de una sociedad anónima. Pueden ser nominales o al portador, pudiendo diferenciarse series distintas por su valor nominal o por el contenido de sus derechos.

Acción a la par:
Acción emitida al valor nominal de la acción.

Acción al portador:
El titular justifica su tenencia por la posesión del título. Sistema de representación en títulos de carácter anónimo frente a la acción nominativa en que se designa al titular..

Acción amortizable:
Ver acción de disfrute.

Acción Anotada:
Sistema de representación de las acciones mediante anotaciones en cuenta.

Acción Antigua: (Old share)
Al producirse una ampliación de capital por medio de la cual la sociedad emitirá acciones nuevas, a las acciones que estaban ya de antes cotizando en bolsa se les da el nombre de acciones antiguas (o viejas) para no confundirlas con las recién emitidas. Esta diferenciación es debida, a que las acciones nuevas tienen unos derechos económicos reducidos, mientras que las acciones antiguas los tienen plenos. Durante el tiempo que existan esas diferencias, permanecerán los dos nombres.

Acción común:
Ver acción.

Acción con dividendo acumulativo:
Es la que da derecho a su titular a recibir conjuntamente con el dividendo no pagado en un año el devengado el año siguiente, acumulándose ambos dividendos.

Acción con dividendo garantizado:
Acción que garantiza a su titular un dividendo mínimo anual.

Acción con dividendo prioritario:
Es un tipo de acción que carece de derecho de voto pero en compensación goza de un dividendo suplementario que no tienen las acciones ordinarias. Si en un período establecido no se reparten dividendos la acción recupera su derecho de voto.

Acción con opción:
Acción que incorpora un derecho de opción de compra o venta.

Acción con opción de recompra:
Es un tipo de acción que su suscriptor tiene derecho a una opción de venta al emisor a un precio fijo en un período determinado.

Acción con prima:
Se llama así en los aumentos de capital a las acciones nuevas emitidas en las que se exige a los suscriptores un desembolso superior al valor nominal de los títulos, representativo (en teoría) de la plusvalía adquirida por el activo social y destinado a mantener la igualdad económica entre los viejos y los nuevos accionistas. Acción que se emite por un valor superior al nominal.
 Su finalidad puede ser doble:
1) reforzar la capacidad patrimonial de la sociedad y
2) no disminuir el valor contable de las acciones tras una ampliación de capital.

Acción con restricción transmisiva:
Es una acción que no es libremente transmisible bien porque esté sujeta a un derecho real de prenda, a un pacto de prohibición de disponer o de reserva de dominio o como consecuencia de restricciones legales o estatutarias.

Acción con voto plural:
Acción que confiere a su titular más de un derecho de voto en las Junta General.

Acción concertada:
Grupo de inversores que acuerdan secretamente la toma de control de una empresa y, para ello, cada uno compra individualmente una cantidad de acciones pequeña pero que conjuntamente permite controlar la sociedad o tomar una decisión en común.

Acción concertada:
Acción que permite a su titular la posibilidad de convertir la acción en otros valores emitidos por la misma sociedad.

Acción congelada:
Es aquella acción que por motivos excepcionales tanto de la propia empresa emisora o del país de emisión sus dividendos y fondos han sido bloqueados y no pueden recibirse en forma de remuneración a los accionistas. Esta situación se ha dado en empresas con oscuras actividades en blanqueo de capitales de actividades ilícitas o en supuestos de guerra o bloqueo internacional de países.

Acción cotizada:
Acción admitida a negociación en los mercados organizados de valores.

Acción dada en prenda:
Acción sobre la cual recae un derecho real de prenda y que no es libremente disponible hasta tanto no haya vencido la obligación garantizada o autorice el acreedor garantizado su venta.

Acción de aportación:
Son las emitidas para entregar a los accionistas que han realizado aportaciones no dinerarias.

Acción de cuota:
Es aquella en la que su valor, por contraposición a las acciones de suma, no se expresa numéricamente en dinero, sino en forma decimal por referencia a una cuota parte del capital social. En definitiva, el valor nominal, aun no figurando en el título, puede determinarse sin más que una operación aritmética.

Acción de disfrute:
Surgen como consecuencia de operaciones de reducción de capital con cargo a beneficios o reservas libres con amortización de los primitivos títulos y entrega de unos nuevos a los antiguos titulares, que las facultan para seguir participando en los beneficios.

Acción de goce:
Ver acción de disfrute.

Acción de gracia:
Ver acción de disfrute.

Acción de industria:
Ver acción de trabajo.

Acción de oro:
Cuando el estado privatiza una sociedad pública, suele reservarse ciertos derechos para poder controlar algunas decisiones de la sociedad privatizada. A esta reserva que se hace el estado es a la que en términos coloquiales y en la prensa se le conoce con el nombre de acción de oro.

Acción de trabajo:
Surgió en el derecho francés con la finalidad de asociar en la empresa al personal a través de una participación en beneficios. En la práctica española esta finalidad se alcanza por una doble vía:
· A través de las denominadas "prestaciones accesorias" y que pueden atribuir derecho a participar en beneficios.
· Mediante la entrega de acciones liberadas al personal. 
Acción de voto plural:  Es la que está dotada de un mayor número de votos que otras acciones de igual valor nominal. En la ley de Sociedades Anónimas Española (art.38) se dice expresamente: "en ningún caso será lícita la creación de acciones de voto plural".
Acción desembolsada:
Dícese de la acción suscrita y cuyo valor nominal ha sido íntegramente ingresado en la caja social. La legislación española en este punto no admite la existencia de la sociedad por el hecho sólo de suscribirse su capital. Es exigible que cada una de las acciones que integran el capital de la sociedad esté, al menos, desembolsado en una cuarta parte.

Acción en cartera:
Es aquella acción que no ha sido suscrita por persona alguna y, por tanto, no ha sido puesta en circulación al tiempo de constituirse la sociedad, reservándose como un fondo de maniobra para su colocación por los administradores de la sociedad sin cumplir los requisitos exigibles al aumento del capital.

Acción ex derecho:
Dícese de aquélla respecto de la cual se ha ejercitado el derecho de suscripción preferente, o de la que se ha vendido el correspondiente cupón.

Acción liberada:
Se dice de la acción por la que el accionista no desembolsa nada en suscripción, ya que la emisión se hace con cargo a reservas libres. También conocida como acción gratuita.

Acción no cotizada:
Acción no admitida a negociación en los mercados bursátiles organizados.

Acción no liberada:
Acción en la que aún no se ha desembolsado la totalidad de su valor nominal, en este caso y según establece el artículo 52 de la Ley de Sociedades Anónimas deberán ser nominativas hasta tanto no se haya enteramente desembolsado su importe.

Acción nominativa:
Acción que designa como titular a una persona determinada, por lo que es de legitimación personal. El valor designa directamente a su legítimo tenedor.

Acción nueva: (New share)
Cuando hay una ampliación de capital en la sociedad, a las acciones que se emiten se les da el nombre de acción nueva. Esto es así para poder distinguirlas de las acciones que ya existían cotizando en la bolsa, puesto que durante algún tiempo ambas tendrán distintos derechos económicos. Una vez que finaliza el periodo en que ambas acciones coexisten teniendo distintos derechos, la acción nueva pasa a convertirse en acción antigua también.

Acción ordinaria:
Ver acción.

Acción preferente:
Es aquella que confiere un derecho especial a su titular. Recibe también el nombre de obligación participativa. Se trata de un título que es intermedio entre la acción y la obligación y que tiene una retribución fija siempre y cuando el emisor logre obtener unos beneficios mínimos.

Acción privilegiada:
Acción que a diferencia de las ordinarias, concede a su poseedor ventajas o privilegios en relación con los derechos de socio, salvo el derecho de voto. En España su creación es libre al constituirse la sociedad, pero durante la vida de ésta se condiciona severamente. La Ley española las prohíbe en determinados tipos de sociedades, como es el caso de Bancos, financieras, sociedades de inversión mobiliaria, sociedades de empresas…

Acción sin valor nominal:
Son de origen norteamericano. A diferencia de la concepción europea de la acción donde subsisten, generalmente difiriendo, valor real y valor nominal, éstas no tienen otro valor que el efectivo. En España se encuentran prohibidas ya que su admisión contradiría el principio de realidad y estabilidad del capital social. La Ley de Sociedades Anónimas (art. 11.3.f) exige la constancia en los estatutos del valor nominal de las acciones en que se divide el capital. Exigiéndose que en el título conste su valor nominal.

Acción sin voto:
Estos títulos tuvieron su origen en los ordenamientos anglosajones, para los que el derecho de voto no es consustancial a la condición de accionista, enderezados fundamentalmente a garantizar el dominio de la sociedad por una minoría.
En el derecho positivo español se encuentran proscritas (art. 39 de la Ley de Sociedades Anónimas).

Acción sindicada:
Es un término empleado para referirlo a los títulos encuadrados en convenios celebrados por los accionistas con la finalidad de crear mayorías estables que aseguren en lo posible una política social determinada o de garantizar la transmisión de los títulos entre los titulares asociados (sindicatos de mando o bloqueo).

Acción sintética:
Compra de una opción de compra y venta simultánea de una opción de venta sobre el mismo activo subyacente y con el mismo vencimiento.

Acción soporte:
Esta acción constituye el activo subyacente de los contratos de opción sobre acciones, es el valor sobre el cual se lleva a cabo la negociación en los mercados de opciones.

Acción subyacente:
Esta relacionada con los mercados de opciones. Se trata de la acción que se toma como base a la hora de crear un contrato para efectuar la negociación de una opción o futuro.
Si una sociedad que cotiza en bolsa, figura también en el mercado de opciones, las acciones de esta sociedad que están cotizando en la bolsa, son acciones subyacentes de los contratos de opciones y futuros.

Acción vieja:
Véase acción antigua.

Accionariado:
Conjunto de accionistas de una sociedad anónima.

Accionista: (Stock Holder)
Es el nombre que reciben los dueños de una o más acciones. En definitiva es el nombre que se les da a los socios de cualquier sociedad anónima.

Accionista mayoritario:
Accionista que detenta la mayoría de los derechos de voto del capital de una empresa. Existen mecanismos legales de protección al accionista minoritario en la Ley de Sociedades Anónimas.

Accionista minoritario:
Accionista que detenta una participación pequeña en el capital de una empresa.

Aceleración:
Repentino aumento de la velocidad en los movimientos de las cotizaciones de un valor negociable.

Acordeón:
Figura que hace referencia a una reducción de capital social a la que sigue una ampliación con fondos frescos aportados a la empresa. Se realiza para acomodar el capital social a una previa situación de pérdidas, para seguidamente inyectar nuevos recursos. En ocasiones, la operación se aprovecha por el grupo mayoritario de una sociedad a fin de desembarazarse de pequeños accionistas.

Acreedor:
El que tiene acción o derecho a pedir el cumplimiento de alguna obligación. Sus derechos se hallan reconocidos, en las cuentas de pasivo del deudor.

Acta:
Relación escrita de lo sucedido, tratado o acordado en una junta.

Acta de cotización:
Es el documento oficial emitido por los representantes de la Bolsa o cualquier otro establecimiento donde se compran y vendan bienes o servicios. Contiene el precio o precios que han alcanzado en el acto de la cotización los bienes intercambiados.

Acta de transferencia:
Es el documento mediante el cual el agente mediador comunica a la sociedad emisora de títulos, el nombre y datos del adquirente de acciones de la sociedad con el fin de efectuar, en el libro de registro de la misma, su inscripción como titular legítimo de las acciones compradas.

Activo:
Conjunto de bienes y derechos pertenecientes a una sociedad. Es la parte del balance que recoge los saldos deudores de las cuentas, representando en unidades monetarias, lo que la empresa posee, o bien el empleo que se ha dado al conjunto de recursos financieros que figuran en el pasivo del balance.

Activo amortizable:
Elementos del activo inmovilizado cuyo valor disminuye por su uso, deterioro natural, o cualquier causa excepto las exclusivamente monetarias.

Activo circulante:
Es la parte del activo compuesta por tesorería ( caja, cuentas corrientes bancarias), otros activos cuasilíquidos y bienes que se consideran que pueden realizarse en breve plazo o consumirse dentro del ciclo normal de producción.

Activo contingente:
Es un activo financiero cuya cotización está en función del precio de otro activo denominado básico.

Activo cuasimonetario:
Es un activo de gran liquidez y convertible rápidamente en efectivo dinerario.

Activo disponible:
Es la parte del activo de que dispone la empresa para ser utilizados inmediatamente para hacer frente a sus obligaciones de pago. Véase " Activo líquido ".

Activo ficticio:
Elementos del activo sin valor de realización. Se incluyen los gastos de constitución y de emisión y las pérdidas y ganancias de saldo deudor.

Activo fijo:
Es el activo no circulante. Forman parte del mismo los bienes destinables a la actividad de la empresa, pero que no se consumen en la misma, amortizándose durante la vida del bien.

Activo Financiero:
Nombre genérico que se da a las inversiones en títulos valores.

Activo funcional:
Es la parte del activo que colabora , conforme a los fines y objetivos de una empresa, en la producción de la misma.

Activo intangible:
Son elementos inmateriales que son valorables económicamente: concesiones , fondo de comercio, derecho de traspaso, etc.

Activo líquido:
Activo en forma de dinero o de depósitos bancarios a la vista.// Activo que puede realizarse rápidamente en dinero sin pérdida de su valor.

Activo material:
Son los elementos patrimoniales tangibles que se integran en el patrimonio de una persona física o jurídica.

Activo monetario:
Activo de total liquidez, equivalente inmediato a efectivo dinerario.

Activo real:
Son los elementos del activo distintos del activo ficticio. Elementos del activo que tienen un valor real.

Activo realizable:
Son los elementos del activo circulante realizables en un corto plazo.

Activo subyacente:
Activo que sirve de soporte o definición en un contrato de futuros o de opciones. El activo de soporte tiene una fuerte incidencia sobre el valor del contrato de futuros o de opciones al que sirve de base. El activo subyacente puede ser el activo en sí mismo o un índice de activos.

Activos rendimientos con rendimiento explícito:
Son aquellos en los que el rendimiento viene expresado por los intereses o cualquier otra forma de retribución expresamente pactada como contraprestación a la utilización o captación de recursos ajenos que son los tradicionales (certificados de depósito, imposiciones a plazo fijo, obligaciones, bonos, etc...). Desde la perspectiva fiscal estarán obligados a retener e ingresar en el Tesoro Público el porcentaje (25%) que se establezca en cada momento de los rendimientos explícitos las personas físicas o jurídicas que abonen este tipo de rendimientos. Se consideran rendimientos del capital mobiliario y tributan en él

Activos financieros con rendimiento implícito:
Se incluyen en esta categoría aquellas operaciones cuyo rendimiento se fije total o parcialmente, de forma implícita (el rendimiento es la diferencia entre el importe satisfecho en la emisión, primera colocación o endoso y el comprometido a reembolsar al vencimiento) a través de documentos tales como letras de cambio, pagarés, bonos, obligaciones, cédulas y cualquier otro título similar utilizado para la captación de recursos ajenos. Se incluyen como rendimientos implícitos las primas de emisión, de amortización o reembolso. Desde la vertiente fiscal procede la retención en el porcentaje establecido en la suscripción inicial por el rendimiento antes definido y en las sucesivas transmisiones por la diferencia entre el precio pagado y el de reembolso. Se considerará desde la perspectiva fiscal, como activo financiero con rendimiento implícito, cualquier instrumento de giro, incluso los originados en operaciones comerciales, a partir del momento en que se endose o transmita, salvo que el endoso o cesión se haga como pago de un crédito de proveedores o suministradores. Se consideran los rendimientos explícitos como rendimientos del capital mobiliario, se integran en la base imponible del sujeto pasivo y tributan en el Impuesto sobre la Renta.

Activos financieros con rendimientos mixtos:
Es un tipo de activo financiero que tiene rendimientos compuestos, es decir implícitos y explícitos, la normativa fiscal establece que los rendimientos derivados de valores representativos de la cesión a terceros de capitales propios seguirán el régimen de los rendimientos explícitos, cuando el efectivo anual que produzcan de esta naturaleza sea igual o superior al que resultaría de aplicar el tipo de interés que, a este efecto, se fije en los Presupuestos Generales del Estado correspondiente al ejercicio en que se produzca la emisión o, en su defecto, el tipo de interés legal del dinero vigente en dicha fecha, aunque en las condiciones de emisión, amortización o reembolso se hubiera fijado, total o parcialmente, de forma implícita, otro rendimiento adicional.
En el supuesto de emisiones de activos financieros con rendimiento variable o flotante, se tomará como interés efectivo de la operación su tasa de rendimiento interno, considerando únicamente los rendimientos de naturaleza explícita y calculada, en su caso, con referencia a la valoración inicial del parámetro respecto del cual se fije periódicamente el importe definitivo de los rendimientos devengados. A estos efectos fiscales se consideran a los rendimientos mixtos como rendimientos del capital mobiliario y se integran en la base imponible del Impuesto sobre la Renta.

Activos financieros con retención en origen (Afros):
Son activos financieros con rendimiento implícito que se diferenciaron fiscalmente en la Ley 14/1.985 de 29 de mayo (B.O.E. núm. 129 de 30 de Mayo) al gravarlos con una retención única en origen del 55 por ciento y eximir a las entidades que los negociasen de facilitar información tributaria nominativa de sus compradores por lo que se les conoce como " activos anónimos", "activos opacos" o AFROS.

Activos líquidos en manos del público (Alps):
Es un agregado monetario que se denomina también M4 y que incluye las disponibilidades líquidas y otros activos líquidos en manos del público, está formado por el efectivo en manos del público más los depósitos en el sistema bancario, los títulos de deuda a corto plazo, bonos de caja y de tesorería, pagarés de empresa, letras endosadas, otros pasivos bancarios y un conjunto de activos a corto plazo emitidos por diversas instituciones financieras.

Actualización:
Recibe este éste nombre el método por medio del cual se puede transformar un valor futuro en su valor actual equivalente. A la relación que existe entre el valor futuro y el presente se le llama Tasa de actualización.

Acuerdo de compensación:
Convenio de compensación de cobros y pagos que se realiza internacionalmente entre países o internamente o externamente entre entidades financieras.

Acuerdo de recomprar:
Transacción por la cual una persona adquiere un valor negociable y el vendedor se obliga a recomprarlo en un corto período de tiempo y a un precio preestablecido.

Adecuación de Capital:
Condiciones que se fijan por la autoridad monetaria o fiscal, como requerimiento de unos mínimos de recursos propios en determinadas instituciones financieras.

Adjudicación "a la Holandesa":
Es un procedimiento de colocación de los valores emitidos por el Estado. Se basa en el anuncio del Tesoro Público de la colocación en subasta pública de un montante mínimo de valores del Estado y se fija una cantidad definitiva en función de las demandas recibidas. Los valores se colocan a los adjudicatarios por orden creciente de coste para el Tesoro Público.

Administración de Carteras:
Actividad desarrollada por sociedades de servicios depositarias de títulos. Su función consiste, en el caso más limitado, en custodiar valores, gestionar valores, gestionar el cobro de cupones, y llevar un cierto control a efectos de las declaraciones fiscales. En un supuesto más amplio, además de las anteriores, gestionan la compra- venta de valores a fín de obtener plusvalías.

Admisión a cotización en Bolsa:
Trámite por el que los valores son aceptados a cotización oficial. Toda Sociedad que desee incluir sus títulos entre los admitidos debe solicitarlo de la Junta Sindical, presentando los documentos y antecedentes que dicha Junta estime necesarios. Los efectos públicos son admitidos de oficio cuando su emisión haya sido publicada en BOE.

ADS:
Es la unidad de negociación mínima que admite el Nyse (Wall Street). Generalmente un ADS está compuesto por tres acciones de la misma sociedad.

AFROs:
En la jerga financiera española, referencia a los activos financieros con retención en origen.

Agencia de Bolsa:
Sociedad que hace de intermediaria en operaciones bursátiles. Generalmente asesora y administra carteras de sus clientes y realiza colocaciones privadas y públicas. Es obligatorio su registro en la CNMV. Se diferencia de la Sociedad de Bolsa en que puede realizar operaciones en su propio nombre.

Agencia de calificación:
Se trata de un tipo de Sociedad que opina y califica el nivel de calidad y solvencia en las emisiones de renta fija, bien estatales o de una sociedad privada. Usan códigos de letras y números para representar su calificación, siendo estos característicos de cada agencia.

Agente de cambio y bolsa:
Agente intermediario en las operaciones bursátiles. Su figura desaparece con la Ley de Reforma del Mercado de Valores siendo desde entonces sus funciones desempeñadas por las Agencias de Bolsa y las Sociedades de Bolsa.

Agente económico:
Sujeto que interviene en la actividad económica. Según su actividad se distinguen:
· Agentes de producción
· Agentes de consumo
Según el nivel de análisis pueden agruparse en:
· Individuales o microeconómicos
· Intermedios
· Macroeconómicos
Agio:
Tiene varias acepciones:
· Beneficio que se obtiene del cambio de la moneda o de descontar letras, pagares, etc.
· Especulación sobre el alza y la baja de los fondos públicos.
· Especulación abusiva hecha sobre seguro, con perjuicio de un tercero.
En la Bolsa constituye el beneficio obtenido en transacciones a muy corto plazo, o bien el beneficio resultante de la compra y la venta de un determinado título en diferentes mercados de valores con distinta cotización.
En definitiva se trata de una especulación, valiéndose de medios ilícitos (insider trading) o inmorales (manipulando noticias).
Agregado:
Conjunto de elementos de la misma naturaleza o ligados a un mismo concepto, reunidos con el objeto de obtener una estimación de un conjunto que no es directamente accesible para una observación o medición.

Agregado Monetario ALP 1:
Equivale al agregado también conocido como "M4", formado por el M3, más los instrumentos a corto plazo de las Administraciones Públicas que figuren en firme en las carteras de valores de las familias y entidades sin fines de lucro.

Agregado monetario ALP2:
Formado por ALP1 más los pagarés de empresa en manos del público.

Agregado monetario M1:
Se forma con el efectivo en manos del público más los depósitos a la vista que figuran en el balance consolidado del sistema crediticio.

Agregado monetario M2:
Se forma con M1 más los activos que permiten la realización de transferencias y la domiciliación de pagos.

Agregado monetario M3:
Constituido por M2 más el resto de activos líquidos en poder del público residente, emitidos por el sector financiero residente.

Agregado monetario M4: 
Véase agregado monetario ALP 1.

Ahorro:
Es el excedente de la renta sobre los gastos de consumo corriente. Los gastos de consumo de las economías domésticas normalmente son iguales o inferiores a su renta, lo cual da lugar a que se mantenga una porción de la misma apartada, en general como precaución ante posibles necesidades futuras de consumo.

Al contado:
Compraventa de valores que implica la entrega simultánea del precio y del valor objeto del contrato.

Al descuento:
Este término se aplica a los títulos de renta fija que son emitidos con un descuento sobre el valor nominal de los mismos. A este tipo de títulos se le conoce con el nombre de títulos de cupón cero. Son un ejemplo típico de esta clase de títulos las Letras del tesoro.

Al mejor cambio:
Instrucciones que se cursan a los bancos o agencias de bolsa, para que una operación se haga al cambio más favorable para la persona que transmite la orden.También se usa la expresión "por lo mejor".

Al portador:
Véase acción al portador. Aplicable para cualquier título valor cuya propiedad se demuestra por la mera tenencia.

Alcista:
Perteneciente o relativo al alza de los valores en la Bolsa, o también de otras magnitudes económicas. Se da también este calificativo a aquellas personas que juegan al alza de los valores en la Bolsa.

Alícuota:
Parte que mide exactamente a su todo. La parte alícuota es la que resulta de dividir algo en un cierto número de partes iguales.

Alps:
Es el agregado monetario utilizado por los bancos centrales para la fijación de sus objetivos de crecimiento de la masa monetaria y como consecuencia de ello poder determinar los tipos de interés oficiales. Son los activos líquidos en manos del público.

Alza:
Aumento de precio que toma alguna cosa, como la moneda, los fondos públicos, las mercaderías, los valores bursátiles, etc. Se emplea para señalar los incrementos o elevaciones que en su valoración experimentan tanto los bienes económicos, como cualquier otra variable económica cuantificable.

Americana:
Una opción de tipo americana puede ejecutarse en cualquier momento hasta la fecha de vencimiento.

Amex: (American Stock Exchange)
Segundo mercado de renta variable de la Bolsa de New York. En el cotización mas de dos mil Sociedades. Le sigue al Nyse en importancia.

Amortizar:
Devolución de un capital prestado con arreglo a determinadas condiciones y plazos que en los valores mobiliarios coincidirán con las condiciones de emisión de dichos valores.  Término contable que viene a significar la pérdida del valor de un activo financiero mediante su pago o anulación, como consecuencia del uso, del transcurso del tiempo, de los adelantos de la técnica, o del cumplimiento del fin para el que estaba destinado.

Ampliación de capital:
Operación financiera consistente en modificar el capital social de una empresa aumentando s cuantía nominal. Puede realizarse recabando nuevas aportaciones de los socios, vendiendo títulos o acciones en el mercado de valores, incrementando la cuenta de capital con los saldos de las cuentas de reservas o de regularización de activo, o bien, canjeando obligaciones por acciones.
Las ampliaciones de capital, a través de la emisión de nuevas acciones y de su venta en la Bolsa, son una de las formas de financiación de las sociedades, al tiempo que constituyen una de las maneras de canalizar en las economías de mercado el ahorro privado hacia la inversión. Siempre los accionistas de la sociedad tienen derecho preferente a suscribir las nuevas acciones y además este derecho se puede también negociar en la Bolsa.

Ampliación a la par:
Se llama así a aquella ampliación de capital en la que las nuevas acciones son emitidas a su valor nominal.

Ampliación blanda:
Es aquella operación por la cual un accionista vende parte de sus derechos de suscripción preferente de una ampliación de capital de tal forma que con el efectivo recibido por esa venta le permita adquirir acciones con el resto de los derechos que posee sin desembolso adicional. Supone que el accionista suscribe sólo una parte de las acciones que podría suscribir y hace el desembolso con el valor de los cupones que no suscribe.

Ampliación con prima de emisión:
Se llama así a aquella ampliación de capital en la que las nuevas acciones salen a un precio mayor que su valor nominal, siendo la diferencia entre estos dos precios la que constituye la prima de emisión.

Ampliación liberada:
Se llama así a aquella ampliación de capital en la que las nuevas acciones tienen el carácter de liberadas bien sea total o parcialmente. Es decir la emisión es gratuita para el accionista o tiene un precio inferior a su valor nominal.

Análisis bursátil:
Conjunto de técnicas que sirven de base para la adopción de decisiones respecto al mercado de valores. Su objetivo es la formulación de hipótesis sobre el funcionamiento de este mercado o de un determinado valor del mismo.
Existen dos posturas:
· De un lado el análisis técnico que trata de explicar el precio de un valor en base a modelos de comportamiento, mediante la aplicación de la estadística, usando como instrumentos de trabajo, los índices de bolsa, volúmenes de contratación, gráficos, etc.
· De otro lado el análisis fundamental, que parte del principio de que la cotización de las acciones depende de la realidad económico-financiera de la empresa.
Análisis chartista:
Es aquel que trata de prever las futuras oscilaciones de los cambios de las acciones a partir de sus precedentes fluctuaciones. Se trata de analizar los gráficos de las oscilaciones pasadas de los precios, aplicando además técnicas específicas para tratar de adivinar tendencias recurrentes a partir de las cuales se pueda prever el futuro del mercado de valores. Véase " Análisis técnico".

Análisis cuantitativo:
Es un sistema de gestión de carteras de valores que aplica modelos económicos para la determinación de los activos que componen la cartera. En base a estos modelos se seleccionan los valores sin que exista elección personal del gestor que se limita a colocar los valores en función del modelo seleccionado.
 
Análisis de balances:
Conjunto de principios que ordenados sistemáticamente ayudan a la interpretación y crítica de un balance contable. Desde el punto de vista más amplio, la interpretación de un balance lleva consigo la justificación de la situación económica que refleja aquel estado de cuentas de acuerdo con unas orientaciones técnicas, jurídicas e incluso actuariales a través de las cuales se hace más operativa la gestión empresarial.

Análisis de Valores:
Examen y estudio pormenorizado de los factores legales , económicos, financieros y bursátiles de los valores negociables y que condicionan una inversión.

Análisis financiero:
Conjunto de técnicas encaminadas al estudio de las inversiones con un enfoque científico. El interés que pueda ofrecer una inversión se analiza utilizando conjuntamente las técnicas que ofrecen el análisis de balances, la matemática financiera, los métodos estadísticos y los modelos econométricos. Otros aspectos que se deben de tener en cuenta, son la coyuntura sectorial o nacional y cualquier otro tipo de información política, social o económica cuya incidencia pueda estimarse importante.

Análisis fundamental:
Técnica de análisis para predecir la cotizaciones futuras de un valor basada en el estudio pormenorizado de los estados contables de la empresa emisora, así como de sus expectativas futuras de expansión y de capacidad de generación de beneficios. Sistema de análisis a través del cual se trata de establecer la realidad económica y financiera de una empresa. Basándose en el análisis financiero, se trata de establecer el valor total de la sociedad para después dividirlo por el número de acciones que esta tiene y obtener así el precio teórico de una acción.

Análisis gráfico:
Dentro del análisis técnico, existe esta técnica que trata de determinar las tendencias de las curvas de cotizaciones (alcista o bajista) y establecer los posibles cambios de tendencia.

Análisis por indicadores técnicos:
Dentro del análisis técnico, es otra técnica bursátil, que basa su metodología en la aplicación de los indicadores y osciladores técnicos.

Análisis técnico:
Conjunto de técnicas que tratan de predecir cotizaciones bursátiles desde la vertiente histórica, teniendo en cuenta también el comportamiento de ciertas magnitudes bursátiles, como volumen de contratación, cotización de las últimas sesiones, evolución de las cotizaciones en el periodos mas largos, capitalización bursátil, etc.. El análisis técnico se apoya en la construcción de gráficos que indican la evolución histórica de los precios de los valores, pero también en técnicas analíticas que pueden predecir las oscilaciones bursátiles. Se denomina también análisis gráfico o Chartista.

Analista Financiero:
Especialista del mercado financiero encargado de dar un diagnostico sobre la empresas y el valor de los títulos.

Anticipo:
Entrega de fondos hecha al intermediario bursátil para la realización de una operación.

Anatocismo:
Aplicación del tipo de interés pactado sobre los intereses vencidos en una operación de préstamo, es decir, la consideración de estos últimos como nuevo capital sujeto al pago de intereses.

Anotación en cuenta:
Es un sistema para controlar la propiedad de los títulos de renta fija. Consiste en la anotación contable de estos títulos en una entidad financiera autorizada a tal fin. Dichas entidades están obligadas a informar de forma regular al Banco de España de sus anotaciones.

Anualizar:
Poner en base anual una tasa de interés correspondiente a períodos inferiores al año.

Anunciador:
Persona encargada de inscribir los cambios en la pizarra durante las sesiones de bolsa tradicional, es decir en corros de viva voz, en la cartelera instalada en el salón de contratación de la Bolsa.

Año base:
Año que sirve de referencia para el cálculo de un índice.

Año financiero:
Es aquel que se utiliza habitualmente para el cálculo financiero y que tiene 360 días a diferencia del denominado " año comercial " que es el real de 365 días.

Apalancamiento: (Leverage, Gearing)
Ratio de análisis financiero, que se define como la proporción entre los fondos ajenos de la empresa con interés fijo y el total del capital (propio y ajeno) de la misma. Recibe este nombre porque produce un efecto de "palanca" en los dividendos atribuibles al capital de los socios, con tal de que el interés pagado por el capital ajeno sea menor que el rendimiento que la empresa obtenga del total del capital manejado: cuanto mayor sea esta diferencia y mayor el apalancamiento, tanto mayor será la rentabilidad atribuible al capital propio. Es evidente que el grado de apalancamiento también supone un creciente riesgo para el capital propio. Pero si se puede paliar o neutralizar éste (como en el caso de una garantía del Estado o de una concesión administrativa), el apalancamiento puede ser un mecanismo muy útil para potenciar los rendimientos del capital social: en tal caso, las empresas suelen lanzar grandes emisiones de obligaciones.

Aparcamiento:
Se trata generalmente de una práctica ilegal. Consiste en la venta de acciones a una persona o sociedad que pasa a figurar como propietaria, pero sin serlo de verdad, puesto que el vendedor retiene de forma secreta la propiedad de dichas acciones.

Aplicación:
Operación Bursátil consistente en una compra y venta realizada por un sólo intermediario bursátil sobre un mismo valor, por la misma cantidad de títulos en la misma fecha y a un mismo cambio, por cuenta de dos o varios ordenantes.

Apreciación:
En sentido monetario estricto, elevación del valor de una moneda por comparación con otra u otras, en los mercados libres de divisas, cuando en régimen de cambios flotantes no funciona el sistema de la revaluación formal. Es lo contrario a la depreciación.

Apunte en cuenta:
Ver anotación en cuenta.

Arbitraje:
Operación de compra o venta de valores negociables, con el objeto de obtener beneficio a partir de la diferencia de cambios sobre el mismo valor entre dos bolsas distintas.

Arbitraje a término:
Ver arbitraje.

Arbitraje al contado:
Ver arbitraje. 

Arbitraje de acciones y cupones:
Es el cambio simultáneo de acciones antiguas por acciones nuevas, mediante la venta de las primeras y compra de cupones, en número necesario, para que al acudir a la suscripción de la nueva emisión se obtenga el mismo número de títulos que se poseían en un principio.

Arbitraje de cartera:
Ver arbitraje.

Arbitrajista:
Persona que se dedica a operaciones de arbitraje. Los arbitrajistas no son especuladores, ya que su intervención permite mantener conexionados los centros de negociación garantizando la unidad de cotización o precio de cada valor, frente a los demás.

Area monetaria:
Conjunto de países cuyas relaciones económicas toman como base la moneda de uno de ellos. Aunque cada país mantiene su propia moneda.

Arrendamiento financiero:
Operación de financiación de equipos e inmuebles con uso empresarial mediante un arrendamiento con opción de compra. Requiere la existencia de una institución financiera que adquiere los bienes y los arrienda a la empresa contra el pago de un canon arrendaticio que incluye el coste de compra del bien, los intereses financieros e impuestos aplicables.
La Ley 26/1988 de 29 de julio (B.O.E. núm. 182 de 30 de julio) de disciplina e intervención de entidades de crédito define las operaciones de arrendamiento financiero como "aquellos contratos que tengan por objeto exclusivo la cesión del uso de bienes muebles o inmuebles, adquiridos para dicha finalidad según las especificaciones del futuro usuario , a cambio de una contraprestación consistente en el abono periódico de las cuotas establecidas posteriormente. Los bienes objeto de cesión habrán de quedar afectados por el usuario únicamente a sus explotaciones agrícolas, pesqueras, industriales, comerciales, artesanales, de servicios o profesionales. El contrato de arrendamiento financiero incluirá, necesariamente, una opción de compra, a su término, en favor del usuario. Cuando por cualquier causa el usuario no llegue a adquirir el bien objeto del contrato, el arrendador podrá cederlo a un nuevo usuario, sin que el principio establecido en el párrafo anterior se considere vulnerado por la circunstancia de no haber sido adquirido el bien de acuerdo con las especificaciones de dicho nuevo usuario ".

Arrendamiento financiero mobiliario:
Es el arrendamiento financiero que tiene por objeto financiar bienes muebles, estos contratos en España deberán tener una duración mínima de dos años.

Asegurador de emisiones:
Entidad financiera o intermediario bursátil que adquiere el compromiso firme de colocar los valores en una emisión entre el público o en caso de no hacerlo los suscribirá la propia entidad o sus filiales.

Aseguramiento de cartera de valores:
Es una técnica que se utiliza en las carteras de renta variable para controlar los riesgos del mercado y consiste en vender futuros sobre índices bursátiles o en comprar opciones de venta sobre índices bursátiles cada vez que la Bolsa baja de un índice determinado.

Aseguramiento de emisión:
Compromiso adquirido por las entidades encargadas, por cuenta de la sociedad emisora, de la oferta pública de venta de los valores a colocar de adquirir ellas mismas los valores no suscritos por el público. En contrapartida reciben una comisión complementaria de aseguramiento.
El artículo 71 de la Ley del Mercado de Valores de 28 de julio de 1988 autoriza a las Sociedades de Valores a asegurar la suscripción de emisiones de valores.

Asiento:
Inscripción individualizada de una operación en un libro registro o en un libro contable.

Asignación:
Número de acciones que se asigna a cada suscriptor en una emisión de acciones que tiene exceso de solicitudes de suscripción.

Asociación española de banca privada (AEB):
Es la asociación que agrupa a las Entidades de Depósito españolas de carácter privado fue creada en 1.977 y se considera la patronal de la banca española. Es miembro de la Federación Bancaria de las Comunidades Europeas que agrupa a más de 1.700 entidades bancarias.

Astrología bursátil:
Es un modo de predicción, poco riguroso, de los movimientos en los mercados de valores basado en la astrología y las estrellas. Se coordina esta teoría muy bien con las afirmaciones de que la Bolsa es un juego de azar , tiene sus seguidores y sus tratadistas tanto en forma de libros como de aplicaciones informáticas.

Attache:
Término que hace referencia a un miembro asociado a la bolsa de Londres que actúa como agente para inversionistas de alto nivel.

Auditoría:
Actividad profesional consistente en el examen de los libros de comercio de una sociedad por una persona competente o auditor, generalmente técnico contable, y cuyo informe garantiza la exactitud y correcta interpretación de las anotaciones efectuadas en ellos.

Autocartera:
Se denomina así a la cartera formada por acciones de una sociedad en manos de la propia sociedad o de una sociedad filial a la misma. La autocartera en España no puede ser superior al 5 % de las acciones. En la mayoría de las ocasiones se produce por la necesidad de mantener la cotización en bolsa.

Autofinanciación:
Forma de financiar las inversiones caracterizada por la utilización en exclusiva de los recursos internos de una sociedad, sin acudir al crédito o al préstamo de recursos ajenos.

Aversión al riesgo:
Es la posición de un inversor que no desea someter sus inversiones financieras a altos riesgos, por lo que sus inversiones serán muy selectivas considerando siempre la eliminación del riesgo aunque alcance una menor rentabilidad.

BBB
Calificación de una empresa u organismo emisor, realizada por una Agencia de Calificación o " Rating"(véase), que tiene un cierto riesgo e incertidumbre de reembolso de sus deudas
.
B.A.I.
Equivale a beneficio antes de intereses e impuestos.

Bache inflacionista:
Se llama así en macroeconomía a la cantidad en que la demanda total supera a la oferta total a los precios esperados. Mide, pues, el desajuste entre oferta y demanda que es sólo teórico, puesto que este mismo desajuste genera fuerzas tendentes al aumento de los precios de oferta, de modo que el resultado final es una igualación del valor de la demanda con el de la oferta a los nuevos precios.

Bajada de tipos:
Un descenso relevante en los tipos de interés provoca, generalmente, movimientos alcistas en las cotizaciones bursátiles derivados de la competencia de la inversión alternativa que supone el mercado de acciones en Bolsa frente al mercado de renta fija.
El inversor en renta fija cuando su remuneración desciende ostensiblemente considera acertado asumir una cuota de riesgo moderada que le permita obtener una mejor retribución a su dinero invirtiendo en el mercado de acciones.

Bajada técnica:
Descenso de las cotizaciones de un valor o de un mercado de corta duración en un mercado con tendencia a plazo alcista, cuya bajada es debida a motivaciones estrictamente internas del mercado como ventas para toma de beneficios o venta de posiciones de vendedores en descubierto etc..

Bajista:
Persona que juega a la baja en Bolsa. También se aplica el término a la tendencia a la baja de los precios en el mercado o en la Bolsa. Dícese de quienes favorecen con sus actividades la baja de las cotizaciones en Bolsa, para después volver a comprar en mejores condiciones.

Bajo la par:
Cambio inferior al 100% del nominal del valor. Contratación de un valor en Bolsa por debajo de su valor nominal.

Balance:
Informe conceptual contable que recoge, debidamente sistematizados, coordinados y valorados, el conjunto de elementos patrimoniales pertenecientes a una empresa o sociedad en un instante de tiempo determinado y el resultado obtenido hasta ese momento. Las sociedades que cotizan en Bolsa, están obligadas a presentar el balance correspondiente al último día de cada trimestre del año.

Balance agregado:
Ver Balance consolidado.

Balance consolidado:
Estado de situación único, que se obtiene mediante la agrupación de los balances individuales correspondientes a cada una de las empresas jurídicamente distintas, pero pertenecientes a un grupo por existir un control común respecto a las mismas.

Balance de apertura:
Balance con el que se inician las operaciones de un ejercicio contable y que coincide con el balance final del ejercicio anterior, tanto en cuentas como en saldos.

Balance de auxiliares:
Ver Balance.

Balance de comprobación:
Modalidad del Balance de una contabilidad, consistente en una suma de saldos mensuales y totales de un determinado periodo de todas las cuentas que componen la contabilidad de la sociedad o empresa.

Balance de comprobación y saldos:
Ver Balance de comprobación.

Balance de entrada:
Cuenta transitoria que se crea, en algunos casos, para realizar operaciones de reapertura de ejercicio, y que queda saldada en el propio proceso de reapertura.

Balance de liquidación o fusión:
Balance de situación preparado con objeto de facilitar las operaciones de liquidación o fusión de una empresa.

Balance de pagos:
Ver Balanza de pagos

Balance de saldos:
Ver Balance de comprobación y saldos.

Balance de salida:
Cuenta transitoria que se crea, en algunos casos, para realizar operaciones de cierre de ejercicio, y que queda saldada en propio ejercicio de cierre.

Balance de situación:
Ver Balance.

Balance final:
Balance de situación correspondiente al cierre de un ejercicio contable.

Balance general:
Ver Balance.

Balance inicial:
Balance con el que se abre el primer ejercicio económico de una empresa, y en el que se refleja un resumen del inventario inicial de los bienes, derechos, obligaciones y capital, con el que se da comienzo al negocio.

Balance inventario:
Ver Balance.

Balanza.
En macroeconomía se suele dar este nombre a la expresión contable de la ecuación de origen y utilización de recursos de una economía, desagregada según criterios funcionales. En ella se consideran como fuentes de recursos las rentas de trabajo y de capital, cuya suma es el Producto Neto del Sector Privado de la economía, pudiendo descomponerse cada una de estas dos clases de rentas según sus variedades o partes diferenciables.

Balanza básica:
En la Balanza de pagos, es la integración de las Balanzas por cuenta de renta y de capital a largo plazo.

Balanza comercial:
Se llama así en macroeconomía a la balanza que recoge los movimientos en un periodo de tiempo, por lo general un año, de mercancías entre un país u otras unidades territoriales y el resto del mundo; también se aplica este nombre al registro que sólo comprende las transacciones con otro país o área.

Balanza de donaciones:
Ver Balanza de transferencias.

Balanza de mercancías:
Ver Balanza comercial.

Balanza de movimientos de capital:
En macroeconomía la balanza de movimientos de capital, también llamada Balanza por Cuenta de Capital, constituye aquella parte de la Balanza de Pagos destinada a recoger contablemente aquellas operaciones que afectan a la situación acreedora de un país frente al resto del mundo.

Balanza de operaciones corrientes:
Ver Balanza de Pagos.

Balanza de pagos:
En macroeconomía se define como un documento contable que registra sistemáticamente todas las transacciones económicas ocurridas durante un período determinado, entre los residentes de un país y los residentes del resto del mundo.
La Balanza de Pagos se estructura en cuatro sub-balanzas parciales: mercancías, servicios, transferencias y capitales:
1. Balanza de Operaciones Corrientes (o Balanza por Cuenta de Renta):
1.1. Balanza de Bienes y Servicios.
1.1.1. Balanza de Mercancías (o Comercial).
1.1.2. Balanza de Servicios.
1.2. Balanza de Transferencias.
2. Balanza de Operaciones de Capital (o por Cuenta de Capital):
2.1. Balanza de Capital a largo plazo.
2.2.1. Capital privado.
2.2.2. Capital público.
Aunque puede presentar irregularidades e imperfecciones debido a que en la práctica resulta imposible ir contabilizando una a una todas las transacciones, constituye hoy uno de los documentos fundamentales de cualquier economía, moderna. Es un instrumento de análisis económico de enorme importancia ya que permite diagnósticos sobre la situación económica de carácter más global y perfecto que los que podrían lograrse separadamente analizando series parciales de comercio exterior, migraciones, turismo, etc.

Balanza de servicios:
En macroeconomía constituye una parte de la Balanza de Bienes y Servicios, que a su vez se integra en la Balanza de Operaciones Corrientes o por Cuenta de Renta. La Balanza de servicios recoge los ingresos y pagos que se derivan de servicios prestados al o por el extranjero. En la columna de ingresos se anotan como exportaciones los servicios prestados al extranjero, y en la de pagos los recibidos.

Balanza de transferencias:
En macroeconomía constituye una parte de la Balanza de Bienes y Servicios, que a su vez se integra en la Balanza de Operaciones Corrientes o por Cuenta de Renta. 

Banca:
Forma genérica para referirse al sector bancario de un país. La ya antigua Ley de Ordenación Bancaria de 1.946 definía descriptivamente esta materia así : " Ejercen el comercio de Banca las personas naturales o jurídicas que, con habitualidad y ánimo de lucro, reciben del público, en forma de depósito irregular o en otras análogas , fondos que aplican por cuenta propia a operaciones activas de crédito y a otras inversiones, con arreglo a las leyes y a los usos mercantiles, prestando además por regla general a su clientela servicios de giro, transferencia, custodia, mediación y otros en relación con los anteriores, propios de la comisión mercantil "

Banca extranjera:
Banco cuya sede social está en el extranjero o cuya mayoría del capital pertenece a personas físicas o jurídicas no residentes en España.
La apertura de sucursales y la libre prestación de servicios en España por entidades de crédito extranjeras se regula en el Real Decreto 1245/1995 de 14 de julio (B.O.E. núm.181 de 31 de julio ) sobre creación de nuevos bancos, actividad transfronteriza y otras cuestiones relativas al régimen jurídico de las entidades de crédito.

Banca oficial:
Es el sector bancario cuya titularidad corresponde al Estado o bien en su totalidad o bien con un porcentaje suficiente que le permita tomar decisiones de gestión y administración.

Banca privada:
Es aquel sector de la banca cuyos titulares son entidades o personas de carácter privado. Se organizan en torno a la Asociación de la Banca Privada ( A.E.B. )

Bancarización:
Concepto que define la popularización del negocio bancario con el acceso del gran público a las entidades bancarias a través de la apertura de cuentas corrientes, depósitos, préstamos, tarjetas de crédito etc.. Se habla también de bancarización cuando el sector bancario monopoliza un determinado sector o producto financiero como la Bolsa, el mercado hipotecario etc..

Bancarrota:
Situación en que se encuentra una persona física o jurídica que le impide hacer frente a sus obligaciones de pago ni aún enajenando sus bienes. Es una situación similar a la quiebra (véase).

Banco central:
Entidad eje del sistema bancario de un país que con carácter general tiene como objetivo controlar y dirigir el conjunto de instituciones financieras, así como la emisión y puesta en circulación de la moneda nacional y preservar el valor de ésta frente a otras monedas.

Banco de España:
Por Ley de 28 de enero de 1856 se concede esa denominación al Nuevo Banco Español de San Fernando. Dicha Ley solicitada reiteradamente por el Banco a la vista de que la capacidad de emisión autorizada en 1851 era claramente insuficiente, introdujo muchas más modificaciones que las del nombre. La nota clave del comportamiento del Banco de España en los años centrales del siglo XIX fue la ayuda prestada al Gobierno en los momentos en que éste la demandó.
La pretensión del Banco de España de convertirse en el único emisor de moneda fue realidad en virtud del Decreto de 19 de marzo de 1874 y declarado posteriormente Ley el 17 de julio de 1876.
En la actualidad es el Banco Central de España, a su frente existe un Gobernador del Banco de España y es una entidad que opera totalmente independiente del Gobierno de la Nación.

Banco emisor:
Es el nombre que también se le suele dar al Banco Central de un país, dada su facultad de ser el emisor en exclusiva de la moneda propia del país.

Banda:
Intervalo de cotizaciones entre las que fluctúa un título.

Banda de fluctuación:
Se refiere a los márgenes por arriba y por abajo en los que puede fluctuar o moverse o una determinada moneda en sus tipos de cambio con relación a su paridad. La banda se define, en torno a un tipo de cambio central prefijado, como porcentaje máximo de revaluación o devaluación que puede alcanzar la cotización de una moneda en el mercado., Si la cotización sobrepasara los márgenes señalados, el Banco Central de la moneda afectada debe intervenir, comprando o vendiendo su moneda, hasta situarla nuevamente dentro de los límites prefijados. Los niveles extremos de la banda de fluctuación reciben el nombre de puntos de intervención, puesto que señalan la necesidad de que el Banco Central referido intervenga en el mercado.

Banda de Bollinguer: 
Es un oscilador utilizado en el análisis técnico que se basa en el cálculo de una media móvil y la desviación típica de esta media. La banda se calcula de la forma siguiente:
Banda de Bollinguer = Media móvil + y - dos veces la desviación típica.
El gráfico resultante muestra tres líneas paralelas que siguen los precios. La línea central es la media móvil y la superior e inferior es la media móvil a la que se ha añadido o restado un múltiplo de la desviación típica.
La interpretación gráfica de la banda es la siguiente:
1) Cuando las dos líneas que forman la banda se acercan a la línea móvil es decir cuando la desviación típica disminuye estamos ante un movimiento importante de precio;
2) Si el precio sale de la banda irá más lejos en la misma dirección;
3) Si el precio hace un techo o máximo fuera de la banda seguido de un bajo en el interior de la banda estamos ante un cambio inminente de tendencia, y si el precio hace un bajo o suelo fuera de la banda y un máximo o alto dentro de la banda también es indicativo de inversión de la tendencia;
4) La banda se comporta como los límites del movimiento de precios, un movimiento de precios iniciado en un extremo de la banda tiende a terminar en el otro extremo.

Bandera: (Flag)
Es una de las figuras típicas del análisis chartista. Está formada por una rápida subida de precios que da lugar al mástil de la bandera y un triángulo posterior formado por oscilaciones en las cotizaciones arriba y abajo que forman el paño de la bandera. Se forma tanto en movimientos alcistas como bajistas del mercado y pueden indicar tanto confirmaciones de la tendencia como movimientos de vuelta, según sea su punto de ruptura. También se les conoce con el nombre de Banderolas o Banderitas.

Barandillero:
En la jerga bursátil española, el inversor que asiste a las sesiones e interviene en sus operaciones desde la barandilla que rodea al parquet.

Barrer:
Se trata de una forma de operar en Bolsa que suelen practicas los inversores grandes institucionales a fin de comprar grandes paquetes de valores de una determinada sociedad, sin que se eleve el precio de los mismos. Consiste en comprar al precio al que salen al mercado con mucho cuidado de no presionar los precios al alza.

Barril:
Unidad de volumen de petróleo. Un barril equivale a 158,98 litros. En las estadísticas anglosajonas la producción se expresa frecuentemente en barriles/día. La transformación en toneladas depende de la densidad de los productos en cuestión, pero frecuentemente se admite como índice medio de conversión, que 1000 barriles/día es equivalente a 50.000 toneladas/año.

Base:
En el caso de los futuros, es la diferencia entre el tipo de interés en el mercado de contado y el existente en el mercado de futuros.

Base imponible:
Consiste en la valoración monetaria del hecho imponible. Se puede considerar como su valoración bruta.
El artículo 23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 6 de Junio de 1.991 (B.O.E. de 7 de junio ) señala que la base imponible estará constituida por el importe de la renta en el período de imposición determinado conforme a las normas contenidas en los títulos siguientes (título V: Determinación de la renta y título VI: Determinación de la base imponible ) de la Ley. La base imponible se dividirá, en su caso, en tantas partes como sean necesarias para la aplicación de tipos de gravamen diversos.

Base liquidable:
Es la base imponible minorada en la cuantía en que se valores los conceptos aptos para su minoración. En el impuesto sobre la renta consistirá en la renta bruta una vez deducidos los gastos que la ley admita como necesarios para su obtención. Sobre la misma se aplica el tipo impositivo.
El artículo 70 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas de 6 de junio de 1991 (B.O.E. de 7 de junio) señala que la base liquidable regular estará constituida por el resultado de practicar en la parte regular de la base imponible las reducciones previstas en el artículo 71.

Base monetaria:
Pasivo del balance del Banco de España, está constituida por los billetes y monedas en circulación y los activos de caja del sistema bancario.

Batería de indicadores:
Se le llama así en análisis técnico a un conjunto de indicadores bursátiles, relacionados todos con un mismo valor, a fin de poder realizar el estudio de un determinado valor de una forma conjunta y buscando el complemento entre unos y otros, para la obtención de un mejor resultado en el estudio.

Batir al mercado:
Es una gestión de valores que consigue una rentabilidad superior o una pérdida inferior al índice del mercado

BB/BaBB/BaBB/Ba
Calificación de una empresa u organismo emisor que indica una capacidad moderada de reembolso de su deuda.

BBB/BaaBBB/BaaBBB/Baa
Calificación de una empresa u organismo emisor que indica una capacidad de reembolso de su deuda correcta bajo la reserva de confirmación

BCE:
Es el acrónimo o siglas del Banco Central Europeo. Empezó su funcionamiento en el año 1988. En el futuro tiene como principal objetivo el garantizar la estabilidad del euro. Con la total integración europea asumirá funciones propias de los Bancos Centrales de cada país, a los que dejará casi sin competencias.

Bear Markek:
Oso en inglés. Es una expresión de uso en los mercados de valores que se utiliza para indicar la baja de las cotizaciones.

Bear Spread:
Combinación de opciones, venta de una opción de compra o venta y la compra simultánea de otra a un precio de ejercicio superior al de la primera.

Beneficio:
De forma general, es la ganancia o exceso de los ingresos sobre los gastos, producidos en el curso de una operación, durante un periodo de tiempo determinado o al final de la vida de una empresa. Lo contrario justo al beneficio son las pérdidas.

Beneficio bruto:
Es la diferencia entre ingresos y gastos del ejercicio antes de deducir las amortizaciones e impuestos.

Beneficio de explotación:
Beneficio derivado de la explotación o actividad normal de la empresa sin considerar el pago de intereses e impuestos.

Beneficio del ejercicio:
Es el obtenido en el ejercicio social de una empresa o sociedad.

Beneficio distribuible:
Véase " Beneficio repartible".

Beneficio Fiscal:
Es el beneficio que resta tras deducir los impuestos que recaen sobre los resultados del ejercicio. Dícese también de las deducciones, exenciones y bonificaciones fiscales.

Beneficio neto:
Es el beneficio bruto una vez deducidos las amortizaciones e impuestos.

Beneficio por acción  (BPA):
Es el rendimiento que recibe cada acción emitida y se mide por el beneficio neto de la empresa emisora dividido por el número de acciones ordinarias emitidas, es una de las variables más importantes para valorar la rentabilidad de una inversión en acciones.
BPA = Beneficio neto / Número de acciones emitidas.

Beneficio repartible:
Es la parte del beneficio neto que se destina en favor de los socios o accionistas de una empresa. Parte del beneficio neto tiene un destino obligatorio legal como la constitución de la reserva legal, o determinadas reservas de carácter fiscal o por causas estatutarias o por la creación de acciones privilegiadas con el objeto de asegurarles un dividendo mínimo preestablecido.
El artículo 213 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas establece que la Junta General resolverá sobre la aplicación del resultado del ejercicio. Una vez cubiertas las atenciones legales y estatutarias sólo podrán repartirse dividendos con cargo al beneficio del ejercicio, o a reservas de libre disposición, si el valor del patrimonio neto contable no es o, a consecuencia del reparto, no resulta ser inferior al capital social. Si existieran pérdidas de ejercicios anteriores que hicieran que ese valor del patrimonio neto de la sociedad fuera inferior a la cifra del capital social, el beneficio se destinará a la compensación de estas pérdidas. Véase también el artículo 215 de la misma Ley sobre la distribución de dividendos.

Beta:
En el modelo financiero conocido como Capital Asset Pricing Model (CAPM), representa la variación del valor de una acción en relación con una variación del total del mercado, medida a través del mejor índice disponible. En los mercados de futuros representa la correlación existente entre el precio de futuro y el precio de contado. Cuanto más se acerque a la unidad, más perfecta será la cobertura de una posición.  

Bien:
Cualquier cosa susceptible de satisfacer una necesidad. Se suele exigir que la capacidad de satisfacerla responda a alguna propiedad de la cosa y que sea conocida por el individuo, y el bien esté - al menos potencialmente- disponible, es decir, que su capacidad de satisfacción pueda ser efectiva.

Bien acabado o terminado:
Aquel que está listo para su uso o consumo.

Bien agotable:
Aquel del que existen cantidades limitadas en la naturaleza.

Bien colectivo:
Bien de uso al que no es aplicable el principio de exclusión, es decir, que el disfrute o utilidad que reportan a un sujeto no impiden su uso por otro sujeto.

Bien consumible:
Aquel que puede servir directa o indirectamente para el consumo.

Bien de capital:
Aquel que forma parte del capital real, o conjunto de las instalaciones, equipos y medios productivos, o se destina a intervenir en un proceso de producción.

Bien de consumo:
Aquel que satisface necesidades directamente, por lo tanto, el que ha pasado por todas las fases de producción.

Bien de equipo:
Aquel que forma parte o está destinado a formar parte de las instalaciones fijas con fines productivos.

Bien de inversión:
Aquel que es adquirido o susceptible de ser adquirido para su utilización en un proceso productivo.

Bien de primera necesidad:
Aquel cuya demanda crece menos que proporcionalmente con la renta del consumidor desde niveles muy bajos de ésta.

Bien de producción:
Aquel que colabora indirectamente a la obtención de bienes que satisfacen las necesidades.

Bien de uso:
Bien de consumo no perecedero, es decir, que no desaparece al satisfacer una necesidad.

Bien de uso público:
Aquel a cuyo disfrute tiene derecho toda una colectividad o comunidad amplia o parte sustancial de ella.

Bien económico:
Aquel que no se encuentra disponible en cantidad suficiente para satisfacer las necesidades.

Bien en proceso:
Aquel que esta inserto dentro de un proceso productivo..

Bien escaso:
Aquel que no se encuentra en cantidad ilimitada y disponible para satisfacer necesidades. Si, además, satisface necesidades de hecho, es bien económico.

Bien final:
Aquel que satisface directamente necesidades de consumo o de inversión.

Bien físico:
Se utiliza para distinguir dentro de los bienes, los de carácter estrictamente material, cuando el término bien se utiliza en el más amplio sentido de la palabra.

Bien Giffen:
Bien inferior en el que al aumentar su precio aumenta su demanda. Se trata de aquellos casos, en que el efecto-renta alcanza una cuantía tal que compensa y sobrepasa al efecto-sustitución, de signo contrario.

Bien inferior:
Aquel cuya demanda crece menos que proporcionalmente con la renta del consumidor, y que generalmente aumenta la demanda cuando disminuye su precio.

Bien inmueble:
Aquel que no es susceptible de traslado. Los bienes inmuebles se pueden clasificar en:
· Bienes inmuebles por naturaleza, como el suelo y subsuelo.
· Bienes inmuebles por incorporación, como construcciones.
· Bienes inmuebles por destino. Cuando se les unen cosas muebles.
· Bienes inmuebles por analogía, como concesiones hipotecarias.
Bien intermedio:
Aquel que es utilizado o está destinado a ser utilizado como materia prima o auxiliar de un proceso de producción y es a su vez, un bien producido.

Bien libre:
Aquel que no es escaso. El que existe disponible en cantidades superiores a las necesidades que existen de él.

Bien mueble:
Son aquellos que pueden trasladarse de una parte a otra.

Bien necesario:
Aquel bien normal cuya demanda crece menos que proporcionalmente al aumentar la renta del consumidor.

Bien nuevo:
Aquel que se introduce por primera vez en un mercado.

Bien original:
Aquel que no ha sido producido. Suelen considerarse con este carácter los recursos minerales y el suelo agrícola.

Bien perecedero:
Aquel que desaparece al utilizarse para el consumo.

Bien producido:
Aquel resultante de aplicar trabajo y capital en un proceso de transformación realizado por el hombre.

Bien raíz:
Aquel que abarca varias categorías de bienes, entre los que destacan los cuatro tipos de bienes inmuebles.

Bien renovable:
Aquel que existe en la naturaleza en cantidades prácticamente ilimitadas en relación a las necesidades existentes.

Bien semiacabado o semielaborado:
Aquel que no es apto todavía para el consumo o la inversión, y que no satisface directamente necesidades, por requerir previamente la aplicación de algún proceso productivo.

Bien sustitutivo:
Aquel que presenta propiedades similares para una determinada producción o un fin concreto de consumo, y aquel que presenta la misma utilidad o satisface la misma necesidad.

Bien tangible:
Aquel bien o servicio comprado y/o vendido entre residentes y no residentes de un país cuya retribución es anotada en la balanza comercial.

Big Bang:
Se denominó así, en 1987, a la implantación de un sistema electrónico integral para las transacciones programme trading en la Bolsa de Londres

Bill brokers:
Expresión inglesa que se puede traducir por intermediarios de efectos. Trafican con efectos comerciales.

Billete:
Papel impreso o grabado que representa cantidades de dinero. Son títulos al portador y a la vista.

Billete de banco:
Título al portador emitido por el Banco Central o Instituto de Emisión y que tiene poder liberatorio y es instrumento monetario.

Bimetalismo:
Sistema monetario cuya unidad es definida en función de dos metales, normalmente oro y plata, existiendo una relación legal y fija entre el valor monetario de ambos.

Black Knight:
Caballero negro. sinónimo de tiburón o raider.

Black Scholes:
Es el método más usado para valorar opciones.

Blando:
Se usa en términos financieros para indicar que algo es de mala calidad o débil.

Blanqueo de dinero:
Operaciones consistentes en tratar de transformar el dinero negro en dinero blanco es decir modificar el concepto de dinero oculto a la Hacienda Pública para integrarlo en los canales de fiscalización tributaria con el objeto de seguir manteniendo oculto su origen ilícito y poder realizar operaciones lícitas fiscalizables. El blanqueo de capitales está siendo perseguido y controlado en muchos países porque permite normalizar el dinero procedente, en muchos casos, de negocios fraudulentos o delictivos.
La Ley 19/1993 de 28 de diciembre ( B.O.E. núm. 311 de 29 de diciembre ) recoge ya determinadas medidas de prevención del blanqueo de capitales que desarrolla su Reglamento aprobado por Real Decreto 925/1995 de 9 de junio (B.O.E. núm.160 de 6 de julio).

Bloque de control:
Cantidad de acciones que aseguran el control de la sociedad emisora.

Bloqueo de cambios:
Situación que impide la fijación de un cambio o cambios de un valor determinado o de un mercado por un exceso de ofertas o demandas y gran desequilibrio en sus contrapartidas.

Blue chip:
Término inglés que se usa para señalar a los títulos principales de un mercado de valores, es decir aquellos que tienen mayor volumen de negocio. El nombre hace referencia al color (azul) de la sala en que se cotizaban los títulos más importantes en la Bolsa de New York.

Bola de Nieve:
Operativa consistente en suscribir acciones en todas las ampliaciones de capital, lo cual amplia en número de acciones poseídas y reduce el cambio del inventario. Es una buena política de inversión a plazo cuando se trata de buenos valores, que con regularidad llevan a cabo ampliaciones de capital.

Boletín de Cotización:
Publicación oficial que realiza cada Bolsa con el objeto de dar la máxima publicidad a todas aquellas circunstancias que se refieren directa o indirectamente a la contratación bursátil.

Bolsa:
Mercado financiero donde se negocian valores, se compran y venden acciones, obligaciones, bonos y otros activos financieros, a través de intermediarios financieros.También se la conoce como Bolsa de Valores o Bolsa de Comercio.

Bolsista:
Interviniente en la bolsa. Se dice también de especulador o inversor a corto plazo.

Bonificación tributaria:
Exención parcial del pago de un impuesto como consecuencia de una situación establecida específicamente en la normativa tributaria.

Bono:
Valores de renta fija con vencimiento de uno a tres años.

Bonos basura:
Reciben este nombre aquellos bonos, que presentan un alto riesgo y como compensación del mismo, tienen un tipo de interés muy elevado.

Bonos con prima:
Son aquellos que se emiten con un sobreprecio sobre su valor nominal. Este sobreprecio es lo que se conoce como prima de emisión.

Bono del Tesoro:
Son títulos de Deuda Pública a medio plazo (2 a 5 años) y que emite el Tesoro Público con un nominal de 10.000 pesetas. Su rendimiento es explícito, es decir con pago periódico de intereses y que se liquidan por años vencidos. Se negocian en el mercado secundario de renta fija.

Bono nocional:
Bono ficticio y teórico con determinadas condiciones definidas que sirve de referencia como activo subyacente normalizado para los contratos de futuros sobre tipos de interés. El bono teórico creado en nuestro mercado de futuros se emite el día del vencimiento del contrato de futuros , un plazo de vida de 10 años, cupón anual del nueve por ciento y un valor nominal de diez millones de pesetas.

Bonus:
Incentivo o prima que se paga por haber alcanzado unos objetivos empresariales o resultados extraordinarios.

Bottom:
Término usado en el análisis chartista para designar a la parte más baja de la curva de cotizaciones cuando esta comienza a subir, después de haber tenido un descenso. Es equivalente a mínimo. Cuando se forman dos o tres de estos mínimos seguidos, recibe el nombre de doble bottom y es una figura típica de cambio de tendencia.

BPA:
Es el acrónimo de Beneficio por acción.

Break out:
Su traducción sería punto de ruptura. Se usa en el análisis chartista para designar el momento en que una cotización rompe una línea de resistencia.

Broker:
Término inglés con el que se conoce a los intermediarios financieros.

Broker ciego:
Entidades que actúan en los mercados de Deuda Anotada como intermediario entre comprador y vendedor de forma que ambas partes no conocen al contrapartidista de la operación concertada que permanece en el anonimato.

Broker monetarios:
Son entidades que intermedian entre instituciones en el mercado monetario.

Bruto:
Es el importe total de algo sin deducción alguna.

Bund:
Es el equivalente al Bono del Tesoro español, emitido por el gobierno alemán.

Bull:
Palabra inglesa que se utiliza para indicar en los mercados de valores, el alza de las cotizaciones. Su significado real es toro.

Bulldog Bonds:
Son los bonos en libras esterlinas que se emiten en Londres por gobiernos extranjeros y organismos económicos internacionales.

Bundesbank:
Es el nombre que recibe el Banco Central de Alemania.

Bursátil:
Todo lo relacionado con la Bolsa.

Buy-out:
Se refiere a la compra de acciones de una sociedad, por entero o en una elevada proporción, para llegar a controlarla y realizada por los propios ejecutivos de la misma.

 
CCC
Muy mala calificación, realizada por una agencia de calificación o " rating" (véase), de una empresa u organismo emisor que indica grandes dificultades financieras y muy poca capacidad para reembolsar su deuda.

Caballero blanco:
Es el nombre que sele da aquella persona que acude en ayuda de una empresa que sufre una OPA hostil, lanzando una contra-OPA a un precio superior para neutralizarla.

Caballero negro:
Es sinónimo de " Tiburón" (véase). Persona física o jurídica que realiza una " OPA hostil" (véase ) contra una compañía.

Cabeza y hombros:
Se trata de una figura chartista de cambio de tendencia formando tres tops consecutivos, uno central más alto llamado cabeza y dos laterales más bajos llamados hombros, uno antes y otro después de la cabeza.. Se trata de una figura bajista. Existe también la figura invertida, es decir, formada por tres bottoms siendo esta de tendencia alcista.

Cac 40:
Es el principal índice de la bolsa de París. Está compuesto por los 40 valores principales y tiene una ponderación fija invariable. También existe un Cac de carácter general formado por los 239 valores más importantes.

Caducidad:
Cumplimiento del plazo previsto para el ejercicio de un derecho o de una actividad. Se dice del plazo para ejercitar o ; en su caso, vender el derecho de suscripción , o también respecto a las órdenes bursátiles con limitación de tiempo o al transcurrido plazo para el ejercicio de una opción de compra o venta de valores.

Cajas de Ahorro:
Son entidades financieras con funciones similares a los Bancos , se diferencian de éstos porque no existen accionistas y sus beneficios suelen destinarse a funciones sociales. Véanse " Entidades de Crédito".

Cajas rurales:
Son instituciones similares a las Cajas de Ahorros, pero con la finalidad principal de financiar actividades agrícolas, su ubicación geográfica es fundamentalmente local o provincial. Véanse " Entidades de Crédito".

Calentar:
Se da este nombre a aquella operación de bolsa consistente en mover al alza una cotización con ánimo de vender posteriormente, la elevación se consigue usando rumores o compradores ficticios a la vez que se realizan fuertes compras. Cuando se ha conseguido que la cotización se dispare al alza, se vende rápidamente. También se puede calentar a la baja a fin de realizar compras especulativas a bajo precio.

Cálculo financiero:
Conjunto de operaciones matemáticas que permite determinar y resolver un problema financiero.

Calificación:
Apreciación del valor de una empresa privada o de un organismo público emisor realizado por una agencia de calificación (véase) profesional e independiente con el objeto de estimar los riesgos de los posibles inversores en los mercados financieros.

Calificación de valores:
Es un procedimiento, creado inicialmente en los mercados de valores norteamericano, por el cual una entidad privada de carácter independiente y reconocido prestigio analiza y califica una emisión de valores según las garantías, potencial financiero y rentabilidad que ofrece el emisor. La calificación se estructura en varias categorías que dependen de cada agencia de calificación y que se aplican a cada categoría según la solvencia y rentabilidad del emisor.

Call:
Nombre que en los mercados de derivados reciben las opciones de compra.

Cámara de compensación:
Organismo que en los mercados financieros ejerce la función de garante de todas las transacciones. La cámara se sitúa de eje de la transacción convirtiéndose en comprador frente al vendedor y en vendedor frente al comprador.

Cambio:
Precio que alcanza un valor en bolsa. Precio que tiene una determinada moneda en relación a otra moneda extranjera. A la relación existente entre ambas se le llama tipo de cambio.

Cambio base:
Es la media aritmética entre los tipos de cambio más alto y más bajo de una sesión. Sobre este cambio base se obtienen los cambios oficiales, añadiendo o restando un 1,5 % al mismo. En las bolsas no se suele usar el cambio base, sino que se usa el valor al cierre.

Cambio convenido:
Es el valor dado a un titulo por las partes intevinientes en una transacción con independencia de su valor en el mercado.

Cambio de apertura:
Es el primer cambio de un valor en la sesión de bolsa.

Cambio de cierre:
Es el último cambio del valor de la sesión de bolsa.

Cambio medio:
Representa el más equidistante entre el máximo y el mínimo de cada valor en una sesión bursátil.

Cambios de intervención:
Son los tipos de cambio de las cotizaciones de divisas que establece el Banco Central para definir el límite de oscilación de las mismas en un determinado día. El Banco adquiere el compromiso de comprar o vender todas las divisas que le ofrezcan al precio de intervención máximo o mínimo.

Cambios flotantes:
Tipos de cambio en un mercado libre en el que el mismo sube y baja de acuerdo con la oferta y la demanda.

Camino aleatorio:
Esta teoría bursátil pone en duda los análisis de los valores para la toma de decisiones de inversión. Según esta tesis, las variaciones en los precios bursátiles constituyen una variable aleatoria y los cambios sucesivos de la cotización de los valores son estadísticamente independientes unos de otros. Esta teoría desvirtúa el papel del análisis técnico y fundamental, supone la negación de la tendencia bursátil.

Canal:
Se llama así en el análisis chartista a la figura formada por la cotización en su movimiento entre una línea de resistencia y una línea de soporte paralelas. Los canales pueden ser horizontales, alcistas y bajistas.

Candlesticks:
Es un tipo de gráfico de bolsa originario de Japón, en el que además de usar las cotizaciones de máximo, mínimo y cierre, se utiliza también la cotización de apertura.

Candonga:
Mercado no oficial de valores mobiliarios de Lisboa, atendido por corredores libres. Es tan activo como el oficial y el predilecto de los inversores extranjeros.

Canje:
Cambio de unos valores por otros de características similares.

Canje por conversión:
Es un canje caracterizado por la existencia de modificaciones sobrevenidas en el contenido jurídico o económico de los valores objeto del canje, por ejemplo el canje de obligaciones por acciones .

Cap:
Instrumento financiero que se utiliza en los prestamos de interés variable para cubrir el riesgo de que el tipo exceda de un nivel fijado de antemano. El proveedor del contrato cobra como contrapartida una comisión.

Capacidad de beneficio:
Concepto estimativo de la expectativa de cuánto podrá ganar una empresa;  para determinar si, considerando las circunstancias generales del mercado, estará en condiciones de atender al reembolso de los recursos ajenos (apalancamiento).

Capital:
Recursos provenientes del ahorro o del préstamo que se destina a la adquisición de activos financieros o reales.

Capital autorizado:
Cifra de capital que puede incrementar el órgano de administración de una sociedad sin tener que recurrir al procedimiento de ampliación en Junta General que establece la normativa de Sociedades Anónimas.
Véase el artículo 153 de la Ley de Sociedades Anónimas que contempla este supuesto. La regulación registral del capital autorizado se halla en el artículo 167 del vigente Reglamento de Registro Mercantil.

Capital circulante:
Elementos o bienes consumibles en el ciclo de producción de la empresa (energía, materias primas etc.). Desde otra perspectiva contable es el "fondo de maniobra" de la empresa y se calcula de la siguiente forma:
Cc = Existencias + Caja y Bancos (Tesorería)+ Cuentas a cobrar - Cuentas a pagar.

Capital de explotación:
Véase " Capital circulante".

Capital desarrollo:
Capital destinado a empresas de creación reciente para el desarrollo de sus proyectos.

Capital desembolsado:
Capital efectivamente aportado por los accionistas bien en efectivo o bien en activos físicos o inmateriales.

Capital emitido:
Dícese de la cifra de capital que una empresa ha emitido en forma de acciones.

Capital empleado:
Fondos utilizados en una empresa.

Capital especulativo:
Véase " Dinero caliente o especulativo".

Capital fijo:
Bienes que participan en el proceso productivo de la empresa sin consumirse necesariamente en el proceso o al menos en un ciclo del mismo (maquinaria, instalaciones, edificios etc..).

Capital financiero:
Valor monetario de los títulos representativos del capital propio de una sociedad. // Dícese también de la medida de un bien económico referida al momento de su disponibilidad o vencimiento.

Capital invertido:
Bienes que constituyen el activo de una sociedad.

Capital monetario:
Valor de los bienes que intervienen en el proceso productivo o capital técnico.

Capital nominal:
Capital escriturado de una empresa y que puede estar parcial o totalmente desembolsado por los accionistas.

Capital permanente:
Es un conjunto constituido por el capital social, las reservas y las deudas a largo plazo (financiación ajena) de una empresa que le permite operar y hacer frente a sus necesidades financieras sin una exigibilidad a corto plazo.

Capital riesgo:
Inversión de capital de una nueva sociedad que en su misma naturaleza puede ser considerada como actividad de alto riesgo. La rentabilidad esperada es también muy superior para compensar un probable porcentaje de fracasos.

Capital social:
Capital aportado por los accionistas para constituir una sociedad y que les otorga derechos sobre la misma en el reparto de beneficios, ampliaciones de capital, etc.

Capital suscrito:
Acciones suscritas del total ofertado en una suscripción.

Capital técnico.
Conjunto de bienes de producción de una empresa.

Capitales propios:
Conjunto de recursos propios de una empresa.

Capital flotante:
Parte del capital de una sociedad que cotiza en bolsa y no está controlada por accionistas estables.

Capitalismo:
Doctrina económica que se basa en la propiedad privada de los factores de producción que considera que el sistema de libertad del mercado y de precio es el más eficiente para lograr la óptima asignación de recursos en una economía.

Capitalización bursátil:
Es el valor del capital de una sociedad obtenido a partir de su cotización en bolsa. Se obtiene multiplicando la cotización de sus acciones por el número de las mismas. Este mismo cálculo se puede realizar para todo el mercado, sumando la capitalización de todas las sociedades que componen el mercado.

Capitalización de intereses:
Incorporación al capital de una obligación de pago de los intereses de tal forma que su incorporación produzcan también intereses de los intereses.
Véase " Interés compuesto" ó " capitalización compuesta".

Capitalización compuesta:
Es la que implica la agregación de los intereses al capital de tal forma que se reinvierten en el siguiente período al mismo tipo de interés. Véase Interés compuesto

Capitalización simple:
Es aquella en la que los intereses generados no son reinvertidos en el período siguiente y por tanto los intereses no generan nuevos intereses. Véase Interés simple

Capitalización del beneficio:
Consiste en agregar el beneficio al capital. Se aplica a la conducta de los accionistas que acuden a la suscripción de nuevas acciones, en lugar de vender en Bolsa el derecho de suscripción preferente.

Capitalizar una renta:
Operación de cálculo consistente en valorar un capital partiendo de su rentabilidad, según el tipo de interés corriente.

Caption
Voz anglosajona que designa la opción , mediante el pago de una prima, para comprar o vender un cap (véase) en una fecha futura determinada.

Carta de crédito:
Convenio crediticio entre un cliente y su banco para la puesta a disposición de fondos en el extranjero. La apertura de la carta de crédito permite disponer de dinero en el extranjero a través del corresponsal bancario en el país de que se trate.

Carta de porte:
Es un título representativo de las mercancías transportadas que es negociable incluso en Bolsas de mercaderías y que como documento formal incorpora las cláusulas de un contrato de transporte de mercaderías.

Cártel:
Acuerdo entre empresas para limitar la competencia entre ellas.

Cartera de valores:
Es el conjunto de títulos que posé una persona o una entidad como inversión financiera

Cartera eficiente:
Se denomina así a la cartera de valores que está completamente diversificada compensando los riesgos de los distintos componentes de dicha cartera.

Casar operaciones:
Operación que se efectúa cuando se reciben ordenes de compra y venta referentes al mismo valor y precio, de tal modo las demandas de uno son satisfechas con las ofertas de otros.

Casas de Bolsa:
Es el nombre por el que se conocen a las sociedades de mediación en bolsa y a las sociedades de análisis bursátil.

Cash:
Palabra inglesa cuyo significado es caja y que se utiliza en el sentido de liquidez.

Cash flow:
Su traducción es flujo de caja. Refleja los recursos generados por una empresa en un determinado periodo. Comprende la suma de los beneficios, amortizaciones y previsiones.

Cazador de gangas:
Inversor que está pendiente de las bajadas de las cotizaciones para adquirir títulos y venderlos en cuanto la cotización recupera su valor habitual.

Cazadorde primas:
Especulador que actúa en el mercado primario y que cuando se produce una emisión que él considera que va a tener un gran éxito y que va a ser suscrita en exceso y por tanto existirá un prorrateo, da órdenes de suscripción por encima de sus posibilidades económicas con la idea de que cuando se introduzca el valor emitido en el mercado secundario la demanda no satisfecha (por exceso de suscripción) impulsará las cotizaciones al alza y el podrá vender con plusvalía (prima) las acciones suscritas.

Cebes:
Nombre que se le da a los certificados de depósito del Banco de España y que fijan de forma oficial el tipo de interés del dinero en nuestro país.

Cédulas hipotecarias:
Títulos que se emiten con la garantía de la cartera de préstamos concedidos con garantía de inmuebles por la sociedad emisora.

Central de anotaciones:
Es el organismo encargado dentro del Banco de España de registrar y anotar en cuenta todas las transacciones que se realizan con los títulos y garantiza la propiedad de los mismos. Este organismo sustituye a los antiguos títulos físicos.

Certificado de acciones:
Al objeto de facilitar la negociación en bolsa de acciones extranjeras, ciertos bancos extienden certificados del depósito de títulos, que son cedidos por los bancos a sociedades interpuestas que se ocupan de su negociación.

Certificado de depósito:
Colocaciones de fondos hechas en la banca a plazo, desde siete días a más de un año, con intereses superiores a los de las cuentas de ahorro, y formalizados en documentos utilizables para pagos, endosables, o negociables de otra forma en el mercado de dinero. 

Certificado de legitimación:
Ver certificado de depósito.

Cesión de activos:
Operación por la cual el otorgante inicial de una financiación la cede total o parcialmente, ya sea conservando el riesgo de la misma o transmitiéndola al adquirente.

Cesta de fondos:
Inversión que se realiza adquiriendo diversos fondos con características diferentes a fin de diversificar los riesgos y conseguir mejor rentabilidad y seguridad en la inversión.

Cesta de monedas:
Es el conjunto de divisas que se usan para establecer el valor de una determinada moneda.

Ciclo económico:
Es la variación a largo plazo de la situación económica de un país, medida a través de sus índices macroeconómicos. El ciclo se llama expansión si es alcista y recesión si es bajista.

Ciclo bursátil:
Es la variación a largo plazo de las cotizaciones que dan lugar a la tendencia primaria de la bolsa. Por lo general estos ciclos coinciden con los ciclos económicos con un adelanto de 6 a 12 meses.

Cierre:
Momento en el que termina oficialmente las cotizaciones bursátiles.

City:
Es el nombre que se le da al centro financiero de Londres y donde están establecidas entre otras instituciones la Bolsa de Londres.

Cláusula antidilución:
Cláusula que se introduce en la emisión de obligaciones y bonos convertibles en acciones que trata de compensar los descensos de cotización en las acciones como consecuencia de ampliación de capital.

Cláusula de indicación o indexación:
Cláusula que fija la variación de unos beneficios intereses o precios en función de un índice de referencia.

Cláusula de prohibición de disponer: 
Cláusula que se impone al comprador de unos valores con pago del precio aplazado que no puede disponer de los mismos ni enajenarlos sin consentimiento del vendedor hasta tanto no haya pagado el precio total de la operación aplazada.

Cláusula de repo:
Cláusula de recompra de lo vendido.

Cláusula de reserva de dominio:
Cláusula frecuente en los contratos de venta de valores con pago aplazado cuando el vendedor se reserva la propiedad de los valores vendidos hasta tanto no se haya pagado íntegramente el precio pactado.

Cláusula multidivisa:
Cláusula que se fija en los préstamos y créditos en divisas que permite elegir la divisa de reembolso y pago de intereses en los períodos de amortización establecidos en el contrato.

Club de Inversión:
Comunidad o sociedad civil formada por un grupo de inversores, los cuales hacen entrega de una aportación de entrada al club y unas aportaciones periódicas con el fin de realizar inversiones en bolsa.

CNMV:
Acrónimo de la Comisión Nacional del Mercado de Valores. Es la encargada del buen funcionamiento y vigilancia del cumplimiento de todas las normativas vigentes en la Bolsa.

Cobertura:
Provisión de fondos para asegurar una operación bursátil. Consiste en reducir el riesgo que supone mantener una posición en algún tipo de activo. Como la cobertura no puede ser perfecta, siempre exisitirá un riesgo de cobertura.

Cobertura a plazo:
La operación de cobertura a plazo trata de compensar una posición igual pero contraria de los movimientos de los mercados financieros de contado a través de la evolución de los mercados de futuros. Se trata de cubrir una posición de compra o venta al contado de valores, mercaderías o divisas con la suscripción de contratos de futuros de compra o venta sobre el mismo activo subyacente de tal modo que permita eliminar o limitar el riesgo de las fluctuaciones.

Cobertura de cambio:
Operación de compra o venta de divisas con el objeto de cubrir una posición a plazo y garantizarse contra una fluctuación del curso de los cambios.

Cobertura de futuros:
Cobertura de una operación al contado a través de contratos de futuros sobre el mismo activo.

Cobertura de opciones:
Cobertura de la compra o venta de un activo al contado realizada con la compraventa de contratos de opciones sobre el mismo activo.

Cobertura de opciones de compra:
Es la cobertura realizada sobre un activo a través de la venta o adquisición de opciones de compra sobre dicho activo.

Coeficiente alfa:
Este coeficiente compara el riesgo específico de un valor en relación con el riesgo sistemático del mercado. Se calcula por la fórmula que mide la rentabilidad de la acción en relación con una rentabilidad dada del mercado.

Coeficiente beta:
Este coeficiente compara el riesgo sistemático de un valor , medido por su volatilidad, con el del mercado. Se halla su valor por el cociente de la covarianza de un valor y la covarianza del mercado.

Coeficiente de activos financieros:
Este coeficiente nos indica el grado en que la actividad de la empresa se apoya en préstamos que concede a largo plazo y en participaciones de capital a riesgo. Se expresa por la fórmula siguiente:
CFA = ( Inmovilizado financiero/Activo Neto ) x 100

Coeficiente de caja:
Se trata de un depósito financiero obligatorio que todas las instituciones financieras deben mantener en el Banco de España.

Colgado:
Nombre que se le da a un inversor que ha comprado valores a los precios máximos, cuando bajas las cotizaciones de los mismos.

Colocación:
Venta de activos financieros a personas o instituciones, generalmente con la asignación de una comisión para los intermediarios a fin de incentivar la misma. Se puede realizar a través de una oferta privada o pública de venta.

Colocar:
Depositar un dinero o títulos en una institución financiera con unas determinadas condiciones pactadas de antemano.

Collar:
Se trata de un instrumento financiero que se usa para cubrir los riesgos de movimientos inesperados de los tipos de interés.

Comisión:
Cantidad fija o variable que cobra un intermediario por la prestación de sus servicios. Suelen establecerse en porcentajes sobre el importe de la compra o venta, con una cantidad mínima si no se alcanza un determinado volumen. Contrato regulado por nuestro ordenamiento jurídico.

Comité de mercados abiertos de la reserva federal:
Organismo de la reserva federal de los Estados Unidos, que se reúne trimestralmente para determinar el tipo oficial del dinero.

Commodity:
Palabra inglesa que se utiliza para calificar a las diferentes materias primas y que sirve de subyacente en los mercados de futuros.

Compraventa bursátil:
Contrato por el que una parte, vendedora, se obliga a entregar un valor mobiliario determinado a otra, compradora.. El comprador debe abonar al vendedor el precio determinado por la cotización bursátil del valor objeto de la operación.

Compra apalancada:
Se llama así a aquella compra de un activo financiero que se efectúa con un desembolso mínimo de dinero, ya que se utiliza el propio fondo financiero que se adquiere como garantía de dicha compra. Es de uso corriente en los mercados de derivados, implicando una mayor posibilidad de obtener beneficios o pérdidas. Se conoce como grado de apalancamiento a la relación existente entre el dinero desembolsado y el valor real del activo adquirido.

Compra a crédito:
Operación bursátil  de adquisición de acciones en bolsa, utilizando como  recursos créditos concedidos a través de la autoridad bursátil. Si la cotización cae por debajo de la cotización de compra, el agente tiene derecho a exigir que el cliente vaya haciéndose cargo de las pérdidas.

Con límite a:
Orden de bolsa en la que se pone un limite al cambio máximo si se trata de compras o mínimo si es de ventas.

Consejo de Administración:
Organo colegiado que dirige la marcha de una sociedad supervisando y guiando la actuación de la dirección. La Junta General de Accionistas, es la encargada de nombrar a sus componentes y de ratificarlos en los cargos.

Consolidado:
Término que se usa para los balances, informes contables y cuenta de resultados de una sociedad que a su vez esta formada por muchas otras filiales. Se suman las partidas, compensando las cuentas y los saldos de las filiales para reflejar la situación patrimonial y la rentabilidad del grupo de empresas.

Contabilidad:
Es un soporte básico para tomar decisiones sobre inversiones, basándose en criterios y procedimientos existentes para asegurar la correcta valoración de bienes, derechos y obligaciones.

Contabilidad administrativa:
Sistema contable propio de las entidades que actúan sin ánimo de lucro. Su punto de partida y su nota característica es el presupuesto, mientras que su finalidad es demostrar que los ingresos obtenidos han sido debidamente aplicados a los gastos autorizados, habiéndose desarrollado el presupuesto de acuerdo con lo previsto.

Contabilidad analítica:
Ver contabilidad de costes.

Contabilidad comercial:
Ver contabilidad externa.

Contabilidad de costes:
Tiene por objeto la captación, medición, registración, valoración y control de la circulación interna de valores de la empresa, al objeto de suministrar información para la toma de decisiones sobre la producción, formación interna de precios de coste y sobre la política de precios de venta y análisis de los resultados, mediante el contraste con la información que revela el mercado de factores y productos, basándose en:
a) leyes técnicas de producción.
b) leyes sociales de organización.
c) leyes económicas de mercado.
Contabilidad de explotación:
Ver Contabilidad de costes.

Contabilidad de gestión:
Ver Contabilidad de costes.

Contabilidad especulativa:
Sistema contable propio de comerciantes y empresas que actúan con ánimo de lucro. Su punto de partida es el inventario general, para formar los correspondientes balances de situación y determinar el beneficio o pérdida en el ejercicio.

Contabilidad externa:
Parte de la contabilidad dedicada al estudio de todas las transacciones que la empresa realiza con el mundo exterior. Se la conoce también como contabilidadfinanciera, contabilidad general y contabilidad comercial.

Contabilidad financiera:
Ver Contabilidad externa.

Contabilidad general:
Ver Contabilidad externa.

Contabilidad industrial:
Ver Contabilidad de costes.

Contabilidad interna:
Rama de la contabilidad, diferenciada de la externa o financiera tanto por sus características como por sus objetivos. En ella se plantea y analiza sistemáticamente toda la problemática contable relativa tanto al proceso de formación y transformación de valores que se produce dentro de la unidad económica, como a la evaluación y control de la eficiencia económica.

Contabilidad nacional:
Sistema de cuentas integradas cuya finalidad es dar una visión sistemática de los flujos de producción, renta y gasto de una economía nacional, durante unperiodo determinado.

Contabilidad pública:
Contabilidad administrativa desarrollada por la administración económica del Estado y demás organismos públicos.

Contabilidad regional:
Contabilidad social, cuando la colectividad delimitada es de ámbito inferior al correspondiente al Estado. Sus fundamentos y esquemas son análogos a los de la contabilidad nacional.

Contabilidad social:
Conjunto de técnicas de registro y su plasmación en cuentas, que tiene por objeto medir sistemáticamente los valores de todas las corrientes de bienes y servicios que tienen lugar en una colectividad dada, durante un determinado periodo de tiempo.

Contraasiento:
Asiento contable en el diario o en el mayor, cuyo objeto es subsanar el error cometido en otro anterior.

Contraopa:
Como indica su nombre, es una OPA que se presenta en contra de otra OPA anterior, lógicamente las condiciones de esta segunda para que pueda tener éxito, deberán ser más favorables.

Contrapartida:
Postura de oferta y demanda contraria a la que una persona formula. Son los títulos o dinero necesarios para que se pueda realizar una orden de compra o venta a una determinada cotización. Las contrapartidas aseguran la liquidez del mercado. En contabilidad, asiento que figura en el haber de una cuenta y que tiene su compensación en una partida del debe de otra cuenta, o viceversa.

Contrato:
Acuerdo entre dos o más partes mediante el cual se obligan los contratantes a dar, hacer o no hacer alguna cosa, que vienen especificadas claramente en el mismo.

Contrato de futuros:
Contrato por el que una parte compra o vende una cantidad normalizada de un activo financiero (títulos, materias primas, etc). La cantidad recibe el nombre de subyacente y cotizan en los mercados de derivados o futuros.

Conversión:
Sustitución de un título que incorpora una determinada clase de derecho por otro título que acredita derecho de características distintas.

Convertibilidad:
Es la posibilidad de poder cambiar en el mercado de divisas unas monedas por otras, sin que exista control alguno sobre los cambios ni restricciones para residentes.

Convertible:
Adjetivo que se aplica a una obligación que tiene la posibilidad, en el momento de su amortización, de ser canjeada, a un tipo de conversión convenido, por acciones de la sociedad emisora.

Coopropiedad de acciones:
Supuesto en que una o mas acciones corresponden a varios titulares.

Corredor de bolsa:
En España lo son las Sociedades de Bolsa y las Agencias de Bolsa. Antigua figura de Agente de Cambio y Bolsa.

Corredor de comercio:
Agente de comercio colegiado que efectúa su trabajo en lugares donde no existe bolsa de valores. Hace las veces de mediador cualificado y fedatario público.

Corrección:
Se dice que la cotización de un valor o de un índice ha sufrido una corrección, cuando se produce una caída de la misma, después de una subida y que oscila (la cada) entre un tercio y la mitad de la subida.

Corretaje:
Comisión que se abona a un intermediario como pago por sus servicios. Generalmente está ajustada a una ley o arancel previamente establecido.

Corro:
Reunión de intermediarios en el espacio señalado del salón de contratación de bolsa, durante las horas bursátiles, para intercambiar las ofertas y demandas de valores y fijar los cambios.

Corto plazo:
Se trata de un término subjetivo referente al periodo de tiempo de duración de las operaciones bursátiles, dependiendo su clasificación del sector de la actividad a que se refieren. En bolsa este periodo de tiempo entre compra y venta suele ser de 15 sesiones (tres semanas naturales). Se le da el nombre de a muy corto plazo, cuando el vencimiento es de una semana (5 sesiones).

Cotización:
Precio alcanzado en el mercado por un valor. Es el precio de equilibrio para un título en función de la oferta y la demanda. Igualmente se utiliza este nombre para el precio al que se ha realizado la compra o la venta de un valor o de una divisa en la bolsa o en los mercados monetarios.

Cotización a plazo:
Precio establecido para un activo trascurrido un plazo determinado.

Cotización al contado:
Precio establecido para un activo en un instante determinado en que se perfeccionan y consuman las operaciones de pago del precio y entrega del bien.

Cotización bursátil:
Cambios y precios de los valores negociables en Bolsa.

Cotización con cupón corrido:
Es aquella cotización de valores de renta fija que incluye los intereses ya devengados y no percibidos por el adquirente del valor.

Cotización de cambio:
Valor de cambio de una moneda en relación a otra moneda extranjera.

Cotización en firme:
Cambio o cotización que es vinculante para el que la oferta, si la otra parte la acepta de inmediato o en caso de no especificarse por la cantidad mínima que marquen el uso o las normas del mercado.

Cotización ex cupón:
Cotización corregida por la disminución del valor del cupón.

Cotización oficial:
Es la cotización que tienen los valores admitidos a negociación en los mercados secundarios oficiales.

Cotización relativa:
Es la relación entre la cotización de un valor y el índice general bursátil.

Cotización spot:
Precio de contado y con liquidación inmediata de un activo.

Cotización de cierre:
Es la cotización que tiene una acción en el momento del cierre de la sesión de bolsa. Existen también la cotización de apertura, la máxima y la mínima, todas ellas referentes a la sesión, aunque la más conocida y de mayor uso es la cotización de cierre.

Cotizar:
Asignar el precio de un valor en la Bolsa o en el mercado.

Coyuntura bursátil:
Situación por la que atraviesan las cotizaciones de la bolsa, en un momento dado, resultante de la conjunción simultánea de acontecimientos de diversa índole.

Coyuntural:
Se le da este nombre a la situación que tiene la economía en un momento determinado y que puede ser diferente de la situación económica.

Crack:
Derrumbamiento. Desastre financiero. Quiebra, bancarrota. Denominación que indica la caída vertiginosa de las cotizaciones de la mayoría de los valores de una bolsa.

Creador de mercado:
Intermediario que anuncia ininterrumpidamente los precios y cantidades que se dedica a intervenir.

Crédito:
Préstamo concedido por una persona física o jurídica a otra, para que disponga, a su conveniencia hasta un cierto límite, o bien con fijación de los plazos para la devolución del principal y de los intereses. El que concede el crédito es el prestamista o acreedor; y el que lo obtiene, el prestatario o deudor.

Crédito Swaps:
Son los que se conceden los bancos centrales entre sí. Conocidos como "créditos de dobles", consisten en la venta de moneda del país prestamista al país prestatario a cambio del equivalente en la moneda del país prestatario.

Cuartillo:
Término usado para designar en los tipos de interés el equivalente a 250 puntos básicos o a un cuarto de punto.

Cuenta de explotación:
Informe contable en el que se recogen los flujos reales originados por la gestión normal de la empresa, principalmente la variación de existencias y las cuentas de compras, ventas, gastos e ingresos. Hoy en día es más usado el término cuenta de resultados.

Cuenta de pérdidas y ganancias:
Cuenta que recoge los resultados de la cuenta de explotación, los resultados extraordinarios y la cartera de valores, antes y después del pago de impuestos.

Cuentas directas de deuda anotada:
Se trata de un servicio que presta el Banco de España, de acuerdo con el tesoro público, para que cualquiera puede suscribir cualquier modalidad de Deuda del Tesoro con unas comisiones mínimas.

Cuenta de Valores:
Es una anotación contable en la que se hacen constar todos los valores mobiliarios que una misma persona tiene depositados en una entidad bursátil o financiera.

Cuidadores:
Profesionales de los mercados financieros que se encargan de mantener, la cotización de un título en unos niveles predeterminados, dentro de lo posible.

Cupón:
Se da este nombre a cada uno de los cobros de dividendos o derechos de suscripción que ejerce el accionista propietario de un determinado valor. El nombre le viene dado por las antiguas acciones que llevaban adjuntas unos cupones que el accionista iba recortando para cobrar los dividendos.

Cupón corrido:
Este supuesto se da en los valores de renta fija y es la incorporación al precio del valor de los intereses devengados desde la fecha de pago del último cupón hasta la fecha en que se produce la valoración o la venta. Por ejemplo, en el supuesto de venta el comprador adquirirá una obligación o un bono con unos intereses devengados, aún no pagados, hasta la fecha de venta que se harán efectivos cuando se abone el próximo cupón por ello es preciso valorar esos intereses corridos para determinar su precio real y actual. La determinación del valor del cupón corrido se realiza así:
Cupón corrido = ( Número de días desde el pago del cupón anterior/Número de días desde el pago del último cupón hasta el pago del próximo ) x valor del cupón vigente.

Cupón de dividendo:
Es el cupón que da derecho al cobro de dividendos en una sociedad.

Cupón de suscripción:
Es el cupón que da derecho a la suscripción de nuevas acciones en una ampliación de capital de una sociedad, el titular puede enajenarlo a su valor teórico ( véase " Valor teórico del derecho de suscripción ) o el de mercado o ejercerlo suscribiendo con él el número de acciones a que tenga derecho.

Curso de los cambios:
Variación de los cambios de un valor durante la sesión de bolsa.

Curva:
Representación esquemática de las fases sucesivas de un fenómeno por medio de una línea cuyos puntos van indicando valores variables.

Curva de cotización:
Es la línea que en un chart dibuja la cotización de un valor al desplazarse a lo largo del tiempo. El estudio de estas curvas, constituye la base del análisis chartista.

Custodia de títulos:
Servicio que prestan las personas físicas o jurídicas, principalmente Bancos, que manejan títulos de propiedad mobiliarios o inmobiliarios, consistente en mantener en lugar seguro los citados títulos y ponerlos a disposición de sus titulares en el momento en que éstos así lo soliciten.


Chantaje financiero:
Situación irregular que se produce en algunas ocasiones en los mercados cuando un " tiburón financiero" (véase) compra secretamente un número importante de acciones de una sociedad y amenaza a ésta con lanzar una " opa hostil" (véase) si no se le compran las acciones adquiridas a un precio superior al que él ha pagado.


Chart:
Gráfico que representa los movimientos de las acciones u otros tipos de títulos. Los hay de muchos tipos: point and figure, logarítmico, etc.

Chart de barras:
Tipo de gráfico en el que cada sesión de un valor se representa como una pequeña barra vertical en la que figura la cotización máxima, la mínima y como un pequeño guión horizontal, la cotización de cierre.

Chart logarítmico:
Gráfico en el que la escala usada para representar las cotizaciones es tipo logarítmico, con lo que a porcentajes de subidas iguales corresponden espacios iguales en la escala. En lugar de representar puntos de movimiento, se representan porcentajes de movimiento.

Chartismo:
Técnica del análisis bursátil que pertenece al análisis técnico. También se conoce con el nombre de análisis gráfico.

Chartista:
Nombre que se les da a aquellas personas que realizan el chartismo.

Cheque:
Documento que contiene un mandato de pago a la vista hecho por el librador sobre un depósito hecho en el librado y a favor de sí mismo o de tercera persona.
Se regula el cheque en los artículos 106 y siguientes de la Ley Cambiaria y del Cheque de 16 de julio de 1985 ( B.O.E. nº 172 de 19 de julio )
.
Cheque a la orden:
Cheque que permite su endoso a tercera persona.

Cheque al portador:
Si consta dicha cláusula en el cheque, aunque se haya puesto a nombre de una persona si se añade " o al portador".

Cheque bancario:
El cheque expedido por un banco por cuenta y cargo de un cliente o a su propio cargo.

Cheque certificado:
Es aquel en que el librado imprime una cláusula en que reconoce la autenticidad de firma y la existencia de provisión de fondos suficiente, pero sin bloquear la cuenta y siendo revocable.
Es equivalente a "Cheque conformado". 

Cheque cruzado.
Es aquel cheque en el que se realiza el pago por medio de un banco. A efectos prácticos se utiliza como "cheque para abonar en cuenta". Se denomina también cheque para compensación.

Cheque de viaje:
Este tipo de cheques eliminan el riesgo del transporte de dinero efectivo y son similares a los cheques bancarios. El adquirente de los citados cheques ha de firmar en el momento de la compra del cheque sobre el propio título y estampar nuevamente su firma para su cotejo, con la ya realizada en el momento de la adquisición, al hacer efectivo el cheque en la entidad que se presente al cobro. De esta forma se acredita que es el legítimo tenedor identificándose además por medio de los documentos oficiales identificativos en vigor.

Cheque en blanco:
Cheque en que el nombre del beneficiario no está indicado.

Cheque garantizado:
Es un cheque en el cual el librado o el banco se compromete y garantiza su pago. Es similar a cheque certificado.

Cheque nominativo:
Si en el documento se identifica a su tenedor.

Chicago Board of trade:
Mercado que tiene su sede en Chicago. Se trata del mayor mercado de opciones y de futuros del mundo

Chicharro:
Palabra usada en el argot de la bolsa para referirse a aquellos valores que son muy baratos y con escasa liquidez en bolsa. En los momentos de fuertes subidas o bajadas siguen multiplicando la tendencia del mercado

Chiringuito financiero:
Nombre que se le da a aquellas entidades financieras de pequeño tamaño y de funcionamiento irregular rondando incluso la ilegalidad a veces.
  




D+3D:
Es la denominación abreviada que recibe el sistema recientemente instaurado por el Servicio de Liquidación y Compensación de Valores (véase) por el cual el plazo de liquidación de las operaciones bursátiles se reduce a tres días desde la fecha de contratación. Es uno de los procedimientos de compensación y liquidación de operaciones más ágiles de las Bolsas internacionales.

Dador de órdenes:
Es el comitente o persona que encarga a un intermediario bursátil o financiero la realización de una operación de bolsa o en los mercados financieros siguiendo las instrucciones dadas en la orden recibida.

Dax:
Se trata del índice más importante de la bolsa de Francfort. Está formado por la media ponderada de los 30 títulos de mayor capitalización de los que forman dicha bolsa.

Dealer:
Término anglosajón que define al intermediario en los mercados organizados que opera por cuenta propia y actúa como contrapartidista de órdenes de compraventa de valores negociables.

Debacle:
Término francés para referirse a un desastre , en los mercados financieros puede referirse a una baja generalizada y profunda de los mercados y aplicarse como sinónimo de " crack".

Débil:
Es la calificación que se hace de los activos financieros que tienen precios poco estables y fuerte tendencia a descender, fundamentalmente referido a las divisas.

Defensa contra adquisiciones:
Son las instrumentadas por la dirección de una empresa cuando teme ser objeto de adquisición por otra. Entre ellas están: la píldora venenosa, defensa Pacman, reestructuración del balance, recapitalización dual, etc.

Déficit:
Descubierto que resulta en una cuenta, comparando el activo con el pasivo o los ingresos con los gastos. También se puede definir como el resultado de unas cuentas de gastos mayores que las de ingresos (pérdidas).

Déficit comercial:
Importe de la diferencia originada por un mayor valor de las compras respecto del valor de las ventas (pérdidas en ventas).

Déficit de caja:
Insuficiencia de recursos monetarios líquidos que se produce cuando los ingresos en efectivo son menores que los gastos en efectivo.

Déficit de explotación:
Importe de la diferencia entre el valor de las ventas menos los gastos de explotación, cuantos estos últimos son mayores que los primeros.

Déficit de la balanza comercial:
Ver Déficit exterior.

Déficit de la balanza de capital:
Ver Déficit exterior.

Déficit de la balanza de pagos:
Ver Déficit exterior.

Déficit de la balanza de servicios:
Ver Déficit exterior.

Déficit de la balanza de transferencias:
Ver Déficit exterior.

Déficit de la balanza por cuenta corriente:
Ver Déficit exterior.

Déficit de la nación por cuenta corriente:
Situación de la balanza de pagos de un país en la que los ingresos proporcionados por las transacciones de la balanza por cuenta corriente son inferiores a los pagos al exterior realizados por las transacciones de esa balanza de operaciones corrientes.

Déficit de tesorería:
Insuficiencia de recursos financieros a corto plazo como consecuencia de un mayor volumen de gastos de explotación y de inversión en comparación con los ingresos y la financiación.

Déficit del Tesoro:
Saldo negativo del presupuesto del Tesoro o presupuesto consolidado de caja que refleja una situación en la que las salidas de caja originadas por los gastos públicos son superiores a las entradas debidas a los ingresos corrientes del Estado.

Déficit exterior:
Aquella situación en la que los pagos internacionales que realiza un país son mayores que los ingresos que en oro y divisas percibe de otros países. El déficit exterior está ocasionado por las transacciones internacionales de un país, tanto por cuenta corriente como de capital. Por tanto, la medición y la búsqueda de las causas de un déficit exterior hay que hacerlo en la balanza de pagos. El desequilibrio negativo, o el saldo negativo, de la balanza de pagos indica el déficit exterior y refleja un empeoramiento en la posición neta de liquidez internacional de un país. Para algunas finalidades de estudio, el déficit exterior puede venir medido por el saldo negativo de cualquiera de las subbalanzas de la balanza de pagos. De esta manera puede hablarse de déficit de la balanza comercial, déficit de la balanza de servicios, déficit de la balanza por cuenta corriente, déficit de la balanza de transferencias o déficil de la balanza de capital.

Déficit financiero:
Falta de recursos financieros con relación a las necesidades de financiación.

Déficit fiscal:
Ver Déficit del Tesoro.

Déficit presupuestario:
En términos generales, diferencia en la que superan las previsiones de gastos a las previsiones de ingresos en el presupuesto realizado por cualquier agente económico.

Déficit público:
Ver Déficit del Tesoro.

Deflación:
Proceso en el que el valor de la unidad monetaria está aumentado a consecuencia de una caída en los precios. En la práctica constituye una situación en la que la disminución de la demanda monetaria global se debe a una menor producción de bienes y servicios, lo que provoca una inferior demanda de factores productivos, una disminución de la renta monetaria y una caída del nivel general de precios.

Deflactar:
Transformar una magnitud económica expresada en términos corrientes a los precios de un año base. El valor de un bien o servicio es igual al producto de su cantidad por el precio del mismo (V=QxP), por tanto, la operación de deflactar consiste en separar o disgregar Q (la cantidad) de P (el precio). El resultado muestra pues, el valor real del flujo o fondo correspondiente a la variable económica considerada, es decir, el valor a precios constantes.

Deflactor:
Indice de precios utilizado para deflactar una magnitud o un valor monetarios.

Delito de información privilegiada:
Acto punible penalmente ejecutado por persona que por su profesión dispone de información reservada en los mercados financieros sobre una determinada sociedad cotizada o sobre las perspectivas a corto plazo de un valor o de un mercado y utiliza esa información reservada en beneficio propio o de terceros afines antes de que la conozca el gran público inversor. Véase " Información privilegiada".

Delito de indiciados:
Véase " Delito de información privilegiada".

Delito fiscal:
Elusión del pago de los impuestos por parte del sujeto pasivo por un importe superior a 15 millones de pesetas, se ha elevado últimamente la cantidad defraudada que se considera como delito.

Delta:
Es un instrumento que permite evaluar en el mercado de opciones la sensibilidad de la variación de los precios al contado del activo subyacente en relación con el precio de la opción. Compara, pues, la variación de la prima de la opción en relación con la variación de la cotización al contado del activo subyacente.

Demanda:
Deseo o plan de adquisición de un bien o de un conjunto de bienes. En general se admite que la demanda depende del precio del bien, de la renta del sujeto y de los precios de los bienes que son sustitutivos o complementarios del primero.

Demanda agregada:
Conjunto de la demanda dirigida a todos los bienes existentes en el mercado de una economía nacional.

Demanda conjunta:
Cuando dos o más bienes son complementarios, en el consumo o en la producción, se dice que existe demanda conjunta de ellos.

Demanda de dinero:
Está constituida por tres motivos fundamentales:
1) Basado en la función que tiene el dinero como medio de cambio. La cantidad de dinero demandada dependerá de la producción.
2) El público desea mantener cierta cantidad de dinero disponible para hacer frente a necesiddes o gastos extraordinarios.
3) El hecho de que el público mantiene dinero ocioso que no necesita para transacción ni por precaución y que no transforma en activos rentables cuando considera que el tipo de interés existente es suficientemente bajo como para esperar que suba en un futuro próximo.
Demanda de liquidez:
Cantidad de activos líquidos que los agentes económicos desean mantener. La demanda de liquidez está constituida fundamentalmente por la demanda de dinero, que es el activo plenamente líquido.

Demanda de precaución:
Ver demanda de dinero.

Demanda de transacción:
Ver demanda de dinero.

Demanda derivada:
Demanda que es consecuencia de otra demanda.

Demanda diferida:
Recibe este nombre la demanda no manifestada como consecuencia de situaciones excepcionales y que se manifiesta al término de las mismas.

Demanda efectiva:
En términos generales, la efectivamente realizada, que no tiene por qué coincidir con la planeada. La demanda efectiva es la determinante del nivel derenta y del volumen de la oferta global alcanzada.

Demanda elástica:
Aquella que es muy sensible ante variaciones del precio del bien considerado.

Demanda especulativa de dinero:
Ver demanda de dinero.

Demanda externa:
Cantidad de bienes y servicios producidos en un país demandados por residentes en el extranjero.

Demanda final:
La consistente en bienes o servicios para consumo, inversión, públicos o privados o para exportación. Desde otro punto de vista, es igual al gasto bruto de la economía, o empleo de los recursos.

Demanda global:
En términos agregados, el conjunto de las distintas demandas de consumo, inversión, etc.

Demanda inelástica:
Aquella que es poco sensible a las variaciones del precio del bien.

Demanda insatisfecha:
Aquella parte de la demanda planeada (en términos reales) en que éste excede a la oferta planeada y que, por lo tanto, no puede hacerse compra efectiva de bienes y servicios.

Demanda intermedia:
Conjunto de bienes intermedios demandados como factores de la producción a los sectores económicos de un país.

Demanda interna:
Cantidad total de bienes y servicios demandados por los residentes en un país.

Demanda normal:
Recibe este nombre la demanda, cuando, como es el caso general, decrece al aumentar el precio del bien y viceversa.

Demanda planeada:
La que desean los sujetos económicos en función de sus expectativas de rentas y de precios.

Demanda realizada:
Ver demanda efectiva.

Demanda rígida:
La que es insensible a las variaciones del precio. Es sinónimo de demanda inelástica.

Denominar:
Dícese de la moneda en la que es emitida una determinada deuda. Por ejemplo: se dice una emisión de págares denominada en dólares, cuando la emisión ha sido realizado en dólares.

Departamento de valores:
En los bancos, es la sección encargada de la custodia y ejecución de las órdenes de compraventa y suscripción de valores por cuenta de los clientes.

Deport:
Diferencia entre la cotización al contado y a plazo de una divisa, cuando lacotización a plazo de la misma es menor que la cotización al contado.

Depositante:
Persona que constituye un depósito, entregando la cosa al depositario, quien asume la obligación de guardarla y restituirla. Al ser el depósito un contrato real no se requiere una capacidad especial en el depositante, y ni siquiera es necesario que este sea propietario de la cosa depositada.

Depositario:
Persona en quien se deposita una cosa. En el caso de bolsa, institución financiera que se hace responsable de la administración y custodia de los valores de renta fija o variable, cobrando una comisión por dicha custodia y encargándose de todo lo referente a ellos: cobrar dividendos, avisar de ampliaciones, etc.

Depósito:
Contrato mediante el cual una parte (depositante) entre a otra (depositario), que la recibe, una cosa mueble con la obligación de custodiarla, conservarla y restituirla al serle reclamada por el depositante o por quien tenga derecho a hacerlo.

Depósito a la vista:
Depósito bancario de cuyo saldo puede disponer el depositante previo aviso.

Depósito a plazo:
Depósito mantenido en una institución bancaria por una persona o empresa y del que no puede disponerse hasta después de transcurrido un período de tiempo o bien después de notificar, con el preaviso fijado, la intención de retirarlo.

Depósito administrado:
Depósito en el que no solamente se realizan los actos de conservación propios de un depósito, sino además los de administración que el depósito requiera.

Depósito afecto:
Aquel que sirve de garantía total o parcial de una obligación contraída por el titular del depósito o de un tercero con la entidad depositaria. Suele ser habitual cuando la solvencia del beneficiario del crédito es limitada y solicita nuevas operaciones de riesgo.

Depósito bancario:
Modalidad de depósito en la que el cliente entrega una suma de dinero al banco, formalizándose la operación y obligándose la institución a devolverle las sumas recibidas a su requerimiento o a un vencimiento determinado o bien con un plazo previo de aviso, según las condiciones pactadas.

Depósito bloqueado:
Aquel que responde como garantía de obligaciones contraidas y no cumplidas por el titular del depósito con la entidad depositaria.

Depreciación:
Pérdida que experimenta una moneda al disminuir su precio expresado en otras monedas.

Depresión económica:
Fase baja del ciclo económico. Se manifiesta por una disminución de la tasa de inversión, que lleva consigo la aparición de paro masivo y la disminución dela demanda de bienes de consumo.

Derecho Bursátil:
Conjunto de normas legales que disciplinan el mercado bursátil.

Derechos de custodia:
Comisión que perciben los depositarios de los valores.

Derecho de suscripción:
Derecho intangible del que disponen los accionistas de una sociedad que amplia su capital y mediante el cual se les concede el privilegio de poder suscribir en la nueva emisión un número de acciones proporcional al de las que posean.

Derecho de tanteo:
Derecho para realizar algo con preferencia sobre otros.

Desaceleración:
Proceso de disminución transitorio del ritmo de crecimiento de una magnitud económica, y que se manifiesta porque en un periodo dado la tasa de crecimiento es menor que en igual periodo inmediatamente anterior.

Desactivación:
Proceso de pérdida del ritmo de crecimiento de una economía, o de algún aspecto de la misma.

Desbloquear:
Autorizar la utilización o disposición de los bienes o créditos bloqueados, por haber desaparecido la causa que impuso el bloqueo o haber cumplido la pena impuesta por dicha causa.

Descontar:
Compra al contado por parte de un Banco de un crédito no vencido, acreditado en un título.

Descontado por el mercado:
Se usa esta expresión, cuando ante una noticia confirmada referente a un asunto relacionado con la bolsa o la economía, el mercado no reacciona. La razón suele ser debida, a que el mercado había reaccionado ya previamente cuando la noticia era solamente un rumor.

Descubierto:
Utilización de fondos más allá de lo que permite el saldo acreedor existente, ampliando, de este modo, la dimensión del depósito previamente realizado. En bolsa se usa el término para indicar aquellas operaciones de compra o venta de títulos, que se realizan sin fondos para cubrirlas o sin los títulos en propiedad; se realiza a muy corto plazo basándose en la esperanza de acabar la operación con beneficios antes de que se exija su cumplimentación.

Descuento:
Rebaja, compensación de una parte de la deuda.

Descuento bancario:
Es el contrato mediante el cual el Banco previa deducción del interés, anticipa al cliente el importe de un crédito no vencido contra tercero, mediante la cesión, salvo buen fin, del crédito mismo .Para el descuento de una letra la determinación del efectivo que producirá su negociación se aplica la siguiente fórmula:
E = N (1- g / 1000 - ( n x d ) / 36.000) - F
Siendo E: el efectivo que produce la negociación, N: el nominal de la letra o efecto de comercio a descontar; g: tanto por uno de gastos variables aplicados por el banco sobre el nominal, n: número de días que faltan hasta el vencimiento de la letra o efecto financiero, d: tipo de descuento aplicado y F: gastos fijos cargados por el Banco.

Descuento comercial:
Es aquella operación de anticipo de fondos por parte de una entidad financiera a su cliente por la entrega de éste de efectos comerciales - letras de cambio, pagarés, etc.-para su descuento.

Descuento de dividendos:
Es un modo de determinar la valoración de la inversión en una empresa cotizada según el cual se determina la cotización de una acción por la capacidad de generar beneficios distribuibles en el futuro. Siendo C la cotización de una acción; D', D'', D''' etc.. los dividendos a percibir en los próximos años y R el tipo de rendimiento aplicable a la mejor inversión alternativa y que se valora como coste de oportunidad tendremos la siguiente formulación:
C= (D'/1+R) + (D''/(1+R) ) + (D'''/(1+R) ) +....;
Lo que se traduce en que la cotización de una acción es el resultado de la actualización, a un tipo de interés de mercado, de la corriente futura de dividendos que produce su titularidad.
Para el cálculo del valor actual de este flujo de dividendos es preciso establecer una ley de variación o determinar que son constantes, temporales o perpetuas.
Si consideramos que los dividendos (D) van a ser iguales y constantes, a lo largo de un período de años (n) se podría calcular así:

Desdoble:
Supone la separación de la acción y el cupón que da derecho a acudir a una ampliación de capital. Se dice que una acción se desdobla cuando, comenzada una ampliación de capital de una sociedad, la acción tiene su propio valor, si bien disminuido, y otro valor distinto el del derecho de suscripción preferente que cotiza separadamente de la acción a la que pertenece.

Desembolso:
Entrega de dinero en efectivo como consecuencia de una compra o una obligación de pago. Es sinónimo de pago.

Desfase:
Periodo de tiempo preciso para que el valor de una variable económica cambie como respuesta al cambio experimentado por otra variable con la que está interrelacionada.

Desgravación:
Disminución de la tributación a pagar por un hecho imponible.

Desintermediación:
Proceso de exclusión de los intermediarios financieros de los canales de distribución del ahorro. Los entes emisores de valores colocan directamente éstos entre el público ahorrador sin tener que acudir a los instituciones financieras.

Desinversión:
Retirada de una inversión por la recuperación de capital invertido.

Deslizamiento:
En el vocabulario financiero es la variación negativa, sostenida y creciente en forma moderada de las cotizaciones de un valor negociable o de una moneda o divisa.

Deslocalización:
Traslado de la cotización de un valor desde el mercado financiero de su país de origen a otro mercado exterior más activo.

Desmaterialización:
Situación que se está produciendo en la actualidad en que los valores negociables ya no se emiten en forma de títulos acreditando a su legítimo propietario sino que estos títulos quedan sustituidos por una simple anotación en cuenta a favor del titular en la entidad encargada de la llevanza del sistema de anotaciones en cuenta, en el caso de valores al portador, o su inscripción en el registro de la sociedad emisora en el caso de valores nominativos.

Desmonetización:
Acción y efecto de abolir el empleo de un metal para la acuñación de moneda. Quitar a un papel moneda, o a la moneda misma, su valor legal. Convertir, por fundición, la moneda en pasta, destinándola a otros usos.

Desnacionalización:
Supone la venta de las acciones de sociedades anónimas en poder del estado o de Entidades Públicas a personas privadas. Es sinónimo de " privatización".

Despegue:
Momento en el que un país subdesarrollado inicia un crecimiento apreciable y sistemático.

Desregulación:
Medidas tendentes a eliminar las trabas legales y administrativas que condicionan una actividad económica o financiera y su objetivo es aumentar la competencia y eficiencia del sector al que se dirigen las medidas.

Desvalorización:
Disminución del valor de una moneda fiduciaria con relación al oro.

Deuda:
Obligación que uno tiene de pagar, satisfacer o reintegrar a otro una cosa, por lo común dinero, o de cumplir un deber.

Deuda consolidada:
Deuda pública a corto plazo convertida en deuda a largo plazo. Cuando el Estado -deudor- ve aproximarse la fecha de vencimiento de una determinada emisión de deuda a corto plazo, puede convertir esta deuda flotante en otra consolidada, aplazando esa fecha.

Deuda del Tesoro:
Ver deuda flotante.

Deuda denunciable:
Deuda pública en la que el Estado se reserva la facultad de devolver el capital, aunque no está obligado a hacerlo.

Deuda desgravable:
Deuda pública con el privilegio adicional de que sus propietarios pueden desgravarse de las cuotas del impuesto sobre la renta o de sociedades, un determinado porcentaje de los importes invertidos.

Deuda especial:
Deuda pública emitida para atender a una finalidad específica.

Deuda estampillada:
Deuda pública que se encuentra en poder de extranjeros y cuyo pago se hace en divisas.

Deuda exterior:
Deuda de un país con residentes en el extranjero y que se paga en moneda extranjera.

Deuda finalista:
Ver deuda especial.

Deuda flotante:
Es la deuda emitida por el Tesoro dentro del ejercicio de cada presupuesto para atender a las diferencias de vencimiento entre los créditos activos y pasivos del mismo. Generalmente se identifica con la deuda a corto plazo.

Deuda general:
Deuda pública emitida para atender a los gastos generales del Estado.

Deuda improductiva:
Deuda pública en la que la actividad financiada por ella no rinde beneficios.

Deuda inscrita:
Deuda pública que consta en el Registro Oficial de la deuda. La inscripción puede ser al portador, nominativa y mixta.

Deuda interior:
Deuda del Estado con residentes en el interior del país y que se paga con moneda nacional.

Deuda no autoliquidable:
Ver deuda productiva.

Deuda no denunciable:
Deuda pública en la que el Estado se compromete a no devolver el capital, pagando sólo los intereses.

Deuda perpetua:
Es aquella que no incorpora obligación de reembolso ni fecha de vencimiento.

Deuda política:
Deuda pública contratada de Estado a Estado.

Deuda productiva:
Deuda pública en la que la actividad financiada produce beneficios. Puede ser autoliquidable u no autoliquidable.

Deuda pública:
Se entiende por deuda pública al conjunto de los préstamos concedidos al Estado que han sido documentados en forma de títulos-valores; títulos en virtud de los cuales el Estado se compromete al pago periódico de unos intereses y a la eventual devolución de los capitales en el caso de que la deuda contraída tenga carácter de amortizable.

Deuda Pública anotada:
Activos financieros de renta fija, emitidos por el Estado u otros entes públicos, que no se materializa en soporte físico (título tangible), sino en meras referencias contables.

Deuda registrada:
Deuda pública que proporciona al acreedor un derecho inscrito en el Registro de la deuda, en lugar de un derecho documentado.

Deuda tributaria:
Cantidad en pesetas adeudada a la Hacienda Pública por la realización de un hecho imponible una vez aplicadas toda clase de deducciones, desgravaciones, recargos y sanciones, en su caso, a la cuota tributaria.

Deudor:
El que debe o está obligado a satisfacer una deuda.

Deutsche Bundesbank:
Banco Federeal Alemán.

Devaluación:
Disminución del tipo oficial al cual una divisa es intercambiada por otra. Reducción del valor de la moneda de un país en relación con las demás monedas realizada por las autoridades monetarias de un país.

Devengo:
Momento en el que tiene lugar el nacimiento o adquisición del derecho a percibir una cierta cantidad de dinero, bien como retribución por razón de trabajo o servicio, bien por otras causas, tales como vencimiento de intereses, dividendos de acciones, etc.

Devolución:
Acto por el cual un banco devuelve un documento (recibo, letra de cambio, factura, etc.) presentado al cobro o domiciliado en cuenta por falta de saldo suficiente para ser atendido.

Diagrama de Hamilton:
Sistema de predicción bursátil en el que mediante un cuadro o diagrama, se representan los posibles caminos de las posiciones de dinero y las posiciones de papel.

Diamantes:
Es una piedra preciosa que tiene gran interés como inversión de valor refugio o reserva y con un mercado de cotización internacional.// Es también una formación gráfica del análisis chartista que indica que las fluctuaciones de precios son muy erráticas y es imposible predecir unas líneas de soporte y resistencia.

Dientes de sierra:
Dícese de la expresión gráfica del curso de las cotizaciones cuando en períodos de tiempo breves hay alzas y bajas continuadas en el mercado.

Diferencial:
Diferencia existente entre el coste de los fondos tomados por una entidad financiera y el 
precio a que ésta los presta.

Diferencial bancario:
Es un porcentaje que se aplica en las operaciones bancarias y que cubre los gastos y beneficios del banco o, en su caso, permite una adaptación a las circunstancias del mercado. Por ejemplo se señala en determinadas operaciones crediticias un tipo básico de interés variable (Mibor, Libor u otros) y a éste se le añade un diferencial o "spread" que cubre los gastos y beneficios bancarios de la operación.

Diferencial de inflación:
Diferencias entre la tasa de inflación de un país y la de otros países en su conjunto o separadamente.

Diferencial de rendimiento:
Diferencia entre las distintas emisiones de renta fija de igual plazo pero de distintos emisores en función de la calificación del riesgo de las empresas

Diferencial de los tipos de interés:
Diferencia entre los tipos de interés de un país y los de los países de su entorno económico. Este concepto tiene su importancia en relación con las inversiones extranjeras en renta fija que deben valorar inversiones alternativas en varios países teniendo en cuenta este diferencial y la estabilidad de la moneda del país donde invierte.

Diligencia de transferencia:
Es la anotación al dorso , visada por la sociedad emisora, que llevabn los valores nominativos endosables y que acredita la transmisión a favor del tenedor-comprador.
 
Dilución:
Se usa este término en bolsa para indicar la disminución del valor de las acciones mediante nuevas emisiones o por la conversión de obligaciones en acciones. Al haber más, aunque el beneficio de una sociedad sea el mismo, el beneficio por acción se reduce al igual que el dividendo, por lo que el valor de la acción disminuye.

Dinero:
El dinero actual es el fin de un largo proceso histórico de desmaterialización que va desde la moneda metálica de valor intrínseco a la moneda representativa de un valor depositado que la garantiza, pasa luego por el papel moneda de curso forzoso y termina en la moneda escritural bancaria ( dinero bancario). Del dinero -mercancía al actual dinero abstracto escritural existe una larga evolución que se explica por las funciones cada vez más variadas y complejas a que los medios de pago sirven hoy en la vida económica.// Palabra empleada en el mercado bursátil para indicar que en el momento de la contratación (en el corro de la bolsa tradicional) había una mayor demanda de un valor determinado que oferta y no han podido ser casadas operaciones. Equivalente a demanda de un valor y representa el volumen de dinero en demanda de compra que al final de la sesión bursátil tradicional queda sin poder ejecutarse.

Dinero bancario:
Es el dinero creado por los bancos comerciales, por medio de los depósitos de sus clientes, que al emitir cheques (o realizar transferencias) para disponer de sus saldos, crean nuevos medios de pago en el flujo monetario de un país.
Este dinero puede adoptar, básicamente, dos formas:
a) Dinero a la vista: en donde el cliente titular del dinero puede exigir, en cualquier momento, la devolución total o parcial de la cantidad depositada en un Banco;
b) Dinero a plazo: en donde el cliente sólo puede pedir la devolución de las sumas depositadas después de transcurrido el término fijado en la imposición. El dinero bancario cumple en las economías modernas las mismas funciones que el dinero legal (véase) y es aceptado universalmente en los intercambios. El dinero bancario tiene las mismas posibilidades funcionales que el dinero legal y sus efectos jurídicos son similares a los propios del denominado dinero en sentido estricto o dinero legal.

Dinero barato:
Recibe este nombre un criterio de política económica derivado del modelo keynesiano, según el cual el crecimiento económico se verá favorecido manteniendo un tipo de interés bajo.

Dinero blanco:
Es el declarado ante la Hacienda Pública en cuanto a su existencia y origen del mismo.

Dinero caliente:
Nombre que recibe, en los niveles de los movimientos internacionales de capital, aquel que se mueve con rapidez de un país a otro, y con carácter fundamentalmente especulativo tratando de aprovechar ventajas transitorias, referidas por lo común a las cotizaciones de las distintas divisas.

Dinero en circulación:
Dinero activo en circulación o total monetario de un país.

Dinero errante:
Ver dinero caliente.

Dinero especulativo:
Capitales a corto plazo que se traslada de un país a otro con el propósito de obtener mejores colocaciones. Por extensión se aplica también a movimientos de capitales dentro de un mismo país.


Dinero legal:
Recibe este nombre, el dinero al que el Estado confiere poder liberatorio pleno o limitado (modeda fraccionaria). La moneda de pleno contenido, la moneda fraccionaria y los billetes de Banco constituyen, hoy, el dinero legal de un país.

Directriz acelerada:
Directriz de la misma tendencia que la directriz principal pero mucho más inclinada y de una duración equivalente al corto o medio plazo.

Disponibilidades líquidas:
Conjunto del dinero efectivo en manos del público y de los saldos de las cuentas corrientes, de ahorro y de plazo existentes en el sistema financiero de un país en un momento dado.

Disponible:
En la banca se le llama asi en los créditos, a la diferencia entre el límite concedido y la cantidad dispuesta.

Dispuesto:
En la banca se le llama así en los créditos, a la suma que ha sido utilizada por el deudor.

Diversificación:
Confección de una determinada cartera de valores, con títulos y países que no tengan relación entre si, buscando que un posible descenso en los precios en alguno de ellos, no produzca consecuencias sobre el resto de los valores de la cartera.

Dividendo:
Pago, normalmente realizado en efectivo, que una sociedad efectúa a sus accionistas, de modo que representa la participación de éstos en la fracción de beneficios que el Consejo de Administración acuerda repartir.

Dividendo a cuenta:
Dividendo repartido antes de terminar el ejercicio, como anticipo de los resultados que se espera obtener del mismo.

Dividendo activo:
Dividendo que supone un reparto de beneficios, o sea, una entrega de dinero a los accionistas.

Dividendo bruto:
Dividendo integro sin tener deducidos los impuestos.

Dividendo complementario:
Dividendo que se distribuye una vez liquidado el ejercicio económico, como complemento del dividendo a cuenta.

Dividendo con cargo a reservas:
Expresión utilizada para designar el reparto de dividendos efectuado en un ejercicio en el que la empresa no ha obtenido beneficios, distribuyendo en forma de dividendos los beneficios obtenidos en períodos anteriores, mantenidos en forma de reservas en el pasivo del balance de situación de la misma.

Dividendo en acciones:
Dividendo pagado en acciones de la porpia sociedad, que, en lugar de repartilo en efectivo, ha hecho una ampliación con cargo al saldo de pérdidas y ganancias, procediendo luego a repartir las acciones de la misma, liberadas, entre los accionistas en proporción a las acciones viejas poseídas por los mismos.

Dividendo ficticio:
Dividendo activo distribuido por una sociedad entre sus accionistas sin que corresponda a un beneficio real en sus actividades. Este tipo de dividendos suele tener su origen en un falseamiento del resultado total de la actividad de la empresa, debido generalmente a inexactitudes de la contabilidad y a valoraciones erróneas de los elementos de activo.

Dividendo neto:
Dividendo al que se le han detraído las retenciones impositivas que la sociedad pagadora está obligada a hacer. Representa, si aquél es pagado en efectivo, la cuota líquida que el accionista percibe realmente.

Dividendo pasivo:
Desembolsos parciales del valor nominal del título que se exige a los accionistas.

Dividendo preferente:
Dividendo garantizado a las acciones preferentes en una sociedad anónima, siempre y cuando el resultado tras satisfacer los impuestos y dotar las reservas de contenido obligatorio sea suficiente para ello.

Dividendo prescrito:
Dividendo activo cuyo importe no ha sido cobrado por algún accionista dentro de los plazos marcados por la ley, debido a lo cual ha prescrito la obligación de pago por parte de la sociedad y ésta obtiene un beneficio suplementario análogo al producido con la prescripción de cualquier otro débito.

Divisa:
Bajo esta denominación se incluyen todos los haberes cuyo pago se efectúa en el extranjero. En términos generales se da este nombre a toda la moneda extranjera.

Divisa convertible:
Una moneda, tiene el carácter de divisa convertible cuando su poseedor puede cambiarla con toda libertad a cualquier otra moneda.

Divisa fuerte:
Se da este nombre a aquellas monedas que tienen un reconocido prestigio por su estabilidad y poder económico del país emisor y que por esa causa se pueden guardar sin temor a depreciaciones o devaluaciones.

Dólar:
Unidad monetaria de los Estados Unidos de América y que se ha constituido en la moneda internacional por excelencia. Son muchos los países que tienen esta misma denominación para su moneda, pero su cotización es totalmente independiente del dólar Usa.

Dólar index:
Es un tipo de contrato que se practica en los mercados de divisas, por el medio del cual se negocia el dólar contra varias monedas en lugar de hacerlo contra una moneda en concreto.

Dominio:
Control económico que ejerce una empresa sobre las actividades de otra en virtud de poseer una participación mayoritaria en el capital de esta última.

Dominio circular:
Situación en la que varias empresas forman un grupo o unidad económica, entre cuyos componentes existe una situación de dominio mutuo.

Dominio directo parcial:
Dominio que corresponde a la posesión mayoritaria de las acciones que formen el capital de una empresa filial.

Dominio indirecto:
Dominio que una empresa puede ejercer indirectamente sobre otra por el hecho de poseer la mayoría del capital de una empresa que, a su vez, participa mayoritariamente en el capital de la segunda.

Dominio recíproco:
Situación en que una empresa que está dominada por otra, posee, a su vez, una participación en el capital de la dominadora.

Dominio triangular:
Dominio que ejercen aquellas empresas que simultanean el dominio directo con el indirecto.

Donación:
Pasar el dominio o la propiedad de una cosa de una persona a otra sin recibir contraprestación alguna.

Dow Jones:
Es el índice más conocido de la Bolsa de New York. Son tres los índices Dow Jones existentes, siendo de los tres el más conocido y al que se refieren generalmente los inversores en bolsa el Dow Jones de industriales.
1) Dow Jones de transportes: compuesto por los 20 títulos de transporte de la máxima capitalización.
2) Dow Jones de servicios: compuesto por los 15 títulos de servicios públicos de la máxima capitalización.
3) Dow Jones de industriales: compuesto por los 30 títulos industriales de la máxima capitalización.
Con la suma de estos tres se obtiene el Dow Jones compuesto.

Dumping:
Rebaja violenta y sistemática del precio de un producto encaminada a dominar, invadir o destruir un mercado concurrente, sacrificando los provechos directosy actuales con la esperanza de lucros futuros e inciertos.
Hay un dumping "ofensivo" o "activo", cuando se practica para apartar a un concurrente o destruir un mercado y un dumping "defensivo" o "pasivo" cuando se realiza con el propósito de evitar esa desaparición o esa destrucción por parte de un competidor agresivo o aventajado.

Duopolio:
Tipo de mercado en que solamente existen dos vendedores que ofrecen un mismo producto. Es el caso más sencillo de oligopolio.

 





Ecofín:

Denominación que recibe el Consejo de Ministros de Economía y Finanzas de los Estados miembros de la Unión Europea.

Economía:
Administración recta y prudente de los bienes.

Economía sumergida:
Parte de la actividad económica de un país que no está controlada fiscalmente y por tanto no aparece en las estadísticas oficiales de la economía nacional y es la generadora del " dinero negro".

Economías e escalas:
En relación a determinadas operaciones en Bolsa hace referencia a que como consecuencia de la operatoria con grandes masas de valores puede conseguirse un mayor beneficio que si se operase con pequeñas cantidades de títulos.

Edad de oro:
Situación en la que una economía sigue tal sendero de crecimiento que existen un crecimiento proporcional entre todos los sectores y pleno empleo del factor trabajo.

Efecto:
Documento de valor mercantil, sea nominativo, endosable o al portador.

Efecto de apalancamiento:
Se produce cuando el coste del capital es inferior a la rentabilidad del mismo capital en la empresa. Es decir, que dicho efecto persistirá mientas se aumente la rentabilidad de los fondos propios por incremento del endeudamiento de la empresa.

Efecto de comercio:
Título negociable que otorga a su tenedor la condición de acreedor de una deuda monetaria con vencimiento a corto plazo. Se consideran efectos de comercio los pagarés y letras de cambio.

Efecto enero
En Bolsa es un fenómeno analizado históricamente sobre todo en Estados Unidos por el cual el mercado de valores tiene un movimiento alcista el mes de enero que suele repetirse cada año sin una explicación racional.

Efecto expulsión:
Es el efecto que se produce cuando la Deuda Pública se emite en masa en un país determinado y con tipos de interés elevados lo que provoca la expulsión del mercado financiero de los emisores privados que no pueden competir con el Estado por garantía, seguridad y remuneración ya que los inversores, en este caso, prefieren los fondos públicos a los valores privados.

Efecto fin de semana
Efecto analizado en algunos mercados de valores por el cual los inversores desinvierten los viernes lo que les evita preocupaciones el fin de semana al no existir mercado y lo que provoca una caída de las cotizaciones en dicho día.

Efecto público:
Documento de crédito cuyo emisor es el sector público. Todos los efectos públicos serán admitidos a cotización en Bolsa de oficio, para lo cual será condición previa que la emisión de los mismos haya sido publicada en el B.O.E. indicando todas las características esenciales de la misma.

Efecto público pignorable:
Efecto público legalmente reconocido como negociable en Bolsa, que puede ser utilizado como garantía en la obtención de prestamos.

Efecto riqueza:
Variación en el consumo real de las economías domésticas en un período t ocasionada por una modificación en el valor actual del flujo de rentas disponibles presentes y futuras originada por un cambio en el tipo de interés.

Efecto Sargant:
Disminución de la oferta de ahorro de la economía ocasionada por una disminución en el nivel de renta o por un descenso en el ritmo de crecimiento de ésta.

Efecto Wicksell:
Aumento de valor de las existencias de capital originado por una caída en el tipo de interés.

Efectos a cobrar:
Créditos comerciales a corto plazo a favor de la empresa formalizadas en efectos de comercio y cobrables a su vencimiento.

Efectos a pagar:
Deudas comerciales de la empresa a corto plazo formalizadas en efectos de comercio pagaderas a su vencimiento.

Efectos financieros:
Dícese de los documentos de giro librados como consecuencia de una operación crediticia y cuya forma documental y probatoria adopta la de letra de cambio o pagaré y su provisión de fondos no responde a una operación comercial sino a una deuda en dinero.

Efectos públicos:
Dícese de los valores de la Deuda Pública

Eficiencia:
Expresión que mide la capacidad o cualidad de la actuación de un sistema o sujeto económico, para lograr el cumplimiento de un objetivo determinado, minimizando el empleo de recursos.

Ejecución de la operación:
Cumplimentación en bolsa de una orden de compra-venta de valores mobiliarios.

Ejercicio:
Unidad de tiempo, generalmente constituida por doce meses consecutivos, que se acepta legal y prácticamente para referirse a él al tratar de la actividad o de los resultados económicos de una empresa y al aplicar las tasas de amortización, los porcentajes de interés, etc.

Ejercicio anticipado:
Ejercicio de una opción antes de su fecha de vencimiento.

Ejercicio económico:
Períodos en que se divide la actividad valorable económicamente de todos los entes sociales desde el mismo Estado, a las sociedades civiles y mercantiles y empresarios individuales. Generalmente se refiere a un año natural.

Ejercicio social:
Es el período que se refiere a la explotación de un negocio, que se administra y desarrolla bajo la forma jurídica de sociedad mercantil. Generalmente el período abarca un año natural.

Ejercitar:
Requerir el comprador de una opción de compra o venta al vendedor de la misma, para que éste cumpla con la obligación de entregar o recibir el activo subyacente, tal como se especificó en el contrato. El vendedor de la opción de compra debe entregar los títulos y el vendedor de la opción de venta debe recibirlos.

Elasticidad:
Es una medida genérica de la reacción entre dos variables ligadas por una función, y que se aplica especialmente al análisis microeconómico y, dentro de éste, en particular en el de la demanda y la oferta.

Elasticidad de un valor:
Condición de un valor negociable que indica que sus cotizaciones tienen variaciones frecuentes.

Embargo:
Figura de Derecho procesal consistente en la ocupación e intervención judicial de determinados bienes, hecha por mandamiento de juez competente, bien por razón de delito o bien con la finalidad de sujetarlos al cumplimiento de las responsabilidades derivadas del impago de deudas o de otra obligación de índole económica.

Embargo ejecutivo:
Ocupación de una parte seleccionada del patrimonio del deudor con el objeto de resaarcir al acreedor.

Embargo preventivo:
Ocupación de bienes que, como medida precautoria, dictamina el juez al aceptar una solicitud de declaración de quiebra, con el objeto de custodiar y salvaguardar el patrimonio del presunto quebrado.

Emisión asegurada en firme:
Es la modalidad más extendida de colocación en el mercado de obligaciones o pagarés o de ampliaciones de capital. Los bancos que forman el sindicato de emisión adquieren la totalidad de los títulos, y se encargan de ofrecerlos al público a su entero riesgo.

Emisión a la medida:
Creación y puesta en circulación de instrumentos financieros con características específicas predeterminadas con los suscriptores entre quienes se colocan en firme.

Emisión a la par:
Se emiten los títulos a su valor nominal, el precio de emisión de un valor es igual a su valor nominal.

Emisión al descuento:
Emisión realizada por debajo de la par y que se amortiza al vencimiento a su valor nominal. Para determinar el efectivo a pagar en un activo financiero (menos de un año) emitido al descuento se utiliza la fórmula:
E = N ( 1- ( d x n ) / 36500 )
En donde E = es la cantidad efectivamente desembolsada e invertida; N = es el valor nominal o valor facial del activo financiero emitido al descuento; d = es el tipo de descuento aplicado al nominal expresado en tanto por cien ; n = número de días que median entre la fecha de adquisición y la de vencimiento del activo financiero. El descuento aplicado es la diferencia entre el nominal (N) y el efectivo pagado (E), o sea (N-E). En emisiones a más de un año se utiliza capitalización compuesta para la determinación de la rentabilidad alcanzada en una emisión al descuento.

Emisión bajo la par:
Se emiten los títulos por un precio inferior a su valor nominal. La Ley de Sociedades Anónimas impide la emisión de acciones por una cifra inferior a su valor nominal.

Emisión cerrada:
Cuando ha transcurrido ya el plazo marcado para la suscripción de los valores emitidos o la emisión ya se ha cubierto totalmente.

Emisión competitiva:
Emisión de valores cuya colocación se realiza en régimen de subasta pública y cuyos adjudicatarios son los mejores postores.

Emisión con warrant:
Puesta en circulación de valores que llevan consigo además del valor emitido un derecho de suscripción de acciones u obligaciones.

Emisión cubierta:
Cuando ya han sido suscritos todos los títulos emitidos.

Emisión de acciones:
Ver emisión de capital.

Emisión de capital:
En una sociedad anónima es la puesta en circulación de un número determinado de acciones, cuyo valor representará el importe de la emisión realizada.

Emisión de deuda:
Conjunto de títulos de Deuda Pública creados de una sola vez y que se ponen en circulación simultáneamente. Operación mediante la cual el Estado pone en circulación los títulos de la Deuda, ofreciendo en venta al público sus empréstitos.

Emisión de obligaciones:
Puesta en circulación de obligaciones. La emisión de obligaciones se realiza para obtener recursos a largo plazo (normalmente a más de cinco años).

Emisión de papel moneda:
Facultad del banco central para poner en circulación sus billetes de curso forzoso o de obligada aceptación en los pagos.

Emisión en serie:
Creación y puesta en circulación de instrumentos financieros con unas características genéricas establecidas por el emisor para su colocación entre el público.

Emisión inicial en el mercado:
Es la primera emisión y colocación al público que realiza una empresa que accede por vez primera a financiarse a los mercados organizados.

Emisión liberada:
Emisión que se suscribe con cargo a reservas y por tanto el accionista suscriptor recibe gratuitamente las nuevas acciones sin desembolso alguno.

Emisión precolocada:
En ellas el jefe de fila somete al prestatario una oferta firme, y una vez aceptada esta, se forma el sindicato de emisión, corriendo todo el riesgo de emisión a cargo del jefe de fila.

Emisión sobre la par:
Se emiten los valores a un precio superior al nominal. Se produce cuando las acciones se emiten con prima de emisión. Véase " acciones con prima".

Empeño:
Operación consistente en obtener dinero a préstamo de forma que el prestatario deja en manos del prestamista determinados bienes como garantía del reembolso de la suma prestada.

Empresa:
Unidad económica encargada de la producción de bienes y servicios. Conjunto orgánico de factores de producción, ordenados según ciertas normas sociales y tecnológicas a fin de lograr objetivos de tipo económico.

Empresa asociada:
Empresa que tiene suscritos acuerdos de actuación con otra, que puede tener fines muy diversos. Los límites de la colaboración suelen establecerse por escrito.

Empresa cíclica:
Empresa cuya cuenta de resultados y negocio es muy sensible a la evolución del ciclo económico, de forma que en épocas de crecimiento de la economía su negocio y resultados crecen mucho y en épocas de recesión acumula pérdidas.

Empresa complementaria:
Sociedad que produce bienes o servicios que sirven como factores de la producción para otra.

Empresa concesionaria:
Empresa que ejerce su actividad mercantil en virtud de un contrato de concesión administrativa.

Empresa conjunta:
Empresa formada por el acuerdo de dos o más, que deciden llevar adelante un proyecto común, incluso por tiempo definido, desapareciendo cuando se cumple uno u otro.

Empresa consultora:
Agrupación de profesionales que, con independencia de los intereses de firmas comerciales o de fabricación, realiza proyectos altamente especializados en materias tales como energía nuclear, ingeniería de procesos, modelos de simulación, diseño estructural, urbanísticos, evaluación coste-beneficios, etc., o ejerce funciones de asesoramiento en estas materias.

Empresa estatal:
Empresa pública controlada por el Estado que, sin estar sujeta al régimen jurídico de los organismos de la Administración, no ha sido constituida en forma societaria.

Empresa extramarginal:
Aquella que por motivaciones de precio y de mercado, entre otras, queda fuera de las posibilidades de obtención de los beneficios normales y de carácter extraordinario propios del equilibrio empresarial.

Empresa filial:
Empresa que se encuentra bajo la dependencia directa de otra sociedad matriz con la que permanece unida por vínculos de participación social. Desde el punto de vista de la gestión empresarial, se le reconoce una cierta autonomía y personalidad jurídica que la diferencia de la sucursal.

Empresa individual:
Entidad mercantil cuyo titular es una persona física (empresario individual).

Empresa imtramarginal:
Aquella que se desenvuelve en un margen o intervalo de producción y bajo unos condicionantes del mercado -en precios y características del producto fundamentalmente- tales, que le facultan para la obtención de beneficios extraordinarios o superiores a los considerados como normales en su sector o rama de actividad industrial.

Empresa marginal:
Dícese de la empresa que mantiene unas condiciones de producción que le permiten subsistir indefinidamente sin obtener beneficios ni pérdidas.

Empresa matriz:
Empresa que participa directa o indirectamente en el capital de otras que, por tanto, forman un grupo financiero con ella.

Empresa mixta:
Su característica principal es la convivencia, dentro de la sociedad privada, del interés público con el interés privado, convivencia no siempre fácil y que es origen de frecuentes problemas.

Empresa multinacional:
Empresa en la que se propiedad y, por tanto, control administrativo, se encuentra repartido entre varios países.

Empresa municipal:
Empresa pública en la que al menos el 50 % de las acciones son propiedad de un municipio. Sus actividades se encuadran principalmente en sectores de utilidad pública.

Empresa nacional:
Empresa pública constituida en forma societaria, controlada por el Estado o por sus organismos, y de las que se vale la Administración para la intervención directa en las actividades económicas.

Empresa nacionalizada:
Empresa privada que ha sido absorbida por el Estado, o por algunos de sus organismos, convirtiéndose así en empresa pública.

Empresa plurinacional:
Ver empresa multinacional.

Empresa privada:
Unidad económica constituida legalmente para la realización de beneficios a través de la actividad productiva o la prestación de servicios, en la que el capital es aportado y poseído por individuos particulares.

Empresa pública:
Empresa cuya propiedad y gestión es asumida por la Administración de un país. Asumen determinados servicios o trabajan en sectores básicos o estratégicos y su actividad no exige la obtención de beneficios.

Empresa subsidiaria:
Dícese de la empresa vinculada a otra por relación jurídica de carácter subsidiario.

Empresa subtenedora:
Ver empresa filial.

Empresa supranacional:
Empresa independiente respecto a su propiedad y control, de cualquier país. También conocida como empresa transnacional.
Empresa tenedora:
Ver empresa matriz.
Empresa transnacional:
Empresa que, operando en varios países a través de filiales que pueden ser jurídicamente independientes, tiende a maximizar sus beneficios -o a cumplir cualquier otro objetivo propuesto- bajo una perspectiva global de grupo, y no en cada una de sus unidades jurídicas aisladas.

Empresa vinculada:
Empresa con algún tipo de dependencia (económica, financiera, etc.) respecto de otra principal (empresa matriz), a consecuencia de lo cual las decisiones tomadas en la empresa vinculada están estrechamente determinadas o, a lo menos, condicionadas por las de la empresa principal.
Empresario:
Es el titular de la empresa, es quien gestiona, dirige y administra una empresa en muchas ocasiones es incluso el creador de la misma. Puede ser una persona física o jurídica normalmente en este último caso una sociedad mercantil.
Empréstito:
Modalidad de préstamo cuyo importe se divide en fracciones representadas por títulos denominados cédulas u obligaciones.
Empréstito amortizable a vencimiento:
Préstamo formalizado en obligaciones o bonos en donde se pagan sólo intereses periódicamente a lo largo de la vida del empréstito hasta el vencimiento en que se amortiza totalmente el principal emitido.

Empréstitos indiciados:
Emisiones de obligaciones u otra clase de deudas representadas en valores negociables cuyo reembolso o forma de remuneración se afecta a unos coeficientes (índices) que tienen en cuenta el efecto de la devaluación o depreciación de la moneda. Normalmente los índices de referencia son el de precios al consumo, la tasa de interbancaria anual, el tipo de interés bancario o el índice de la Bolsa.

En dinero:
Se dice de la opción de compra cuando su precio de ejercicio es inferior al precio actual del activo de base o del valor negociable sobre el cual la opción se ha suscrito.// En las opciones de venta se dice cuando su precio de ejercicio es superior al precio actual del producto base o del valor negociable.

Enajenar:
Transmitir la propiedad de un bien.
Encaje bancario:
Porcentaje que, respecto del total de los recursos ajenos de un Banco, alcanza el efectivo en caja y el saldo de sus depósitos en el Banco de España.
Endeudamiento:
Se produce cuando una empresa hace uso de créditos y préstamos bancarios o emite obligaciones y bonos.// También es endeudamiento la posición deudora de la empresa en relación con sus proveedores.

Endosante:
Persona titular de un valor endosable que realiza el endoso a favor de un nuevo titular -endosatario.

Endosar:
Ceder un título a la orden a un tercero.

Endosatario:
Beneficiario del endoso, persona designada en el endoso como nuevo titular del título endosado.
Endoso:
Acto por el cual se transfiere la propiedad de una letra de cambio, dando al nuevo adquiriente (o endosatario) la plena titularidad del derecho cambiario.

Endoso en blanco:
Es aquel que sólo lleva la firma del endosante, haciendo de la letra un documento al portador.

Entero:
Forma de expresar el precio de una acción en los angituos mercados de valores. Un entero equivale al 1 % de su valor nominal.

Entidad depositaria:
Nombre de la entidad financiera que custodia los títulos de un Fondo de inversión y que además ejerce funciones de vigilancia y garantía entre los partícipes. Generalmente es un banco o caja de ahorros.

Entrar en bolsa:
Proceso dirigido a que las acciones de una sociedad coticen en bolsa y se puedan comprar y vender libremente. Se requiere la aprobación de la Junta General de accionistas y de la CNMV. Puede realizarse por una colocación de acciones antiguas o mediante una ampliación de capital. Es equivalente del termino salir a bolsa.

Erario público:
Tesoro público de una nación, provincia o pueblo, y lugar donde se guarda.

Ergonomía:
Rama de la economía de la empresa que analiza al conjunto formado por el hombre, su puesto de trabajo y su entorno laboral, partiendo de la consideración de la empresa, no como una sociedad de capitales, sino como una sociedad de personas.

Erogación:
Gasto, dispendio. Salida de efectivo, desembolso.

Escisión:
División de una sociedad en dos o más, mediante la segregación de ciertas actividades. En el proceso contrario al de fusión.

Especulación:
Actuación consistente en asumir conscientemente un riesgo superior al corriente con la esperanza de obtener un beneficio superior al medio que se obtiene normalmente en una operación comercial o financiera. La especulación se ejerce en torno a la compra y venta de cualquier categoría de bienes: de consumo, primeras materias, títulos, valores, divisas, etc.
Especulador:
Persona que compra o vende a corto plazo, con intención de vender o recomprar en el futuro, buscando un beneficio en las respectivas diferencias de cambio. El especulador cumple una función de nivelación de precios.

Especulador a la baja:
Persona que prevé una baja de las cotizaciones de los valores y vende sus valores con el objeto de recomprarlos posteriormente a precios más bajos.

Especulador al alza:
Persona que prevé un alza en las cotizaciones de los valores y toma posiciones comprando con la esperanza de vender a corto plazo con plusvalías.

Estabilidad de los cambios:
Situación caracterizada porque las variaciones de los tipos de cambio logran en forma rápida los ajustes equilibradores del mercado de cambios de dívisas, sin producirse grandes e imprevisibles fluctuaciones perturbadoras de aquéllas.

Estabilidad económica:
Situación caracterizada por la ausencia de grandes fluctuaciones en el nivel de renta y empleo, por la inexistencia de paro involuntario y de subempleo y por la ausencia de inflación.

Estabilidad monetaria:
Situación caracterizada por la ausencia de grandes fluctuaciones en el nivel general de precios y consiguientemente en el valor del dinero.

Estabilización:
Utilización de los instrumentos de política económica con la finalidad de evitar o reducir los desequilibrios coyunturales que se producen en una economía.

Estabilizador:
Mecanismo económico que amortigua las fluctuaciones cíclicas en los niveles de ocupación, producto y renta nacionales.

Estado consolidado:
Estado en el que se presentan, unificadas en un solo documento, los valores contables, resultados u otros datos referentes a la situación de las empresas integrantes de un grupo.

Estado contable:
Documento que recoge la situación en que se encuentra, en un momento determinado del tiempo, alguna variable económica cuyo seguimiento se hace a través de la contabilidad.

Estado contable previsional:
Estado contable que refleja la situación o evolución de una variable empresarial, tal y como la concibe el presupuesto.

Estado de costes:
Estado en el que figuran dispuestos con cierta sistemática los diversos conceptos que integran el coste de fabricación.

Estado de cuentas:
Estado en el que se transcriben de forma sintética las operaciones realizadas entre un deudor y su acreedor durante un determinado período de tiempo.

Estado de explotación:
Estado financiero que muestra el detalle de los resultados de explotación obtenidos durnate un cierto período de tiempo y que tiene por objeto poner de manifiesto la situación económica de la empresa.

Estado de origen y aplicación de fondos:
Documento contable, de índole financiera, cuya misión es presentar esquemáticamente la procedencia de los fondos utilizados por la empresa, así como los destinos de los mismos en un período determinado de tiempo.

Estado de pérdidas y ganancias:
Estado financiero en el que se resumen, ordenados de forma sistemática, todos los resultados netos de la empresa, tanto típicos como atípicos, obtenidos durante un cierto período de tiempo, y mediante el cual se determina el resultado global de la gestión.

Estado de recursos y obligaciones:
Estado financiero en el que se refleja la solvencia y estabilidad de la empresa, deduciendo de los datos contables su capacidad, tanto para financiar sus actividades, como para atender el pago de las obligaciones en sus vencimientos.

Estado económico financiero:
Documentos contables de síntesis que recogen la evolución, en cifras, de la vida económica de una empresa en un período de tiempo, así como la situación actual del patrimonio de la misma.

Estadística Bursátil:
Es la aplicación de la ciencia estadística a la bolsa como método de investigación y que ha permitido el conocimiento de las variaciones de las magnitudes bursátiles en relación con la misma magnitud en otro periodo considerado como base.

Estancamiento:
Detención del proceso de crecimiento. Es estancamiento económico es un concepto muy próximo, aunque no identificable, al de estado estacionario o estado de madurez que alcanzaría el sistema económico capitalista a causa de las fuerzas que lastraban progresivamente su desarrollo. Tales fuerzas eran: la presión demográfica, la ley de los rendimientos decrecientes y el mantenimiento de los salarios.

Estanflación:
Situación económica de inflación con estancamiento. Situación económica real en la cual se manifiesta, de manera simultánea y permanente, un proceso inflacionista con unos niveles de estancamiento económico, e incluso de recesión económica.

Estrangulamiento:
Obstáculo o dificultad que frena o bloquea la producción de determinados bienes y servicios impidiendo que la demanda deseada de los mismos sea atendida.

Estraperlo:
Comercio clandestino e ilegal realizado, en el ámbito del mercado negro, con aquellos artículos que, por ser de primera necesidad y debido a su escasez, están sometidos a intervención por la Administración.

Estrecho:
Se aplica este término a aquellos títulos o mercados con poca liquidez y volumen de negocio, en el que pequeñas posiciones de compra o venta afectan mucho a los precios por falta de contrapartida vendedora o compradora.

Estructural:
Calificativo que se aplica en economía a los aspectos o fenómenos más permanentes y menos influidos por las circunstancias ambientales.

Euro:
Nombre de la futura unidad monetaria de la Unión Europea. Deberá sustituir a las monedad locales de cada país integrante según los tratados de Maastricht. Sustituirá al Ecu el 1 de enero de 1999.

Euribor:
Euro Interbank Offered Rate. Es el tipo de interés de oferta para los depósitos interbancarios en euros ofrecido por entidades de máxima calidad crediticia.
Con la entrada en vigor de la moneda única el Euribor se presenta como el tipo de interés de referencia clave, tanto para los países de la UME como de los que quieren mantener relaciones comerciales y financieras con ellos.
Surge en el mercado interbancario de la zona euro como una necesidad de homogeneizar y tener una referencia única tanto para la fijación de intereses como para la liquidación de operaciones de derivados.

Euroacciones:
Colocación por un sindicato bancario internacional de acciones cotizadas en su país de origen.

Eurobligaciones:
Créditos emitidos en forma de valores negociables denominados en una divisa diferente a la del país deudor, colocados en los mercados financieros exteriores, sindicados por consorcios bancarios internacionales colocados al portador y libres de cualquier retención impositiva en el origen.

Eurobono:
Bono emitido en el mercado internacional de capitales, esto es, en cualquier país a excepción de aquel en cuya moneda está expresada dicha emisión. Ejemplo: Una empresa española realiza una emisión de bonos, denominados en francos franceses en Gran Bretaña, se hablará de una emisión de eurobonos porque el país de emisión (Gran Bretaña) no coincide con el país en cuya moneda está denominado el empréstito (Francia).

Euroclear:
Organismo creado en Bruselas cuyo objeto es la compensación y liquidación de las transacciones realizadas en los mercados de eurobonos y euro-obligaciones.

Eurócrata:
Denominación con la que comúnmente se conoce al funcionario de las Comunidades Europeas.

Eurocrédito:
Préstamo o crédito concedido por un Banco o grupo de ellos de origen nacional o extranjero, en eurodólares o eurodivisas y con períodos de amortización normalmente establecidos a medio o largo plazo.

Eurocheque:
Sistema mediante elcual los viajeros en el extranjero pueden hacer efectivos sus cheques personales con un mínimo de formalidades y por una cuantía no superior al máximo garantizado en la propia tarjeta de garantía que habrán de exhibir al hacerlos efectivos.

Eurodivisa:
Depósito expresado en la moneda de un país, situado en un Banco ubicado fuera del mismo. Cuando el titular de un depósito en un Banco de un determinado país y en la moneda local ordena el traspaso de los fondos de esa misma moneda a otro Banco extranjero, o a la sucursal de aquél en el exterior, se crea automáticamente la eurodivisa.

Eurodolar:
Depósitos realizados en dólares, en Bancos que no estén domiciliados en los Estados Unidos.

Euromercado:
Mercado internacional de dinero y de capitales privados depositados en bancos en las principales plazas financieras del mundo y en el que se engloban los mercados de eurodivisas, eurodólares, eurobonos y euro-obligaciones.

Euromoneda:
Véase " Eurodivisas".

Europagaré:
Compromisos de pago a corto plazo generalmente emitidos al descuento denominados en una divisa diferente a la del país emisor de la deuda.

Euroemisión:
Emisión de eurobonos ofrecida en los mercados internacionales de capitales.

Euromercado:
En el mercado de una actividad o producto en el ámbito de toda Europa Occidental. Uno de los casos en que más se utiliza este concepto es el mercado de eurodivisas.

Eurovalor:
Ver Eurobono.

Eutanasia del rentista:
Disminución sostenida de la tasa de interés, ocasionada por un aumento tal de la oferta de capital que éste deje de ser escaso, de manera que el inversionista sin funciones en la producción no reciba gratificación alguna.

Evasión de capitales:
Exportación ilegal de capital al extranjero burlando la legislación monetaria de un país. Su objetivo es la ocultación fiscal.

Ex-cupón:
Situación en la que se encuentra un título-valor, cuyos derechos se instrumentan a través de la entrega de cupones, una vez que éstos han sido ejercidos.

Ex-derecho:
Situación en la que se encuentra un título-valor una vez ha sido ejercido el derecho de suscripción preferente, en el transcurso de una ampliación de capital.

Ex-dividendo:
Situación en la que se encuentra un título-valor una vez ha sido ejercido por su propietario el derecho a percibir el dividendo correspondiente al período.

Exceso de operaciones:
Es una práctica ilícita que supone realizar un exceso de compraventas en la cartera de un cliente por parte de un intermediario bursátil con objeto de recibir más comisiones por el número de operaciones realizadas. Los Códigos Deontológicos tratan de frenar esta práctica contraria al cliente.

Exceso de suscripción:
Es el caso en que la demanda de suscripción de una emisión excede a los valores puestos en circulación lo que provoca mecanismos de adjudicación de títulos por prorrateo o sorteo entre los potenciales suscriptores , limitación de cantidad máxima o mínima a suscribir etc...

Exclusión de bolsa:
Acto realizado por la CNMV mediante el cual los títulos de una sociedad son excluidos de las bolsas de valores, negándoseles la posibilidad de cotizar en las mismas. La exclusión de la bolsa puede realizarse por solicitud de la sociedad excluida o por ejecución de una sanción.

Expectativas:
Actitudes o creencias sobre la naturaleza de los acontecimientos futuros. Perspectivas u opiniones sobre la evolución futura de unos títulos, empresa o mercado.

Expectativas racionales:
Teoría de pronóstico económico con aplicación al pronóstico bursátil que afirma que el resultado futuro depende de lo que la generalidad del mercado calcula que ocurrirá en este futuro.

Experto bursátil:
Persona que tiene un especial conocimiento de la Bolsa de valores y de sus expectativas. 



F.R.A.  (Futur Rate Agreement):  

Voz anglosajona que hace referencia al contrato a plazo sobre tipos de interés. Sirve como instrumento de cobertura contra la evolución de los tipos de interés y su liquidación se realiza por diferencia entre el interés garantizado y el real en el momento del vencimiento. (Véase " Contratos a plazo de tipos de interés).

Facilidad crediticia:
Es un servicio que las entidades financieras prestan a sus mejores clientes permitiéndoles descubiertos en cuenta o crédito sin formalización específica.

Factor:
Entre los comerciantes, el apoderado con mandato para traficar en nombre y por cuenta del poderdante, o para auxiliarle en sus negocios.

Factoring:
Empresa que retribuida por el sistema de comisión, se encarga del cobro de las facturas de otros, ocupándose asimismo de resolver los impagados.
Facturación:
Ventas totales que realiza una determinada empresa durante un periodo de tiempo, deducidos los impuestos directos sobre las mismas (como el IVA).
Fallido:
Persona física o jurídica que no puede hacer frente a las obligaciones de pago de una operación crediticia.

Falta de liquidez:
Situación de una empresa o particular cuando no puede hacer frente a sus obligaciones inmediatas de pago por insuficiencia de su tesorería y del activo realizable a corto plazo. Supone un desacompasamiento de su activo realizable y de su pasivo a corto plazo lo que puede provocar la suspensión de pagos.

Fase de distribución:
Es la situación del mercado en que los inversores con mejor información comienzan a vender con anticipación a un período de bajada de las cotizaciones.

F C&M:
Denominación abreviada del mercado de futuros sobre cítricos creado en Valencia recientemente. Véase " Mercado de futuros y opciones sobre cítricos".

Fecha de ejercicio:
Es el día y la hora en que finaliza el derecho a hacer efectiva una opción o un futuro.

Fecha de emisión:
Día en que se produce la emisión de un valor negociable.

Fecha de entrega:
Día en que se transfiere el efectivo y el instrumento financiero contratado a favor del vendedor y del comprador en una compraventa de activos financieros al contado o a plazo.

Fecha de liquidación:
Día en el cual las operaciones de compraventa de valores negociables deben liquidarse por entrega de los valores o sus certificados de legitimación por parte del vendedor y del dinero por parte del comprador.

Fecha de pago:
Día en que se hace efectiva mediante el pago una obligación pecuniaria.

Fecha de reembolso:
Fecha en la cual el interés o el capital amortizado deben pagarse.

Fecha de vencimiento:
Fecha en que vence un contrato, efecto, crédito, etc. En los mercados de futuros, es el día en que finalizan los contratos referidos a esa fecha. Estas fechas coinciden siempre con los terceros viernes de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, o el día hábil inmediato anterior si ese viernes resultase ser festivo.

Fecha valor:
Fecha en que se liquida efectivamente una operación financiera.

Fed:
Es el acrónimo de la Reserva Federal de los Estados Unidos. Se trata del organismo que desarrolla en ese país las funciones de un banco central.

Fiamm:
Es el acrónimo de Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario.

Fianza:
Garantía de carácter personal por el que la fiador se compromete a cumplir una obligación en caso de no hacerlo el deudor afianzado.

Fianza colectiva:
Es aquella garantía que deben constituir las Sociedades y Agencias de Valores que ostenten la condición de miembro de alguna Bolsa de Valores, cuya finalidad será garantizar el cumplimiento de las obligaciones que contraigan con ocasión de las operaciones del mercado bursátil en que participen o medien.

FIBV:
Siglas que significan Federación Internacional de Bolsas de Valores que es un organismo que agrupa a las principales Bolsas de Valores del mundo con el objeto de coordinar y analizar conjuntamente las mejoras de los mercados bursátiles mundiales.

Fiducia:
Operación jurídica por la que se transfiere un determinado bien a una persona con la condición de que lo tiene que devolver después de un determinado tiempo previamente convenido y en unas condiciones determinadas.

Fiduciario:
Es equivalente a hombre de paja o testaferro. Se trata de aquella persona que aparece como propietario de algo sin serlo realmente.

Figura chartista:
Son los dibujos que forman la curva de cotizaciones. Están todos ellos codificados y analizados, formando la base del análisis chartista. Generalmente todas las figuras que se suelen formar, tienen su correspondiente figura inversa o de efectos contrarios. Así la cabeza y hombros, el doble techo, etc.

Fii:
Acrónimo de Fondos de Inversión Inmobiliaria.

FIFO (first in first out):
Sistema de valoración de existencias en inventario que establece que las primeras existencias adquiridas a su precio de compra son las primeras en salir del almacén utilizarse en el proceso productivo.

Filial:
Dícese de la sociedad que depende de otra por detentar ésta, en forma directa o indirecta, la mayor parte del capital o bien ser su participación lo sufiucientemente importante para gestionarla o dirigirla.

Filtros:
Métodos matemáticos que permiten eliminar el ruido estadístico que rodea los mercados para aislar un fenómeno concreto y repetitivo. Estos filtros son utilizados en el análisis técnico.

Fim:
Acrónimo de Fondos de Inversión Mobiliaria.

Fmi:
Fondo Monetario Internacional. Es el organismo multinacional que se creó en la conferencia de Bretton Woods con la finalidad de estabilizar los valores de las divisas y mantener unos mercados de cambios internacionales estables.

Financiación:
Operación que consiste en dotar de recursos financieros (monetarios y otros medios de pago) a una unidad económica.

Financiación de capital desarrollo:
Es la financiación de la empresa destinada a su expansión y crecimiento. El capital se destina a financiar e incrementar la capacidad de producción, del mercado o el desarrollo de productos que requieren capital adicional.

Financiación de consolidación:
Esta financiación tiene por objeto la aportación de capitales a una empresa ya establecida pero que requiere de capitales para la consolidación de sus productos en el mercado.

Financiación de inicio o lanzamiento:
Es la financiación para la elaboración de un nuevo producto y su introducción inicial en el mercado.

Financiación de proyectos:
Método de financiación de una unidad económica cuyo futuro rendimiento y los flujos de tesorería que generará el proyecto se consideran suficientes para cubrir los costes operativos tanto de funcionamiento como de amortización de la inversión. Se diferencia del préstamo en que los financiadores asumen parte de los riesgos de explotación de la empresa financiada.

Financiación del déficit público:
La financiación del déficit público se realiza, entre otros modos, a través de los mercados financieros con la emisión de fondos públicos que compiten con el sector privado en la captación del ahorro. El sector público emite para financiarse valores a corto plazo -letras, pagarés - y valores a medio y largo plazo -bonos y obligaciones- con tipos de interés de mercado que sirven de referencia para las emisiones privadas.

Financiación externa:
Es la financiación proviniente de capitales exteriores a la empresa y el empleo de recursos ajenos.

Financiación interna:
Es la realizada por la propia empresa sin recurrir a capitales externos o fondos ajenos y que se deriva de sus capitales propios, autofinanciación y beneficios no distribuidos.

Financiación semilla:
Es aquella financiación que se realiza en el diseño de un nuevo producto o la creación de una nueva empresa.

Financiero:
Dícese de aquella persona que aporta dinero a una empresa o a un determinado proyecto. También se les da este nombre a las personas relevantes en el mundo de la bnaca y las finanzas.

Finanzas:
Es la parte de la economía que se encarga del estudio de los mercados del dinero y de capitales, de las instituciones y participantes que en ellos intervienen, las políticas de capitalización de recursos y de distribución de resultados, el estudio del valor temporal del dinero, la teórica del interés y el coste del capital.

Firme:
Operación de carácter definitivo cuyas condiciones ya son conocidas y convenidas con anterioridad.

Fixing:
Ver Cambio base.

Floor:
Se trata de un instrumento financiero, mediante el cual se asegura el posible riesgo de que el tipo de interés baja de un determinado nivel, a cambio de cubrir este riesgo se paga una comisión, mediante la cual se nos garantiza un tipo de interés mínimo durante un período determinado. Es lo opuesto de Cap.

Flotación:
Se da este nombre a la situación en que se encuentran las divisas en aquellos mercados de cambios amplios y que no están intervenidos.

Fluctuación:
Dícese en la bolsa y en los mercados financieros en general a las oscilaciones continuas de los precios de los títulos dentro de una zona de valores.

Fluidez:
Situación en que las distintas clases de ordenes pueden ser cumplidas sin retrasos provocados por las circunstancias propias del mercado.

Folleto de emisión:
Conjunto de informaciones de carácter económico, financiero y contable de una empresa que se contienen en un prospecto que obligatoriamente se deben poner a disposición del público en las emisiones y ofertas públicas de venta de valores y registrar previamente en la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Folleto informativo:
Es el documento informativo sobre datos económicos financieros y sociales que deben poner a disposición del público las entidades emisoras de valores admitidas a negociación en las Bolsas y que deben publicarse con carácter trimestral y semestral de acuerdo con unos modelos aprobados por la Comisión Nacional del Mercado de Valores.

Fondo de amortización:
Cuenta del pasivo en una contabilidad donde se refleja la parte del activo inmovilizado a precio de coste que se encuentra amortizado.// Es el fondo creado por un emisor o prestatario, depositado en un banco con el objeto de ir haciendo frente a la devolución del principal de un préstamo o de un empréstito en los diversos plazos de amortización.

Fondos de colocación discrecional:
Son los encomendados a los bancos para su colocación por cuenta y nombre del cliente, pero con plena libertad por parte del banco para hacerlo de la forma que crea más conveniente.

Fondo de comercio:
Activo inmaterial de una empresa. Su valor se computa a los efectos de una transmisión de la empresa. Está constituido por elementos muy variados que deben valorarse económicamente: el prestigio de la empresa, su situación geográfica, la clientela, la falta de competencia, el equipo directivo, la preparación del personal etc.

Fondo de rescate:
El constituido por un prestatario para redimir los bonos en circulación hasta una cantidad previamente estipulada para el periodo de vida de la emisión.

Fondos de acumulación:
Ver  Fondos de Inversión de Capitalización.
Fondos de adhesión:
Se les da este nombre a aquellos fondos de inversión de escaso tamaño que se adhieren y se gestionan a través de un fondo mayor (fondo maestro).

Fondos de dinero:
Es el nombre por el que se conocen los Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario (FIAMM). Se les da este nombre, debido a que al tener una elevada liquidez, pueden ser considerados como sustituyentes del dinero.

Fondos de fondos:
Institución de inversión colectiva cuyo patrimonio se reparte entre fondos de inversión, de forma que se puede cambiar de fondo de inversión sin que exista penalización fiscal.

Fondos de inversión:
Institución sin personaldiad jurídica propia que tiene como objetivo la propiedad comunitaria de unos activos con finalidad de lucro. Existe una sociedad gestora que es la encargada de administrar el fondo y una entidad depositaria que se encarga de custodiar sus activos. A todas aquellas personas que forman parte del fondo se les da el nombre de partícipes.

Fondos de inversión asegurados:
Son aquellos fondos de inversión que en sus condiciones, garantizan una rentabilidad mínima a los partícipes.

Fondos de inversión de capitalización:
Son unos tipos de fondos de inversión que reinvierten los rendimientos que obtienen acumulados al patrimonio del fondo, produciendo un incremento del valor liquidativo de las participaciones.

Fondos de inversión de reparto:
Son un tipo de fondos de inversión que distribuyen con periodicidad dividendos entre sus partícipes. Se complementan con los Fondos de inversión de capitalización.

Fondos de inversión en activos del mercado monetario:
Son los llamados FIAMM. Son un tipo de fondos que por ley, deben realizar sus inversiones en títulos de muy fácil venta o de vencimiento a corto plazo (hasta 18 meses), de forma que faciliten la liquidez inmediata de sus participaciones.

Fondos de inversión en derivados:
Son unos fondos de alto riesgo, ya que las inversiones las realizan en los mercados de derivados (futuros, opciones,...). Son fondos con un caracter especulativo y con un riesgo muy grande, por lo que su potencial de rentabilidad es también muy elevado.

Fondos de inversión inmobiliaria:
Son los llamados FII. Sus inversiones por ley se han de realizar exclusivamente en los sectores inmobiliarios: viviendas, oficinas, locales comerciales, etc.

Fondos de inversión mobiliaria:
Se les conoce como FIMM y su tendencia inversora es a largo plazo, por lo que suelen complementar a los FIAMM. Se pueden invertir tanto en acciones como en títulos de renta fija y no existen por ley limitaciones en cuanto a plazo de vencimiento, siempre que dichos títulos coticen y se negocien en mercados organizados.

Fondos de pensiones:
Son aquellos fondos de inversión que se forman a través del patrimonio generado por medio del ahorro colectivo de un plan de pensiones.

Fondos off shore:
Se les da este nombre a aquellos fondos de inversión que se localizan en un paraiso fiscal, no existiendo sobre ellos control alguno legislativo, ni dependiendo de algún organismo de vigilancia.

Fondos paraguas:
Se les da este nombre a aquellos fondos de inversión que a su vez están compuestos de diversos subfondos, en los que el inversor puede en cada momento invertir en el subfondo que más le interese, pero en realidad es como si mantuviese su dinero dentro del fondo principal.

Fondtesoros:
Fondos de inversión que sus inversiones se realizan exclusivamente en Deuda Pública (Letras del Tesoro, bonos y obligaciones del Estado). Los administran sociedades gestoras que tienen que cumplir una serie de requisitos exigidos por el Tesoro Público. Los fondtesoro pueden a su ver ser del tipo FIM (largo plazo) o del tipo FIAMM (corto plazo).

Footsie:
Es el principal índice de la Bolsa de Londres. Está formado por los 30 títulos de mayor capitalización bursátil. Su nombre es Finantial Time Stock Exchange Index.

Forward:
Contratos de futuros no normalizados que se confeccionan a medida de la operación y que no se negocian en mercados organizados.

Frecuencia de contratación:
Es el número de sesiones que transcurre entre dos contrataciones seguidas de un determinado título en la bolsa. Si su cotización es en todas las sesiones, se dice que su frecuencia de contratación es diaria.

Free float:
Palabras inglesas que se traducen por capital flotante. Se trata de la parte del capital social de una empresa o sociedad que cotiza libremente en bolsa y que no está controlado por accionistas de forma estable.

Fuerte:
Es la calificación que se les suele dar a aquellos activos financieros (especialmente las divisas), que tienen unos precios muy estables y resistentes a los descensos.

Fungible:
Dícese de aquellos bienes que con su uso se agotan o se consumen. Un clásico ejemplo de bien fungible son los alimentos, ya que dejan de existir como consecuencia del uso que se hace de ellos.

Fusión:
Es el resultado de la unión (de forma voluntaria) de una o varias sociedades para formar una sociedad nueva y con una personalidad jurídica distinta e independiente.

Fusión por absorción:
Tipo de fusión, en la que una de las sociedades (la que absorbe), conserva su personalidad jurídica, mientras que la otra u otras (absorbidas) queda materialmente disuelta, al aportar a la fusión todos sus activos y pasivos.

Futuros:
Es un tipo de contrato sobre tipos de interés, divisas, acciones, materias primas u otros activos financieros, que se fija en un momento determinado y que vence en un momento posterior o futuro. Estos contratos se negocian en la bolsa en un mercado llamado de derivados o de futuros.





Gamma:

En el mercado de opciones este instrumento mide la sensibilidad del " Delta" (véase) de una opción en relación con las variaciones del cambio al contado del activo subyacente.
Ganancia de capital:
Aumento del valor de un activo financiero que sólo se obtiene si se vende. Diferencia entre el valor de venta y el de compra de los bienes.

Gap:
Se trata de una figura chartista que consiste en un hueco entre dos cotizaciones sucesivas. Puede ser indistintamente al alza o a la baja.

Garantía:
Es aquello (generalmente un bien) que se pone como garante del cumplimiento de un determinado contrato (por ejemplo un crédito). En los mercados de futuros, la garantía es la fianza que la Cámara de Compensación exige en función de las obligaciones que se desprenden de operaciones de ventas de opciones, nunca de compra, con la finalidad de evitar riesgos en caso de incumplimientos por quienes se encuentran en posiciones vendedoras, es decir, tienen obligaciones.

Garantía de valores mobiliarios:
Prenda de valores mobiliarios para garantizar o afianzar el cumplimiento de una obligación.
El Código de Comercio regula en sus artículos 320 y siguientes el préstamo con garantía de valores.

Garantía personal:
Afianzamiento de una persona a favor de otra para garantizar las obligaciones que ésta contraiga con un tercero. Es sinónimo de aval .Véase " Fianza".

Garantía pignoraticia:
Véase " Garantía prendaria".

Garantía prendaria:
Garantía prestada con un bien mueble de tal modo que el acreedor garantizado puede ejecutar dicho bien para satisfacer su crédito , en caso de impago del deudor. Se denomina también garantía pignoraticia.Véase " Prenda".

Garantía real:
Se produce cuando un bien del deudor o de un tercero queda afecto en garantía del cumplimiento de la obligación del deudor de modo que el acreedor pueda realizarlo independientemente para satisfacer sus derechos. Los supuestos legales son: prenda ordinaria, prenda sin desplazamiento, hipoteca ordinaria, hipoteca mobiliaria, hipoteca naval y anticresis.

Garantías en futuros:
En la formalización de contratos de futuros se exigen unas garantías que permitan cumplir los compromisos contraídos y su importe se calcula de la siguiente manera:
1) En caso de posición compradora de futuros de renta variable se deberán depositar garantías por importe del 16 por ciento del valor nominal del futuro contratado;
2) En caso de posición vendedora de futuros de renta variable se deberá depositar el 10 por ciento del valor nominal del futuro vendido;
3) En caso de operaciones combinadas de compra y venta el importe de las garantías se determina por métodos informáticos en función del riesgo total de la posición del contratante-inversor en futuros;
4) En futuros de renta fija las garantías son del 2% y pueden constituirse además de en efectivo en Deuda Pública. Estas garantías deberán ajustarse diariamente en función de las variaciones de precios del activo subyacente.

Gatantías en el mercado a crédito:
Para operar en el mercado bursátil a crédito español se exigen dos tipos de garantías:
a) Una garantía inicial que actualmente es del 50% de la operación contratada a crédito y
b) Unas garantías complementarias que se exigen cuando existen variaciones de los precios bursátiles de los valores contratados a crédito superiores al 15% en sentido contrario a la inversión realizada.

Gasto:
Unidades monetarias destinadas al consumo o a la inversión.

Gastos de aumento de capital:
Son los ocasionados por la ampliación de capital de una sociedad que requiere los anuncios oficiales y publicidad para la suscripción, gastos jurídicos y los derivados de impresión de nuevos títulos.

Gastos de custodia:
Son los gastos ocasionados como consecuencia de la conservación de depósitos, ya sean de valores o de otras clases.

Gastos de emisión:
Son los originados por la propia emisión de valores mobiliarios : corretajes, comisiones de colocación, estudios ,diseño y aseguramiento, publicidad, folleto informativo, tasas de la Comisión Nacional del Mercado de Valores etc.

Gastos de gestión:
Conjunto de gastos que se pagan por la gestión de una cartera de valores.

Gastos financieros:
Son los originados por las necesidades de financiación de la empresa con fondos ajenos.

Gestión de cartera:
Actividad que consiste en el asesoramiento, administración y ejecución de órdenes de compra y venta de carteras de valores bien sean estas particulares o institucionales.

Gestión de tesorería:
Se denomina así a la operativa de los activos y pasivos a corto de una empresa o de un banco, con dos objetivos: asegurar su liquidez, para que no tenga problemas en su funcionamiento diario; y disminuir en lo posible la cantidad de caja como activo no rentable.

Gestión financiera:
Conjunto de técnicas, análisis y previsiones que tratan e conseguir los mejores medios de financiación para las empresas.

Gestor lider:
Dentro de un sindicato bancario, se da este nombre al Banco principal que organiza la emisión de títulos en bolsa y selecciona otros bancos como gestores o suscriptores.

Gilts:
En el mercado de valores británico es equivalente a la abreviatura "gilt-edged security" que son los valores de máxima solvencia y reputación.

Giro bancario:
Orden dada por un comprador o un importador a su banco para que proceda a realizar un pago por operaciones comerciales al banco del vendedor o exportador

Gráfico:
Representación de datos numéricos, en forma de líneas o dibujos, y en los que se muestra de una forma gráfica la relación que dichos datos guardan entre si. Dentro de los gráficos de bolsa, el más conocido es aquel que recibe el nombre de chart y en el se muestra la evolución de la curva de cotizaciones en función de las sesiones de bolsa transcurridas.

Gráfico a la japonesa:
Es un gráfico utilizado en el análisis chartista en un eje se representan los precios y en el otro el período de tiempo considerado. Los cambios de precios se representan con rectángulos a modo de cirios vacíos o llenos en cuyos extremos existen unos bastoncillos. La altura total del cirio corresponde a la distancia entre el precio más alto y más bajo del período considerado. El rectángulo o cirio se forma por la diferencia entre el precio de cierre y el de apertura de tal modo que si el precio de cierre es superior al precio de apertura éste es la base del rectángulo y el de cierre la altura del rectángulo, en este caso el rectángulo está vacío en el caso contrario en que el precio de cierre es inferior al de apertura el rectángulo estará lleno. Un rectángulo o cirio vacío indica una tendencia al alza y lleno una tendencia a la baja, cuando más largo sea el cirio o rectángulo indica más solidez en la tendencia. La sucesión de rectángulos llenos y vacíos anuncia también cambios en la tendencia.

Gráfico de barras:
Es el tipo de gráficos más utilizados en el análisis chartista del mercado bursátil y está compuesto de barras o bastoncillos cada uno de los cuales muestra la evolución de los precios de un valor en una sesión determinada. Para ello se utilizan en cada barra los tres precios más relevantes de una sesión o período analizado : el más alto, el más bajo y el de cierre, el extremo inferior de la barra muestra el precio más bajo del período, el extremo superior el más alto y la cotización de cierre se dibuja con un pequeño trazo horizontal a la derecha de la barra, en ocasiones aparece también en este gráfico otro pequeño trazo horizontal a la izquierda de la barra que indica el precio de apertura. En la parte inferior del gráfico de barras se representan los volúmenes de contratación de cada valor o mercado analizado cuya representación gráfica es una barra vertical cuya dimensión está en función del volumen negociado cuanto más larga sea más acciones se han contratado en la sesión o período analizado.

Gráfico de punto y figura:
Es un tipo de gráfico utilizado en el análisis técnico que se realiza en base a las cotizaciones de cierre de un valor o mercado. En el eje vertical se colocan las cotizaciones y en el horizontal se van los cambios de tendencia manifestadas por las subidas y bajadas de los precios de los valores o índice del mercado considerado. Cuando se produce una subida de precio relevante, en torno a un 3% como mínimo, se anota una equis (X) y cuando haya una bajada de precio de ese nivel se dibuja un cero (0), así se van dibujando equis (X) y ceros (0) hasta formar una figura determinada que según los analistas gráficos permite detectar un cambio de tendencia y líneas de soporte y resistencia que dan señales de venta y compra respectivamente.

Gráfico ordinario:
Son gráficos lineales del análisis chartista que se realizan situando en el eje vertical las cotizaciones de un valor o el índice de un mercado y en el eje horizontal el período de sesiones o tiempo considerado. Es un gráfico simple que permite visualizar la evolución de un valor o mercado a lo largo del tiempo. Normalmente se utilizan escalas de precios aritméticas pero en ocasiones se utilizan también escalas semilogarítmicas.

Grupo concentrado:
Conjunto de inversores que actúan en la misma dirección con el objeto de conseguir el control de una sociedad.

Grupo de empresas:
Conjunto de empresas entre las que existen lazos de propiedad comunes. Por regla general existe en el grupo una sociedad o empresa matriz que es la que directamente o a través de otras sociedades filiales es la propietaria de más del 50 % del capital del resto de las empresas que forman el grupo.

Grupo de garantes:
Conjunto de bancos y otros intermediarios financieros que aseguran una emisión de acciones o de obligaciones y bonos o la colocación de un préstamo sindicado, asumiendo la recolocación de los valores emitidos o las partes del préstamo.

Grupo financiero de empresas:
Es un grupo de empresas dedicadas a la financiación y englobadas en el sector financiero. Los grandes bancos, que tienen empresas filiales en todos los sectores financieros (bolsa, leasing, factoring, crédito hipotecario etc..), conforman un grupo financiero.

Gurú de Bolsa:
En el argot de la bolsa especialista y estudioso del mercado que aporta predicciones, a veces también erróneas, de los movimientos de las cotizaciones bursátiles y que sus opiniones son seguidas por un cierto número de inversores

Haber:

Conjunto de bienes y derechos que pertenecen a una persona física o jurídica.

Hang Seng:
Índice de la Bolsa de Hong - Kong una de las Bolsas más activas del mundo.

Hasta la cantidad de:
Orden de Bolsa que limita la ejecución de la misma en razón del número de títulos o de efectivo.

Hasta la fecha de:
Orden de Bolsa que limita su vigencia hasta una fecha determinada concreta e inclusive.

Hecho:
Término que se suele utilizar en la Bolsa tradicional para cerrar una operación en los corros.

Hedging:
Terminología anglosajona para designar una operación de cobertura en los mercados financieros.

Hiperinflacción:
alza de precios de la mas alta intensidad, por encima incluso de los dos dígitos. Se da en el tercer mundo o en situaciones, por ejemplo, de postguerra.

Hipoteca:
Derecho real que vincula determinados bienes al cumplimiento de una obligación, por lo que serán ejecutadas en caso de que esta no sea cumplida a su vencimiento. Normalmente se realiza sobre bienes inmuebles, pero puede recaer sobre todo tipo de bienes (acciones, títulos, etc.).

Hipoteca convencional:
Es la hipoteca constituida por el acuerdo de las partes en un contrato cuyo cumplimiento se garantiza con hipoteca.

Hipoteca inmobiliaria:
Véase " Hipoteca".

Hipoteca legal:
Hipoteca que se contiene en la legislación.

Hipoteca mobiliaria:
Es una garantía real que recae sobre ciertos bienes muebles inscribibles en el Registro de la Propiedad.
.
Hipoteca naval:
Garantía real sobre buques y que se inscribe en el Registro Mercantil.

Histograma:
Nombre que reciben los gráficos de barras verticales. Un ejemplo típico en bolsa de este tipo de gráficos es el gráfico de volumen.

Holding:
Nombre inglés con el que se designa a la sociedad cuya única finalidad es la posesión de participaciones de otras sociedades. La traducción de la palabra es sociedad tenedora.

Hombre de paja:
Nombre de origen francés que equivale a testaferro. Se le da a aquella persona que interviene en la realización de un negocio, pero en representación de otra.

Hora bruja:
Se denomina así en el argot de la bolsa al periodo de tiempo comprendido entre las 16:30 y17:15 horas del tercer viernes de cada mes. Ese día vence el futuro del Ibex 35, extinguiéndose el futuro del primer vencimiento y pasando el del segundo vencimiento a ser el del primero. Igualmente también vencen las opciones.
La razón por la que se le llama así es porque durante ese rato pueden ocurrir hechos de incomprensible rareza, como puede ser subir o bajar un porcentaje elevado el Ibex sin causas justificadas aparentemente. Todo ello se debe a la posible existencia de instituciones que en ese momento estén en futuros u opciones con pérdidas y traten de paliarlas.

Horquilla:
Hace referencia a los sistemas de precios que presentan diferentes niveles, que del mas alto al más bajo se asocian con las puntas del citado instrumento  agrícola en su posición horizontal.

Hot money:
Dinero muy líquido que se mueve libremente de una divisa a otra. Ver dinero caliente.

Hueco:
Intervalo temporal en las cotizaciones de un valor o de un mercado en que no se han casado operaciones y no se ha marcado por tanto ningún precio.

Huida de capitales:
Situación que se da cuando en un país existe una situación de inestabilidad política o social o de incertidumbre económica y los capitales internacionales desinvierten masivamente buscando destinos en países más estables y con monedas más fuertes.



IBCA:
Agencia de calificación internacional francobritánica que cuenta para España con socios españoles.

Iberating:
Agencia de calificación española de empresas y de emisiones de renta fija.

Ibex 35:
Es el primer índice de las bolsas españolas y se compone de los 35 títulos de mayor capitalización bursátil del mercado continuo. Se revisa cada seis meses y es un índice ponderado.

Ida y vuelta:
Compra y venta o a la inversa del mismo valor en un corto espacio de tiempo incluso en la misma sesión del mercado.

Ilusión monetaria:
Efecto psicológico que se produce cuando por efecto de una elevada inflación los incrementos anuales de los salarios son muy altos y produces el efecto de un fuerte incremento de los mismos, aunque una vez restada la inflación el incremento real es muy reducido o incluso negativo.

Ime:
Acrónimo de Instituto Monetario Europeo, embrión del futuro Banco Central Europeo.

Imposición a plazo:
Nombre con el que se suelen conocer también los depósitos a plazo.

In the money:
En los mercados de futuros se aplica a las opciones de compra (call), cuando el precio del ejercicio de la opción es inferior a la cotización de la acción que le sirve de subyacente, e inversamente para las opciones de venta (put).
Es decir al ejercer la opción se obtendrían beneficios. Es lo opuesto a out of the money.

Incremento patrimonial:
Es un concepto que tiene relevancia en el plano fiscal porque manifiesta una plusvalía por la enajenación de activos que integran la base imponible del sujeto pasivo. En el impuesto de la renta se define como la variación positiva en el valor del patrimonio del sujeto pasivo que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración en la composición de aquél. En la transmisión de valores el incremento patrimonial estará sujeto a tributación. Véase " Fiscalidad de la Bolsa".

Indeterminación:
Supone la variabilidad de las expectativas que componen la situación bursátil del inversor.

Indexación:
Es la vinculación de una operación financiera, en cuanto al tipo de interés aplicable, a una variable normalmente al tipo de interés que se establezca en un determinado mercado como el Mibor o el Libor.

Indicador económico:
Estadística o cifra que da una idea aproximada de la marcha de la economía.

Indicador técnico:
Representación gráfica de una relación matemática entre la cotización de un título y sus cotizaciones históricas, de forma que según su tendencia, cambio de sentido o corte de líneas de referencia indica el momento de compra o venta de un título. El Análisis por indicadores técnicos forma parte del Análisis técnico.

Indice:
Número que representa el nivel de algún mercado financiero o alguna variable económica. Por ejemplo el IBEX 35, el IPC, etc.

Indice de bolsa:
Indice ponderado con respecto al volumen de contratación de las cotizaciones de los principales títulos cotizados en una bolsa de valores e indica la subida o bajada de la cotización global. Para una misma bolsa puede haber diferentes índices según su ponderación. Por ejemplo: IBEX 35, IGBM, MID 50, etc.

Indice de frecuencia:
Relación que existe entre el numero de sesiones que un valor es objeto de cotización en un periodo de tiempo determinado y el numero de sesiones hábiles en ese periodo de tiempo.

Índice de fuerza relativa (RSI):
Es un indicador del análisis técnico que mide en cada momento la fuerza con la que actúa la oferta y la demanda. Se utiliza como indicador de sobrecompra o sobreventa de un valor o un mercado y su cálculo se realiza sobre la base de la media de de precios alcistas y bajistas de las 10 ó 15 últimas sesiones. Su formula es la siguiente:
RSI = 100 - ( 100 / 1+ RS )

Indice de volumen de contratación:
Relación existente entre el volumen de una sociedad contratado en bolsa y el capital social de la compañía.

Indice de precios al consumo:
Indice ponderado de acuerdo con el consumo que una unidad familiar media realiza y que mide el nivel general de precios con respecto a un período anterior. Es el indicador más usado para medirla inflación y su acrónimo es IPC.

Indice de precios industriales:
Indice ponderado de precios y servicios industriales al por mayor. Representa la inflación de costes de producción.

Indiciar:
Organizar una prestación, o una remuneración, o pago en función de un índice económico. A veces se usa la expresión indexación. Por ejemplo: el interés de una hipoteca referirla al Euribor, etc.

Inflación:
Elevación de los precios de los productos y de los servicios y por tanto disminución del poder adquisitivo del dinero. Se mide mediante el IPC.

Inflación de costes:
Inflación causada por la elevación en el coste de los factores de producción (materias primas, mano de obra, etc) y que repercute en los precios de los productos finales o de consumo.

Inflación de demanda:
Inflación generada por el crecimiento de la demanda, generalmente en situación de pleno empleo, pues al haber ocupación total de los factores de producción un crecimiento fuerte de la demanda se traduce en un alza de precios.

Inflación subyacente:
Valor del IPC deduciendo el incremento de los precios energéticos y de los alimentos frescos no elaborados. La inflación subyacente se considera el núcleo estructural de la inflación y marca la tendencia de la misma a medio plazo.

Información confidencial:
Información de que disponen pocas personas, sin que sea accesible al público en general. Si esta información se posé por el cargo o la posición que se ocupa en una empresa o en el gobierno su uso en los mercados financieros es ilegal. Equivale a información privilegiada.

Informe:
Dictamen, generalmente por escrito, de un técnico o experto en la materia.

Informe bursátil:
Informe sobre una bolsa de valores en general o sobre alguna sociedad que cotiza en bolsa preparado por una empresa especializada o por un experto bursátil. Generalmente incluye un pronóstico sobre la bolsa o la sociedad analizada.

Ingeniería financiera:
Nombre periodístico que se da a las operaciones financieras muy complejas que se valen de los nuevos activos financieros (futuros, etc) con el fin de disminuir el riesgo e incrementar el beneficio.

Ingresos:
Entrada de dinero en la empresa procedentes de la venta de los productos típicos de su explotación (ingresos de explotación) y de operaciones financieras y atípicas (ingresos extraordinarios).

Ingreso atípico:
Nombre que reciben los ingresos extraordinarios. Por ejemplo: venta de un local, gestión de su cartera de valores, etc.

Inoperante:
Falta de actividad normal de un mercado financiero con respecto a la actividad usual del mismo.

Insider trading:
Práctica prohibida por muchas legislaciones, consistente en comprar o vender según las informaciones secretas sobre ciertos valores, que se obtienen por la presencia en cargos de responsabilidad, o por confidencias recibidas desde el interior de las empresas.

Instituciones de inversión colectiva:
Instituciones que tienen como actividad principal la canalización, realización y gestión de la inversión colectiva. Por ejemplo: los fondos de inversión.

Instituciones financieras:
Empresas cuya actividad principal consiste en la captación de depósitos y en la concesión de créditos. Por ejemplo: los Bancos y las Cajas de Ahorro.

Instrumento financiero:
Ver Producto financiero.

Instrumento líquido:
Instrumento financiero que es inmediatamente transformable en dinero y que puede equipararse por su liquidez al efectivo dinerario.

Instrumento negociable:
Documento que recoge un derecho de propiedad de un activo financiero que puede ser objeto de negociación en un mercado o de libre transmisión sin necesidad de autorización del emisor del instrumento.Véase " Valor negociable".

Integración horizontal:
Fórmula de concentración de empresas que mantienen su independencia jurídica. Se dedican a una misma clase de producción y su finalidad es producir una mayor cuantía de bienes.

Integración vertical:
Concentración de empresas que desarrollan actividades complementarias.

Intercalario:
Calificativo que se aplica a los dividendos o intereses que una empresa paga a una determinada clase de acciones durante el espacio de tiempo que media entre el desembolso de los valores y la puesta en funcionamiento de la parte de su explotación que ha sido financiada con la emisión de dichos valores. Se dice también de la fluctuación intercíclica de las cotizaciones.

Interciclo:
Fluctuación de las cotizaciones bursátiles dentro de los ciclos bursátiles. Véase " intercalario".

Interés:
Remuneración que se paga o se recibe por el uso temporal de dinero. El interés es la cantidad de dinero expresada en monedas y el tipo de interés es esta cantidad expresada en porcentaje.

Interés básico:
Tipo de interés cargado por el Banco Central de un país a los bancos privados cuando descuenta o redescuenta papel financiero o comercial con él.

Interés fijo:
El tipo de interés no varía sobre el pactado ni depende del comportamiento de otros factores económicos como en el caso del interés variable.

Interés interbancario:
Tipo de interés cruzado en el mercado de activos computables en el coeficiente de caja interbancario, es decir, es el tipo de interés al que los bancos se prestan dinero entre si. Existen diferentes tipos de interés interbancario: a un día, semanales, mensuales, trimestrales, semestrales y anuales.

Interés real:
Tipo de interés expresado en términos reales, es decir, descontando la tasa de inflación.

Interés variable:
Tipo de interés fijado de acuerdo con un tipo de referencia (interbancario, IPC, etc). El tipo de interés varía al alza o a la baja según varíe el tipo de referencia en vez de ser siempre el mismo como en el caso del interés fijo.

Intermediación bursátil:
Relación existente entre el volumen de una sociedad contratado en bolsa y el capital social de la compañía.

Intermediario financiero:
Persona o sociedad que sirve de enlace entre dos partes que participan en operaciones en los mercados financieros sin tomar posiciones por cuenta propia. Por extensión se aplica a todas las instituciones financieras y está formada por dos tipos: los bancarios y los no bancarios (compañías de seguros, etc).

Intradia:
Nombre que se da a las operaciones que se abren y cierran en una sola sesión en los mercados financieros.

Inversión:
Compra o venta de activos financieros para obtener unos beneficios en forma de plusvalías, dividendos o intereses.

Inversión de cartera:
Inversión en acciones de una sociedad con un objetivo de rentabilidad y sin interés en el control de la sociedad.

Inversión extranjera:
Inversiones realizadas en los mercados financieros por residentes en el exterior. En bolsa suele corresponder con grandes inversores institucionales.

Inversión institucional:
Conjunto de inversiones realizadas en bolsa y otros mercados financieros por las instituciones de inversión colectiva (fondos, etc) y las instituciones
financieras (bancos, etc). Generalmente se realizan mediante operaciones muy fuertes y suelen tener un carácter estable.

Inversor:
Persona física o jurídica que realiza operaciones de compra o venta de valores negociables.

IPC:
Acrónimo de Indice de Precios al Consumo.

Islote:
En análisis chartista se llama así a la situación que se produce en una sesión de máximo optimismo en que la cotización se dispara al alza, pero sin que esta alza prosiga en las siguientes sesiones, de forma que en la curva de cotizaciones se forma una cotización muy alta, separada del resto de la curva, que constituye el islote. Es una figura bajista.



Jefe de fila:
Entidad financiera que se encarga del diseño, asesoramiento, organización y dirección de un préstamo sindicado o de la colocación y aseguramiento de una emisión de valores. Esta institución es la que contrata directamente con la entidad emisora o prestataria, fija las condiciones del préstamo o de la emisión y las comisiones a percibir por su actuación. Posteriormente el Jefe de fila reparte el riesgo con otras instituciones financieras a las que invita a participar, a cambio de una comisión menor, en la sindicación del préstamo o en el aseguramiento de la emisión.

Jobber:
Voz anglosajona que designa al intermediario bursátil que actúa por cuenta propia y como creador de mercado - contrapartidista. Véase " Creador de mercado".

Joint venture:
Voz anglosajona que designa la agrupación temporal de empresas para el logro de objetivos comunes. La agrupación puede venir por la creación de una nueva empresa de carácter temporal cuyos socios son las empresas interesadas en la unión o bien mediante la formalización contractual que vincule jurídicamente a dichas empresas.

Jugar a la bolsa:
Inversión en el mercado bursátil de forma especulativa y por medio de operaciones a corto plazo con el fin de obtener un beneficio por la vía de las plusvalías.

Jugar a la baja:
Consiste en vender valores que tienen una alta cotización con la esperanza de recomprarlos cuando baje la cotización.

Jugar al alza:
Consiste en comprar valores cuya cotización se considera baja con la esperanza de una subida en un corto plazo de tiempo.

Jumbo:
Empréstito de gran tamaño emitido en el euromercado.

Junk Bond:
Nombre inglés que se le da a los bonos basura.

Junta general de accionistas:
Organo soberano de una sociedad anónima, donde se toman las decisiones más relevantes de una sociedad. La Junta General puede ser ordinaria extraordinaria. La Junta ordinaria se debe celebrar necesariamente una vez al año, en los seis primeros meses después de cerrar el ejercicio y para aprobar la gestión del Consejo de Administración, el balance, la cuenta de resultados y su distribución. La Junta extraordinaria se puede celebrar en cualquier momento siempre que se haya convocada adecuadamente.

Junta General Extraordinaria:
Junta que se celebra para debatir temas especiales que afectan a la sociedad, la recoge el artículo 96 de la Ley de Sociedades Anónimas. Puede ser también Junta Universal cuando está presente todo el capital social en cuyo caso no se requieren los requisitos de convocatoria formal que exige la Ley de Sociedades Anónimas, se recoge ésta última en el artículo 99 de la citada Ley.

Junta General Ordinaria:
Junta que debe celebrarse anualmente y que tiene un contenido mínimo legal referente a la rendición de cuentas anuales y a la propuesta de distribución de los resultados.
El artículo 95 de la Ley de Sociedades Anónimas establece que la junta general ordinaria, previamente convocada al efecto, se reunirá necesariamente, dentro de los seis primeros meses de cada ejercicio, para censurar la gestión social, aprobar, en su caso, las cuentas del ejercicio anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.

Junta sindical de bolsa:
Organo de representación, dirección y gobierno de cada Bolsa de Valores. Está presidida por su Síndico-Presidente.

Justiprecio:
Tasación equitativa de una cosa, teniendo en cuenta los gastos y los ingresos. Sinónimo de precio justo.





Kabuto cho:
Denominación de la Bolsa de Tokio, que representa el 95 % del mercado japonés.
Es la segunda bolsa mundial por capitalización bursátil. Su índice más conocido es el Nickei

Kaffir:
Denominación que reciben las acciones de compañías dedicadas a la explotación de minas de oro de Sudáfrica.

Krach bursátil:
Término equivalente a " crack bursátil " (véase).

Krugerrand:
Moneda de oro acuñada en Sudáfrica en los años 70 como un medio de inversión en oro y que tuvo inicialmente una gran difusión para luego decaer.

  


Lápida:
Figura del lenguaje anglosajón para referirse al anuncio publicado en prensa por los bancos organizadores de una euroemisión o de un eurocrédito sindicado, para dar a conocer la promoción de dicha emisión.

Largo plazo:
Periodo de tiempo en operaciones bursátiles con vencimiento de la orden alrededor de un año. Es una clasificación subjetiva y depende del sector económico y de la actividad.

Lavado de cupón:
Operación de venta y recompra pactada sobre un título antes y después de un reparto de dividendo o del inicio de una ampliación de capital con el solo objetivo de conseguir ventajas fiscales.

Leasing:
Fórmula para la financiación por la empresa de sus locales de negocio, bienes de equipo, maquinaria, vehículos, etc., consistente en tomar esos bienes en arrendamiento de una sociedad de leasing, que cobra un canon periódico y que ofrece la opción de compra por un valor residual.

Leasing operativo:
Es una modalidad de leasing en la que el arrendador no es una empresa de leasing sino el propio fabricante o distribuidor del producto arrendado

Leonino:
Término que se aplica al contrato en que toda la ventaja es para una de las partes sin la adecuada compensación a la otra parte. El contrato resulta leonino para quien lleva la peor parte.

Letra aceptada:
Es aquella letra de cambio que ha sido aceptada por el librado bien con la palabra acepto y su firma o simplemente con ésta.

Letra avalada:
Dícese de la letra que es afianzada en el mismo documento.

Letra comercial:
Se utiliza para aplazar los pagos en las relaciones entre comerciantes o empresarios y sus proveedores y clientes.

Letra de cambio:
Documento cambiario donde se contiene un mandato de pago hecho por el librador al librado a favor del tenedor. Tiene la condición procesal de documento ejecutivo.

Letras del Tesoro:
Título de deuda pública a corto plazo (menos de 18 meses) emitidos por el Tesoro Público. Su valor nominal es de un millón de pesetas, se emiten al descuento y se adquieren por subasta en el mercado primario y se negocian en el mercado secundario de renta fija.

Leveraged buy out (LBO):
Término anglosajón que designa una compra de empresa apalancada que es la adquisición de una empresa financiada con deuda en forma de emisión de obligaciones o formalizada de otra manera de tal modo que el pago de la deuda está asegurado con la cesión de activos de la empresa, por los dividendos obtenidos o por los " cash-flow " futuros que genere la empresa

Ley de circulación:
Forma de circulación de las distintas clases de valores mobiliarios: Al portador: mediante entrega física o anotación contable, a la orden: mediante endoso y nominativo: por cesión comunicándolo al emisor.

Ley de Gresham: 
La moneda mala expulsa de la circulación a la buena. Si las monedas tenían igual poder liberatorio el público atesoraba la moneda con mayor contenido de metal fino.

Ley de la oferta y la demanda:
Ley económica que afirma que el precio de un determinado bien se establece en el punto de equilibrio entre la oferta y la demanda, que es aquel en que se iguala la cantidad ofertada con el precio demandado.

Liberar:
Dícese del levantamiento de cargas reales sobre un bien, así la liberación de los valores mobiliarios pignorados.

Libertad de circulación de capitales:
Es la posibilidad de trasladar los capitales geográficamente, incluso allende las fronteras políticas.
La falta de esta libertad o su limitación excesiva sólo puede ampararse en motivos económicos graves. Es uno de los principios básicos de la Comunidad Europea: el principio de libertad de circulación de capitales intracomunitaria.

Libor:
Acrónimo de London Interbanking Offering Rate. Tipo de interés para depósitos en el mercado interbancario de Londres. Existe un libor para cada una de las eurodivisas, en cada uno de los plazos en que se cotizan los depósitos.

Librado:
Persona contra la que se gira una letra de cambio y que como deudor en la operación cambiaria acepta su pago, por su importe prefijado, a su vencimiento.

Librador:
El que emite la letra de cambio como acreedor de la operación cambiaria.

Librar:
Entrega de títulos cedidos a un comprador. Operación que realiza el vendedor.

Libre concurrencia:
Sistema económico o mercado en donde los oferentes y demandantes de bienes y servicios pueden concurrir libremente a la fijación de los precios en base a la libertad de juego de la oferta y la demanda.

Libre disposición:
Se dice de los valores mobiliarios cuando se puede disponer de ellos al no existir traba legal alguna o al haberse concedido las autorizaciones pertinentes.

Libre transmisibilidad:
Se dice cuando no existen limitaciones para la transmisión de acciones bien por su propia naturaleza de libre transmisibilidad o porque se hayan cumplido los requisitos estatutarios para la transmisión.

Libreta de ahorro:
Es un depósito formalizado en libretas de ahorro en las que un Banco o Caja recibe los fondos depositados en dichas libretas, que tienen carácter nominativo y son intransferibles, y en donde se anotan todas las operaciones de ingreso y retirada de fondos. Para la retirada de fondos es preciso presentar la libreta por el titular.

Licitar:
Ofrecer precio por una cosa en una subasta.

Liffe:
Mercado de futuros de Londres.

LIFO:
Last-In, First-Out, que significa "el último en entrar y el primero en salir. Se usa para hacer referencia a la forma de valorar stocks.

Límite:
Tope que se fija como nivel máximo o mínimo de cotización al que se está dispuesto a comprar o vender.

Límite de crédito:
Tope hasta el que puede disponer el titular de una cuenta de crédito.

Límite de riesgo:
En las operaciones crediticias con bancos, es el tope máximo que el banco está dispuesto a financiar a un cliente.

Línea de crédito:
Crédito abierto por una entidad de crédito a un cliente hasta un límite determinado y dentro del cual el acreditado puede disponer de fondos durante el plazo establecido en el crédito concedido

Línea de resistencia:
En análisis chartista son las líneas rectas que actúan de resistencia o de soporte.

Linea directriz:
En análisis chartista son las líneas de resistencia que sirven de guía a la curva de cotizaciones y puede ser alcista (une los mínimos de las cotizaciones) o bajista (une los máximos de las cotizaciones).

Liquidación:
Acto de compensación de las operaciones realizadas entre las diferentes Agencias y Sociedades de Bolsa que forman parte de las bolsas de valores.

Liquidez:
Dinero en efectivo o en futuros activos financieros fácilmente convertibles en dinero. Es una de las características que definen una inversión junto con la seguridad y la rentabilidad.

Liquidez, Estar en:
Disponer de dinero para poder realizar compras de títulos en bolsa.

Lloyd´s:
Mercado al por mayor de seguros, con sede en Londres, que agrupa a compañías aseguradoras y que se dedica fundamentalmente al reaseguro. Tiene una gran penetración en el seguro marítimo.

LMBO (compra de la empresa por los empleados):
Término anglosajón que designa la compra apalancada de una empresa por sus propios directivos. Esta compra se realiza con el apoyo de socios financieros, normalmente fondos o sociedades de capital riesgo, que aportan recursos para la adquisición y cuya devolución se producirá por los flujos de tesorería que genere la empresa.

London Stock Exchange:
Nombre de la bolsa de Londres.

Lote de acciones:
Dícese de un paquete o paridad de acciones.

Lucro:
Ganancia o provecho que se obtiene de una operación financiera.

Lunes negro:
Referencia al crash bursátil que se produjo el lunes 19 de octubre de 1987 en la Bolsa de Nueva York.





Macroeconomía:
Parte de la ciencia económica que estudia los aspectos globales de la economía: ciclos, crecimiento, inflación, empleo, etc. Se complementa con la microeconomía.

Macrotítulos:
Se les denomina también títulos múltiples, son títulos físicos que permiten al tenedor de unas acciones u obligaciones el poseer en un único documento la titularidad de varios o muchos valores permitiendo con ello un más fácil manejo de los mismos.

Mal de altura:
Sentimiento existente entre los inversores en bolsa, cuando las cotizaciones suben de forma continuada y están en niveles máximos. La reacción de los inversores es vender y esperar un recorte para comprar de nuevo, lo que genera alta volatilidad hasta que el mercado se acostumbra a este nivel de cotizaciones.

Malversación:
Delito consistente en el uso de caudales ajenos, en usos distintos a aquellos a que están destinados.

Management buy in (M.B.I.):
Término anglosajón que designa la financiación destinada a la compra de empresas por directivos o gestores de otras empresas que conocen la empresa que se quiere adquirir y el sector y mercado en que ésta opera.

Management buy out (M.B.O.):
Término anglosajón que designa la financiación aportada por una institución financiera o sociedad de capital riesgo para la adquisición de la empresa por sus propios directivos o gestores. La aportación de los fondos requiere la existencia de un buen equipo directivo que se hará cargo de la gestión de la empresa y que será además socio de la misma.

Manipulación:
Alteración del curso normal de la oferta y la demanda del mercado de valores mediante artificios como operaciones ficticias, depresión o estipulación artificial de las cotizaciones, etc..

Manos débiles:
Se dice de los inversores en bolsa que tienen poco dinero, ninguna paciencia y carecen de ideas, por lo que compran cuando los demás compran y venden rápidamente ante la menor duda. Generalmente su forma de actuar les hace comprar en máximos y vender en mínimos con fuertes pérdidas. También se conocen como manos temblorosas y son el contrario que las manos fuertes.

Manos fuertes:
Se dice de los inversores en bolsa que tienen dinero, paciencia e ideas, por lo que compran a buen precio y esperan cumplirse sus objetivos antes de vender sin ponerse nerviosos fácilmente. Generalmente compran a buen precio y venden en máximos. Es lo contrario de las manos débiles.

Mandato:
En el negocio bancario, encargo firme de una institución pública o privada para que un banco realice una operación concreta. Por ejemplo colocación de una emisión de bonos.


Maquillaje:
Aumento o disminución de los datos de un plan de negocio o de sus estados financieros para dar una determinada imagen. Aunque puede ser legal, el término tiene una connotación negativa.

Marco:
Moneda alemana de curso legal. Se simboliza por DM (Deutche Mark).

Margen:
Diferencial entre el precio de venta y el de compra. Puede ser un porcentaje (normalmente sobre el precio de venta) o una diferencia entre valores absolutos.

Margen a plazo:
Es la diferencia existente en un momento determinado entre el tipo de cambio al contado y a plazo de una divisa.

Margen de fluctuación:
Es el que se admite en un sistema de cotización de monedas o valores sujeto a regulación y dentro del cual pueden variar por encima o por debajo los cambios sin desencadenar las acciones previstas en la regulación para el caso de que se sobrepase el margen de fluctuación establecido.

Marginal:
Situado en el límite o en el margen. Por ejemplo: El precio marginal de colocación de letras del Tesoro es el precio máximo al que se ha colocado.

Market makers:
Término inglés que se aplica a las sociedades de contrapartida o creadoras de mercado.

Masa monetaria:
Conjunto de activos líquidos que se encuentran en un momento dado en poder de los agentes económicos.

Matador:
Obligación o bono emitido en pesetas. El emisor es una sociedad española y se coloca a residentes fuera de España y se intercambian en el mercado de obligaciones en divisas.

Materia prima:
Producto no elaborado que se incorpora en la primera fase del proceso de producción para su posterior transformación. Por ejemplo: productos agrícolas, minerales, etc.

Matiff:
Mercado de futuros de París.

Máximo:
Limite del nivel de cotización a que esta dispuesto a comprar.

Media:
Valor medio de un grupo de números. Puede ser aritmética (la más usual); geométrica o cuadrática. La media aritmética es la suma de todos los datos dividida por el número de ellos. La media geométrica es la raíz enésima de los productos de "n" datos. La media cuadrática es la raíz cuadrada de la suma de los cuadrados de todos los datos divididos por el número de ellos.

Media móvil:
Conjunto de medias que muestran la tendencia de una variable a intervalos regulares de tiempo, reduciendo la influencia de variaciones temporales. Por ejemplo: en los charts para calcular la evolución de una cotización se usan habitualmente las medias móviles de las diez últimas sesiones (unas dos semanas), setenta últimas sesiones (unos tres meses) y doscientas últimas sesiones (aproximadamente un año).

Media ponderada:
Media en que se tiene en cuenta la importancia de cada uno de sus datos, dándole mayor o menor importancia en el cálculo de la media. Por ejemplo los índices bursátiles en que cada uno de los datos (cotización) se pondera en función del volumen de negocio de cada uno.

Mediador financiero:
Colocador o comisionista sobre activos financieros.

Meff:
Es el Mercado Español de Opciones y Futuros Financieros. Su rectora actúa a la vez como Mercado y como Cámara de Compensación.

Memoria anual:
Informe que recoge los estados financieros y contables de la sociedad. En muchas ocasiones recoge la opinión de una auditoria externa.

Mercado:
Lugar en el que se ofrecen productos a la venta, normalmente con una periodicidad fijada. Existen en él unas reglas basadas sobretodo en la costumbre para regular las negociaciones. Actualmente el desarrollo de las comunicaciones permite que exista un mercado sin necesidad de un lugar físico.

Mercado a medida:
Mercados que funcionan en paralelo con los mercados organizados y en los que se realizan contratos financieros a medida (forward) no normalizados.

Mercado a plazo:
Mercado constituido por todas las operaciones en las que se compran o se venden a precio de hoy, divisas, materias primas o otros bienes financieros con entrega futura. También se conoce como mercado de derivados o futuros y se complementa con el mercado al contado.

Mercado Aiaf:
Mercado mayorista de renta fija privada, siendo AIAF el acrónimo de Asociación de Intermediarios en Activos Financieros.

Mercado al contado:
Mercado en el que se realiza la operación de compraventa simultáneamente con la entrega del producto comprado o vendido (acciones, materias primas, etc.). Se complementa con el mercado a plazo en los que los productos del mercado al contado son los subyacentes del mercado a plazo.

Mercado alcista:
Mercado cuyos precios y volúmenes de contratación están en situación de subida o al alza. Predomina el optimismo.

Mercado bajista:
Mercado cuyos precios y volúmenes de contratación están en situación de descenso o a la baja. Predomina el pesimismo.

Mercado bursátil:
Mercado primario y secundario de compraventa y emisión de valores de renta fija y renta variable.

Mercado continuo:
Mercado electrónico de las bolsas de valores en que se introducen las órdenes de compra y venta en un sistema informático que realiza el cruce de las operaciones de forma automática. En muchas bolsas ha sustituido al mercado de corros.

Mercado de cambios:
Nombre que se aplica en ocasiones al mercado de divisas.

Mercado de capitales:
Conjunto de los mercados financieros de acciones, obligaciones y otros títulos de renta fija o variable. Se excluyen los activos monetarios que forman el mercado de dinero.

Mercado de corros:
Sistema de contratación de las bolsas de valores en que se cruzan las operaciones de compra o venta de viva voz. El precio se fija en enteros, siendo un entero el uno por ciento del valor del nominal de la acción. En España solo se usa en las acciones de poca liquidez, contratándose el resto en el mercado continuo.

Mercado de dinero:
Mercado telefónico organizado donde diariamente se intercambian los activos financieros que por su corto plazo y alta seguridad se pueden considerar sustitutivos del dinero. (Pagarés del Tesoro). Se complementan con el mercado de capitales.

Mercado de divisas:
Mercado de compraventa de moneda extranjera entre instituciones financieras. Es un mercado interbancario de carácter internacional donde se opera con divisas tanto al contado como a plazo.

Mercado de futuros:
Mercado organizado donde se realiza la contratación pública de contratos de futuros. Es un mercado a plazo.

Mercado de opciones:
Mercado organizado donde se realiza la contratación pública de contratos de opciones. Es un mercado a plazo.

Mercado electrónico:
Mercado muy fluido que no tiene sitio fijo de contratación y que se forma por el cruce de operaciones introducidas en terminales de un ordenador central y que se cruzan mediante un programa informático central. Es la versión moderna de los antiguos mercados de corros. Por ejemplo el mercado continuo.

Mercado estrecho:
Dícesese del mercado que ofrece escasas operaciones de valores ya existentes en circulación.

Mercado financiero:
Conjunto de mercados formado por el mercado de capitales, el mercado de dinero y el mercado de divisas. En ellos se opera al contado y a plazo (opciones y futuros). Es un mercado en que se contratan solo activos financieros.

Mercado gris:
Mercado previo a la apertura del mercado oficial.

Mercado interbancario:
Mercado telefónico de activos computables en el coeficiente de caja de las instituciones financieras. Estos depósitos se cruzan todos los días hábiles entre las diversas instituciones al llamado tipo interbancario.

Mercado monetario:
Nombre con el que también se conoce el mercado de dinero.

Mercado organizado:
Grandes mercados a plazo en que los contratos están normalizados en cuanto a vencimiento e importe nominal. Se caracteriza por la liquidez y la seguridad de las operaciones debido a un organismo que actúa de cámara de compensación.
Los contratos se realizan sobre materias primas, divisas, tipos de interés, acciones e índices bursátiles. Por ejemplo el Meff (mercado de futuros español).

Mercado primario:
Mercado de emisión de títulos es decir es el mercado de los títulos cuando salen por primera vez a la venta. Se complementa con el mercado secundario.

Mercado renta fija:
Mercado de capitales en el que se contrata el mercado primario y secundario de renta fija (letras, obligaciones, pagarés, etc) forma parte del mercado de capitales.

Mercado renta variable:
Mercado de capitales en el que se contrata el mercado primario y secundario de renta variable (acciones). Forma parte del mercado de capitales.

Mercado secundario:
Mercado de intercambio de títulos previamente emitidos y que ya figuran en posesión de los inversores. Por ejemplo: las bolsas de valores.

Mercado spot:
Mercado al contado de materia primas.

Mercado telefónico:
Mercado muy fluido que no tiene sitio fijo de contratación y que se forma en los contactos telefónicos continuos entre los diversos operadores del mercado. Por ejemplo: el mercado de divisas.

Mibor:
Tipo de interés interbancario para depósitos en pesetas en el mercado de Madrid. El Mibor se obtiene con la media ponderada de las operaciones cruzadas en los distintos plazos en un día determinado y sirve como tipo de referencia para créditos en pesetas con interés variable. Es el acrónimo de Madrid Interbanking Offerred Rate.

Microeconomía:
Parte de la economía que estudia los fenómenos económicos desde el punto de vista de las unidades económicas elementales: empresa, familia, etc.

Mid 50:
Indice bursátil creado por la bolsa de Barcelona que está formado por los cincuenta valores de mayor capitalización bursátil, excluyendo los 35 valores que forman el Ibex 35. Es un índice ponderado que se revisa cada seis meses y que puede incluir algunos valores del mercado de corros. Su nombre completo es BCN-MID 50.

Millardo:
Equivalente a mil millones.

Mínimo:
Límite del nivel de cotización a que un vendedor esta dispuesto a casar su operación.

Minoría de bloqueo:
Grupo reducido de acciones que permite realizar funciones de bloqueo en las decisiones de una sociedad, bien exigiendo reuniones de Juntas Generales, la elaboración de informes económicos, impidiendo la válida reunión de Juntas si se exigen mínimos de asistencia, impugnando los acuerdos sociales o bien votando en contra de los acuerdos si la Ley o los estatutos sociales exigen unos votos mínimos.

Minusvalía:
Pérdida que resulta de la venta de un activo a un precio inferior al precio de compra.

Modelo de Marcowitz: 
Es el modelo creado por Markowitz en su obra "Portfolio Selection" que inicialmente puso de relieve la aplicación de cálculos matemáticos a la selección de carteras de inversión. Se basa el modelo en cuantificar el rendimiento y riesgo de una cartera.
El rendimiento de una cartera se define como la media ponderada de los rendimientos de los valores que la componen y éstos pueden calcularse en función de los rendimientos históricos durante un período seleccionado.
Para la determinación del riesgo acude Markowitz a la variancia de la cartera, lo que supone valorar las variancias en la distribución histórica de los rendimientos de cada valor, es decir, la mayor o menor dispersión de la rentabilidad del valor, y por otra parte la correlación existente entre los distintos valores que componen la cartera, en suma se determina la covariancia estadística entre las series históricas de rendimientos de los distintos valores que componen la cartera.
El modelo trata resumidamente de cuantificar la interrelación entre el comportamiento de los valores que componen una cartera, de tal modo que es posible formar una cartera suficientemente diversificada para que el riesgo del conjunto de los valores sea inferior a la suma ponderada de sus componentes y obteniendo por tanto resultados conjuntos superiores a los que podrían obtenerse en el análisis de los valores individualmente considerados.

Modelo de Mercado:
Es el modelo econométrico más conocido para determinar la rentabilidad y el riesgo de los valores negociables en Bolsa y se debe a Sharpe su formulación que es la siguiente:
Rv = av + Bv x Rm + Et
Siendo Rv: la tasa de rentabilidad del valor analizado para un período de tiempo establecido, Rm: la tasa de rentabilidad del mercado determinada por el incremento en el índice general del período establecido, Bv: parámetro propio del valor que indica la relación existente entre las variaciones de la rentabilidad del valor y las del mercado es el denominado " coeficiente beta" (véase) o coeficiente de volatilidad, av: parámetro que nos da una rentabilidad del valor con independencia de las fluctuaciones del mercado es el denominado " coeficiente alfa" (véase) y Et: error aleatorio que expresa las variaciones concretas del valor analizado.

Momento (NCO):
Es el grado de fuerza del movimiento de una tendencia en un mercado o de un valor y se expresa por la fluctuación porcentual del precio durante un período determinado. Mide la velocidad de las alzas o bajas en las cotizaciones. Para calcularlo se toman los precios de cierre de 5 ó 10 sesiones del mercado y su fórmula para 5 sesiones sería:
M5 = P5 - P1
Siendo P5 el precio de cierre de la última sesión considerada la del quinto día y P1 el precio de cierre del primer día considerado del período de 5 sesiones. El análisis de las variaciones del momento nos indicará si aumenta una señal de compra y si disminuye una señal de venta, si permanece invariable la tendencia del mercado pierde fuerza y puede modificarse.

Moneda:
Dinero de curso legal que se puede usar como medio de pago en un país. Divisa de un país.

Moneda convertible:
Es aquella que puede ser convertida libremente en el mercado de cambios por otras monedas al tipo de cambio establecido en cada momento.

Moneda de curso legal:
Es aquella que tiene pleno poder liberatorio en virtud de las disposiciones legales de un país.

Moneda débil:
Divisa que se cotiza a la baja en el mercado de cambios. Su debilidad viene causada por la alta inflación, déficit público elevado, etc.

Es aquella emitida fuera del territorio nacional de un país.

Moneda fuerte:
Divisa que se cotiza en el mercado de cambios al alza. Su fortaleza se debe a los altos tipos de interés, estabilidad de los precios, etc.

Moneda nacional:
Conjunto de medios de pago puestos a disposición de los nacionales de un país para hacer frente a sus obligaciones dinerarias.

MONEP:
Es la denominación que recibe el mercado francés de opciones negociables de París
.
Monopolio:
Situación que puede darse en un mercado en que sólo existe un oferente que puede condicionar el precio al no existir competencia.

Monopsonio:
Situación que puede darse en un mercado cuando existen varios oferentes y un sólo comprador - demandante.

MOODY'S:
Una de las agencias de calificación (véase) norteamericanas más importante en el mundo financiero internacional.

Mora:
Retraso en el cumplimiento de una obligación. Se denomina también " demora".

Moratoria:
Plazo concedido por un acreedor a su deudor para el pago del principal o intereses de una operación crediticia.

Moroso:
Sujeto que incurre en mora.

Multinacional:
Sociedad con empresas de producción o distribución en diversos países. Aunque la matriz y oficina central están en una determinada nación, toma sus decisiones con una perspectiva global para beneficiarse de las ventajas comparativas de cada país.





Nacionalización:
Acto por el que pasan a depender del estado las propiedades, industriales o servicios públicos. Es lo contrario de privatización.

Nasdaq:
Acrónimo de National Asociation of Securites Dealers Automated Quotions System. Es el mercado electrónico de la Bolsa de New York en el que cotizan 3.000 sociedades no admitidas en los otros dos mercados (Nyse y Amex).

Neckline:
En análisis chartista es una línea recta que une los puntos externos de una figura chartista y cuando es cortada por la cotización confirma la figura chartista. Por ejemplo: en una figura de cabeza/hombros el neckline (o línea de clavícula) es la línea recta que une los puntos de encuentro de los hombros con la cabeza y que cuando se acaba de formar el último hombro y es cortada por la cotización confirma la figura.

Negocio:
Lo que es objeto de una ocupación lucrativa. Cuando tiene un cierto volumen, estabilidad y organización se llama empresa.

Negociable:
Se aplica a los activos financieros que pueden ser comprados o vendidos.

Negociación de bloques:
Transacciones bursátiles realizadas sobre grandes bloques de acciones que comportan situaciones especiales de precios con respecto a las transacciones realizadas sobre pocos valores. son operaciones realizadas normalmente por grandes empresas o instituciones financieras y de inversión colectiva.

Negociación de títulos:
Operaciones de compraventa de valores mobiliarios negociables.

Netear:
Consiste en la compensación interna de deudas y créditos de una empresa para tratar de determinar su estado de tesorería y sus ratios reales de endeudamiento y liquidez con objeto de realizar una gestión adecuada de sus recursos financieros.

Neto:
Cantidad que queda después de descuentos y diferencias y que se diferencia del bruto en estos descuentos y diferencias.

Newslette:
Nombre en inglés de los boletines confidenciales.

Nicho de mercado:
Se denomina así a un pequeño sector o parte de un mercado.

NIFO-(próximas entradas primeras salidas):
Sistema de valoración de existencias en inventario al precio de reposición al salir de inventario las primeras existencias al precio que tienen las últimas que entran en dicho inventario.

Nikkei:
Es el principal índice de la Bolsa de Tokio. Se compone de la suma de las cotizaciones de los principales 225 valores de la bolsa y su composición no se actualiza.

Nivel de resistencia:
Es el cambio histórico en donde un valor o el índice de mercado cesa su alza o su bajada. La perforación de este nivel en el análisis técnico indica que se han roto los soportes y se entra en un mercado claramente bajista o alcista que creará nuevos niveles de resistencia. Véase " Resistencia".

Nivel de soporte:
Nivel de cotizaciones en el que históricamente se mantienen a la baja los precios y en donde la demanda tiende a aumentar y produce un rebote al alza.

No residente:
Persona física o jurídica que a todos los efectos legales especialmente fiscales, tiene su domicilio habitual fuera del país.

Nominal:
Ver valor nominal.

Nominativo:
Título o documento extendido a favor o a la orden de una persona determinada, por contraposición a las que son al portador.

Normas contables:
Es el conjunto de disposiciones que afectan a la contabilidad específica de ciertas instituciones de los mercados financieros.

Normas de conducta:
Hacen referencia a las normas de actuación que deben imperar en los mercados de valores y que se recogen en el Código general de conducta en los mercados de valores

Normas de contratación:
Es el conjunto de disposiciones que regulan la contratatación en los mercados de valores organizados.

Nota de liquidación:
Justificación escrita que un intermediario bursátil entrega a su comitente-cliente de las operaciones realizadas por su cuenta, en donde se hará referencia al efectivo recibido y entregado, valores comprados y enajenados, gastos, comisiones, derechos cobrados por cuenta del cliente.

Notificación de operaciones:
Justificación escrita que un intermediario bursátil entrega a su comitente-cliente de las operaciones realizadas por su cuenta, en donde se hará referencia al efectivo recibido y entregado, valores comprados y enajenados, gastos, comisiones, derechos cobrados por cuenta del cliente.

Nucleo duro:
Grupo de accionistas estables de una sociedad.

Nuda propiedad:
Situación del propietario de un bien o valor cuando el disfrute y el uso de la propiedad corresponde a un tercero (usufructuario). En materia de acciones y obligaciones el nudo propietario sólo dispone de la propiedad de los valores y de sus derechos políticos.

Nudo propietario:
Persona que ostenta la nuda propiedad de un bien.

Numerario:
Dinero líquido o en efectivo. En sentido amplio también se consideran numerario los depósitos en cuenta corriente o en activos financieros a muy corto plazo y con suficiente liquidez.

Numeros rojos:
Cuando se tiene un saldo deudor por descubierto en una cuenta y también cuando se tienen pérdidas. Antiguamente se utilizaba tinta roja en estos casos para escribirlos.

Nyse:
Acrónimo de New York Exchante. Es el mercado más importante de la Bolsa de New York, creado en 1972 y en el que cotizan las 1500 sociedades de primer orden de USA. Agrupa el 70 % de las operaciones realizadas en el país y está representado por el índice bursátil Dow Jones. Se complementa con el Amex y el Nasdaq.




Objetivo:
Meta o nivel que se debe alcanzar en un periodo de tiempo determinado.

Objeto social:
Actividad mercantil para cuya realización se constituye la sociedad. Ha de ser lícita y estar determinada.

Obligación:
Título de renta fija, generalmente con un tipo de interés fijo y pagadero semestralmente o anualmente, con plazo de amortización superior a tres años. En general, en términos financieros, se entiende por obligación cualquier deuda que se tenga que cumplir.

Obligación bonificada:
Es una obligación con un tratamiento fiscal especial ya que su interés tiene una retención de solo el 1,2 % pero el titular de la obligación puede deducir el 24 % de los intereses brutos en su cuota del IRPF.

Obligación convertible:
Obligación que a su vencimiento puede canjearse por acciones del emisor a un precio ventajoso con respecto a la cotización en bolsa. Se utilizan para facilitar su colocación y reducir el tipo de interés.

Obligación garantizada:
Obligación que goza de una garantía adicional a la propiamente personal del emisor, como un aval exterior, hipoteca, etc.

Obligación participativa:
Nombre con el que también se conocen las acciones preferentes.

Obligaciones del estado:
Títulos de renta fija de características idénticas a los bonos del estado excepto en su plazo de amortización que es superior a los 5 años.

Obligacionista:
Titular o tenedor de obligaciones.

Oferta:
Cantidad de un bien que se ofrece en un mercado a un precio determinado. Es lo contrario de demanda, y entre la oferta y la demanda se encuentra el precio de equilibrio.

Oferta monetaria:
Es la suma de dinero legal efectivo en manos del público y los depósitos bancarios a la vista que se hallan en una economía en un momento dado.

Oferta privada:
Oferta de acciones a personas o instituciones con los que se negocio un precio antes de cotizar en bolsa y a la cual no tiene acceso el público en general.

Oferta pública de canje(OPC):
Es una operación similar en sus requisitos a las OPAS y consiste en la oferta difundida públicamente que realiza una empresa o un grupo financiero a los accionistas de una sociedad cotizadas en Bolsa de su deseo de adquirir el control de la misma ofertando en vez de dinero acciones del grupo oferente o de una sociedad filial a los accionistas que acudan a la oferta pública. Dícese también de las ofertas hechas a los obligacionistas cuando se estableción en la emisión la convertibilidad de las obligaciones.

Oferta pública de venta:
Ver OPV.

Oferta pública inicial:
Oferta de acciones al público antes de cotizar en bolsa. A diferencia de la Oferta Privada hay unos requisitos de información mínimos.

Ofertas y demandas excepcionales:
Son operaciones que por sus características de volumen o finalidad social se autoriza a realizarlas a cambios distintos de los de mercado

OICV:
Organización internacional que agrupa a los organismos públicos tutores -Comisiones de Valores-de los distintos mercados de valores.

Oligopolio:
Se denomina así a un sector industrial controlado por unos pocos productores.// Es la situación que puede producirse en un mercado cuando unos pocos ofertantes se enfrentan a muchos demandantes.

Oligopsinio:
Es la situación que se da en un mercado en que pocos compradores se enfrenta a un gran número de vendedores.

Ondas de Elliot:
El principio de las Ondas de Elliot forma parte del análisis técnico. Fue expuesto por R.N. Elliot en el año 1939 y se basa en la comprobación de que todos los fenómenos de la vida se desarrollan siguiendo unos ciclos que se repiten con gran regularidad. El principio de las Ondas de Elliot afirma que en un ciclo bursátil completo se producen ocho ondas, cindo en fase alcista y tres en fase bajista, produciéndose a su vez subondas secundarias y terciarias.

Onza:
Unidad de peso equivalente a 31,103 gr. que se usa en los mercados de metales preciosos, especialmente del oro. También se conoce como onza Troy.

OPA:
Acrónimo de Oferta Pública de Adquisición. Es una oferta de compra de acciones de forma pública e indiscriminada, con ánimo de adquirir una participación mayoritaria en una sociedad. El precio suele ser superior al del mercado para favorecer la aceptación totalmente voluntaria, que debe fijarse en un plazo establecido con anterioridad.

OPA de exclusión:
OPA que se realiza con el fin de sacar a una sociedad de bolsa.

OPA hostil:
OPA que realiza un accionista minoritario o un extraño a una sociedad sin conocimiento o aceptación previa por sus órganos sociales. A veces genera el lanzamiento de una contra-OPA por parte de la sociedad o de un caballero blanco.

Opción:
Es un contrato que se negocia en los mercados de futuros. Otorga al comprador el derecho, pero no la obligación, de comprar o vender una cantidad de acciones u otros activos financieros, durante un periodo de tiempo crea dicho derecho. Existen dos tipos de opciones la opción call y la opción put.

Opción americana:
Es un tipo de opción que puede ejercerse en cualquier momento hasta su vencimiento. La mayoría de opciones negociadas en los mercados financieros, como el Meff español, son opciones americanas.

Opción asiática:
Es una opción que toma como referencia la media de los cambios del activo subyacente y que permite reducir el precio de la opción.

Opción call:
Opción que permite al poseedor comprar acciones u otros activos financieros. Se traduce por opción de compra.

Opción europea:
Es un tipo de opción que sólo puede ejercerse al vencimiento.

Opción put:
Opción que permite al poseedor vender acciones u otros activos financieros. Se traduce por opción de venta.

Open interest:
En los mercados a plazo es el número de contratos que quedan sin cubrir o abiertos antes del vencimiento.

Operación:
Acto intencionado para negociar algo según unas reglas preestablecidas.

Operación a plazo:
Operación en un mercado de futuros, puede ser de divisas, acciones o materias primas.

Operación acordeón:
Reducción del capital social a cero y posterior ampliación de capital, que sirve para amortizar deudas con el capital social (reducción del capital) y para conseguir posteriormente un nuevo capital social (ampliación de capital).
Se usa solo en casos muy graves de sociedades fuertemente endeudadas, pero con posibilidades de sobrevivir una vez canceladas estas deudas.

Operación bursátil:
Ejecución de una orden de compraventa en el recinto de una bolsa de valores.

Operador:
Persona que interviene en una operación bursátil y que requiere una licencia para poder operar.

OPV:
Acrónimo de Oferta Pública de Venta. Es una oferta de venta de acciones realizadas públicamente, con ánimo de vender una participación significativa de una sociedad. Se utiliza frecuentemente para privatizar empresas públicas o para sacar empresas familiares a bolsa. La OPV puede realizarse por subasta o por aceptación de un precio fijo, en cuyo caso suele haber prorrateo o fijación de un límite por inversor.

Ordago:
Compra de un paquete de acciones minoritario, amenazando con presentar una oferta de adquisición de la mayoría del capital (OPA hostil), pero con el objetivo de vender ese paquete con beneficio. Es una operación de un tiburón financiero.

Orden:
Instrucción para actuar dada por una persona con poder suficiente.

Orden a cambio "alrededor" o "aproximado": 
La operación se realizará a un cambio que sea superior o inferior en un punto al último cambio conocido.

Orden a cambio convenido o limitado:
El cambio al que se desea realizar la operación es único y fijo.

Orden abierta:
Orden que se mantiene vigente hasta su ejecución o su cancelación por el ordenante.

Orden al día:
Orden válida sólo para el día indicado.

Orden al mercado:
Orden de compra o venta al mejor precio posible del mercado en el momento de ser recibida.

Orden al primer cambio:
Orden que ha de ser ejecutada al cambio de apertura del mercado.

Orden al último cambio:
Orden que ha de ser ejecutada al cambio de cierre del mercado.

Orden alternativa:
Orden en los mercados financieros que se halla unida a otra si se ejecuta la compra o venta la orden alternativa queda cancelada automáticamente.

Orden combinada:
Orden de compra o venta de varios valores negociables y que está condicionada al cumplimiento total de la orden.

Orden con límite:
El cambio dado en la orden es el máximo para comprar y el mínimo para vender.

Orden cuidando:
Orden que concede al intermediario bursátil la facultad de ejecución según su apreciación del momento bursátil.

Orden limitada:
Si la orden dada a un intermediario tiene limitaciones temporales o cuantitativas.

Orden por lo mejor (o al mejor cambio):
Es una orden sin límite por lo que la operación se realizará al mejor cambio posible, si es de compra el precio más bajo y si es de venta el más alto.

Orden sin fecha o hasta cancelación:
Orden válida hasta tanto no sea revocada.

Orden stop:
Orden en el que se fija un cambio máximo para la compra o un cambio mínimo para la venta a partir de los cuales el intermediario bursátil no está autorizado a comprar o vender más valores.

Orden todo o nada:
Orden limitada a que se ejecute todo el montante de la orden y en caso de no existir contrapartida completa y adecuada que no se realice la transacción ordenada.

Orden de bolsa:
Son las dadas a una Sociedad o Agencia de Valores y Bolsa para la compra o venta de valores cotizados en Bolsa cualquiera que sea el medio utilizado para su comunicación. Las órdenes deberán ser claras y con un contenido perfectamente identificable, en donde se establezca:
1) Identidad y código de identificación del ordenante;
2) Tipo de operación ordenada: compra o venta;
3) Identificación de los valores comprados o vendidos;
4) Cantidad de valores;
5) Plazo de validez de la orden, que recogerá la fecha límite de validez cuando la orden sea para más de un día;
6) Entidad a la que se dirige la orden;
7) Forma de ejecución de la orden, cuyas modalidades más importantes ( véanse )son:
a) Por lo mejor,
b) Con límite de cambio o precio,
c) A cambio alrededor o aproximado,
d) Órdenes ligadas y
e) Órdenes stop.

Orden ligada:
Orden que lleva consigo otra en cuanto se ejecute la primera. Normalmente se trata de operaciones concatenadas, así las de compra y venta o a la inversa de los mismos valores.

Oscilador:
Es una medida del análisis técnico de la evolución de los mercados que se basa en el cálculo de dos medias móviles una corta y otra larga y el oscilador es la diferencia existente entre las dos medias.

Oscilador acumulación/distribución:
Es un indicador del análisis técnico que está definido por la acumulación que es la transición entre una tendencia a la baja y una nueva tendencia al alza y por el término distribución que manifiesta lo contrario. Se calcula de la forma siguiente:
n = (Precio de cierre del período - Precio de apertura del período) / (Precio más alto del período - Precio más bajo del período);
A/D = A/D del período precedente + Volumen de este período x n.

Oscilador de Williams:
También se le denomina Oscilador %R y trata de medir las divergencias entre el precio de cierre y los precios más altos y más bajos de una serie de períodos. Su fórmula fundamental es similar a la del oscilador estocástico y es la siguiente:
%R = ( Max - U ) / ( Max - Mi ) x 100
Siendo U: el precio de cierre o precio último del período, Máx el máximo precio del período y Mi el mínimo precio del período considerado. El criterio general de interpretación es que si el %R es superior a 90 indica una señal de alza del mercado y si es inferior a 10 es señal de un mercado a la baja, esta señal deberá ser acompañada de una análisis de la divergencia entre la tendencia de los precios y el de este oscilador.

Oscilador estocástico:
Es un indicador en el análisis técnico que trata de adivinar una nueva tendencia del mercado partiendo de la medida de la divergencia existente entre el precio de cierre de cierre del mercado y los precios altos y bajos del mismo en una serie de períodos. Se le denomina también índice G.Lane u oscilador %K. La fórmula básica para la construcción de osciladores estocásticos es la siguiente:
%K = ( U - Mi ) / (Max - Mi ) x 100
Siendo U es el último precio del período, Mi es el mínimo precio del período, Max es el máximo precio del período. El criterio más general en el análisis de este oscilador es que si %K es mayor de 80 indica señal de venta y si es menor de 20 indica señal de compra.

OTC (over the counter):
Se dice generalmente del mercado paralelo de valores no cotizados en la Bolsa de Nueva York, aunque se ha normalizado el término también para designar los mercados paralelos no organizados.

Out of the money:
Se aplica a las opciones call (opciones de compra) cuando el precio del
ejercicio es inferior a la acción que le sirve de subyacente, e inversamente para las opciones put (opciones de venta). Es decir, al ejercer la opción se obtendrían pérdidas, por lo que es mejor perder la opción y no ejecutarla. Es la opuesta a in the money.



P.B.:
Abreviatura de punto básico.

Pacto:
Acuerdo firme y obligatorio entre dos o más partes.

Pacto de recompra:
Operación financiera por el que se compra o se vende un activo financiero (habitualmente un título de deuda pública) a un precio dado y a la vez se pacta la futura venta o compra del mismo activo a un precio fijado.

Pagar:
Entregar una cantidad de dinero en efectivo o medio pago equivalente para satisfacer una deuda u obligación.

Pagaré:
Documento privado por el que una persona se compromete a pagar a otra, o a su orden, una cantidad determinada en una fecha fija. Los pagarés más usuales son los bancarios, los de empresa y los del tesoro público.

Pagaré bancario:
Compromisos de pago a corto plazo emitidos por un banco a favor del tenedoe a la fecha de vencimiento.

Pagaré de empresa:
Deuda a corto plazo emitida por una sociedad industrial o comercial sin garantía bancaria. Es utilizado por empresas solventes con buena calificación de riesgo.

Pagaré del tesoro:
Deuda del estado con vencimiento inferior a dieciocho meses, emitida con descuento y al portador. Hasta hace pocos años servia como refugio de dinero negro al no ser obligatorio indicar el nombre del comprador. Actualmente ha desaparecido.

Pago:
Cumplimiento efectivo o abono de una obligación o deuda.

Papel:
Posición en bolsa que indica un exceso de la oferta sobre la demanda y que en situación límite puede impedir que se realicen operaciones. En bolsa habitualmente se llama papel a las acciones.

Papel bursátil:
Es equivalente a valores mobiliarios (acciones, obligaciones...)

Papel comercial:
Activos financieros a corto plazo emitidos por empresas privadas para hacer frente a sus déficits estacionales de tesorería o inversiones a muy corto plazo.

Papel de viudas:
Valores negociables emitidos por grandes empresass o por organismos públicos con muy poco riesgo y que pagan dividendos e intereses regularmente.// Inversión en valores mobiliarios de renta fija emitidos con garantía del Estado.

Papel financiero:
Efectos de comercio -letras, pagarés- emitidos para la formalización de una deuda bancaria.

Papel moneda:
Dinero emitido por la autoridad monetaria de un país sin respaldo de un metal precioso.

Paquete de acciones:
Dícese de un grupo de acciones, que en muchos casos permite el control de una sociedad.

Par:
Expresión que se emplea para indicar que un título cotiza en su valor nominal.

Paraiso fiscal:
Estado con una reglamentación fiscal y financiera muy laxa y que no mantiene ningún tipo de acuerdo fiscal o financiero con el resto de países. Generalmente son países pequeños y exóticos.

Participación significativa:
Es aquella participación detentada por una persona física o jurídica en una sociedad cotizada en bolsa que obliga a su comunicación a la Comisión Nacional del Mercado de Valores para su constancia registral.

Participaciones:
Nombre que reciben los títulos de propiedad de un fondo de inversión, sin valor nominal y cuyo valor liquidativo se publica diariamente por parte de la Sociedad Gestora.

Partícipes:
Nombre que reciben los ahorradores que invierten en un fondo de inversión. Los partícipes son copropietarios del patrimonio del fondo de inversión a través de las participaciones del mismo.

Paridad:
Compraventa de valores cotizables efectuada en bolsa con la mediación de un intermediario bursátil.

Pasivo:
Contablemente se interpreta como el conjunto de obligaciones o deudas que tiene contraidas una empresa.

Pasivo circulante
Se denomina pasivo circulante a las Cuentas del Balance que representan el "exigible a corto plazo" ejemplo: Proveedores de materias primas y auxiliares cuyo pago deba realizarse en un plazo máximo de 90 días fecha, créditos bancarios a corto plazo, acreedores diversos, efectos a pagar hasta 90 días fecha, intereses a pagar de obligaciones, dividendos pendientes de pago, provisión para impuestos etc..

Patrimonio:
Conjunto de bienes y derechos detentados por una persona física o jurídica.

Patrimonio financiero:
Parte del patrimonio de una persona o entidad invertido en los mercados financieros.

Patrimonio neto:
Son los bienes y derechos que poseee una persona física o jurídica dedudiendo las deudas.

Patrimonio social:
Son todos los bienes y derechos que posee una sociedad mercantil.

Pay-back:
Voz anglosajona que puede definirse como el tiempo que tarda en recuperarse el desembolso de una inversión o plazo de amortización. Se utiliza como un criterio de selección de inversiones considerando el factor tiempo.

Pay out:
Expresión inglesa que indica el porcentaje del beneficio neto que se distribuye en dividendos.

Per:

Acrónimo inglés de Price Earnings Ratio. Es el cociente entre la cotización de una acción y el beneficio neto por acción de la sociedad. Ratio muy usado para comparar valores o sectores o incluso distintas Bolsas de Valores.

Pérdida:
Saldo negativo de un negocio u operación. Es sinónimo de déficit.

Periodificación:
Es la fijación de un gasto o un ingreso al período concreto al que corresponde.

Periodo de canje:
Espacio de tiempo (generalmente 30 días) durante el cual en una ampliación de capital los poseedores de acciones antiguas pueden obtener las acciones nuevas según las condiciones de la ampliación de capital. Durante este periodo existe mercado en bolsa para los derechos de suscripción.

Periodo de carencia:
Plazo especial y no usual que se concede a determinados prestatarios para el inicio del pago de amortización o intereses de un préstamo.

Periodo de suscripción:
Periodo para suscribir nuevas acciones, transcurrido el cual se pierde el derecho para suscribir los nuevos valores.

Permuta:
Es el acuerdo o contrato por el cual cada uno de los permutantes se obliga a dar una cosa para recibir otra.
El Código Civil  lo define como el contrato por el cual cada uno de los contratantes se obliga a dar una cosa para recibir otra.

Permuta de divisas:
Véase " Swap de divisas ".

Permuta de tipos de interés:
Véase " Swap de tipo de interés".

Permuta financiera:
Véase la voz anglosajona " swaps". Se trata del intercambio de instrumentos financieros entre entidades de crédito

Peseta:
Moneda española de curso legal en España. Se simboliza con Ptas.

PIB:
Acrónimo de Producto Interior Bruto. Ver (Producto Interior Bruto).

Pignorar:
Dar en prenda o empeñar.

Píldora venenosa:
Medida de defensa que toma una empresa para dificultar una compra mediante una OPA hostil y que se pone en marcha al comprar la empresa.

PIPO
En el argot financiero equivale a punto básico.

Pirata:
Persona o empresa que incumple la legislación laboral y fiscal y compone la economía sumergida de un país.

Placing:
Termino anglosajón para designar la colocación previa de un valor entre inversores instituciones antes de entrar en el mercado secundario.

Plan de pensiones:
Contrato por el cual una entidad financiera se compromete a realizar unos pagos periódicos, para recibir a partir del momento de la jubilación (nunca antes) el dinero ahorrado y sus rendimientos. No se debe confundir con un Plan de jubilación.

Plaza:
Población o lugar donde se realiza un mercado.

Plazo:
Cada uno de los pagos regulares y parciales de una obligación. Periodo de tiempo fijado para el cumplimiento de una obligación o para la realización de un acto.

Plazo de recuperación de la inversión:
Véase " Pay-back".

Plazo de suscripción:
Ver periodo de suscripción.

Plusvalía:
Beneficio que se realiza al vender un activo a un precio superior al de su adquisición. Se llama plusvalía potencial o teórica a la calculada en función del precio de mercado, pero sin haber realizado la venta.

Point and figure:
Chart muy sencillo que representa sólo la cotización de cierre, prescindiendo del tiempo y del volumen de negocio.

Política:
Conjunto de actividades desarrolladas para conseguir un objetivo general o a largo plazo. Por ejemplo la política comercial de una empresa.

Política de dividendos:
Plan de actuación de una sociedad para distribuir sus beneficios entre los accionistas a través de los dividendos.

Política de rentas:
Conjunto de acciones gubernamentales de control económico que pretende influenciar mediante controles de salarios, precios, dividendos, alquileres, etc. Está en deshuso por ineficaz.

Política de tipo de cambio:
Conjunto de acciones gubernamentales de control económico que prentede influenciar la demanda mediante la fijación artificial de tipos de cambio de la moneda del país. Actualmente es de difícil aplicación debido a la independencia de los mercados financieros.

Política económica:
Conjunto de medidas de políticas fiscal, política de rentas, política de cambio y política monetaria que son manejadas por las autoridades económicas de un país para conseguir determinados objetivos macroeconómicos.

Política fiscal:
Conjunto de acciones gubernamentales de control económico que pretende influenciar la demanda mediante un plan de actuación de los gastos e ingresos públicos.

Política monetaria:
Conjunto de acciones gubernamentales de control económico que pretende influenciar la demanda mediante un plan de actuación sobre la cantidad de dinero existente en el sistema y sobre los tipos de interés.

Póliza de crédito:
Documento en el que se instrumenta un crédito financiero con la intervención de un fedatario público.

Póliza de valores:
Documento que emitido por el intermediario bursátil que acredita la titularidad de los valores adquiridos.

Ponderación:
Consideración equilibrada y compensada que se da a unos argumentos o valores de forma proporcional a su importancia. Por ejemplo el Ibex 35 es un índice ponderado en el que los títulos se consideran según su volumen de negocio.

Porcentaje:
Cociente o fracción expresado en tanto por ciento, que se representa por el símbolo %. Se calcula dividiendo el valor correspondiente entre el total que lo comprende y multiplicando por cien.

Portador:
Título o documento en el que no consta el titular y pertenece a la persona que lo tiene en su poder.

Posición:
Disposición para comprar o vender en bolsa. Cuando se está en posición compradora. Por el contrario cuando se tienen títulos en cartera y se desea venderlos se dice que se está en posición vendedora.

Posición corta:
Posición en la que se está, en los mercados a plazo, al efectuar ventas al descubierto.

Posición dinero:
Exceso de demanda de títulos por exceso de dinero o falta de papel, que puede llegar a impedir realizar operaciones. Es lo contrario de posición papel.

Posición larga:
Posición en la que se está, en los mercados a plazo, al efectuar compras.

Posición papel:
Exceso de oferta de títulos por falta de dinero o exceso de papel, que puede llegar a impedir realizar operaciones. Es lo contrario de posición dinero.

Potencial:
Posible, pero todavía no real.

Precio:
Valor en dinero de un bien.

Precio bursátil:
Valor en términos monetarios de los valores negociables cotizados en Bolsa.

Precio competitivo:
Es el precio establecido en un mercado financiero de libre concurrencia.

Precio comprador:
Es el precio que el comprador pagará por la adquisición de un activo financiero.

Precio constante:
Es el precio corriente de un valor corregido con el índice de precios con el objeto de calcular el efecto que la inflación ha tenido a lo largo del tiempo considerado sobre el precio actual.

Precio justo:
En Bolsa se entiende que los valores negociables valen lo que por ellos se paga y se considera justo cuando no intervienen más factores que los que condicionan la oferta y la demanda.

Precio limpio:
Es el precio de un activo descontando los intereses corridos o los dividendos devengados y no cobrados.

Precio medio ponderado:
Es un procedimiento de determinación de las existencias finales en almacen por el cual se determina un precio medio de compra de los stocks adquiridos a distintos precios para determinar el coste de ventas y beneficio realizado.

Precio teórico del futuro:
El precio teórico del futuro es el precio que tenga el activo subyacente en la actualidad más el coste de financiar el activo menos el dividendo que reparte.
Ptf = Precio actual + coste de financiación - dividendo repartido.

Precio /cash flow:
Véase " P/CF - Precio/Cash Flow".

Precio/ valor contable:
Véase " P/VC - Precio/valor contable"

Precio de cierre:
Ultimo precio de compra-venta que se ha hecho de un título en bolsa antes de cerrar la sesión.

Precio de emisión:
Es la cantidad por la que la entidad emisora esta dispuesta a ceder sus valores en la emisión.

Precio de ejercicio:
Es el precio al cual el poseedor de una opción tiene el derecho a comprar o vender las acciones o títulos.

Precio de mercado:
Precio en el que se iguala la oferta y la demanda. Se llama cotización en los mercados financieros.

Precio teórico:
Precio de una acción teniendo en cuenta la situación real de una sociedad, sus beneficios, ventas, etc. y excluyendo la apreciación subjetiva que le puede dar el mercado. También se conoce como precio según libros.

Predicción:
Análisis racional de lo que va a suceder. Es más correcto el término previsión.

Prenda:
Derecho sobre bienes, cuya finalidad es garantizar el cumplimiento de una obligación a crédito.

Prenda de acciones:
Constitución de garantía de acciones dadas en prenda al acreedor para garantizar una obligación.

Prenda de valores mobiliarios:
Constitución de garantía prendaria sobre valores mobiliarios.

Préstamo:
Contrato por el que una de las partes entrega a la otra dinero u otra cosa fungible con la condición de devolver otro tanto de la misma especie y calidad. Habitualmente lleva consigo el pago de interés.

Previsión bursátil:
Análisis del curso de las cotizaciones de los valores con el fin de deducir de ellos una tendencia.

Prima:
En los mercados a plazo es el precio pagado por el comprador de opciones al vendedor por adquirir el derecho a comprar una sola acción. Como cada contrato es de cien acciones el precio al contado es cien veces la prima. En general la prima es el exceso que se paga sobre el valor teórico de un activo financiero.

Prima de amortización:
Dícese del premio concedido a los títulos, normalmente obligaciones y bonos, que son amortizados anticipadamente al plazo normal fijado en las condiciones de emisión. Es usual en el contrato de emisión que se haya previsto que parte de la emisión se amortice anticipadamente en sorteos periódicos y que se conceda a los títulos amortizados una prima.

Prima de conversión:
Diferencia que existe entre el cambio de una obligación convertible y el cambio de la acción a la que da derecho la conversión.

Prima de emisión:
Sobreprecio sobre el valor nominal con el que se emiten las nuevas acciones para compensar el mayor valor que tienen las acciones antiguas existentes en el mercado y compensar a los accionistas por la dilución del valor de las acciones.

Prima de riesgo:
Diferencial de tipos de interés de la deuda de un país con respecto a otro. También se llama riesgo-país. Por ejemplo las obligaciones a diez años, españolas tienen un tipo de interés más alto que las alemanas y esta diferencia es la prima de riesgo o riesgo-país.

Privatizar:
Vender al sector privado de la economía un activo propiedad del sector público. Se aplica especialmente a empresas públicas y es lo contrario de nacionalizar.

Producto Interior Bruto:
Conocido como PIB, es el valor total de los bienes y servicios producidos en un país en un periodo de tiempo determinado, deduciendo lo consumido en la producción.

Producto financiero:
Activo financiero creado para su venta a inversores. Es sinónimo de instrumento financiero.

Pronóstico:
Análisis fundamental de lo que va a suceder en función de los datos que se conocen o de situaciones similares.

Prorrata:
Cuota o porción que corresponde a cada una de las partes que intervienen en el reparto de un activo financiero, realizando el cálculo en proporción a la cantidad que cada uno debe pagar o percibir. No implica que las partes sean iguales.

Prorrateo:
Prorrata que se aplica en los repartos en que es mayor la cantidad demandada que la ofrecida. Por ejemplo: alguna Oferta Pública de Venta (OPV).

Protocolo:
Acuerdo entre dos o más partes.

Prospección:
Exploración de posibilidades ocultas o futuras basada en indicios presentes.

Puja:
Cantidad que ofrece un licitador en una subasta.

Pull back:
En análisis chartista movimiento en contra de la dirección prevista que se forma al romper una línea de resistencia, pero es de corta duración y en realidad confirma la dirección prevista. Por ejemplo al romper una resistencia, la cotización cae de nuevo hasta la resistencia convertida en soporte y luego inicia su movimiento alcista.

Punto:
Cantidad de dinero que se utiliza como unidad mínima al determinar el valor de un activo financiero.

Punto básico:
Se usa al referirse a diferenciales de tipos de interés y se abrevia por P.B. Es cada una de las centésimas, un uno por ciento de forma que cien puntos básicos equivalen a un cien por ciento.

Punto muerto:
Nivel de rentabilidad de una empresa a partir del cual comienza a tener beneficios.

Punto y figura:
Véase " Gráfico de punto y figura".

Put:
Opción de venta de un valor mobiliario.




Quebranto:
Pérdida o daño de mucha entidad.

Quiebra:
Estado legal de una sociedad que hace perder la disposición y administración de sus bienes, y que según un criterio jurídico se procede a la liquidación del patrimonio de la sociedad para el reparto entre los acreedores, como consecuencia de la incapacidad de la sociedad para hacer frente a las deudas contraídas en el ejercicio de su actividad.

Quiebra fraudulenta:
La declarada por el juez como consecuencia de la realización por parte de la empresa de una serie de maniobras en evidente perjuicio de los acreedores.

Quita:
Convenio entre acreedor y deudor por el que este paga una parte de su deuda y aquel renuncia a su derecho sobre el resto.

Quorum:
Número de miembros de un consejo o cuerpo deliberante que ha de encontrarse presente para que los acuerdos adoptados tengan validez.



Raider:
Nombre inglés que se da a los tiburones financieros.

Random Walk:
Voz anglosajona que puede traducirse por " camino aleatorio". Se denomina también " hipótesis del mercado eficiente", que supone que el mercado de valores descuenta toda la información que afecte a los valores de forma inmediata por lo que ningún inversos se encuentra en mejor posición que otros.

Rating:
Palabra inglesa que se puede traducir como clasificación. En Economía y finanzas se utiliza preferentemente para clasificar las sociedades por su solvencia financiera.

Ratio:
Palabra inglesa muy utilizada en economía y finanzas que se puede traducir como relación o proporción entre dos magnitudes financieras.
 
Ratio bursátil:
Relación entre dos magnitudes bursátiles que puede expresarse en forma de un cociente o de un porcentaje.

Ratio de autonomía financiera:
Es la relación entre los recursos propios y el pasivo exigible. Expresa la cantidad de recursos propios de la empresa para hacer frente a sus deudas o pasivo exigible.

Ratio de cobertura:
En los mercados de productos derivados es el número de contratos de futuros y opciones que es preciso contratar para cubrir el riesgo del activo subyacente.

Ratio de disponibilidad:
Es la relación del disponible de una empresa para hacer frente a sus deudas a corto plazo y se expresa así:
Ratio de Disponibilidad = Disponible/Exigible a corto plazo.

Ratio de endeudamiento:
Es la relación entre el total de las deudas y el pasivo de la sociedad. Determina la proporción de deudas de la empresa. Sus valores óptimos se sitúan entre el 0,5 (50 %) y el 0,6 (60 %).

Ratio de gastos financieros:
Es la relación entre los gastos financieros y las ventas. Su valor óptimo ha de ser menor de 0,04 (4 %), pero en el sector eléctrico, que está muy endeudado, el valor óptimo es 0,4-0,5 (40-50 %).

Ratio de liquidez:
Es la relación entre el activo circulante y el pasivo circulante. El valor óptimo es dos (200 %).

Ratio de rentabilidad del capital:
Es la relación entre el beneficio neto total de la sociedad y su capital social.

Realizable:
Capítulo del Balance de una empresa que recoge las partidas correspondientes a primeras materias, materias en curso de transformación y productos terminados y las cuentas de clientes y deudores.

Realizar:
Venta de un activo financiero a cambio de efectivo. Es sinónimo de vender. Por ejemplo si se venden acciones y se obtienen beneficios, se dice que se realizan beneficios, por el contrario si se vende con pérdidas se realizan pérdidas.

Realizar beneficios:
Operación de venta de títulos, cuando con esta venta se materializan las ganancias por diferencia de precios entre las ventas y las compras.

Realizar pérdidas:
Operación de venta de títulos, cuando con esta venta se materializan las pérdidas por diferencia de precios entre las ventas y las compras.

Recargo:
Cantidad adicional que se debe pagar por obtener un servicio especial o compensar un daño producido.

Recesión:
Disminución de la actividad económica de un país dentro de sus ciclos económicos. Técnicamente se produce una recesión cuando el crecimiento del PIB es negativo de forma consecutiva durante tres trimestres. Cuando la recesión es muy profunda y prolongada se llama depresión.

Recomendación:
Consejo o sugerencia que da una casa de bolsa o un analista financiero sobre un producto financiero o sobre tomar una posición en un mercado financiero. La única garantía que tiene es el prestigio de la casa de bolsa o el analista financiero.

Recompra:
Operación de compra hecha para atender una venta en descubierto por un error o haberlo hecho en un número excesivo de valores.

Recorrido:
Diferencia entre el precio más alto y más bajo de un valor negociable durante un período de tiempo considerado.

Recorte:
Descenso ligero de las cotizaciones

Rectángulo:
En análisis chartista es una figura de equilibrio en espera de definir tendencia que se forma entre un soporte y una resistencia, ambas horizontales.

Recuperación:
Elevación sucesiva de los cambios a partir de un descenso previo.

Recursos ajenos:
Fondos externos utilizados por la empresa para su financiación.

Recursos financieros:
Es el conjunto de medios financieros que tiene una empresa para financiar la adquisición de los elementos de su activo.

Recursos permanentes:
Véase " Fondos permanentes".

Recursos propios:
Capital más reservas de una sociedad.

Redescuento:
Descuento realizado de un título adquirido al descuento anteriormente.

Rédito:
Equivale a " interés".

Reducción de capital:
Acto formal por el cual se reduce el capital social de una sociedad, disminuyendo el valor nominal de las acciones o amortizando una cierta proporción de ellas.

Reembolso:
Devolución o pago de principal de una emisión de títulos de renta fija, de una deuda o en general de una cantidad debida.

Reestructuración de la deuda:
Cambio de las condiciones pactadas de un crédito o préstamo de forma favorable al deudor para aprovechar la coyuntura del mercado.

Refinanciación:
Sustitución de un crédito o préstamo por uno nuevo a su vencimiento. La refinanciación se puede hacer para aprovechar condiciones mejores del mercado.

Regalía:
Cantidad que ha de pagarse por el uso de una propiedad industrial, patente, marca, etc., registrada a nombre de otro. En ingles se llama royalti.

Reintegro:
Cantidad retirada de una cuenta corriente o de cualquier depósito en una institución financiera.

Reinversión:
Acción de invertir nuevamente los beneficios obtenidos en bolsa.

Remanente:
Se aplica a veces como sinónimo de beneficio, aunque en términos financieros estrictos es el saldo final de una cuenta.

Rendimiento explícito:
Se aplica a los títulos de renta fija con pagos periódicos de interés que se liquidan por años vencidos. Por ejemplo los Bonos y Obligaciones del Estado.

Renovable:
Se aplica a los títulos de renta fija que pueden ser prolongados en su vigencia una vez vencido el plazo normal de duración.

Renta:
Beneficio que rinde anualmente un bien.

Renta de valores:
Rendimiento producido por la tenencia de valores, bien en forma de intereses, dividendos, venta de derechos, primas de asistencia a juntas, primas de amortización,...

Renta fija:
Conjunto de activos financieros que tienen una rentabilidad fija (bonos, pagarés, etc). La renta fija no implica la seguridad de cobro, que depende de la solvencia del emisor.

Renta variable:
Expresión genérica que se aplica al mercado de acciones. Se llama así porque la rentabilidad depende del pago variable de los dividendos el cual a su vez depende de los beneficios de la sociedad y de su política de dividendos.

Rentabilidad:
Obtención de beneficios en una actividad económica o financiera. Es una de las características que definen una inversión junto con la seguridad y la liquidez.

Rentabilidad por accionista:
Es la que relaciona el beneficio distribuido por la sociedad entre sus accionistas con los capitales realmente aportados por ellos.

Rentabilidad real:
Rentabilidad calculada teniendo en cuenta teniendo en cuenta el valor del dinero en el tiempo.

Rentista:
Persona que recibe rentas de la inversión de sus ahorros.

Repo:
Nombre con el que se conoce en los mercados financieros las operaciones con pacto de recompra. También denominadas operaciones de dobles.

Reserva Federal:
Organismo que en Estados Unidos desarrolla las funciones de Banco Central.

Residente:
Persona física o jurídica con domicilio en un país a efectos legales y fiscales. El residente puede tener la nacionalidad del país o ser extranjero.

Resistencia:
En análisis chartista es la línea recta que no puede ser superada por la curva de cotizaciones y que marca la tendencia de las cotizaciones. Puede ser horizontal o inclinada.

Resultados:
Cifra que se obtiene deduciendo de los ingresos todos los gastos, incluyendo amortizaciones, minusvalías, etc. Si el resultado es positivo se llama superavit o beneficio y si es negativo se llama déficit o pérdida.

Resultados extraordinarios:
Resultados no generados por las operaciones normales y típicas del objeto social de la empresa. Por ejemplo en un banco, las ventas de oficinas antiguas.

Resultados ordinarios:
Resultados generados por las operaciones normales y típicas del objetivo social de la empresa. Por ejemplo un fabricante de coches, las ventas de los mismos.

Retención:
Conservación de parte de una cantidad que se debe pagar para garantizar el cumplimiento de alguna obligación, generalmente de tipo fiscal. Por ejemplo los dividendos tienen una retención a cuenta del 25 %, que es la diferencia entre el dividendo bruto y el dividendo neto.

Retribución:
Recompensa o pago por algún servicio o condición.

Retroactividad:
Capacidad que tiene una decisión de surtir efecto respecto a situaciones pasadas en el tiempo.

Revalorización:
Incremento del valor de un activo financiero.

Revaluación:
Aumento del tipo de cambio de una divisa, bien de forma continuada en los mercados de divisas o de forma brusca por decisión política en mercados con cambio oficial.

Riesgo país:
Nombre con el que también se conoce la prima de riesgo de un país.

Roa:
Acrónimo de Return On Assets. Establece la rentabilidad en función del tamaño de la sociedad, dividiendo el beneficio neto entre el activo total.

Roe:
Acrónimo de Return On Equity. Establece la rentabilidad sobre recursos propios, dividiendo el beneficio neto entre el capital más las reservas.

Roll over:
En los mercados de futuros, término inglés que determina el traspaso de posiciones de un contrato que finaliza a otro que todavía tiene lejano su término.

Royalti:
Ver Regalía.

RSI (Relative Streeght Index)
Conocido como indicador de Fuerza Relativa. Es un indicador que mide en cada momento la fuerza con que actua la oferta y la demanda. El RSI se expresa en porcentaje, es decir es un oscilador que se mueve entre el cero por ciento y el cien por cien, siendo cincuenta por ciento la zona neutro.





S.A.:
Acrónimo de Sociedad Anónima. Son las únicas sociedades que pueden cotizar en bolsa.

Sala de cambios:
Espacio físico donde trabaja el departamento de arbitrajes.

Saldo:
Cantidad resultante de compensar el debe con el haber de una cuenta, pudiendo ser positivo o negativo.

Saldo acreedor:
Saldo que figura en el haber de una cuenta o crédito. Es un saldo positivo.

Saldo deudor:
Saldo que figura en el debe de una cuenta o crédito. Es un saldo negativo.

Salir a bolsa:
Proceso dirigido a que las acciones de una sociedad coticen en bolsa y se puedan comprar y vender libremente. También se conoce como Entrar en Bolsa.

Salón de contratación:
Ver sala de cambios.

Saneamiento:
Venta o liquidacion de activos improductivos, reducción de personal, etc, con el fin de recortar gastos o pérdidas en una sociedad y potenciar sus actividades más lucrativas y mejorar de esta forma los resultados.

SEC:
Acrónimo de Securities and Exchange Commission. Organismo creado en 1934 que ejerce el control y vigilancia sobre el conjunto de bolsas en USA. Es el equivalente a la CNMV española.

Secreto bancario:
Obligación de las entidades financieras de mantener la confidencialidad respecto a sus clientes y sus operaciones.

Sector bursátil:
Conjunto de valores agrupados por su actividad u objeto social, que aparecen conjuntamente en los boletines de cotización y en la información bursátil y que permite definir singularmente el comportamiento de cada uno los sectores.

Sector primario:
Es aquel sector económico que agrupa al conjunto de actividades ligadas a la transformación del medio natural: agricultura, pesca, minería y actividad forestal.

Sector público:
Conjunto de instituciones, actividades y servicios en donde la Administración Pública y el Estado desarrollan un papel esencial.

Sector secundario:
Es aquel sector económico que agrupa al conjunto de actividades destinadas a la transformación de las materias primas en bienes productivos o consuntivos, se le denomina también sector industrial.

Sector terciario:
Es aquel sector económico que agrupa al conjunto de las actividades productoras de servicios como el comercio, hostelería, turismo, comunicaciones, sector bancario y financiero, seguros, etc.., se le denomina también sector servicios.

Securitización:
Dícese de la tendencia de los bancos comerciales en el mercado financiero internacional de sustituir su actividad de préstamos y créditos por la emisión y colocación de valores así como la organización, control, gestión y asesoramiento de nuevas emisiones de empresas.

Segunda ventanilla:
Mercado interbancario que permite al banco central de un país, una inyección de liquidez extra, mediante el descuento de Pagarés del Tesoro y pólizas de crédito.

Segundo mercado:
Mercado bursátil establecido en algunos países para sociedades, con menos requisitos de información y de movimiento de acciones.

Seguridad:
Carente de riesgo o de peligro. Es una de las características que definen una inversión con la rentabilidad y la liquidez.

Series de Fibonacci:
Series creadas por el matemático italiano Leonardo de Pisa (1175-1250) conocido como Fibonacci, que descubrió una serie numérica en que cada número es la suma de los dos anteriores (1, 1, 2, 3, 5, 8, 13,...) y que se puede aplicar a los fenómenos naturales, entre ellos a la bolsa.

Serpiente monetaria:
Nombre periodístico que se da a la forma en que se relacionan las divisas de los países dentro de unas determinadas bandas de fluctuación fijadas por el Sistema Monetario Europeo (SME).

Sesión de bolsa:
Cada uno de los periodos hábiles para la contratación de títulos establecido por una Bolsa de Valores.

SIB:
Securities and Investment Board, ejerce el control y vigilancia sobre las bolsas del Reino Unido. Es el equivalente a la CNMV española.

SICAV:
Acrónimo de Sociedad de Inversión de Capital Variable.

SIM:
Acrónimo de Sociedad de Inversión Mobiliaria.

Simulación:
Representación simplificada de la realidad de un proceso económico en un modelo. El modelo se utiliza para intentar visualizar relaciones de causa efecto y realizar predicciones.

Sindicación:
Condición de las operaciones financieras suscritas o respaldadas por varias instituciones que actúan en grupo.

Sindicato de accionistas:
Asociación de los accionistas de una sociedad para la defensa de sus intereses frente a otros accionistas o terceros. Obliga a los sindicados entre si, pero no a la sociedad frente a ellos.

Sindicato de colocación:
Agrupación de varios bancos o entidades financieras que, por medio de pacto se reparten los títulos de una emisión y los riesgos de la operación, asegurando además la colocación.

Sindicato de emisión:
Véase " Sindicato de colocación".

Sindicato de garantía:
Agrupación de entidades financieras que se encarga de la colocación de una emisión de valores haciéndose cargo de los títulos sobrantes que no se hayan podido colocar entre los suscriptores.

Sindicato de obligacionistas:
Asociación que se constituye obligatoriamente por Ley en cada emisión y puesta en circulación de obligaciones y que tiene por objeto la defensa de los titulares de obligaciones.

Sindicato financiero:
Véanse " Sindicato bancario" y " Sindicato de colocación".

Sinergia:
Cooperación de personas u organizadores para realizar una función de forma más efectiva que si se mantuviesen independientes.

Sistema:
Grupo de elementos o componentes interdependientes que pueden ser identificados y tratados como un conjunto.

Sistema bancario:
Conjunto de instituciones financieras de depósito de un país. Incluye los bancos, las cajas de ahorro, la banca oficial, cooperativas de crédito y el banco central.

Sistema crediticio:
Conjunto de instituciones crediticias de un país. En España está integrado por el Banco de España, el sistema bancario, y las entidades de crédito oficial.

Sistema financiero:
Conjunto de regulaciones, normativas, instrumentos, personas e instituciones que operan y constituyen el mercado de dinero y el mercado de capitales de un país.

Sistema monetario:
Conjunto de instrumentos, instalaciones y reglas que rigen el mercado monetario de uno o varios países. El sistema monetario tiene como función regular la liquidez de una economía.

Sistema monetario europeo:
Acuerdos e instituciones que regulan las relaciones entre las divisas de los principales países de la UE desde marzo de 1979. Su objetivo es establecer una zona de estabilidad monetaria que facilite el comercio al evitar fluctuaciones violentas y favorecer la integración económica.

Sistema monetario internacional:
Conjunto de instituciones, instrumentos y medios de pago que componen la liquidez y la tesorería internacional. El sistema monetario recoge la filosofía y los principios económicos que rigen la fijación de los cambios y la resolución de los desequilibrios en la balanza de pagos.

SME:
Acrónimo de Sistema Monetario Europeo.

Sobre la par:
Suscripción o compra de una acción a un precio superior a su nominal o al 100%.

Sobrevaloración:
Precio de venta superior al verdadero valor de los títulos.

Sociedad:
Entidad colectiva con personalidad jurídica propia, instituida mediante contrato que reune a varias personas que se obligan a poner en común bienes o industrias con ánimo de lucro. Las sociedades pueden ser civiles o comerciales.

Sociedad anónima:
Sociedad de carácter mercantil en la que el capital está dividido en acciones e integrado por las aportaciones de los socios que no responden con un patrimonio personal a las deudas de la sociedad.

Sociedad civil:
Sociedad formada según las normas jurídicas y que no tiene por objeto la consecución de fines mercantiles. También se conoce como sociedad sin animo de lucro.

Sociedad creadora de mercado:
Ver Sociedad de contrapartida.

Sociedad de Bolsa:
Sociedad que asesora y administra carteras y entidades de inversión colectiva, realizan colocaciones privadas y públicas y en general intermedia en operaciones bursátiles. Tiene que estar registrada en la CNMV y no pueden realizar operaciones en nombre propio a diferencia de las Agencias de Bolsa.

Sociedad de cartera:
Sociedad anónima cuyo objetivo exclusivo es la compra venta de participaciones accionariales en otras sociedades con el fin primordial de inversión. Actúan sólo como socio financiero, sin controlar la gestión de sus empresas participadas a diferencia de la sociedad tenedora.

Sociedad de contrapartida:
Sociedad que crea un mercado secundario para un título de renta fija o variable, aumentando su liquidez. También son conocidas como sociedades creadoras de mercado.

Sociedad de inversión mobiliaria:
Sociedad de cartera de capital fijo o variable cuyo objeto social consiste en la compra venta de títutlos y que cotiza en bolsa. La legislación española les exige ciertos requisitos en cuanto al mínimo de capital, número de accionistas, etc., a cambio de ventajas fiscales. Se conocen como SIM.

Sociedad de inversión de capital variable:
Sociedad de cartera que tiene como objetivo la compraventa de participaciones de Fondos de inversión. Es un fondo de fondos. Se conoce como SICAV.

Sociedad filial:
Sociedad en que más del 50 % de su capital social pertenece a una sociedad o grupo de empresas, llamada sociedad tenedora o sociedad matriz.

Sociedad gestora:
Sociedad anónima encargada de administración y gestión de un Fondo de Inversión (FIM). Presta sus servicios a cambio de una comisión de gestión que suele ser una cantidad porcentual sobre el volumen de fondos administrados.

Sociedad instrumental:
Sociedad interpuesta que se constituye generalmente con un pequeño capital social para cubrir un objetivo fiduciario de limitación de responsabilidad.

Sociedad matriz:
Sociedad tenedora que encabeza un grupo de empresas controlando su propiedad, bien directamente o a través de otras filiales. Habitualmente la sociedad matriz consolida en sus balances y cuenta de resultados las de sus filiales.

Sociedad mediadora en el mercado de dinero:
Sociedad autorizada por el Banco de España cuya función es crear mercados secundarios actuando por cuenta propia en el mercado monetario. Su cartera de activos está constituida fundamentalmente por Letras del Tesoro y otros activos financieros a muy corto plazo y se refinancia tomando fondos del mercado interbancario o con líneas de la banca privada. También realiza operaciones con pacto de recompra (Repos).

Sociedad mercantil:
Sociedad constituida según las normas jurídicas mercantiles y que tiene por objeto la realización de operaciones de comercio con fines lucrativos.

Sociedad participada:
Sociedad en la que más del 20 % y menos del 50 % de su capital pertenece a otra sociedad o grupo de empresas. Se puede llegar a controlar la gestión, pero no se consolida el balance completo, pero si los fondos propios y los resultados del ejercicio.

Sociedad pública:
Sociedad en que el estado controla su gestión a través de un paquete mayoritario de acciones.

Sociedad tenedora:
Sociedad anónima cuyo objetivo principal es la tenencia de participaciones accionariales en otras sociedades con el fin primordial de controlar su gestión. Para ello debe poseer más del 50 % del capital de una o varias sociedades. Cuando la sociedad tenedora no depende de otra, se llama sociedad matriz.

Socio:
Persona que en asociación con otra u otras, constituye una sociedad mercantil con fines de lucro, participando en las pérdidas y beneficios. Cuando es socio de una sociedad anónima se usa el término accionista.

Solvencia:
Capacidad de pagar las deudas a su vencimiento. Su opuesto es la insolvencia.

Sopera:
Nombre con el que también se conoce la figura chartista llamada suelo redondeado.

Soporte:
En análisis chrtista línea recta en la que se apoyan los mínimos de la curva de cotizaciones y que indica la tendencia de los títulos. Puede ser horizontal o inclinada y su opuesto es una resistencia.

Sostenido:
En el mercado bursátil equivale a un mercado cuyos precios no bajan.

Split:
Reparto de un activo financiero en varias partes iguales, de forma que el conjunto de estas partes vale igual que el activo financiero antes de su división.

Standard and Poor´S:
Es un índice de la Bolsa de Nueva York que sirve de subyacente en los mercados de futuros. Está compuesto por los quinientos títulos con mayor capitalización bursátil.

Stop loss:
Orden de venta, dentro del análisis chartista, que obliga a vender si la cotización pierde un nivel prefijado. Se puede traducir como alto a las pérdidas.

Strike:
Palabra inglesa que en los mercados de opciones se traduce por precio del ejercicio.

Strip:
Nombre que reciben los bonos segregados. Son bonos u obligaciones del estado en los que es posible la segregación de sus cupones y el principal, con lo que aparecen títulos con rendimiento implícito que se negocian de forma separada.

Subasta:
Sistema de venta basado en la competencia directa y generalmente pública de los compradores para presentar una oferta mayor. El bien subastado se adjudica al comprador que más dinero haya ofrecido por él. La subasta puede ser en sobre cerrado y se adjudica a la mejor oferta sin posibilidad de mejorarla una vez conocida.

Subordinada:
Se aplica a los activos financieros (deuda, hipoteca, etc) cuyo tipo de interés está directamente relacionado con un índice financiero (mibor, etc.), de forma que el tipo de interés no es fijo y sigue al índice al que está subordinado. También se llama indicación.

Subrogación:
Sustitución de una persona por otra en el ejercicio de unos derechos o en el cumplimiento de unas obligaciones que corresponden al sustituto.

Subsidiaria:
Ver sociedad filial.

Subyacente:
Título o activo financiero sobre el que se efectúa la negociación de una opción. Ambos cotizan de forma paralela en mercados financieros diferentes: el subyacente en un mercado al contado y la opción en un mercado de futuros.

Suelo durmiente:
En análisis chartista es una figura alcista que forma la curva de cotización en títulos de poca capitalización bursátil. Es el caso extremo del suelo redondeado por escasez de volumen y movimiento de la cotización. Es una figura chartista que a veces tarda años en completarse.

Suelo redondeado:
En análisis chartista es una figura alcista que se forma generalmente en periodos de poca actividad bursátil y es una figura muy lenta que se caracteriza por un movimiento en mínimos casi horizontal excepto en el momento del break out o ruptura de la figura. Su figura opuesta es el top redondeado.

Suscribir:
Comprometer la compra de títulos de renta fija o variable.

Suspensión de pagos:
Estado legal de una sociedad declarada por el juzgado a solicitud de una empresa provisional o definitivamente insolvente.

Swap:
Instrumento financiero consistente en un contrato sobre un producto derivado que permite una permuta financiera. Por ejemplo: permite pasar una deuda en una divisa a otra de tipo de interés fijo o a uno flotante, etc.




T-Bond:
Bono del tesoro, generalmente a 10 y 30 años, emitido por el Departamento del Tesoro de USA. Equivalente al Bono español.

TAE:
Acrónimo de Tasa Anual Equivalente. Tipo anual efectivo, que fija de manera precisa el coste total del dinero tomado a crédito de las entidades financieras, incluyendo el porcentaje nominal, más el recargo resultante por la modalidad de amortización, y la incidencia de la comisión de apertura, etc. Su inclusión expresa en todas las operaciones de crédito, es una obligación legal en multitud de países, incluida España.

Talonario:
Libro donde se conservan las matrices de las acciones emitidas físicamente./ Libro de cheques.

Tancredos:
Denominación en lengua castellana que se utiliza para designar a los inversores inmovilistas, aquellos que no se ocupan de su cartera de valores o bien los que poseen bienes o valores de los que obtienen una cierta rentabilidad por lo que prefieren no arriesgarse en busca de mayores rendimientos.

Tanto efectivo del emisor:
Tipo al que resulta una emisión de valores de renta fija a la entidad emisora que es distinto al tipo definido en la emisión ya que se incrementa con los gastos a su cargo derivados de la propia salida al mercado en oferta pública (publicidad, tasas, folletos informativos, corretajes, comisiones de colocación, aseguramiento, estudio, asesoramiento etc..)

Tanto efectivo del obligacionista:
Es la rentabilidad efectiva del suscriptor de una emisión de obligaciones o bonos. Coincidirá normalmente con el tipo de interés real de la emisión pero puede no coincidir siendo menor cuando existan gastos a su cargo o mayor cuando la emisión se realiza por debajo de la par.

Target:
Equivale a Trans-European Real-Time Gross Settlement Express Transfers que podría traducirse como Sistema Transeuropeo de Pagos Brutos en Tiempo Real. Es el sistema para la realización de pagos en "euros" y permitirá a todos los Estados miembros participantes interconectados realizar transferencias transfronterizas por toda la Unión Europea con valor del mismo día. Los países que no participen en la moneda única podrán conectarse al TARGET para realizar operaciones en "euros".

Tarifas:
Representan el cuadro de comisiones que perciben los miembros de los mercados financieros por su actividad.

Tarjeta de crédito:
Tarjeta de plástico que permite a su titular la adquisición de bienes y servicios y la obtención de dinero efectivo a crédito o con cargo a su cuenta.

Tasa:
Proporción de un activo financiero medido en unidades de otro activo.

Tasa anual equivalente:
Ver TAE.

Tasa de cambio:
Precio de una divisa medida en unidades de otra. Equivale al al tipo de cambio o cotización de la divisa.

Taza con asa:
En análisis chartista es una figura alcista consistente en dos suelos redondeados, el segundo más pequeño que el primero y que dibuja el perfil de una taza y su asa.

Techo:
Es el mayor de los precios de un valor o un mercado representando gráficamente una tendencia alcista.

Tedencias:
Dirección en que se mueven las cotizaciones de las acciones y otros activos financieros. Se distinguen tendencias primas, tendencias segundarias, y tendencias terciarias, pudiendo ser alcistas, bajistas y horizontales.

Tendencia primaria:
Tendencia que dura más de un año y abarca toda la fase alcista o bajista de un ciclo bursátil completo. Puede durar varios años y varios ciclos económicos completos y son las tendencias a muy largo plazo.

Tendencia secundaria:
Son interrupciones dentro de las grandes tendencias primarias y por consiguiente se mueven en sentido contrario a ellos. Pueden durar de tres semanas a tres meses aunque es un dato relativo y en bolsa se interpreta como una tendencia a medio plazo.

Tendencia terciaria:
Más que una tendencia es un movimiento de muy corta duración debido a situaciones coyunturales o especulativas. Duran un máximo de dos o tres semanas y se consideran corto plazo. Si todavía son más cortos, menos de una semana, se consideran de muy corto plazo.

Tenedor:
Poseedor legítimo de un título o valor.

Tenedor de acciones:
Persona física o jurídica propietaria de acciones. Equivale a accionista.

Teoría Dow:
Teoría formulada por Charles H. Dow en 1897 que se basa en el movimiento del índice Dow Jones y asegura que cuando el Dow Jones de industriales, alcanza un máximo o un mínimo, el índice Dow Jones de transportes no debe tardar en seguirle, de lo contrario se considera falso o erróneo.

Términos monetarios:
Se usa en macroeconomía para definir el crecimiento de un dato económico con respecto a otro más antiguo, sin descontar el crecimiento del índice de inflación que se ha producido entre ambos. También se usa en términos nominales.

Términos reales:
Se usa en macroeconomía para definir el crecimiento de un dato económico descontando la inflación, pues si no se descuenta la inflación hablaríamos en términos monetarios o nominales.

Tesorería:
Liquidez o disponibilidad de medios líquidos en la caja de una sociedad o entidad de crédito.

Tesoro Público:
Conjunto de los recursos financieros de la administración del estado, ya sean dinero, valores o créditos obtenidos tanto en operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias. El Tesoro Público es el cajero del estado

Testaferro:
Persona que aparece como titular en un negocio o contrato, cuando en realidad solo presta su nombre a otro que es el verdadero negociador o contratante. Equivale a fiduciario u hombre de paja.

Tiburón:
Especulador que compra acciones de una sociedad con una cotización baja para controlarla y luego vender sus activos principales o sus filiales, pensando que la empresa dividida vale más que en su forma actual.

Tick:
Término inglés que equivale a punto. En mercados de futuros se llama tick a la unidad mínima que se puede mover al alza o a la baja una opción o futuro.

Tipo:
Relación entre variables económicas de forma que no se expresa en forma absoluta, sino relativa de una con respecto a otro. Por ejemplo un interés de siete pesetas sobre cien pesetas, representa un tipo de interés del siete por ciento.

Tipo de cambio:
Es el precio de una moneda expresada en relación a una moneda extranjera. El tipo de cambio se establece en el mercado de cambios en función de la oferta y demanda de los agentes económicos y de la intervención de las autoridades monetarias.

Tipo de depósito:
Es el tipo de interés que se paga a los clientes de pasivos por la colocación de sus depósitos.

Tipo de descuento:
Es el tipo de interés al que el Banco Central descuenta el papel de los bancos. En Alemania el tipo de descuento junto con el tipo lombardo forma parte de los tipos directores fijados por el Bundesbank.

Tipo de emisión:
Es el tipo de emisión de los valores calculado en porcentaje.

Tipo de interés:
Coste del uso del dinero en un crédito, préstamo u otra obligación financiera. Generalmente se fija en forma de una tasa porcentual anual.

Tipo de intervención:
Es el tipo al que se adjudican las subastas decenales de compra de certificacos de depósito del Banco de España que están en poder de las entidades financieras. Es el tipo oficial del dinero en España.

Tipo diario:
Son los registrados en las intervenciones que realiza el Banco de España en el mercado con sus certificados o con otros títulos de deuda pública de su cartera. Tiene una trascendencia menor, debido a su mayor volatilidad, que el tipo de intervención.

Tipo lombardo:
Es el tipo de interés al que los Bancos centrales prestan de forma extraordinaria a los bancos para cubrir las necesidades de liquides diaria. En Alemania junto con el tipo de descuento forma parte de los tipos directores fijados por el Bundesbank.

Tipo preferencial:
Tipo de interés que los bancos cobran a sus mejores clientes. Es por tanto la tasa mínima de coste de crédito en un banco y sirve de referencia para fijar los tipos de interés al resto de clientes.

Tipos de interbancario:
Ver Mibor.

Tipos directores:
Tipos de interés, compuestos por el tipo de descuento y el tipo lombardo, que fijan el tipo oficial en Alemania. Los tipos directores los fija el Bundesbank y el tipo de descuento es el suelo y el lombardo el techo.

Tir:
Acrónimo de Tasa Interna de Rendimiento.

Titular:
El que tiene un bien en propiedad, como acciones, depósitos, etc.

Titulización:
Incorporación de una deuda no negociable en un título negociable.

Título:
Documento necesario para ejercitar el derecho literal y autónomo mencionado en él. También se conoce como título-valor. Por ejemplo: las acciones son títulos.

Título negociable:
Título que puede ser comprado o vendido.

Tocar fondo o techo:
En términos bursátiles se dice que los cambios ha tocado fondo cuando, en un periodo de baja de los mismos, se presume que ya no bajaran mas porque parece que la baja se detiene. A la inversa, en un periodo de alza, se dice que los cambios han tocado techo.

Top:
En análisis chartista es la parte más alta alcanzada por la curva de cotizaciones antes de que empiece a bajar. Cuando se forman dos o tres máximos seguidos se llama doble top o triple top y constituyen figuras de cambio de tendencia. La figura opuesta es el Bottom.

Top redondeado:
En análisis chartista es uan fígura bajista que se forma generalmente en títulos de elevada capitalización bursátil y es una figura lenta que se caracteriza por un movimiento de la curva de cotizaciones en máximos casi horizontal y un volumen elevado. Su figura opuesta es el suelo redondeado.

Tormenta financiera:
Nombre periodístico de una crisis financiera en los mercados monetarios o de divisas.

Transacción:
Operación de compraventa en bolsa

Transparencia:
Cualidad del mercado bursátil por la que todos los compradores conocen las propuestas de los vendedores y viceversa. Se aplica a un mercado financiero o a una operación que no tiene partes ocultas que limiten el libre ejercicio de las leyes de la oferta y la demanda.

Triángulos:
En análisis chartista es una figura de equilibrio en espera de definir tendencia, que se forma entre una resistencia y un soporte que convergen en un punto futuro, formando un triángulo.

Triángulo alcista:
En análisis chartista es el triángulo formado por un soporte ascendente y una resistencia horizontal o ascendente. Es la figura chartista contraria al triángulo bajista.

Triángulo bajista:
En análisis chartista es un triángulo formado por una resistencia descendente y un soporte horizontal o descendente. Su figura contraria es el triángulo alcista.

Tributo:
Prestación monetaria obligatoria regida por el principio de legalidad, del cual se sirve el estado u otro ente público para obtener los medios económicos necesarios para el cumplimiento de sus fines. Los tributos se clasifican en tasas, impuestos y contribuciones especiales.

Triple hora embrujada:
Nombre que se da en Wall Street al momento en que se realizan las liquidaciones mensuales de opciones sobre índices y que habitualmente producen una elevada volatilidad.

Trueque:
Cambio directo de unos bienes por otros, sin utilización de dinero u otro medio de pago.

Turbulencia:
Efecto de una tormenta financiera sobre un mercado financiero.

Tunel:
Estrategia sobre derivados que consiste en adquirir una opción call y vender una opción put. Así se consigue una zona plana de protección ante bajadas inesperadas del mercado.



UE:
Acrónimo de Unión Europea.

UEM:
Acrónimo de Unión Económica y Monetaria.

Ultimo cambio:
Es equivalente a " Cambio de cierre".

Unidad de cotización:
Situación que se da en el mercado continuo bursátil donde un valor no puede ser cotizado en este mercado y además en las Bolsas tradicionales.

Unión Económica y Monetaria:
Acuerdos alcanzados en la cumbre europea de Maastrich que finaliza en 1999 con la existencia de una moneda única: el euro.

Unión Europea:
Organización internacional creada por el tratado de Roma en 1957, a la que se unió España en 1986 y que agrupa a quince estados europeos. Su principal objetivo económico es la libre circulación de mercancías, personas y capitales y la creación de un espacio económico común (Banco Central europeo, moneda única, etc). Sus órganos de actuación son la Comisión, el Parlamento, el Consejo de Ministros y el Tribunal de Justicia.

Usufructo:
Derecho de usar la cosa ajena y aprovecharse de todos sus frutos con la condición de conservar su forma y sustancia.

Usufructo de acciones:
Es un derecho real que recae sobre acciones y que permite al usufructuario la obtención de los frutos derivados de la titularidad de acciones -dividendos y otros derechos de contenido económico.

Usufructo de valores mobiliarios:
Es un derecho real sobre los valores que permite al usufructuario la obtención de los frutos de los mismos (dividendos, intereses y otros).

Usufructo temporal:
Es el usufructo cuya duración es por un plazo determinado.

Usufructo vitalicio:
Es el usufructo cuya duración es la de la vida del usufructuario.

Usura:
Interés del dinero prestado que excede del establecido por la ley o por uso normal. Es ilegal.

Utilidad:
Satisfacción de necesidades que se obtiene por la utilización de un bien. Se usa como sinónimo de beneficio.

 



Validar:
Dar fuerza o firmeza a una cosa, hacerla válida.

Valor:
Utilidad de un bien que permite recibir en equivalencia una determinada cantidad de dinero, es subjetivo y se cuantifica en el momento de la compraventa. En bolsa se usa como sinónimo de sociedad o empresa.

Valor actual:
Resultado de descontar cantidades futuras de la cantidad presente, utilizando una determinada tasa de descuento. Esta tasa de descuento refleja los tipos de interés del dinero y el elemento de riesgo que existe en la operación.

Valor Alfa:
Parámetro definido en la teoría financiera de cartera de valores que explica la parte de la variación del rendimiento de una acción que no tiene relación con los osciladores del índice general del mercado. Se completa con el valor beta.

Valor Beta:
Parte de la variación de una acción, según la teoría de cartera de valores, que está relacionada con el comportamiento del índice bursátil. Una acción con un valor beta elevado subirá más rápidamente que la media de la bolsa cuando el índice suba y viceversa. Se completa con el valor alfa.

Valor bursátil:
Dícese del valor de un título en bolsa.

Valor contable:
Valor de una sociedad, y consecuentemente de cada una de sus acciones, según se desprende de los libros de contabilidad. Se trata de un valor histórico actualizado, deducidas las amortizaciones y el pasivo exigible. Generalmente el valor contable no coincide con el valor bursátil. También se conoce como valor según libros.

Valor cotizado:
Valor admitido a negociación en bolsa.

Valor de Cotización:
Cambio de un valor en bolsa.

Valor de emisión:
Precio al que se pone en circulación un valor.

Valor de liquidación:
Valor de los activos cuando se venden de forma independiente.

Valor efectivo:
Valor de mercado de un título.

Valor liquidativo:
En los Fondos de inversión es el valor de las participaciones. Diariamente la Sociedad Gestora valora el patrimonio del Fondo de Inversión y lo divide por el número de participaciones, obteniendo el valor liquidativo de cada una de ellas.

Valor nominal:
En los títulos o acciones es la cantidad consignada en cada uno de ellos y representa el importe que la Entidad emisora reconoce haber recibido.

Valorar:
Evaluar, dar precio a un bien.

Valores cotizados:
Acciones y obligaciones admitidas a cotización en una bolsa de valores oficial.

Variabilidad:
Fluctuación de las cotizaciones de un valor de modo acusado en torno a una línea de tendencia

Vencimiento:
Fecha de amortización o pago de intereses de los valores de renta fija.// Fecha de finalización y cancelación de una operación financiera.

Vendi:
Documento que acredita la conformidad de la venta por parte del vendedor con su firma y haciendo constancia de haber recibido el precio de la operación.

Venta bursátil a crédito:
Operación bursátil por la que una persona vende al contado una determinada cantidad de valores que no posee, entregando sólo un porcentaje inicial de garantía del importe de la venta: Transcurrido el plazo establecido, entregará la totalidad de los valores vendidos a crédito. El vendedor a crédito recibe como préstamo los valores, haciendo un depósito inicial de efectivo en garantía.
El mecanismo del préstamo se rige por los deseos del inversor que cree que los valores van a bajar transcurrido el plazo del préstamo y por ello los quiere vender ahora. Al no poseerlos se los prestan y, posteriormente, transcurrido el plazo del préstamo, los recompra a un precio inferior para devolverlos al prestador. La diferencia entre uno y otro precio le permite un beneficio que le compensa del riesgo de la operación y de los gastos financieros del préstamo de valores obtenido. El vendedor a crédito es un inversor bajista, ya que su beneficio se producirá por una bajada de las cotizaciones de los valores prestados. 

Venta al descubierto:
Venta que se realiza sin compra previa de títulos, esperando un descuento de la cotización para poderlos comprar más tarde a un menor precio y saldar la venta con beneficios. Se ha de realizar en los mercados a plazo.

Venta de valores:
Operación de enajenación de valores mobiliarios. Para efectua la venta de valores no cotizados es necesario en muchos casos acudir a un fedatario público- Corredor de Comercio o Notario- para formalizar la documentación contractual.

Veto:
Derecho que tiene una persona o sociedad a impedir la aprobación de un acuerdo.

Verificar:
Comprobación de la realidad de un hecho. En materia de inversiones extranjeras es un trámite administrativo para la comprobación por parte de la Administración de la realidad de la inversión y de sus circunstancias específicas.


Vinculante:
Que une, que obliga. Se aplica a una ley o disposición que ha de ser observada por un determinado sujeto o grupo de sujetos para los cuales ha sido creada.

Viva voz:
Procedimiento de contratación tradicional utilizado en las bolsas españolas y que consiste en manifestar las posiciones de oferta y demanda en voz alta.

Volatilidad:
Medida y grado de oscilación alrededor de un valor medio. Se usa en los mercados financieros para diferenciar los activos financieros estables de los que no lo son.

Volumen de negocio:
Cantidad de títulos contratados en un mercado financiero en una sesión. Se usa especialmente en las bolsas de valores e indica la actividad de las mismas. También se conoce como volumen de contratación.




Wall Street:
Nombre de la calle (calle del muro) en que está ubicada la Bolsa de Nueva York.

Warrant:
Son opciones emitidas por una institución financiera sobre la forma de un título. En sentido financiero las opciones y los warrants son lo mismo.

Y
Yankees:
Son bonos denominados en dólares emitidos por instituciones financieras internacionales.

Yen:
Moneda correspondiente al Japón que por la importancia de su economía tiene gran relevancia en los mercados internacionales de divisas y en operaciones financieras internacionales.

Yield:
Nombre en inglés que expresa la rentabilidad de una sociedad en función del dividendo. Se obtiene como la razón entre el dividendo y la capitalización.
Z
Zero coupon:
Término anglosajón que designa la obligación con cupón cero

Zona de congestión:
En análisis chartista es la zona de fluctuación en los máximos de la curva de cotizaciones. Generalmente indica un traspaso de títulos de las manos fuertes a las manos débiles.

Zona de expansión:
En análisis chartista es una banda existente una vez superada una línea de resistencia en un tres por ciento, y que se considera una zona de seguridad, de forma que hasta que no se supere, esta zona, no se considera confirmada la ruptura de la línea de resistencia.

Zona de fluctuación:
En análisis chartista, son las zonas limitadas por un soporte y una resistencia entre las cuales se mueve la cotización. Si se forma en los mínimos de la curva de cotizaciones se llama zona de resistencia y si se forma en los máximos zona de congestión.

Zona de resistencia:
En análisis chartista es la zona de fluctuación en los mínimos de la curva de cotizaciones. Generalmente indica un traspaso de títulos.