A
cambio contenido:
Esta
orden de Bolsa se da simultáneamente por las partes que actúan
la transacción (compradora y vendedora) pues, entre ellas, han
pactado ya de antemano la operación. Puede asimilarse a una
aplicación ordinaria, es decir, cuando un solo miembro de la
Bolsa recibe órdenes de compra y venta que pueden casarse.
Conforme a la normativa vigente este tipo de operaciones está
sometido a ciertas restricciones. Es frecuente este tipo de
operaciones en valores que no coticen en mercados organizados o
que tengan su contratación suspendida o en el supuesto de Opas en
donde el cambio ya está marcado en la propia oferta pública de
adquisición.
A cuenta:
Es el pago parcial, por anticipado, de una determinada
deuda: o la entrega por el comprador al vendedor de una fracción del precio
de la compra.
A
dinero:
Dícese
de una opción negociable en el que el precio de ejercicio de la
misma se corresponde con el precio actual del activo subyacente.
A la ejecución:
Orden de compra o venta de valores que deja al agente
mediador, que realiza la operación, en libertad de fijar el cambio a la que
aquella deba realizarse, al no haber fijado previamente el ordenante, un
cambio límite.
A
futuro:
Referido
a los valores negociables supone un contrato de compraventa en el
que, aun cuando el precio de la misma se pacta en el momento de su
realización, la entrega de los títulos no se llevará a cabo hasta
una fecha posterior, previamente convenida.
A la par:
Contratación de un valor en Bolsa a su precio nominal.
La cotización a la par se identifica con el número índice de 100. Cambio
o cotización equivalente al 100% del valor nominal del título.
A la vista:
Se aplica este término a la obligación representada por
medio de un efecto o documento exigible al deudor cuando se le presenta.
También se denominan así las cotizaciones (de monedas o mercancías) para
entrega inmediata.
A voluntad:
Es una cláusula por la que en las operaciones
bursátiles a plazo, condicionales, si bien el comprador o vendedor quedan
obligados de forma definitiva se reservan el derecho de liquidar la
operación en cualquier fecha, dentro del plazo convenido, a condición de
avisar con una antelación de 24 horas.
Abandonar
la opción:
Posición del comprador de
una opción de renuncia a la operación convenida.
Abandono:
Revocación de una orden.//
Dícese del caso en que el comitente se retire de su posición en
las operaciones con prima, no quedando pues obligado por dicha
operación con el pago de la prima.
Abandono
de cuentas y valores:
Se consideran bienes
abandonados por sus titulares y pertenecientes al Estado: los
valores, dinero y demás bienes inmuebles, constituidos en
depósito en toda clase de entidades financieras, respecto de los
cuales no se haya practicado gestión alguna por los interesados
que implique ejercicio de su derecho de propiedad en 20 años.
Abandono
de prima:
Es la situación de un
comprador de opciones que renuncia a retirar los valores o el
contrato abandonando o pagando una prima.
Abono:
Apunte contable practicado
en el haber de una cuenta.
Absorción:
Adquisición de una empresa por otra. A diferencia de la
fusión, que presupone un cierto acuerdo entre las partes, en la absorción
la empresa absorbente desempeña un papel hegemonónico. Proceso de integración del activo y pasivo de una
sociedad en otra.
Abstinencia, teoría de la:
La que considera la remuneración del capital por medio
de interés como una consecuencia del sacrificio que para el capitalista
supone la renuncia temporal a su disfrute. Enunciada por Nassau William
Senior.
Acaparamiento:
Práctica monopolística tendente al encarecimiento de un
producto mediante la congelación de su oferta.
Acaparamiento
de un mercado o valor:
Compras masivas de un valor
negociable por un inversor con el objeto de manipular su precio.
Es una situación que cada vez se controla más y se regula en los
mercados organizados de valores.
Acción: (Share)
Parte
alicuota del capital. Cada una de las partes en que está dividido el
capital escriturado de una sociedad anónima. Pueden ser nominales o al
portador, pudiendo diferenciarse series distintas por su valor nominal o por
el contenido de sus derechos.
Acción
a la par:
Acción
emitida al valor nominal de la acción.
Acción
al portador:
El
titular justifica su tenencia por la posesión del título. Sistema
de representación en títulos de carácter anónimo frente a la
acción nominativa en que se designa al titular..
Acción amortizable:
Ver acción de disfrute.
Acción
Anotada:
Sistema de representación
de las acciones mediante anotaciones en cuenta.
Acción Antigua:
(Old share)
Al producirse una ampliación de capital por medio de la
cual la sociedad emitirá acciones nuevas, a las acciones que estaban ya de
antes cotizando en bolsa se les da el nombre de acciones antiguas (o viejas)
para no confundirlas con las recién emitidas. Esta diferenciación es
debida, a que las acciones nuevas tienen unos derechos económicos
reducidos, mientras que las acciones antiguas los tienen plenos. Durante el
tiempo que existan esas diferencias, permanecerán los dos nombres.
Acción común:
Ver acción.
Acción
con dividendo acumulativo:
Es la que da derecho a su
titular a recibir conjuntamente con el dividendo no pagado en un
año el devengado el año siguiente, acumulándose ambos
dividendos.
Acción
con dividendo garantizado:
Acción que garantiza a su
titular un dividendo mínimo anual.
Acción
con dividendo prioritario:
Es un tipo de acción que
carece de derecho de voto pero en compensación goza de un
dividendo suplementario que no tienen las acciones ordinarias. Si
en un período establecido no se reparten dividendos la acción
recupera su derecho de voto.
Acción
con opción:
Acción que incorpora un
derecho de opción de compra o venta.
Acción
con opción de recompra:
Es un tipo de acción que su
suscriptor tiene derecho a una opción de venta al emisor a un
precio fijo en un período determinado.
Acción con prima:
Se llama así en los aumentos de capital a las acciones
nuevas emitidas en las que se exige a los suscriptores un desembolso
superior al valor nominal de los títulos, representativo (en teoría) de la
plusvalía adquirida por el activo social y destinado a mantener la igualdad
económica entre los viejos y los nuevos accionistas. Acción que se emite
por un valor superior al nominal.
Su finalidad puede ser
doble:
1) reforzar la capacidad
patrimonial de la sociedad y
2) no disminuir el valor
contable de las acciones tras una ampliación de capital.
Acción
con restricción transmisiva:
Es una acción que no es
libremente transmisible bien porque esté sujeta a un derecho real
de prenda, a un pacto de prohibición de disponer o de reserva de
dominio o como consecuencia de restricciones legales o
estatutarias.
Acción
con voto plural:
Acción que confiere a su
titular más de un derecho de voto en las Junta General.
Acción
concertada:
Grupo de inversores que
acuerdan secretamente la toma de control de una empresa y, para
ello, cada uno compra individualmente una cantidad de acciones
pequeña pero que conjuntamente permite controlar la sociedad o
tomar una decisión en común.
Acción
concertada:
Acción que permite a su
titular la posibilidad de convertir la acción en otros valores
emitidos por la misma sociedad.
Acción
congelada:
Es aquella acción que por
motivos excepcionales tanto de la propia empresa emisora o del
país de emisión sus dividendos y fondos han sido bloqueados y no
pueden recibirse en forma de remuneración a los accionistas. Esta
situación se ha dado en empresas con oscuras actividades en
blanqueo de capitales de actividades ilícitas o en supuestos de
guerra o bloqueo internacional de países.
Acción
cotizada:
Acción admitida a
negociación en los mercados organizados de valores.
Acción
dada en prenda:
Acción sobre la cual recae
un derecho real de prenda y que no es libremente disponible hasta
tanto no haya vencido la obligación garantizada o autorice el
acreedor garantizado su venta.
Acción
de aportación:
Son las emitidas para
entregar a los accionistas que han realizado aportaciones no
dinerarias.
Acción de cuota:
Es aquella en la que su valor, por contraposición a las
acciones de suma, no se expresa numéricamente en dinero, sino en forma
decimal por referencia a una cuota parte del capital social. En definitiva,
el valor nominal, aun no figurando en el título, puede determinarse sin
más que una operación aritmética.
Acción de disfrute:
Surgen como consecuencia de operaciones de reducción de
capital con cargo a beneficios o reservas libres con amortización de los
primitivos títulos y entrega de unos nuevos a los antiguos titulares, que
las facultan para seguir participando en los beneficios.
Acción de goce:
Ver acción de disfrute.
Acción de gracia:
Ver acción de disfrute.
Acción de industria:
Ver acción de trabajo.
Acción de oro:
Cuando el estado privatiza una sociedad pública, suele
reservarse ciertos derechos para poder controlar algunas decisiones de la
sociedad privatizada. A esta reserva que se hace el estado es a la que en
términos coloquiales y en la prensa se le conoce con el nombre de acción
de oro.
Acción de trabajo:
Surgió en el derecho francés con la finalidad de
asociar en la empresa al personal a través de una participación en
beneficios. En la práctica española esta finalidad se alcanza por una
doble vía:
· A través de las denominadas "prestaciones accesorias" y que pueden atribuir derecho a participar en beneficios.· Mediante la entrega de acciones liberadas al personal.Acción de voto plural: Es la que está dotada de un mayor número de votos que otras acciones de igual valor nominal. En la ley de Sociedades Anónimas Española (art.38) se dice expresamente: "en ningún caso será lícita la creación de acciones de voto plural".
Acción desembolsada:
Dícese de la acción suscrita y cuyo valor nominal ha
sido íntegramente ingresado en la caja social. La legislación española en
este punto no admite la existencia de la sociedad por el hecho sólo de
suscribirse su capital. Es exigible que cada una de las acciones que
integran el capital de la sociedad esté, al menos, desembolsado en una
cuarta parte.
Acción en cartera:
Es aquella acción que no ha sido suscrita por persona
alguna y, por tanto, no ha sido puesta en circulación al tiempo de
constituirse la sociedad, reservándose como un fondo de maniobra para su
colocación por los administradores de la sociedad sin cumplir los
requisitos exigibles al aumento del capital.
Acción ex derecho:
Dícese de aquélla respecto de la cual se ha ejercitado
el derecho de suscripción preferente, o de la que se ha vendido el
correspondiente cupón.
Acción liberada:
Se dice de la acción por la
que el accionista no desembolsa nada en suscripción, ya que la emisión se
hace con cargo a reservas libres. También conocida como acción gratuita.
Acción
no cotizada:
Acción
no admitida a negociación en los mercados bursátiles organizados.
Acción
no liberada:
Acción
en la que aún no se ha desembolsado la totalidad de su valor nominal,
en este caso y según establece el artículo 52 de la Ley de
Sociedades Anónimas deberán ser nominativas hasta tanto no se haya
enteramente desembolsado su importe.
Acción nominativa:
Acción que designa como titular a una persona
determinada, por lo que es de legitimación personal. El valor designa
directamente a su legítimo tenedor.
Acción nueva: (New share)
Cuando hay una ampliación de capital en la sociedad, a
las acciones que se emiten se les da el nombre de acción nueva. Esto es
así para poder distinguirlas de las acciones que ya existían cotizando en
la bolsa, puesto que durante algún tiempo ambas tendrán distintos derechos
económicos. Una vez que finaliza el periodo en que ambas acciones coexisten
teniendo distintos derechos, la acción nueva pasa a convertirse en acción
antigua también.
Acción ordinaria:
Ver acción.
Acción preferente:
Es aquella que confiere un derecho especial a su titular.
Recibe también el nombre de obligación participativa.
Se trata de un título que es intermedio entre la acción y la obligación y
que tiene una retribución fija siempre y cuando el emisor logre obtener
unos beneficios mínimos.
Acción privilegiada:
Acción que a diferencia de las ordinarias, concede a su
poseedor ventajas o privilegios en relación con los derechos de socio,
salvo el derecho de voto. En España su creación es libre al constituirse
la sociedad, pero durante la vida de ésta se condiciona severamente. La Ley
española las prohíbe en determinados tipos de sociedades, como es el caso
de Bancos, financieras, sociedades de inversión mobiliaria, sociedades de
empresas…
Acción sin valor nominal:
Son de origen norteamericano. A diferencia de la
concepción europea de la acción donde subsisten, generalmente difiriendo,
valor real y valor nominal, éstas no tienen otro valor que el efectivo. En
España se encuentran prohibidas ya que su admisión contradiría el
principio de realidad y estabilidad del capital social. La Ley de Sociedades
Anónimas (art. 11.3.f) exige la constancia en los estatutos del valor
nominal de las acciones en que se divide el capital. Exigiéndose que en el
título conste su valor nominal.
Acción sin voto:
Estos títulos tuvieron su origen en los ordenamientos
anglosajones, para los que el derecho de voto no es consustancial a la
condición de accionista, enderezados fundamentalmente a garantizar el
dominio de la sociedad por una minoría.
En el derecho positivo español se encuentran proscritas
(art. 39 de la Ley de Sociedades Anónimas).
Acción sindicada:
Es un término empleado para referirlo a los títulos
encuadrados en convenios celebrados por los accionistas con la finalidad de
crear mayorías estables que aseguren en lo posible una política social
determinada o de garantizar la transmisión de los títulos entre los
titulares asociados (sindicatos de mando o bloqueo).
Acción
sintética:
Compra de una opción de
compra y venta simultánea de una opción de venta sobre el mismo
activo subyacente y con el mismo vencimiento.
Acción
soporte:
Esta acción constituye el
activo subyacente de los contratos de opción sobre acciones, es
el valor sobre el cual se lleva a cabo la negociación en los
mercados de opciones.
Acción subyacente:
Esta relacionada con los mercados de opciones. Se trata
de la acción que se toma como base a la hora de crear un contrato para
efectuar la negociación de una opción o futuro.
Si una sociedad que cotiza en bolsa, figura también en
el mercado de opciones, las acciones de esta sociedad que están cotizando
en la bolsa, son acciones subyacentes de los contratos de opciones y
futuros.
Acción vieja:
Véase acción antigua.
Accionariado:
Conjunto de accionistas de una sociedad anónima.
Accionista: (Stock Holder)
Es el nombre que reciben los dueños de una o más
acciones. En definitiva es el nombre que se les da a los socios de cualquier
sociedad anónima.
Accionista
mayoritario:
Accionista que detenta la
mayoría de los derechos de voto del capital de una empresa.
Existen mecanismos legales de protección al accionista
minoritario en la Ley de Sociedades Anónimas.
Accionista
minoritario:
Accionista que detenta una
participación pequeña en el capital de una empresa.
Aceleración:
Repentino aumento de la
velocidad en los movimientos de las cotizaciones de un valor
negociable.
Acordeón:
Figura que hace referencia a una reducción de capital
social a la que sigue una ampliación con fondos frescos aportados a la
empresa. Se realiza para acomodar el capital social a una previa situación
de pérdidas, para seguidamente inyectar nuevos recursos. En ocasiones, la
operación se aprovecha por el grupo mayoritario de una sociedad a fin de
desembarazarse de pequeños accionistas.
Acreedor:
El que tiene acción o derecho a pedir el cumplimiento de
alguna obligación. Sus derechos se hallan reconocidos, en las cuentas de
pasivo del deudor.
Acta:
Relación escrita de lo sucedido, tratado o acordado en
una junta.
Acta de cotización:
Es el documento oficial emitido por los representantes de
la Bolsa o cualquier otro establecimiento donde se compran y vendan bienes o
servicios. Contiene el precio o precios que han alcanzado en el acto de la
cotización los bienes intercambiados.
Acta de transferencia:
Es el documento mediante el cual el agente mediador
comunica a la sociedad emisora de títulos, el nombre y datos del adquirente
de acciones de la sociedad con el fin de efectuar, en el libro de registro
de la misma, su inscripción como titular legítimo de las acciones
compradas.
Activo:
Conjunto de bienes y
derechos pertenecientes a una sociedad. Es la parte del balance que recoge los saldos deudores de
las cuentas, representando en unidades monetarias, lo que la empresa posee,
o bien el empleo que se ha dado al conjunto de recursos financieros que
figuran en el pasivo del balance.
Activo
amortizable:
Elementos
del activo inmovilizado cuyo valor disminuye por su uso, deterioro
natural, o cualquier causa excepto las exclusivamente monetarias.
Activo
circulante:
Es
la parte del activo compuesta por tesorería ( caja, cuentas
corrientes bancarias), otros activos cuasilíquidos y bienes que se
consideran que pueden realizarse en breve plazo o consumirse dentro
del ciclo normal de producción.
Activo
contingente:
Es
un activo financiero cuya cotización está en función del precio de
otro activo denominado básico.
Activo
cuasimonetario:
Es
un activo de gran liquidez y convertible rápidamente en efectivo
dinerario.
Activo
disponible:
Es
la parte del activo de que dispone la empresa para ser utilizados
inmediatamente para hacer frente a sus obligaciones de pago. Véase
" Activo líquido ".
Activo
ficticio:
Elementos
del activo sin valor de realización. Se incluyen los gastos de
constitución y de emisión y las pérdidas y ganancias de saldo
deudor.
Activo
fijo:
Es
el activo no circulante. Forman parte del mismo los bienes destinables
a la actividad de la empresa, pero que no se consumen en la misma,
amortizándose durante la vida del bien.
Activo
Financiero:
Nombre
genérico que se da a las inversiones en títulos valores.
Activo
funcional:
Es
la parte del activo que colabora , conforme a los fines y objetivos de
una empresa, en la producción de la misma.
Activo
intangible:
Son
elementos inmateriales que son valorables económicamente: concesiones
, fondo de comercio, derecho de traspaso, etc.
Activo
líquido:
Activo
en forma de dinero o de depósitos bancarios a la vista.// Activo que
puede realizarse rápidamente en dinero sin pérdida de su valor.
Activo
material:
Son
los elementos patrimoniales tangibles que se integran en el patrimonio
de una persona física o jurídica.
Activo
monetario:
Activo
de total liquidez, equivalente inmediato a efectivo dinerario.
Activo
real:
Son
los elementos del activo distintos del activo ficticio. Elementos del
activo que tienen un valor real.
Activo
realizable:
Son
los elementos del activo circulante realizables en un corto plazo.
Activo
subyacente:
Activo
que sirve de soporte o definición en un contrato de futuros o de
opciones. El activo de soporte tiene una fuerte incidencia sobre el
valor del contrato de futuros o de opciones al que sirve de base. El
activo subyacente puede ser el activo en sí mismo o un índice de
activos.
Activos
rendimientos con rendimiento explícito:
Son aquellos en los que el
rendimiento viene expresado por los intereses o cualquier otra
forma de retribución expresamente pactada como contraprestación
a la utilización o captación de recursos ajenos que son los
tradicionales (certificados de depósito, imposiciones a plazo
fijo, obligaciones, bonos, etc...). Desde la perspectiva fiscal
estarán obligados a retener e ingresar en el Tesoro Público el
porcentaje (25%) que se establezca en cada momento de los
rendimientos explícitos las personas físicas o jurídicas que
abonen este tipo de rendimientos. Se consideran rendimientos del
capital mobiliario y tributan en él
Activos
financieros con rendimiento implícito:
Se incluyen en esta
categoría aquellas operaciones cuyo rendimiento se fije total o
parcialmente, de forma implícita (el rendimiento es la diferencia
entre el importe satisfecho en la emisión, primera colocación o
endoso y el comprometido a reembolsar al vencimiento) a través de
documentos tales como letras de cambio, pagarés, bonos,
obligaciones, cédulas y cualquier otro título similar utilizado
para la captación de recursos ajenos. Se incluyen como
rendimientos implícitos las primas de emisión, de amortización
o reembolso. Desde la vertiente fiscal procede la retención en el
porcentaje establecido en la suscripción inicial por el
rendimiento antes definido y en las sucesivas transmisiones por la
diferencia entre el precio pagado y el de reembolso. Se
considerará desde la perspectiva fiscal, como activo financiero
con rendimiento implícito, cualquier instrumento de giro, incluso
los originados en operaciones comerciales, a partir del momento en
que se endose o transmita, salvo que el endoso o cesión se haga
como pago de un crédito de proveedores o suministradores. Se
consideran los rendimientos explícitos como rendimientos del
capital mobiliario, se integran en la base imponible del sujeto
pasivo y tributan en el Impuesto sobre la Renta.
Activos
financieros con rendimientos mixtos:
Es un tipo de activo
financiero que tiene rendimientos compuestos, es decir implícitos
y explícitos, la normativa fiscal establece que los rendimientos
derivados de valores representativos de la cesión a terceros de
capitales propios seguirán el régimen de los rendimientos
explícitos, cuando el efectivo anual que produzcan de esta
naturaleza sea igual o superior al que resultaría de aplicar el
tipo de interés que, a este efecto, se fije en los Presupuestos
Generales del Estado correspondiente al ejercicio en que se
produzca la emisión o, en su defecto, el tipo de interés legal
del dinero vigente en dicha fecha, aunque en las condiciones de
emisión, amortización o reembolso se hubiera fijado, total o
parcialmente, de forma implícita, otro rendimiento adicional.
En el supuesto de emisiones
de activos financieros con rendimiento variable o flotante, se
tomará como interés efectivo de la operación su tasa de
rendimiento interno, considerando únicamente los rendimientos de
naturaleza explícita y calculada, en su caso, con referencia a la
valoración inicial del parámetro respecto del cual se fije
periódicamente el importe definitivo de los rendimientos
devengados. A estos efectos fiscales se consideran a los
rendimientos mixtos como rendimientos del capital mobiliario y se
integran en la base imponible del Impuesto sobre la Renta.
Activos
financieros con retención en origen (Afros):
Son activos financieros con
rendimiento implícito que se diferenciaron fiscalmente en la Ley
14/1.985 de 29 de mayo (B.O.E. núm. 129 de 30 de Mayo) al
gravarlos con una retención única en origen del 55 por ciento y
eximir a las entidades que los negociasen de facilitar
información tributaria nominativa de sus compradores por lo que
se les conoce como " activos anónimos", "activos
opacos" o AFROS.
Activos
líquidos en manos del público (Alps):
Es un agregado monetario que
se denomina también M4 y que incluye las disponibilidades
líquidas y otros activos líquidos en manos del público, está
formado por el efectivo en manos del público más los depósitos
en el sistema bancario, los títulos de deuda a corto plazo, bonos
de caja y de tesorería, pagarés de empresa, letras endosadas,
otros pasivos bancarios y un conjunto de activos a corto plazo
emitidos por diversas instituciones financieras.
Actualización:
Recibe este éste nombre el método por medio del cual se
puede transformar un valor futuro en su valor actual equivalente. A la
relación que existe entre el valor futuro y el presente se le llama Tasa de
actualización.
Acuerdo
de compensación:
Convenio de compensación de
cobros y pagos que se realiza internacionalmente entre países o
internamente o externamente entre entidades financieras.
Acuerdo
de recomprar:
Transacción por la cual una
persona adquiere un valor negociable y el vendedor se obliga a
recomprarlo en un corto período de tiempo y a un precio
preestablecido.
Adecuación de Capital:
Condiciones que se fijan por la autoridad monetaria o
fiscal, como requerimiento de unos mínimos de recursos propios en
determinadas instituciones financieras.
Adjudicación
"a la Holandesa":
Es un procedimiento de
colocación de los valores emitidos por el Estado. Se basa en el
anuncio del Tesoro Público de la colocación en subasta pública
de un montante mínimo de valores del Estado y se fija una
cantidad definitiva en función de las demandas recibidas. Los
valores se colocan a los adjudicatarios por orden creciente de
coste para el Tesoro Público.
Administración de Carteras:
Actividad desarrollada por sociedades de servicios
depositarias de títulos. Su función consiste, en el caso más limitado, en
custodiar valores, gestionar valores, gestionar el cobro de cupones, y
llevar un cierto control a efectos de las declaraciones fiscales. En un
supuesto más amplio, además de las anteriores, gestionan la compra- venta
de valores a fín de obtener plusvalías.
Admisión a cotización en Bolsa:
Trámite por el que los valores son aceptados a
cotización oficial. Toda Sociedad que desee incluir sus títulos entre los
admitidos debe solicitarlo de la Junta Sindical, presentando los documentos
y antecedentes que dicha Junta estime necesarios. Los efectos públicos son
admitidos de oficio cuando su emisión haya sido publicada en BOE.
ADS:
Es la unidad de negociación mínima que admite el Nyse (Wall
Street). Generalmente un ADS está compuesto por tres acciones de la misma
sociedad.
AFROs:
En la jerga financiera española, referencia a los
activos financieros con retención en origen.
Agencia de Bolsa:
Sociedad que hace de intermediaria en operaciones
bursátiles. Generalmente asesora y administra carteras de sus clientes y
realiza colocaciones privadas y públicas. Es obligatorio su registro en la
CNMV. Se diferencia de la Sociedad de Bolsa en que puede realizar
operaciones en su propio nombre.
Agencia de calificación:
Se trata de un tipo de Sociedad que opina y califica el
nivel de calidad y solvencia en las emisiones de renta fija, bien estatales
o de una sociedad privada. Usan códigos de letras y números para
representar su calificación, siendo estos característicos de cada agencia.
Agente de cambio y bolsa:
Agente intermediario en las operaciones bursátiles. Su
figura desaparece con la Ley de Reforma del Mercado de Valores siendo desde
entonces sus funciones desempeñadas por las Agencias de Bolsa y las
Sociedades de Bolsa.
Agente económico:
Sujeto que interviene
en la actividad económica. Según su actividad se distinguen:
· Agentes de producción· Agentes de consumo
Según el nivel de
análisis pueden agruparse en:
· Individuales o microeconómicos· Intermedios· Macroeconómicos
Agio:
Tiene varias
acepciones:
· Beneficio que se obtiene del cambio de la moneda o de descontar letras, pagares, etc.· Especulación sobre el alza y la baja de los fondos públicos.· Especulación abusiva hecha sobre seguro, con perjuicio de un tercero.
En la Bolsa constituye el beneficio obtenido en transacciones a muy corto plazo, o bien el beneficio resultante de la compra y la venta de un determinado título en diferentes mercados de valores con distinta cotización.
En definitiva se trata de una especulación, valiéndose de medios ilícitos (insider trading) o inmorales (manipulando noticias).
Agregado:
Conjunto de elementos de la misma naturaleza o ligados a
un mismo concepto, reunidos con el objeto de obtener una estimación de un
conjunto que no es directamente accesible para una observación o medición.
Agregado
Monetario ALP 1:
Equivale al
agregado también conocido como "M4", formado por el M3,
más los instrumentos a corto plazo de las Administraciones
Públicas que figuren en firme en las carteras de valores de las
familias y entidades sin fines de lucro.
Agregado
monetario ALP2:
Formado por
ALP1 más los pagarés de empresa en manos del público.
Agregado
monetario M1:
Se forma con
el efectivo en manos del público más los depósitos a la vista
que figuran en el balance consolidado del sistema crediticio.
Agregado
monetario M2:
Se forma con
M1 más los activos que permiten la realización de transferencias
y la domiciliación de pagos.
Agregado
monetario M3:
Constituido
por M2 más el resto de activos líquidos en poder del público
residente, emitidos por el sector financiero residente.
Agregado
monetario M4:
Véase
agregado monetario ALP 1.
Ahorro:
Es el excedente de la renta sobre los gastos de consumo
corriente. Los gastos de consumo de las economías domésticas normalmente
son iguales o inferiores a su renta, lo cual da lugar a que se mantenga una
porción de la misma apartada, en general como precaución ante posibles
necesidades futuras de consumo.
Al contado:
Compraventa de valores que implica la entrega simultánea
del precio y del valor objeto del contrato.
Al descuento:
Este término se aplica a los títulos de renta fija que
son emitidos con un descuento sobre el valor nominal de los mismos. A este
tipo de títulos se le conoce con el nombre de títulos de cupón cero. Son
un ejemplo típico de esta clase de títulos las Letras del tesoro.
Al mejor cambio:
Instrucciones que se cursan a los bancos o agencias de
bolsa, para que una operación se haga al cambio más favorable para la
persona que transmite la orden.También se usa la expresión "por lo
mejor".
Al
portador:
Véase acción
al portador. Aplicable para cualquier título valor cuya propiedad se
demuestra por la mera tenencia.
Alcista:
Perteneciente o relativo al alza de los valores en la
Bolsa, o también de otras magnitudes económicas. Se da también este
calificativo a aquellas personas que juegan al alza de los valores en la
Bolsa.
Alícuota:
Parte que mide exactamente a su todo. La parte alícuota
es la que resulta de dividir algo en un cierto número de partes iguales.
Alps:
Es el agregado monetario utilizado por los bancos
centrales para la fijación de sus objetivos de crecimiento de la masa
monetaria y como consecuencia de ello poder determinar los tipos de interés
oficiales. Son los activos líquidos en manos del público.
Alza:
Aumento de precio que toma alguna cosa, como la moneda,
los fondos públicos, las mercaderías, los valores bursátiles, etc. Se
emplea para señalar los incrementos o elevaciones que en su valoración
experimentan tanto los bienes económicos, como cualquier otra variable
económica cuantificable.
Americana:
Una opción de tipo americana puede ejecutarse en
cualquier momento hasta la fecha de vencimiento.
Amex: (American Stock Exchange)
Segundo mercado de renta variable de la Bolsa de New York.
En el cotización mas de dos mil Sociedades. Le sigue al Nyse en
importancia.
Amortizar:
Devolución de un capital prestado con arreglo a
determinadas condiciones y plazos que en los valores mobiliarios
coincidirán con las condiciones de emisión de dichos valores. Término contable que viene a significar la pérdida del
valor de un activo financiero mediante su pago o anulación, como
consecuencia del uso, del transcurso del tiempo, de los adelantos de la
técnica, o del cumplimiento del fin para el que estaba destinado.
Ampliación de capital:
Operación financiera consistente en modificar el capital
social de una empresa aumentando s cuantía nominal. Puede realizarse
recabando nuevas aportaciones de los socios, vendiendo títulos o acciones
en el mercado de valores, incrementando la cuenta de capital con los saldos
de las cuentas de reservas o de regularización de activo, o bien, canjeando
obligaciones por acciones.
Las ampliaciones de capital, a través de la emisión de
nuevas acciones y de su venta en la Bolsa, son una de las formas de
financiación de las sociedades, al tiempo que constituyen una de las
maneras de canalizar en las economías de mercado el ahorro privado hacia la
inversión. Siempre los accionistas de la sociedad tienen derecho preferente
a suscribir las nuevas acciones y además este derecho se puede también
negociar en la Bolsa.
Ampliación a la par:
Se llama así a aquella ampliación de capital en la que
las nuevas acciones son emitidas a su valor nominal.
Ampliación
blanda:
Es
aquella operación por la cual un accionista vende parte de sus
derechos de suscripción preferente de una ampliación de capital de
tal forma que con el efectivo recibido por esa venta le permita
adquirir acciones con el resto de los derechos que posee sin
desembolso adicional. Supone que el accionista suscribe sólo una
parte de las acciones que podría suscribir y hace el desembolso con
el valor de los cupones que no suscribe.
Ampliación con prima de emisión:
Se llama así a aquella ampliación de capital en la que
las nuevas acciones salen a un precio mayor que su valor nominal, siendo la
diferencia entre estos dos precios la que constituye la prima de emisión.
Ampliación liberada:
Se llama así a aquella ampliación de capital en la que
las nuevas acciones tienen el carácter de liberadas bien sea total o
parcialmente. Es decir la emisión es gratuita para el accionista o tiene un
precio inferior a su valor nominal.
Análisis bursátil:
Conjunto de técnicas que sirven de base para la
adopción de decisiones respecto al mercado de valores. Su objetivo es la
formulación de hipótesis sobre el funcionamiento de este mercado o de un
determinado valor del mismo.
Existen dos posturas:
· De un lado el análisis técnico que trata de explicar el precio de un valor en base a modelos de comportamiento, mediante la aplicación de la estadística, usando como instrumentos de trabajo, los índices de bolsa, volúmenes de contratación, gráficos, etc.
· De otro lado el análisis fundamental, que parte del principio de que la cotización de las acciones depende de la realidad económico-financiera de la empresa.
Análisis
chartista:
Es aquel que trata de prever las
futuras oscilaciones de los cambios de las acciones a partir de sus
precedentes fluctuaciones. Se trata de analizar los gráficos de las
oscilaciones pasadas de los precios, aplicando además técnicas
específicas para tratar de adivinar tendencias recurrentes a partir
de las cuales se pueda prever el futuro del mercado de valores. Véase
" Análisis técnico".
Análisis
cuantitativo:
Es un sistema de gestión de
carteras de valores que aplica modelos económicos para la
determinación de los activos que componen la cartera. En base a estos
modelos se seleccionan los valores sin que exista elección personal
del gestor que se limita a colocar los valores en función del modelo
seleccionado.
Análisis de balances:
Conjunto de principios que ordenados sistemáticamente
ayudan a la interpretación y crítica de un balance contable. Desde el
punto de vista más amplio, la interpretación de un balance lleva consigo
la justificación de la situación económica que refleja aquel estado de
cuentas de acuerdo con unas orientaciones técnicas, jurídicas e incluso
actuariales a través de las cuales se hace más operativa la gestión
empresarial.
Análisis de Valores:
Examen y estudio pormenorizado de los factores legales ,
económicos, financieros y bursátiles de los valores negociables y que
condicionan una inversión.
Análisis financiero:
Conjunto de técnicas encaminadas al estudio de las
inversiones con un enfoque científico. El interés que pueda ofrecer una
inversión se analiza utilizando conjuntamente las técnicas que ofrecen el
análisis de balances, la matemática financiera, los métodos estadísticos
y los modelos econométricos. Otros aspectos que se deben de tener en
cuenta, son la coyuntura sectorial o nacional y cualquier otro tipo de
información política, social o económica cuya incidencia pueda estimarse
importante.
Análisis fundamental:
Técnica de análisis para predecir la cotizaciones futuras
de un valor basada en el estudio pormenorizado de los estados contables de la
empresa emisora, así como de sus expectativas futuras de expansión y de
capacidad de generación de beneficios. Sistema de análisis a través del cual se trata de
establecer la realidad económica y financiera de una empresa. Basándose en
el análisis financiero, se trata de establecer el valor total de la
sociedad para después dividirlo por el número de acciones que esta tiene y
obtener así el precio teórico de una acción.
Análisis gráfico:
Dentro del análisis técnico, existe esta técnica que
trata de determinar las tendencias de las curvas de cotizaciones (alcista o
bajista) y establecer los posibles cambios de tendencia.
Análisis por indicadores técnicos:
Dentro del análisis técnico, es otra técnica
bursátil, que basa su metodología en la aplicación de los indicadores y
osciladores técnicos.
Análisis técnico:
Conjunto de técnicas que tratan de predecir cotizaciones
bursátiles desde la vertiente histórica, teniendo en cuenta también el
comportamiento de ciertas magnitudes bursátiles, como volumen de
contratación, cotización de las últimas sesiones, evolución de las
cotizaciones en el periodos mas largos, capitalización bursátil, etc.. El
análisis técnico se apoya en la construcción de gráficos que indican la
evolución histórica de los precios de los valores, pero también en
técnicas analíticas que pueden predecir las oscilaciones bursátiles. Se
denomina también análisis gráfico o Chartista.
Analista Financiero:
Especialista del mercado financiero encargado de dar un
diagnostico sobre la empresas y el valor de los títulos.
Anticipo:
Entrega de fondos hecha al intermediario bursátil para
la realización de una operación.
Anatocismo:
Aplicación del tipo de interés pactado sobre los
intereses vencidos en una operación de préstamo, es decir, la
consideración de estos últimos como nuevo capital sujeto al pago de
intereses.
Anotación en cuenta:
Es un sistema para controlar la propiedad de los títulos
de renta fija. Consiste en la anotación contable de estos títulos en una
entidad financiera autorizada a tal fin. Dichas entidades están obligadas a
informar de forma regular al Banco de España de sus anotaciones.
Anualizar:
Poner en base anual una tasa de
interés correspondiente a períodos inferiores al año.
Anunciador:
Persona encargada de inscribir
los cambios en la pizarra durante las sesiones de bolsa tradicional,
es decir en corros de viva voz, en la cartelera instalada en el salón
de contratación de la Bolsa.
Año base:
Año que sirve de referencia
para el cálculo de un índice.
Año
financiero:
Es aquel que se utiliza
habitualmente para el cálculo financiero y que tiene 360 días a
diferencia del denominado " año comercial " que es el real
de 365 días.
Apalancamiento: (Leverage, Gearing)
Ratio de análisis financiero, que se define como la
proporción entre los fondos ajenos de la empresa con interés fijo y el
total del capital (propio y ajeno) de la misma. Recibe este nombre porque
produce un efecto de "palanca" en los dividendos atribuibles al
capital de los socios, con tal de que el interés pagado por el capital
ajeno sea menor que el rendimiento que la empresa obtenga del total del
capital manejado: cuanto mayor sea esta diferencia y mayor el
apalancamiento, tanto mayor será la rentabilidad atribuible al capital
propio. Es evidente que el grado de apalancamiento también supone un
creciente riesgo para el capital propio. Pero si se puede paliar o
neutralizar éste (como en el caso de una garantía del Estado o de una
concesión administrativa), el apalancamiento puede ser un mecanismo muy
útil para potenciar los rendimientos del capital social: en tal caso, las
empresas suelen lanzar grandes emisiones de obligaciones.
Aparcamiento:
Se trata generalmente de una práctica ilegal. Consiste
en la venta de acciones a una persona o sociedad que pasa a figurar como
propietaria, pero sin serlo de verdad, puesto que el vendedor retiene de
forma secreta la propiedad de dichas acciones.
Aplicación:
Operación Bursátil consistente en una compra y venta
realizada por un sólo intermediario bursátil sobre un mismo valor, por la
misma cantidad de títulos en la misma fecha y a un mismo cambio, por cuenta
de dos o varios ordenantes.
Apreciación:
En sentido monetario estricto, elevación del valor de
una moneda por comparación con otra u otras, en los mercados libres de
divisas, cuando en régimen de cambios flotantes no funciona el sistema de
la revaluación formal. Es lo contrario a la depreciación.
Apunte en cuenta:
Ver anotación en cuenta.
Arbitraje:
Operación de compra o venta de valores negociables, con
el objeto de obtener beneficio a partir de la diferencia de cambios sobre el
mismo valor entre dos bolsas distintas.
Arbitraje a término:
Ver arbitraje.
Arbitraje al contado:
Ver arbitraje.
Arbitraje de acciones y cupones:
Es el cambio simultáneo de acciones antiguas por
acciones nuevas, mediante la venta de las primeras y compra de cupones, en
número necesario, para que al acudir a la suscripción de la nueva emisión
se obtenga el mismo número de títulos que se poseían en un principio.
Arbitraje de cartera:
Ver arbitraje.
Arbitrajista:
Persona que se dedica a operaciones de arbitraje. Los
arbitrajistas no son especuladores, ya que su intervención permite mantener
conexionados los centros de negociación garantizando la unidad de
cotización o precio de cada valor, frente a los demás.
Area monetaria:
Conjunto de países cuyas relaciones económicas toman
como base la moneda de uno de ellos. Aunque cada país mantiene su propia
moneda.
Arrendamiento
financiero:
Operación de financiación de
equipos e inmuebles con uso empresarial mediante un arrendamiento con
opción de compra. Requiere la existencia de una institución
financiera que adquiere los bienes y los arrienda a la empresa contra
el pago de un canon arrendaticio que incluye el coste de compra del
bien, los intereses financieros e impuestos aplicables.
La Ley 26/1988 de 29 de julio (B.O.E.
núm. 182 de 30 de julio) de disciplina e intervención de entidades
de crédito define las operaciones de arrendamiento financiero como
"aquellos contratos que tengan por objeto exclusivo la cesión
del uso de bienes muebles o inmuebles, adquiridos para dicha finalidad
según las especificaciones del futuro usuario , a cambio de una
contraprestación consistente en el abono periódico de las cuotas
establecidas posteriormente. Los bienes objeto de cesión habrán de
quedar afectados por el usuario únicamente a sus explotaciones
agrícolas, pesqueras, industriales, comerciales, artesanales, de
servicios o profesionales. El contrato de arrendamiento financiero
incluirá, necesariamente, una opción de compra, a su término, en
favor del usuario. Cuando por cualquier causa el usuario no llegue a
adquirir el bien objeto del contrato, el arrendador podrá cederlo a
un nuevo usuario, sin que el principio establecido en el párrafo
anterior se considere vulnerado por la circunstancia de no haber sido
adquirido el bien de acuerdo con las especificaciones de dicho nuevo
usuario ".
Arrendamiento
financiero mobiliario:
Es el arrendamiento financiero
que tiene por objeto financiar bienes muebles, estos contratos en
España deberán tener una duración mínima de dos años.
Asegurador
de emisiones:
Entidad financiera o
intermediario bursátil que adquiere el compromiso firme de colocar
los valores en una emisión entre el público o en caso de no hacerlo
los suscribirá la propia entidad o sus filiales.
Aseguramiento
de cartera de valores:
Es una técnica que se utiliza
en las carteras de renta variable para controlar los riesgos del
mercado y consiste en vender futuros sobre índices bursátiles o en
comprar opciones de venta sobre índices bursátiles cada vez que la
Bolsa baja de un índice determinado.
Aseguramiento
de emisión:
Compromiso adquirido por las
entidades encargadas, por cuenta de la sociedad emisora, de la oferta
pública de venta de los valores a colocar de adquirir ellas mismas
los valores no suscritos por el público. En contrapartida reciben una
comisión complementaria de aseguramiento.
El artículo 71 de la Ley del
Mercado de Valores de 28 de julio de 1988 autoriza a las Sociedades de
Valores a asegurar la suscripción de emisiones de valores.
Asiento:
Inscripción individualizada de
una operación en un libro registro o en un libro contable.
Asignación:
Número de acciones que se
asigna a cada suscriptor en una emisión de acciones que tiene exceso
de solicitudes de suscripción.
Asociación
española de banca privada (AEB):
Es la asociación que agrupa a
las Entidades de Depósito españolas de carácter privado fue creada
en 1.977 y se considera la patronal de la banca española. Es miembro
de la Federación Bancaria de las Comunidades Europeas que agrupa a
más de 1.700 entidades bancarias.
Astrología
bursátil:
Es un modo de predicción, poco
riguroso, de los movimientos en los mercados de valores basado en la
astrología y las estrellas. Se coordina esta teoría muy bien con las
afirmaciones de que la Bolsa es un juego de azar , tiene sus
seguidores y sus tratadistas tanto en forma de libros como de
aplicaciones informáticas.
Attache:
Término que hace referencia a
un miembro asociado a la bolsa de Londres que actúa como agente para
inversionistas de alto nivel.
Auditoría:
Actividad profesional consistente en el examen de los
libros de comercio de una sociedad por una persona competente o auditor,
generalmente técnico contable, y cuyo informe garantiza la exactitud y
correcta interpretación de las anotaciones efectuadas en ellos.
Autocartera:
Se denomina así a la cartera formada por acciones de una
sociedad en manos de la propia sociedad o de una sociedad filial a la misma.
La autocartera en España no puede ser superior al 5 % de las acciones. En
la mayoría de las ocasiones se produce por la necesidad de mantener la
cotización en bolsa.
Autofinanciación:
Forma de financiar las inversiones caracterizada por la utilización en
exclusiva de los recursos internos de una sociedad, sin acudir al crédito o
al préstamo de recursos ajenos.
Aversión
al riesgo:
Es la posición de un inversor
que no desea someter sus inversiones financieras a altos riesgos, por
lo que sus inversiones serán muy selectivas considerando siempre la
eliminación del riesgo aunque alcance una menor rentabilidad.
BBB
Calificación
de una empresa u organismo emisor, realizada por una Agencia de
Calificación o " Rating"(véase), que tiene un cierto
riesgo e incertidumbre de reembolso de sus deudas
.
B.A.I.
Equivale
a beneficio antes de intereses e impuestos.
Bache inflacionista:
Se llama así en macroeconomía a la cantidad en que la
demanda total supera a la oferta total a los precios esperados. Mide, pues,
el desajuste entre oferta y demanda que es sólo teórico, puesto que este
mismo desajuste genera fuerzas tendentes al aumento de los precios de
oferta, de modo que el resultado final es una igualación del valor de la
demanda con el de la oferta a los nuevos precios.
Bajada
de tipos:
Un descenso
relevante en los tipos de interés provoca, generalmente,
movimientos alcistas en las cotizaciones bursátiles derivados de
la competencia de la inversión alternativa que supone el mercado
de acciones en Bolsa frente al mercado de renta fija.
El inversor
en renta fija cuando su remuneración desciende ostensiblemente
considera acertado asumir una cuota de riesgo moderada que le
permita obtener una mejor retribución a su dinero invirtiendo en
el mercado de acciones.
Bajada
técnica:
Descenso de
las cotizaciones de un valor o de un mercado de corta duración en
un mercado con tendencia a plazo alcista, cuya bajada es debida a
motivaciones estrictamente internas del mercado como ventas para
toma de beneficios o venta de posiciones de vendedores en
descubierto etc..
Bajista:
Persona que juega a la baja en Bolsa. También se aplica
el término a la tendencia a la baja de los precios en el mercado o en la
Bolsa. Dícese de quienes favorecen con sus actividades la baja de las
cotizaciones en Bolsa, para después volver a comprar en mejores
condiciones.
Bajo la par:
Cambio inferior al 100% del nominal del valor. Contratación de un valor en Bolsa por debajo de su valor nominal.
Balance:
Informe conceptual contable que recoge, debidamente
sistematizados, coordinados y valorados, el conjunto de elementos
patrimoniales pertenecientes a una empresa o sociedad en un instante de
tiempo determinado y el resultado obtenido hasta ese momento. Las sociedades
que cotizan en Bolsa, están obligadas a presentar el balance
correspondiente al último día de cada trimestre del año.
Balance agregado:
Ver Balance consolidado.
Balance consolidado:
Estado de situación único, que se obtiene mediante la
agrupación de los balances individuales correspondientes a cada una de las
empresas jurídicamente distintas, pero pertenecientes a un grupo por
existir un control común respecto a las mismas.
Balance
de apertura:
Balance con el que se inician las operaciones de un
ejercicio contable y que coincide con el balance final del ejercicio
anterior, tanto en cuentas como en saldos.
Balance de auxiliares:
Ver Balance.
Balance de comprobación:
Modalidad del Balance de una contabilidad, consistente en
una suma de saldos mensuales y totales de un determinado periodo de todas
las cuentas que componen la contabilidad de la sociedad o empresa.
Balance de comprobación y saldos:
Ver Balance de comprobación.
Balance de entrada:
Cuenta transitoria que se crea, en algunos casos, para
realizar operaciones de reapertura de ejercicio, y que queda saldada en el
propio proceso de reapertura.
Balance de liquidación o fusión:
Balance de situación preparado con objeto de facilitar
las operaciones de liquidación o fusión de una empresa.
Balance de pagos:
Ver Balanza de pagos
Balance de saldos:
Ver Balance de comprobación y saldos.
Balance de salida:
Cuenta transitoria que se crea, en algunos casos, para
realizar operaciones de cierre de ejercicio, y que queda saldada en propio
ejercicio de cierre.
Balance de situación:
Ver Balance.
Balance final:
Balance de situación correspondiente al cierre de un
ejercicio contable.
Balance general:
Ver Balance.
Balance inicial:
Balance con el que se abre el primer ejercicio económico
de una empresa, y en el que se refleja un resumen del inventario inicial de
los bienes, derechos, obligaciones y capital, con el que se da comienzo al
negocio.
Balance inventario:
Ver Balance.
Balanza.
En macroeconomía se suele dar este nombre a la
expresión contable de la ecuación de origen y utilización de recursos de
una economía, desagregada según criterios funcionales. En ella se
consideran como fuentes de recursos las rentas de trabajo y de capital, cuya
suma es el Producto Neto del Sector Privado de la economía, pudiendo
descomponerse cada una de estas dos clases de rentas según sus variedades o
partes diferenciables.
Balanza básica:
En la Balanza de pagos, es la integración de las
Balanzas por cuenta de renta y de capital a largo plazo.
Balanza comercial:
Se llama así en macroeconomía a la balanza que recoge
los movimientos en un periodo de tiempo, por lo general un año, de
mercancías entre un país u otras unidades territoriales y el resto del
mundo; también se aplica este nombre al registro que sólo comprende las
transacciones con otro país o área.
Balanza de donaciones:
Ver Balanza de transferencias.
Balanza de mercancías:
Ver Balanza comercial.
Balanza de movimientos de capital:
En macroeconomía la balanza de movimientos de capital,
también llamada Balanza por Cuenta de Capital, constituye aquella parte de
la Balanza de Pagos destinada a recoger contablemente aquellas operaciones
que afectan a la situación acreedora de un país frente al resto del mundo.
Balanza de operaciones corrientes:
Ver Balanza de Pagos.
Balanza de pagos:
En macroeconomía se define como un documento contable
que registra sistemáticamente todas las transacciones económicas ocurridas
durante un período determinado, entre los residentes de un país y los
residentes del resto del mundo.
La Balanza de Pagos se
estructura en cuatro sub-balanzas parciales: mercancías, servicios,
transferencias y capitales:
1. Balanza de Operaciones Corrientes (o Balanza por Cuenta de Renta):1.1. Balanza de Bienes y Servicios.1.1.1. Balanza de Mercancías (o Comercial).1.1.2. Balanza de Servicios.1.2. Balanza de Transferencias.2. Balanza de Operaciones de Capital (o por Cuenta de Capital):2.1. Balanza de Capital a largo plazo.2.2.1. Capital privado.2.2.2. Capital público.
Aunque puede presentar irregularidades e imperfecciones
debido a que en la práctica resulta imposible ir contabilizando una a una
todas las transacciones, constituye hoy uno de los documentos fundamentales
de cualquier economía, moderna. Es un instrumento de análisis económico
de enorme importancia ya que permite diagnósticos sobre la situación
económica de carácter más global y perfecto que los que podrían lograrse
separadamente analizando series parciales de comercio exterior, migraciones,
turismo, etc.
Balanza de servicios:
En macroeconomía constituye una parte de la Balanza de
Bienes y Servicios, que a su vez se integra en la Balanza de Operaciones
Corrientes o por Cuenta de Renta. La Balanza de servicios recoge los
ingresos y pagos que se derivan de servicios prestados al o por el
extranjero. En la columna de ingresos se anotan como exportaciones los
servicios prestados al extranjero, y en la de pagos los recibidos.
Balanza de transferencias:
En macroeconomía constituye una parte de la Balanza de
Bienes y Servicios, que a su vez se integra en la Balanza de Operaciones
Corrientes o por Cuenta de Renta.
Banca:
Forma
genérica para referirse al sector bancario de un país. La ya
antigua Ley de Ordenación Bancaria de 1.946 definía
descriptivamente esta materia así : " Ejercen el comercio de
Banca las personas naturales o jurídicas que, con habitualidad y
ánimo de lucro, reciben del público, en forma de depósito
irregular o en otras análogas , fondos que aplican por cuenta
propia a operaciones activas de crédito y a otras inversiones,
con arreglo a las leyes y a los usos mercantiles, prestando
además por regla general a su clientela servicios de giro,
transferencia, custodia, mediación y otros en relación con los
anteriores, propios de la comisión mercantil "
Banca
extranjera:
Banco cuya
sede social está en el extranjero o cuya mayoría del capital
pertenece a personas físicas o jurídicas no residentes en
España.
La apertura
de sucursales y la libre prestación de servicios en España por
entidades de crédito extranjeras se regula en el Real Decreto
1245/1995 de 14 de julio (B.O.E. núm.181 de 31 de julio ) sobre
creación de nuevos bancos, actividad transfronteriza y otras
cuestiones relativas al régimen jurídico de las entidades de
crédito.
Banca
oficial:
Es el sector
bancario cuya titularidad corresponde al Estado o bien en su
totalidad o bien con un porcentaje suficiente que le permita tomar
decisiones de gestión y administración.
Banca
privada:
Es aquel
sector de la banca cuyos titulares son entidades o personas de
carácter privado. Se organizan en torno a la Asociación de la
Banca Privada ( A.E.B. )
Bancarización:
Concepto que
define la popularización del negocio bancario con el acceso del
gran público a las entidades bancarias a través de la apertura
de cuentas corrientes, depósitos, préstamos, tarjetas de
crédito etc.. Se habla también de bancarización cuando el
sector bancario monopoliza un determinado sector o producto
financiero como la Bolsa, el mercado hipotecario etc..
Bancarrota:
Situación
en que se encuentra una persona física o jurídica que le impide
hacer frente a sus obligaciones de pago ni aún enajenando sus
bienes. Es una situación similar a la quiebra (véase).
Banco central:
Entidad eje del sistema bancario de un país que con
carácter general tiene como objetivo controlar y dirigir el conjunto de
instituciones financieras, así como la emisión y puesta en circulación de
la moneda nacional y preservar el valor de ésta frente a otras monedas.
Banco de España:
Por Ley de 28 de enero de 1856 se concede esa
denominación al Nuevo Banco Español de San Fernando. Dicha Ley solicitada
reiteradamente por el Banco a la vista de que la capacidad de emisión
autorizada en 1851 era claramente insuficiente, introdujo muchas más
modificaciones que las del nombre. La nota clave del comportamiento del
Banco de España en los años centrales del siglo XIX fue la ayuda prestada
al Gobierno en los momentos en que éste la demandó.
La pretensión del Banco de España de convertirse en el
único emisor de moneda fue realidad en virtud del Decreto de 19 de marzo de
1874 y declarado posteriormente Ley el 17 de julio de 1876.
En la actualidad es el Banco Central de España, a su
frente existe un Gobernador del Banco de España y es una entidad que opera
totalmente independiente del Gobierno de la Nación.
Banco emisor:
Es el nombre que también se le suele dar al Banco
Central de un país, dada su facultad de ser el emisor en exclusiva de la
moneda propia del país.
Banda:
Intervalo de cotizaciones entre las que fluctúa un
título.
Banda de fluctuación:
Se refiere a los márgenes por arriba y por abajo en los
que puede fluctuar o moverse o una determinada moneda en sus tipos de cambio
con relación a su paridad. La banda se define, en torno a un tipo de cambio
central prefijado, como porcentaje máximo de revaluación o devaluación
que puede alcanzar la cotización de una moneda en el mercado., Si la
cotización sobrepasara los márgenes señalados, el Banco Central de la
moneda afectada debe intervenir, comprando o vendiendo su moneda, hasta
situarla nuevamente dentro de los límites prefijados. Los niveles extremos
de la banda de fluctuación reciben el nombre de puntos de intervención,
puesto que señalan la necesidad de que el Banco Central referido intervenga
en el mercado.
Banda
de Bollinguer:
Es un
oscilador utilizado en el análisis técnico que se basa en el
cálculo de una media móvil y la desviación típica de esta
media. La banda se calcula de la forma siguiente:
Banda de
Bollinguer = Media móvil + y - dos veces la desviación típica.
El gráfico
resultante muestra tres líneas paralelas que siguen los precios.
La línea central es la media móvil y la superior e inferior es
la media móvil a la que se ha añadido o restado un múltiplo de
la desviación típica.
La
interpretación gráfica de la banda es la siguiente:
1) Cuando
las dos líneas que forman la banda se acercan a la línea móvil
es decir cuando la desviación típica disminuye estamos ante un
movimiento importante de precio;
2) Si el
precio sale de la banda irá más lejos en la misma dirección;
3) Si el
precio hace un techo o máximo fuera de la banda seguido de un
bajo en el interior de la banda estamos ante un cambio inminente
de tendencia, y si el precio hace un bajo o suelo fuera de la
banda y un máximo o alto dentro de la banda también es
indicativo de inversión de la tendencia;
4) La banda
se comporta como los límites del movimiento de precios, un
movimiento de precios iniciado en un extremo de la banda tiende a
terminar en el otro extremo.
Bandera: (Flag)
Es una de las figuras típicas del análisis chartista.
Está formada por una rápida subida de precios que da lugar al mástil de
la bandera y un triángulo posterior formado por oscilaciones en las
cotizaciones arriba y abajo que forman el paño de la bandera. Se forma
tanto en movimientos alcistas como bajistas del mercado y pueden indicar
tanto confirmaciones de la tendencia como movimientos de vuelta, según sea
su punto de ruptura. También se les conoce con el nombre de Banderolas o
Banderitas.
Barandillero:
En la jerga bursátil española, el inversor que asiste a
las sesiones e interviene en sus operaciones desde la barandilla que rodea
al parquet.
Barrer:
Se trata de una forma de operar en Bolsa que suelen
practicas los inversores grandes institucionales a fin de comprar grandes
paquetes de valores de una determinada sociedad, sin que se eleve el precio
de los mismos. Consiste en comprar al precio al que salen al mercado con
mucho cuidado de no presionar los precios al alza.
Barril:
Unidad de volumen de petróleo. Un barril equivale a
158,98 litros. En las estadísticas anglosajonas la producción se expresa
frecuentemente en barriles/día. La transformación en toneladas depende de
la densidad de los productos en cuestión, pero frecuentemente se admite
como índice medio de conversión, que 1000 barriles/día es equivalente a
50.000 toneladas/año.
Base:
En el caso de los futuros, es la diferencia entre el tipo
de interés en el mercado de contado y el existente en el mercado de
futuros.
Base
imponible:
Consiste en
la valoración monetaria del hecho imponible. Se puede considerar
como su valoración bruta.
El artículo
23 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
de 6 de Junio de 1.991 (B.O.E. de 7 de junio ) señala que la base
imponible estará constituida por el importe de la renta en el
período de imposición determinado conforme a las normas
contenidas en los títulos siguientes (título V: Determinación
de la renta y título VI: Determinación de la base imponible ) de
la Ley. La base imponible se dividirá, en su caso, en tantas
partes como sean necesarias para la aplicación de tipos de
gravamen diversos.
Base
liquidable:
Es la base
imponible minorada en la cuantía en que se valores los conceptos
aptos para su minoración. En el impuesto sobre la renta
consistirá en la renta bruta una vez deducidos los gastos que la
ley admita como necesarios para su obtención. Sobre la misma se
aplica el tipo impositivo.
El artículo
70 de la Ley del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas
de 6 de junio de 1991 (B.O.E. de 7 de junio) señala que la base
liquidable regular estará constituida por el resultado de
practicar en la parte regular de la base imponible las reducciones
previstas en el artículo 71.
Base
monetaria:
Pasivo del
balance del Banco de España, está constituida por los billetes y
monedas en circulación y los activos de caja del sistema
bancario.
Batería de indicadores:
Se le llama así en análisis técnico a un conjunto de
indicadores bursátiles, relacionados todos con un mismo valor, a fin de
poder realizar el estudio de un determinado valor de una forma conjunta y
buscando el complemento entre unos y otros, para la obtención de un mejor
resultado en el estudio.
Batir
al mercado:
Es una gestión de valores
que consigue una rentabilidad superior o una pérdida inferior al
índice del mercado
BB/BaBB/BaBB/Ba
Calificación
de una empresa u organismo emisor que indica una capacidad
moderada de reembolso de su deuda.
BBB/BaaBBB/BaaBBB/Baa
Calificación
de una empresa u organismo emisor que indica una capacidad de
reembolso de su deuda correcta bajo la reserva de confirmación
BCE:
Es el acrónimo o siglas del Banco Central Europeo.
Empezó su funcionamiento en el año 1988. En el futuro tiene como principal
objetivo el garantizar la estabilidad del euro. Con la total integración
europea asumirá funciones propias de los Bancos Centrales de cada país, a
los que dejará casi sin competencias.
Bear Markek:
Oso en inglés. Es una expresión de uso en los mercados
de valores que se utiliza para indicar la baja de las cotizaciones.
Bear
Spread:
Combinación
de opciones, venta de una opción de compra o venta y la compra
simultánea de otra a un precio de ejercicio superior al de la
primera.
Beneficio:
De forma general, es la ganancia o exceso de los ingresos
sobre los gastos, producidos en el curso de una operación, durante un
periodo de tiempo determinado o al final de la vida de una empresa. Lo
contrario justo al beneficio son las pérdidas.
Beneficio
bruto:
Es la
diferencia entre ingresos y gastos del ejercicio antes de deducir
las amortizaciones e impuestos.
Beneficio
de explotación:
Beneficio
derivado de la explotación o actividad normal de la empresa sin
considerar el pago de intereses e impuestos.
Beneficio
del ejercicio:
Es el
obtenido en el ejercicio social de una empresa o sociedad.
Beneficio
distribuible:
Véase
" Beneficio repartible".
Beneficio
Fiscal:
Es el
beneficio que resta tras deducir los impuestos que recaen sobre
los resultados del ejercicio. Dícese también de las deducciones,
exenciones y bonificaciones fiscales.
Beneficio
neto:
Es el
beneficio bruto una vez deducidos las amortizaciones e impuestos.
Beneficio
por acción (BPA):
Es el
rendimiento que recibe cada acción emitida y se mide por el
beneficio neto de la empresa emisora dividido por el número de
acciones ordinarias emitidas, es una de las variables más
importantes para valorar la rentabilidad de una inversión en
acciones.
BPA =
Beneficio neto / Número de acciones emitidas.
Beneficio
repartible:
Es la parte
del beneficio neto que se destina en favor de los socios o
accionistas de una empresa. Parte del beneficio neto tiene un
destino obligatorio legal como la constitución de la reserva
legal, o determinadas reservas de carácter fiscal o por causas
estatutarias o por la creación de acciones privilegiadas con el
objeto de asegurarles un dividendo mínimo preestablecido.
El artículo
213 de la vigente Ley de Sociedades Anónimas establece que la
Junta General resolverá sobre la aplicación del resultado del
ejercicio. Una vez cubiertas las atenciones legales y estatutarias
sólo podrán repartirse dividendos con cargo al beneficio del
ejercicio, o a reservas de libre disposición, si el valor del
patrimonio neto contable no es o, a consecuencia del reparto, no
resulta ser inferior al capital social. Si existieran pérdidas de
ejercicios anteriores que hicieran que ese valor del patrimonio
neto de la sociedad fuera inferior a la cifra del capital social,
el beneficio se destinará a la compensación de estas pérdidas.
Véase también el artículo 215 de la misma Ley sobre la
distribución de dividendos.
Beta:
En el modelo financiero conocido como Capital Asset
Pricing Model (CAPM), representa la variación del valor de una acción en
relación con una variación del total del mercado, medida a través del
mejor índice disponible. En los mercados de futuros representa la
correlación existente entre el precio de futuro y el precio de contado.
Cuanto más se acerque a la unidad, más perfecta será la cobertura de una
posición.
Bien:
Cualquier cosa susceptible de satisfacer una necesidad.
Se suele exigir que la capacidad de satisfacerla responda a alguna propiedad
de la cosa y que sea conocida por el individuo, y el bien esté - al menos
potencialmente- disponible, es decir, que su capacidad de satisfacción
pueda ser efectiva.
Bien acabado o terminado:
Aquel que está listo para su uso o consumo.
Bien agotable:
Aquel del que existen cantidades limitadas en la
naturaleza.
Bien colectivo:
Bien de uso al que no es aplicable el principio de
exclusión, es decir, que el disfrute o utilidad que reportan a un sujeto no
impiden su uso por otro sujeto.
Bien consumible:
Aquel que puede servir directa o indirectamente para el
consumo.
Bien de capital:
Aquel que forma parte del capital real, o conjunto de las
instalaciones, equipos y medios productivos, o se destina a intervenir en un
proceso de producción.
Bien de consumo:
Aquel que satisface necesidades directamente, por lo
tanto, el que ha pasado por todas las fases de producción.
Bien de equipo:
Aquel que forma parte o está destinado a formar parte de
las instalaciones fijas con fines productivos.
Bien de inversión:
Aquel que es adquirido o susceptible de ser adquirido
para su utilización en un proceso productivo.
Bien de primera necesidad:
Aquel cuya demanda crece menos que proporcionalmente con
la renta del consumidor desde niveles muy bajos de ésta.
Bien de producción:
Aquel que colabora indirectamente a la obtención de
bienes que satisfacen las necesidades.
Bien de uso:
Bien de consumo no perecedero, es decir, que no
desaparece al satisfacer una necesidad.
Bien de uso público:
Aquel a cuyo disfrute tiene derecho toda una colectividad
o comunidad amplia o parte sustancial de ella.
Bien económico:
Aquel que no se encuentra disponible en cantidad
suficiente para satisfacer las necesidades.
Bien en proceso:
Aquel que esta inserto dentro de un proceso productivo..
Bien escaso:
Aquel que no se encuentra en cantidad ilimitada y
disponible para satisfacer necesidades. Si, además, satisface necesidades
de hecho, es bien económico.
Bien final:
Aquel que satisface directamente necesidades de consumo o
de inversión.
Bien físico:
Se utiliza para distinguir dentro de los bienes, los de
carácter estrictamente material, cuando el término bien se utiliza en el
más amplio sentido de la palabra.
Bien Giffen:
Bien inferior en el que al aumentar su precio aumenta su
demanda. Se trata de aquellos casos, en que el efecto-renta alcanza una
cuantía tal que compensa y sobrepasa al efecto-sustitución, de signo
contrario.
Bien inferior:
Aquel cuya demanda crece menos que proporcionalmente con
la renta del consumidor, y que generalmente aumenta la demanda cuando
disminuye su precio.
Bien inmueble:
Aquel que no es susceptible de traslado. Los bienes
inmuebles se pueden clasificar en:
· Bienes inmuebles por naturaleza, como el suelo y subsuelo.· Bienes inmuebles por incorporación, como construcciones.· Bienes inmuebles por destino. Cuando se les unen cosas muebles.· Bienes inmuebles por analogía, como concesiones hipotecarias.
Bien intermedio:
Aquel que es utilizado o está destinado a ser utilizado
como materia prima o auxiliar de un proceso de producción y es a su vez, un
bien producido.
Bien libre:
Aquel que no es escaso. El que existe disponible en
cantidades superiores a las necesidades que existen de él.
Bien mueble:
Son aquellos que pueden trasladarse de una parte a otra.
Bien necesario:
Aquel bien normal cuya demanda crece menos que
proporcionalmente al aumentar la renta del consumidor.
Bien nuevo:
Aquel que se introduce por primera vez en un mercado.
Bien original:
Aquel que no ha sido producido. Suelen considerarse con
este carácter los recursos minerales y el suelo agrícola.
Bien perecedero:
Aquel que desaparece al utilizarse para el consumo.
Bien producido:
Aquel resultante de aplicar trabajo y capital en un
proceso de transformación realizado por el hombre.
Bien raíz:
Aquel que abarca varias categorías de bienes, entre los
que destacan los cuatro tipos de bienes inmuebles.
Bien renovable:
Aquel que existe en la naturaleza en cantidades
prácticamente ilimitadas en relación a las necesidades existentes.
Bien semiacabado o semielaborado:
Aquel que no es apto todavía para el consumo o la
inversión, y que no satisface directamente necesidades, por requerir
previamente la aplicación de algún proceso productivo.
Bien sustitutivo:
Aquel que presenta propiedades similares para una
determinada producción o un fin concreto de consumo, y aquel que presenta
la misma utilidad o satisface la misma necesidad.
Bien tangible:
Aquel bien o servicio comprado y/o vendido entre
residentes y no residentes de un país cuya retribución es anotada en la
balanza comercial.
Big Bang:
Se denominó así, en 1987, a la implantación de un
sistema electrónico integral para las transacciones programme trading en la
Bolsa de Londres
Bill brokers:
Expresión inglesa que se puede traducir por
intermediarios de efectos. Trafican con efectos comerciales.
Billete:
Papel
impreso o grabado que representa cantidades de dinero. Son
títulos al portador y a la vista.
Billete
de banco:
Título al
portador emitido por el Banco Central o Instituto de Emisión y
que tiene poder liberatorio y es instrumento monetario.
Bimetalismo:
Sistema monetario cuya unidad es definida en función de
dos metales, normalmente oro y plata, existiendo una relación legal y fija
entre el valor monetario de ambos.
Black
Knight:
Caballero
negro. sinónimo de tiburón o raider.
Black
Scholes:
Es el
método más usado para valorar opciones.
Blando:
Se usa en términos financieros para indicar que algo es
de mala calidad o débil.
Blanqueo
de dinero:
Operaciones
consistentes en tratar de transformar el dinero negro en dinero
blanco es decir modificar el concepto de dinero oculto a la
Hacienda Pública para integrarlo en los canales de fiscalización
tributaria con el objeto de seguir manteniendo oculto su origen
ilícito y poder realizar operaciones lícitas fiscalizables. El
blanqueo de capitales está siendo perseguido y controlado en
muchos países porque permite normalizar el dinero procedente, en
muchos casos, de negocios fraudulentos o delictivos.
La Ley
19/1993 de 28 de diciembre ( B.O.E. núm. 311 de 29 de diciembre )
recoge ya determinadas medidas de prevención del blanqueo de
capitales que desarrolla su Reglamento aprobado por Real Decreto
925/1995 de 9 de junio (B.O.E. núm.160 de 6 de julio).
Bloque
de control:
Cantidad de
acciones que aseguran el control de la sociedad emisora.
Bloqueo
de cambios:
Situación
que impide la fijación de un cambio o cambios de un valor
determinado o de un mercado por un exceso de ofertas o demandas y
gran desequilibrio en sus contrapartidas.
Blue chip:
Término inglés que se usa para señalar a los títulos
principales de un mercado de valores, es decir aquellos que tienen mayor
volumen de negocio. El nombre hace referencia al color (azul) de la sala en
que se cotizaban los títulos más importantes en la Bolsa de New York.
Bola de Nieve:
Operativa consistente en suscribir acciones en todas las
ampliaciones de capital, lo cual amplia en número de acciones poseídas y
reduce el cambio del inventario. Es una buena política de inversión a
plazo cuando se trata de buenos valores, que con regularidad llevan a cabo
ampliaciones de capital.
Boletín de Cotización:
Publicación oficial que realiza cada Bolsa con el objeto
de dar la máxima publicidad a todas aquellas circunstancias que se refieren
directa o indirectamente a la contratación bursátil.
Bolsa:
Mercado financiero donde se negocian valores, se compran
y venden acciones, obligaciones, bonos y otros activos financieros, a
través de intermediarios financieros.También se la conoce como Bolsa de
Valores o Bolsa de Comercio.
Bolsista:
Interviniente en la bolsa. Se dice también de
especulador o inversor a corto plazo.
Bonificación
tributaria:
Exención
parcial del pago de un impuesto como consecuencia de una
situación establecida específicamente en la normativa
tributaria.
Bono:
Valores de renta fija con vencimiento de uno a tres
años.
Bonos basura:
Reciben este nombre aquellos bonos, que presentan un alto
riesgo y como compensación del mismo, tienen un tipo de interés muy
elevado.
Bonos con prima:
Son aquellos que se emiten con un sobreprecio sobre su
valor nominal. Este sobreprecio es lo que se conoce como prima de emisión.
Bono del Tesoro:
Son títulos de Deuda Pública a medio plazo (2 a 5
años) y que emite el Tesoro Público con un nominal de 10.000 pesetas. Su
rendimiento es explícito, es decir con pago periódico de intereses y que
se liquidan por años vencidos. Se negocian en el mercado secundario de
renta fija.
Bono nocional:
Bono
ficticio y teórico con determinadas condiciones definidas que
sirve de referencia como activo subyacente normalizado para los
contratos de futuros sobre tipos de interés. El bono teórico
creado en nuestro mercado de futuros se emite el día del
vencimiento del contrato de futuros , un plazo de vida de 10
años, cupón anual del nueve por ciento y un valor nominal de
diez millones de pesetas.
Bonus:
Incentivo
o prima que se paga por haber alcanzado unos objetivos
empresariales o resultados extraordinarios.
Bottom:
Término usado en el análisis chartista para designar a
la parte más baja de la curva de cotizaciones cuando esta comienza a subir,
después de haber tenido un descenso. Es equivalente a mínimo. Cuando se
forman dos o tres de estos mínimos seguidos, recibe el nombre de doble
bottom y es una figura típica de cambio de tendencia.
BPA:
Es el acrónimo de Beneficio por acción.
Break out:
Su traducción sería punto de ruptura. Se usa en el
análisis chartista para designar el momento en que una cotización rompe
una línea de resistencia.
Broker:
Término inglés con el que se conoce a los
intermediarios financieros.
Broker
ciego:
Entidades
que actúan en los mercados de Deuda Anotada como intermediario
entre comprador y vendedor de forma que ambas partes no conocen al
contrapartidista de la operación concertada que permanece en el
anonimato.
Broker
monetarios:
Son
entidades que intermedian entre instituciones en el mercado
monetario.
Bruto:
Es el importe total de algo sin deducción alguna.
Bund:
Es el equivalente al Bono del Tesoro español, emitido por el gobierno alemán.
Bull:
Palabra inglesa que se utiliza para indicar en los
mercados de valores, el alza de las cotizaciones. Su significado real es
toro.
Bulldog Bonds:
Son los bonos en libras esterlinas que se emiten en
Londres por gobiernos extranjeros y organismos económicos internacionales.
Bundesbank:
Es el nombre que recibe el Banco Central de Alemania.
Bursátil:
Todo lo relacionado con la Bolsa.
Buy-out:
Se refiere a la compra de acciones de una sociedad, por
entero o en una elevada proporción, para llegar a controlarla y realizada
por los propios ejecutivos de la misma.
CCC
Muy
mala calificación, realizada por una agencia de calificación o
" rating" (véase), de una empresa u organismo emisor
que indica grandes dificultades financieras y muy poca capacidad
para reembolsar su deuda.
Caballero blanco:
Es el nombre que sele da aquella persona que acude en
ayuda de una empresa que sufre una OPA hostil, lanzando una contra-OPA a un
precio superior para neutralizarla.
Caballero
negro:
Es sinónimo
de " Tiburón" (véase). Persona física o jurídica que
realiza una " OPA hostil" (véase ) contra una
compañía.
Cabeza y hombros:
Se trata de una figura chartista de cambio de tendencia
formando tres tops consecutivos, uno central más alto llamado cabeza y dos
laterales más bajos llamados hombros, uno antes y otro después de la
cabeza.. Se trata de una figura bajista. Existe también la figura
invertida, es decir, formada por tres bottoms siendo esta de tendencia
alcista.
Cac 40:
Es el principal índice de la bolsa de París. Está
compuesto por los 40 valores principales y tiene una ponderación fija
invariable. También existe un Cac de carácter general formado por los 239
valores más importantes.
Caducidad:
Cumplimiento
del plazo previsto para el ejercicio de un derecho o de una
actividad. Se dice del plazo para ejercitar o ; en su caso, vender
el derecho de suscripción , o también respecto a las órdenes
bursátiles con limitación de tiempo o al transcurrido plazo para
el ejercicio de una opción de compra o venta de valores.
Cajas
de Ahorro:
Son
entidades financieras con funciones similares a los Bancos , se
diferencian de éstos porque no existen accionistas y sus
beneficios suelen destinarse a funciones sociales. Véanse "
Entidades de Crédito".
Cajas
rurales:
Son
instituciones similares a las Cajas de Ahorros, pero con la
finalidad principal de financiar actividades agrícolas, su
ubicación geográfica es fundamentalmente local o provincial.
Véanse " Entidades de Crédito".
Calentar:
Se da este nombre a aquella operación de bolsa
consistente en mover al alza una cotización con ánimo de vender
posteriormente, la elevación se consigue usando rumores o compradores
ficticios a la vez que se realizan fuertes compras. Cuando se ha conseguido
que la cotización se dispare al alza, se vende rápidamente. También se
puede calentar a la baja a fin de realizar compras especulativas a bajo
precio.
Cálculo
financiero:
Conjunto de
operaciones matemáticas que permite determinar y resolver un
problema financiero.
Calificación:
Apreciación
del valor de una empresa privada o de un organismo público emisor
realizado por una agencia de calificación (véase) profesional e
independiente con el objeto de estimar los riesgos de los posibles
inversores en los mercados financieros.
Calificación
de valores:
Es un
procedimiento, creado inicialmente en los mercados de valores
norteamericano, por el cual una entidad privada de carácter
independiente y reconocido prestigio analiza y califica una
emisión de valores según las garantías, potencial financiero y
rentabilidad que ofrece el emisor. La calificación se estructura
en varias categorías que dependen de cada agencia de
calificación y que se aplican a cada categoría según la
solvencia y rentabilidad del emisor.
Call:
Nombre que en los mercados de derivados reciben las
opciones de compra.
Cámara de compensación:
Organismo que en los mercados financieros ejerce la
función de garante de todas las transacciones. La cámara se sitúa de eje
de la transacción convirtiéndose en comprador frente al vendedor y en
vendedor frente al comprador.
Cambio:
Precio que alcanza un valor en bolsa. Precio que tiene una determinada moneda en relación a
otra moneda extranjera. A la relación existente entre ambas se le llama
tipo de cambio.
Cambio base:
Es la media aritmética entre los tipos de cambio más
alto y más bajo de una sesión. Sobre este cambio base se obtienen los
cambios oficiales, añadiendo o restando un 1,5 % al mismo. En las bolsas no
se suele usar el cambio base, sino que se usa el valor al cierre.
Cambio convenido:
Es el valor dado a un titulo por las partes intevinientes
en una transacción con independencia de su valor en el mercado.
Cambio de apertura:
Es el primer cambio de un valor en la sesión de bolsa.
Cambio de cierre:
Es el último cambio del valor de la sesión de bolsa.
Cambio medio:
Representa el más equidistante entre el máximo y el
mínimo de cada valor en una sesión bursátil.
Cambios de intervención:
Son los tipos de cambio de las cotizaciones de divisas
que establece el Banco Central para definir el límite de oscilación de las
mismas en un determinado día. El Banco adquiere el compromiso de comprar o
vender todas las divisas que le ofrezcan al precio de intervención máximo
o mínimo.
Cambios flotantes:
Tipos de cambio en un mercado libre en el que el mismo
sube y baja de acuerdo con la oferta y la demanda.
Camino
aleatorio:
Esta teoría
bursátil pone en duda los análisis de los valores para la toma
de decisiones de inversión. Según esta tesis, las variaciones en
los precios bursátiles constituyen una variable aleatoria y los
cambios sucesivos de la cotización de los valores son
estadísticamente independientes unos de otros. Esta teoría
desvirtúa el papel del análisis técnico y fundamental, supone
la negación de la tendencia bursátil.
Canal:
Se llama así en el análisis chartista a la figura
formada por la cotización en su movimiento entre una línea de resistencia
y una línea de soporte paralelas. Los canales pueden ser horizontales,
alcistas y bajistas.
Candlesticks:
Es un tipo de gráfico de bolsa originario de Japón, en
el que además de usar las cotizaciones de máximo, mínimo y cierre, se
utiliza también la cotización de apertura.
Candonga:
Mercado no oficial de valores mobiliarios de Lisboa,
atendido por corredores libres. Es tan activo como el oficial y el
predilecto de los inversores extranjeros.
Canje:
Cambio de unos valores por otros de características
similares.
Canje
por conversión:
Es un canje
caracterizado por la existencia de modificaciones sobrevenidas en
el contenido jurídico o económico de los valores objeto del
canje, por ejemplo el canje de obligaciones por acciones .
Cap:
Instrumento financiero que se utiliza en los prestamos de
interés variable para cubrir el riesgo de que el tipo exceda de un nivel
fijado de antemano. El proveedor del contrato cobra como contrapartida una
comisión.
Capacidad de beneficio:
Concepto estimativo de la expectativa de cuánto podrá
ganar una empresa; para determinar si, considerando las circunstancias
generales del mercado, estará en condiciones de atender al reembolso de los
recursos ajenos (apalancamiento).
Capital:
Recursos provenientes del ahorro o del préstamo que se
destina a la adquisición de activos financieros o reales.
Capital
autorizado:
Cifra de
capital que puede incrementar el órgano de administración de una
sociedad sin tener que recurrir al procedimiento de ampliación en
Junta General que establece la normativa de Sociedades Anónimas.
Véase el
artículo 153 de la Ley de Sociedades Anónimas que contempla este
supuesto. La regulación registral del capital autorizado se halla
en el artículo 167 del vigente Reglamento de Registro Mercantil.
Capital
circulante:
Elementos o
bienes consumibles en el ciclo de producción de la empresa
(energía, materias primas etc.). Desde otra perspectiva contable
es el "fondo de maniobra" de la empresa y se calcula de
la siguiente forma:
Cc =
Existencias + Caja y Bancos (Tesorería)+ Cuentas a cobrar -
Cuentas a pagar.
Capital
de explotación:
Véase
" Capital circulante".
Capital
desarrollo:
Capital
destinado a empresas de creación reciente para el desarrollo de
sus proyectos.
Capital
desembolsado:
Capital
efectivamente aportado por los accionistas bien en efectivo o bien
en activos físicos o inmateriales.
Capital
emitido:
Dícese de
la cifra de capital que una empresa ha emitido en forma de
acciones.
Capital
empleado:
Fondos
utilizados en una empresa.
Capital
especulativo:
Véase
" Dinero caliente o especulativo".
Capital
fijo:
Bienes que
participan en el proceso productivo de la empresa sin consumirse
necesariamente en el proceso o al menos en un ciclo del mismo
(maquinaria, instalaciones, edificios etc..).
Capital
financiero:
Valor
monetario de los títulos representativos del capital propio de
una sociedad. // Dícese también de la medida de un bien
económico referida al momento de su disponibilidad o vencimiento.
Capital
invertido:
Bienes que
constituyen el activo de una sociedad.
Capital
monetario:
Valor de los
bienes que intervienen en el proceso productivo o capital
técnico.
Capital
nominal:
Capital
escriturado de una empresa y que puede estar parcial o totalmente
desembolsado por los accionistas.
Capital
permanente:
Es un
conjunto constituido por el capital social, las reservas y las
deudas a largo plazo (financiación ajena) de una empresa que le
permite operar y hacer frente a sus necesidades financieras sin
una exigibilidad a corto plazo.
Capital riesgo:
Inversión de capital de una nueva sociedad que en su
misma naturaleza puede ser considerada como actividad de alto riesgo. La
rentabilidad esperada es también muy superior para compensar un probable
porcentaje de fracasos.
Capital social:
Capital aportado por los accionistas para constituir una
sociedad y que les otorga derechos sobre la misma en el reparto de
beneficios, ampliaciones de capital, etc.
Capital
suscrito:
Acciones
suscritas del total ofertado en una suscripción.
Capital
técnico.
Conjunto
de bienes de producción de una empresa.
Capitales
propios:
Conjunto
de recursos propios de una empresa.
Capital flotante:
Parte del capital de una sociedad que cotiza en bolsa y
no está controlada por accionistas estables.
Capitalismo:
Doctrina económica que se basa en la propiedad privada
de los factores de producción que considera que el sistema de libertad del
mercado y de precio es el más eficiente para lograr la óptima asignación
de recursos en una economía.
Capitalización bursátil:
Es el valor del capital de una sociedad obtenido a partir
de su cotización en bolsa. Se obtiene multiplicando la cotización de sus
acciones por el número de las mismas. Este mismo cálculo se puede realizar
para todo el mercado, sumando la capitalización de todas las sociedades que
componen el mercado.
Capitalización
de intereses:
Incorporación
al capital de una obligación de pago de los intereses de tal
forma que su incorporación produzcan también intereses de los
intereses.
Véase
" Interés compuesto" ó " capitalización
compuesta".
Capitalización
compuesta:
Es la que
implica la agregación de los intereses al capital de tal forma
que se reinvierten en el siguiente período al mismo tipo de
interés. Véase Interés compuesto
Capitalización
simple:
Es aquella
en la que los intereses generados no son reinvertidos en el
período siguiente y por tanto los intereses no generan nuevos
intereses. Véase Interés simple
Capitalización
del beneficio:
Consiste en
agregar el beneficio al capital. Se aplica a la conducta de los
accionistas que acuden a la suscripción de nuevas acciones, en
lugar de vender en Bolsa el derecho de suscripción preferente.
Capitalizar
una renta:
Operación
de cálculo consistente en valorar un capital partiendo de su
rentabilidad, según el tipo de interés corriente.
Caption
Voz
anglosajona que designa la opción , mediante el pago de una
prima, para comprar o vender un cap (véase) en una fecha futura
determinada.
Carta
de crédito:
Convenio
crediticio entre un cliente y su banco para la puesta a
disposición de fondos en el extranjero. La apertura de la carta
de crédito permite disponer de dinero en el extranjero a través
del corresponsal bancario en el país de que se trate.
Carta
de porte:
Es un
título representativo de las mercancías transportadas que es
negociable incluso en Bolsas de mercaderías y que como documento
formal incorpora las cláusulas de un contrato de transporte de
mercaderías.
Cártel:
Acuerdo
entre empresas para limitar la competencia entre ellas.
Cartera de valores:
Es el conjunto de títulos que posé una persona o una
entidad como inversión financiera
Cartera
eficiente:
Se denomina
así a la cartera de valores que está completamente diversificada
compensando los riesgos de los distintos componentes de dicha
cartera.
Casar operaciones:
Operación que se efectúa cuando se reciben ordenes de
compra y venta referentes al mismo valor y precio, de tal modo las demandas
de uno son satisfechas con las ofertas de otros.
Casas de Bolsa:
Es el nombre por el que se conocen a las sociedades de
mediación en bolsa y a las sociedades de análisis bursátil.
Cash:
Palabra inglesa cuyo significado es caja y que se utiliza
en el sentido de liquidez.
Cash flow:
Su traducción es flujo de caja. Refleja los recursos
generados por una empresa en un determinado periodo. Comprende la suma de
los beneficios, amortizaciones y previsiones.
Cazador de gangas:
Inversor que está pendiente de las bajadas de las
cotizaciones para adquirir títulos y venderlos en cuanto la cotización
recupera su valor habitual.
Cazadorde
primas:
Especulador
que actúa en el mercado primario y que cuando se produce una
emisión que él considera que va a tener un gran éxito y que va
a ser suscrita en exceso y por tanto existirá un prorrateo, da
órdenes de suscripción por encima de sus posibilidades
económicas con la idea de que cuando se introduzca el valor
emitido en el mercado secundario la demanda no satisfecha (por
exceso de suscripción) impulsará las cotizaciones al alza y el
podrá vender con plusvalía (prima) las acciones suscritas.
Cebes:
Nombre que se le da a los certificados de depósito del
Banco de España y que fijan de forma oficial el tipo de interés del dinero
en nuestro país.
Cédulas hipotecarias:
Títulos que se emiten con la garantía de la cartera de
préstamos concedidos con garantía de inmuebles por la sociedad emisora.
Central de anotaciones:
Es el organismo encargado dentro del Banco de España de
registrar y anotar en cuenta todas las transacciones que se realizan con los
títulos y garantiza la propiedad de los mismos. Este organismo sustituye a
los antiguos títulos físicos.
Certificado de acciones:
Al objeto de facilitar la negociación en bolsa de
acciones extranjeras, ciertos bancos extienden certificados del depósito de
títulos, que son cedidos por los bancos a sociedades interpuestas que se
ocupan de su negociación.
Certificado de depósito:
Colocaciones de fondos hechas en la banca a plazo, desde
siete días a más de un año, con intereses superiores a los de las cuentas
de ahorro, y formalizados en documentos utilizables para pagos, endosables,
o negociables de otra forma en el mercado de dinero.
Certificado de legitimación:
Ver certificado de depósito.
Cesión de activos:
Operación por la cual el otorgante inicial de una
financiación la cede total o parcialmente, ya sea conservando el riesgo de
la misma o transmitiéndola al adquirente.
Cesta de fondos:
Inversión que se realiza adquiriendo diversos fondos con
características diferentes a fin de diversificar los riesgos y conseguir
mejor rentabilidad y seguridad en la inversión.
Cesta de monedas:
Es el conjunto de divisas que se usan para establecer el
valor de una determinada moneda.
Ciclo económico:
Es la variación a largo plazo de la situación
económica de un país, medida a través de sus índices macroeconómicos.
El ciclo se llama expansión si es alcista y recesión si es bajista.
Ciclo bursátil:
Es la variación a largo plazo de las cotizaciones que
dan lugar a la tendencia primaria de la bolsa. Por lo general estos ciclos
coinciden con los ciclos económicos con un adelanto de 6 a 12 meses.
Cierre:
Momento en el que termina oficialmente las cotizaciones
bursátiles.
City:
Es el nombre que se le da al centro financiero de Londres
y donde están establecidas entre otras instituciones la Bolsa de Londres.
Cláusula
antidilución:
Cláusula
que se introduce en la emisión de obligaciones y bonos
convertibles en acciones que trata de compensar los descensos de
cotización en las acciones como consecuencia de ampliación de
capital.
Cláusula
de indicación o indexación:
Cláusula
que fija la variación de unos beneficios intereses o precios en
función de un índice de referencia.
Cláusula
de prohibición de disponer:
Cláusula
que se impone al comprador de unos valores con pago del precio
aplazado que no puede disponer de los mismos ni enajenarlos sin
consentimiento del vendedor hasta tanto no haya pagado el precio
total de la operación aplazada.
Cláusula
de repo:
Cláusula de
recompra de lo vendido.
Cláusula
de reserva de dominio:
Cláusula
frecuente en los contratos de venta de valores con pago aplazado
cuando el vendedor se reserva la propiedad de los valores vendidos
hasta tanto no se haya pagado íntegramente el precio pactado.
Cláusula
multidivisa:
Cláusula
que se fija en los préstamos y créditos en divisas que permite
elegir la divisa de reembolso y pago de intereses en los períodos
de amortización establecidos en el contrato.
Club de Inversión:
Comunidad o sociedad civil formada por un grupo de
inversores, los cuales hacen entrega de una aportación de entrada al club y
unas aportaciones periódicas con el fin de realizar inversiones en bolsa.
CNMV:
Acrónimo de la Comisión Nacional del Mercado de
Valores. Es la encargada del buen funcionamiento y vigilancia del
cumplimiento de todas las normativas vigentes en la Bolsa.
Cobertura:
Provisión de fondos para asegurar una operación
bursátil. Consiste en reducir el riesgo que supone mantener una
posición en algún tipo de activo. Como la cobertura no puede ser perfecta,
siempre exisitirá un riesgo de cobertura.
Cobertura
a plazo:
La
operación de cobertura a plazo trata de compensar una posición
igual pero contraria de los movimientos de los mercados
financieros de contado a través de la evolución de los mercados
de futuros. Se trata de cubrir una posición de compra o venta al
contado de valores, mercaderías o divisas con la suscripción de
contratos de futuros de compra o venta sobre el mismo activo
subyacente de tal modo que permita eliminar o limitar el riesgo de
las fluctuaciones.
Cobertura
de cambio:
Operación
de compra o venta de divisas con el objeto de cubrir una posición
a plazo y garantizarse contra una fluctuación del curso de los
cambios.
Cobertura
de futuros:
Cobertura de
una operación al contado a través de contratos de futuros sobre
el mismo activo.
Cobertura
de opciones:
Cobertura de
la compra o venta de un activo al contado realizada con la
compraventa de contratos de opciones sobre el mismo activo.
Cobertura
de opciones de compra:
Es la
cobertura realizada sobre un activo a través de la venta o
adquisición de opciones de compra sobre dicho activo.
Coeficiente
alfa:
Este
coeficiente compara el riesgo específico de un valor en relación
con el riesgo sistemático del mercado. Se calcula por la fórmula
que mide la rentabilidad de la acción en relación con una
rentabilidad dada del mercado.
Coeficiente
beta:
Este
coeficiente compara el riesgo sistemático de un valor , medido
por su volatilidad, con el del mercado. Se halla su valor por el
cociente de la covarianza de un valor y la covarianza del mercado.
Coeficiente
de activos financieros:
Este
coeficiente nos indica el grado en que la actividad de la empresa
se apoya en préstamos que concede a largo plazo y en
participaciones de capital a riesgo. Se expresa por la fórmula
siguiente:
CFA = (
Inmovilizado financiero/Activo Neto ) x 100
Coeficiente de caja:
Se trata de un depósito financiero obligatorio que todas
las instituciones financieras deben mantener en el Banco de España.
Colgado:
Nombre que se le da a un inversor que ha comprado valores
a los precios máximos, cuando bajas las cotizaciones de los mismos.
Colocación:
Venta de activos financieros a personas o instituciones,
generalmente con la asignación de una comisión para los intermediarios a
fin de incentivar la misma. Se puede realizar a través de una oferta
privada o pública de venta.
Colocar:
Depositar un dinero o títulos en una institución
financiera con unas determinadas condiciones pactadas de antemano.
Collar:
Se trata de un instrumento financiero que se usa para
cubrir los riesgos de movimientos inesperados de los tipos de interés.
Comisión:
Cantidad fija o variable que cobra un intermediario por
la prestación de sus servicios. Suelen establecerse en porcentajes sobre el
importe de la compra o venta, con una cantidad mínima si no se alcanza un
determinado volumen. Contrato regulado por nuestro ordenamiento jurídico.
Comité de mercados abiertos de la reserva federal:
Organismo de la reserva federal de los Estados Unidos,
que se reúne trimestralmente para determinar el tipo oficial del dinero.
Commodity:
Palabra inglesa que se utiliza para calificar a las
diferentes materias primas y que sirve de subyacente en los mercados de
futuros.
Compraventa bursátil:
Contrato por el que una parte, vendedora, se obliga a
entregar un valor mobiliario determinado a otra, compradora.. El comprador
debe abonar al vendedor el precio determinado por la cotización bursátil
del valor objeto de la operación.
Compra apalancada:
Se llama así a aquella compra de un activo financiero
que se efectúa con un desembolso mínimo de dinero, ya que se utiliza el
propio fondo financiero que se adquiere como garantía de dicha compra. Es
de uso corriente en los mercados de derivados, implicando una mayor
posibilidad de obtener beneficios o pérdidas. Se conoce como grado de
apalancamiento a la relación existente entre el dinero desembolsado y el
valor real del activo adquirido.
Compra a crédito:
Operación bursátil de adquisición de acciones en
bolsa, utilizando como recursos créditos concedidos a través de la
autoridad bursátil. Si la cotización cae por debajo de la cotización de
compra, el agente tiene derecho a exigir que el cliente vaya haciéndose
cargo de las pérdidas.
Con límite a:
Orden de bolsa en la que se pone un limite al cambio
máximo si se trata de compras o mínimo si es de ventas.
Consejo de Administración:
Organo colegiado que dirige la marcha de una sociedad
supervisando y guiando la actuación de la dirección. La Junta General de
Accionistas, es la encargada de nombrar a sus componentes y de ratificarlos
en los cargos.
Consolidado:
Término que se usa para los balances, informes contables
y cuenta de resultados de una sociedad que a su vez esta formada por muchas
otras filiales. Se suman las partidas, compensando las cuentas y los saldos
de las filiales para reflejar la situación patrimonial y la rentabilidad
del grupo de empresas.
Contabilidad:
Es un soporte básico para tomar decisiones sobre
inversiones, basándose en criterios y procedimientos existentes para
asegurar la correcta valoración de bienes, derechos y obligaciones.
Contabilidad administrativa:
Sistema contable propio de las entidades que actúan sin
ánimo de lucro. Su punto de partida y su nota característica es el
presupuesto, mientras que su finalidad es demostrar que los ingresos
obtenidos han sido debidamente aplicados a los gastos autorizados,
habiéndose desarrollado el presupuesto de acuerdo con lo previsto.
Contabilidad analítica:
Ver contabilidad de costes.
Contabilidad comercial:
Ver contabilidad externa.
Contabilidad de costes:
Tiene por objeto la captación, medición, registración,
valoración y control de la circulación interna de valores de la empresa,
al objeto de suministrar información para la toma de decisiones sobre la
producción, formación interna de precios de coste y sobre la política de
precios de venta y análisis de los resultados, mediante el contraste con la
información que revela el mercado de factores y productos, basándose en:
a) leyes técnicas de producción.b) leyes sociales de organización.c) leyes económicas de mercado.
Contabilidad de explotación:
Ver Contabilidad de costes.
Contabilidad de gestión:
Ver Contabilidad de costes.
Contabilidad especulativa:
Sistema contable propio de comerciantes y empresas que
actúan con ánimo de lucro. Su punto de partida es el inventario general,
para formar los correspondientes balances de situación y determinar el
beneficio o pérdida en el ejercicio.
Contabilidad externa:
Parte de la contabilidad dedicada al estudio de todas las
transacciones que la empresa realiza con el mundo exterior. Se la conoce
también como contabilidadfinanciera, contabilidad general y contabilidad
comercial.
Contabilidad financiera:
Ver Contabilidad externa.
Contabilidad general:
Ver Contabilidad externa.
Contabilidad industrial:
Ver Contabilidad de costes.
Contabilidad interna:
Rama de la contabilidad, diferenciada de la externa o
financiera tanto por sus características como por sus objetivos. En ella se
plantea y analiza sistemáticamente toda la problemática contable relativa
tanto al proceso de formación y transformación de valores que se produce
dentro de la unidad económica, como a la evaluación y control de la
eficiencia económica.
Contabilidad nacional:
Sistema de cuentas integradas cuya finalidad es dar una
visión sistemática de los flujos de producción, renta y gasto de una
economía nacional, durante unperiodo determinado.
Contabilidad pública:
Contabilidad administrativa desarrollada por la
administración económica del Estado y demás organismos públicos.
Contabilidad regional:
Contabilidad social, cuando la colectividad delimitada es
de ámbito inferior al correspondiente al Estado. Sus fundamentos y esquemas
son análogos a los de la contabilidad nacional.
Contabilidad social:
Conjunto de técnicas de registro y su plasmación en
cuentas, que tiene por objeto medir sistemáticamente los valores de todas
las corrientes de bienes y servicios que tienen lugar en una colectividad
dada, durante un determinado periodo de tiempo.
Contraasiento:
Asiento contable en el diario o en el mayor, cuyo objeto
es subsanar el error cometido en otro anterior.
Contraopa:
Como indica su nombre, es una OPA que se presenta en
contra de otra OPA anterior, lógicamente las condiciones de esta segunda
para que pueda tener éxito, deberán ser más favorables.
Contrapartida:
Postura de oferta y demanda
contraria a la que una persona formula. Son los títulos o dinero necesarios para que se pueda
realizar una orden de compra o venta a una determinada cotización. Las
contrapartidas aseguran la liquidez del mercado. En contabilidad, asiento
que figura en el haber de una cuenta y que tiene su compensación en una
partida del debe de otra cuenta, o viceversa.
Contrato:
Acuerdo entre dos o más partes mediante el cual se
obligan los contratantes a dar, hacer o no hacer alguna cosa, que vienen
especificadas claramente en el mismo.
Contrato de futuros:
Contrato por el que una parte compra o vende una cantidad
normalizada de un activo financiero (títulos, materias primas, etc). La
cantidad recibe el nombre de subyacente y cotizan en los mercados de
derivados o futuros.
Conversión:
Sustitución de un título que incorpora una determinada
clase de derecho por otro título que acredita derecho de características
distintas.
Convertibilidad:
Es la posibilidad de poder cambiar en el mercado de
divisas unas monedas por otras, sin que exista control alguno sobre los
cambios ni restricciones para residentes.
Convertible:
Adjetivo que se aplica a una obligación que tiene la
posibilidad, en el momento de su amortización, de ser canjeada, a un tipo
de conversión convenido, por acciones de la sociedad emisora.
Coopropiedad de acciones:
Supuesto en que una o mas acciones corresponden a varios
titulares.
Corredor de bolsa:
En España lo son las Sociedades de Bolsa y las Agencias
de Bolsa. Antigua figura de Agente de Cambio y Bolsa.
Corredor de comercio:
Agente de comercio colegiado que efectúa su trabajo en
lugares donde no existe bolsa de valores. Hace las veces de mediador
cualificado y fedatario público.
Corrección:
Se dice que la cotización de un valor o de un índice ha
sufrido una corrección, cuando se produce una caída de la misma, después
de una subida y que oscila (la cada) entre un tercio y la mitad de la
subida.
Corretaje:
Comisión que se abona a un intermediario como pago por
sus servicios. Generalmente está ajustada a una ley o arancel previamente
establecido.
Corro:
Reunión de intermediarios en el espacio señalado del
salón de contratación de bolsa, durante las horas bursátiles, para
intercambiar las ofertas y demandas de valores y fijar los cambios.
Corto plazo:
Se trata de un término subjetivo referente al periodo de
tiempo de duración de las operaciones bursátiles, dependiendo su
clasificación del sector de la actividad a que se refieren. En bolsa este
periodo de tiempo entre compra y venta suele ser de 15 sesiones (tres
semanas naturales). Se le da el nombre de a muy corto plazo, cuando el
vencimiento es de una semana (5 sesiones).
Cotización:
Precio alcanzado en el mercado por un valor. Es el precio de equilibrio para un título en función de
la oferta y la demanda. Igualmente se utiliza este nombre para el precio al
que se ha realizado la compra o la venta de un valor o de una divisa en la
bolsa o en los mercados monetarios.
Cotización
a plazo:
Precio
establecido para un activo trascurrido un plazo determinado.
Cotización
al contado:
Precio
establecido para un activo en un instante determinado en que se
perfeccionan y consuman las operaciones de pago del precio y
entrega del bien.
Cotización
bursátil:
Cambios y
precios de los valores negociables en Bolsa.
Cotización
con cupón corrido:
Es aquella
cotización de valores de renta fija que incluye los intereses ya
devengados y no percibidos por el adquirente del valor.
Cotización
de cambio:
Valor de
cambio de una moneda en relación a otra moneda extranjera.
Cotización
en firme:
Cambio o
cotización que es vinculante para el que la oferta, si la otra
parte la acepta de inmediato o en caso de no especificarse por la
cantidad mínima que marquen el uso o las normas del mercado.
Cotización
ex cupón:
Cotización
corregida por la disminución del valor del cupón.
Cotización
oficial:
Es la
cotización que tienen los valores admitidos a negociación en los
mercados secundarios oficiales.
Cotización
relativa:
Es la
relación entre la cotización de un valor y el índice general
bursátil.
Cotización
spot:
Precio de
contado y con liquidación inmediata de un activo.
Cotización de cierre:
Es la cotización que tiene una acción en el momento del
cierre de la sesión de bolsa. Existen también la cotización de apertura,
la máxima y la mínima, todas ellas referentes a la sesión, aunque la más
conocida y de mayor uso es la cotización de cierre.
Cotizar:
Asignar el precio de un valor en la Bolsa o en el
mercado.
Coyuntura bursátil:
Situación por la que atraviesan las cotizaciones de la
bolsa, en un momento dado, resultante de la conjunción simultánea de
acontecimientos de diversa índole.
Coyuntural:
Se le da este nombre a la situación que tiene la
economía en un momento determinado y que puede ser diferente de la
situación económica.
Crack:
Derrumbamiento. Desastre financiero. Quiebra, bancarrota.
Denominación que indica la caída vertiginosa de las cotizaciones de la
mayoría de los valores de una bolsa.
Creador de mercado:
Intermediario que anuncia ininterrumpidamente los precios
y cantidades que se dedica a intervenir.
Crédito:
Préstamo concedido por una persona física o jurídica a
otra, para que disponga, a su conveniencia hasta un cierto límite, o bien
con fijación de los plazos para la devolución del principal y de los
intereses. El que concede el crédito es el prestamista o acreedor; y el que
lo obtiene, el prestatario o deudor.
Crédito Swaps:
Son los que se conceden los bancos centrales entre sí.
Conocidos como "créditos de dobles", consisten en la venta de
moneda del país prestamista al país prestatario a cambio del equivalente
en la moneda del país prestatario.
Cuartillo:
Término usado para designar en los tipos de interés el
equivalente a 250 puntos básicos o a un cuarto de punto.
Cuenta de explotación:
Informe contable en el que se recogen los flujos reales
originados por la gestión normal de la empresa, principalmente la
variación de existencias y las cuentas de compras, ventas, gastos e
ingresos. Hoy en día es más usado el término cuenta de resultados.
Cuenta de pérdidas y ganancias:
Cuenta que recoge los resultados de la cuenta de
explotación, los resultados extraordinarios y la cartera de valores, antes
y después del pago de impuestos.
Cuentas directas de deuda anotada:
Se trata de un servicio que presta el Banco de España,
de acuerdo con el tesoro público, para que cualquiera puede suscribir
cualquier modalidad de Deuda del Tesoro con unas comisiones mínimas.
Cuenta de Valores:
Es una anotación contable en la que se hacen constar
todos los valores mobiliarios que una misma persona tiene depositados en una
entidad bursátil o financiera.
Cuidadores:
Profesionales de los mercados financieros que se encargan
de mantener, la cotización de un título en unos niveles predeterminados,
dentro de lo posible.
Cupón:
Se da este nombre a cada uno de los cobros de dividendos
o derechos de suscripción que ejerce el accionista propietario de un
determinado valor. El nombre le viene dado por las antiguas acciones que
llevaban adjuntas unos cupones que el accionista iba recortando para cobrar
los dividendos.
Cupón
corrido:
Este
supuesto se da en los valores de renta fija y es la incorporación
al precio del valor de los intereses devengados desde la fecha de
pago del último cupón hasta la fecha en que se produce la
valoración o la venta. Por ejemplo, en el supuesto de venta el
comprador adquirirá una obligación o un bono con unos intereses
devengados, aún no pagados, hasta la fecha de venta que se harán
efectivos cuando se abone el próximo cupón por ello es preciso
valorar esos intereses corridos para determinar su precio real y
actual. La determinación del valor del cupón corrido se realiza
así:
Cupón
corrido = ( Número de días desde el pago del cupón
anterior/Número de días desde el pago del último cupón hasta
el pago del próximo ) x valor del cupón vigente.
Cupón
de dividendo:
Es el cupón
que da derecho al cobro de dividendos en una sociedad.
Cupón
de suscripción:
Es el cupón
que da derecho a la suscripción de nuevas acciones en una
ampliación de capital de una sociedad, el titular puede
enajenarlo a su valor teórico ( véase " Valor teórico del
derecho de suscripción ) o el de mercado o ejercerlo suscribiendo
con él el número de acciones a que tenga derecho.
Curso de los cambios:
Variación de los cambios de un valor durante la sesión
de bolsa.
Curva:
Representación esquemática de las fases sucesivas de un
fenómeno por medio de una línea cuyos puntos van indicando valores
variables.
Curva de cotización:
Es la línea que en un chart dibuja la cotización de un
valor al desplazarse a lo largo del tiempo. El estudio de estas curvas,
constituye la base del análisis chartista.
Custodia de títulos:
Servicio que prestan las personas físicas o jurídicas,
principalmente Bancos, que manejan títulos de propiedad mobiliarios o
inmobiliarios, consistente en mantener en lugar seguro los citados títulos
y ponerlos a disposición de sus titulares en el momento en que éstos así
lo soliciten.
Chantaje
financiero:
Situación
irregular que se produce en algunas ocasiones en los mercados
cuando un " tiburón financiero" (véase) compra
secretamente un número importante de acciones de una sociedad y
amenaza a ésta con lanzar una " opa hostil" (véase) si
no se le compran las acciones adquiridas a un precio superior al
que él ha pagado.
Chart:
Gráfico que representa los movimientos de las acciones u
otros tipos de títulos. Los hay de muchos tipos: point and figure,
logarítmico, etc.
Chart de barras:
Tipo de gráfico en el que cada sesión de un valor se
representa como una pequeña barra vertical en la que figura la cotización
máxima, la mínima y como un pequeño guión horizontal, la cotización de
cierre.
Chart logarítmico:
Gráfico en el que la escala usada para representar las
cotizaciones es tipo logarítmico, con lo que a porcentajes de subidas
iguales corresponden espacios iguales en la escala. En lugar de representar
puntos de movimiento, se representan porcentajes de movimiento.
Chartismo:
Técnica del análisis bursátil que pertenece al
análisis técnico. También se conoce con el nombre de análisis gráfico.
Chartista:
Nombre que se les da a aquellas personas que realizan el
chartismo.
Cheque:
Documento
que contiene un mandato de pago a la vista hecho por el librador
sobre un depósito hecho en el librado y a favor de sí mismo o de
tercera persona.
Se regula el
cheque en los artículos 106 y siguientes de la Ley Cambiaria y
del Cheque de 16 de julio de 1985 ( B.O.E. nº 172 de 19 de julio
)
.
Cheque
a la orden:
Cheque que
permite su endoso a tercera persona.
Cheque
al portador:
Si consta
dicha cláusula en el cheque, aunque se haya puesto a nombre de
una persona si se añade " o al portador".
Cheque
bancario:
El cheque
expedido por un banco por cuenta y cargo de un cliente o a su
propio cargo.
Cheque
certificado:
Es aquel en
que el librado imprime una cláusula en que reconoce la
autenticidad de firma y la existencia de provisión de fondos
suficiente, pero sin bloquear la cuenta y siendo revocable.
Es
equivalente a "Cheque conformado".
Cheque
cruzado.
Es aquel
cheque en el que se realiza el pago por medio de un banco. A
efectos prácticos se utiliza como "cheque para abonar en
cuenta". Se denomina también cheque para compensación.
Cheque
de viaje:
Este tipo de
cheques eliminan el riesgo del transporte de dinero efectivo y son
similares a los cheques bancarios. El adquirente de los citados
cheques ha de firmar en el momento de la compra del cheque sobre
el propio título y estampar nuevamente su firma para su cotejo,
con la ya realizada en el momento de la adquisición, al hacer
efectivo el cheque en la entidad que se presente al cobro. De esta
forma se acredita que es el legítimo tenedor identificándose
además por medio de los documentos oficiales identificativos en
vigor.
Cheque
en blanco:
Cheque en
que el nombre del beneficiario no está indicado.
Cheque
garantizado:
Es un cheque
en el cual el librado o el banco se compromete y garantiza su
pago. Es similar a cheque certificado.
Cheque
nominativo:
Si en el
documento se identifica a su tenedor.
Chicago Board of trade:
Mercado que tiene su sede en Chicago. Se trata del mayor
mercado de opciones y de futuros del mundo
Chicharro:
Palabra usada en el argot de la bolsa para referirse a
aquellos valores que son muy baratos y con escasa liquidez en bolsa. En los
momentos de fuertes subidas o bajadas siguen multiplicando la tendencia del
mercado
Chiringuito financiero:
Nombre que se le da a aquellas entidades financieras de
pequeño tamaño y de funcionamiento irregular rondando incluso la
ilegalidad a veces.
D+3D:
Es
la denominación abreviada que recibe el sistema recientemente
instaurado por el Servicio de Liquidación y Compensación de
Valores (véase) por el cual el plazo de liquidación de las
operaciones bursátiles se reduce a tres días desde la fecha de
contratación. Es uno de los procedimientos de compensación y
liquidación de operaciones más ágiles de las Bolsas
internacionales.
Dador
de órdenes:
Es
el comitente o persona que encarga a un intermediario bursátil o
financiero la realización de una operación de bolsa o en los
mercados financieros siguiendo las instrucciones dadas en la orden
recibida.
Dax:
Se trata del índice más importante de la bolsa de
Francfort. Está formado por la media ponderada de los 30 títulos de mayor
capitalización de los que forman dicha bolsa.
Dealer:
Término anglosajón que
define al intermediario en los mercados organizados que opera por
cuenta propia y actúa como contrapartidista de órdenes de
compraventa de valores negociables.
Debacle:
Término francés para
referirse a un desastre , en los mercados financieros puede
referirse a una baja generalizada y profunda de los mercados y
aplicarse como sinónimo de " crack".
Débil:
Es la calificación que se hace de los activos
financieros que tienen precios poco estables y fuerte tendencia a descender,
fundamentalmente referido a las divisas.
Defensa
contra adquisiciones:
Son las
instrumentadas por la dirección de una empresa cuando teme ser
objeto de adquisición por otra. Entre ellas están: la píldora
venenosa, defensa Pacman, reestructuración del balance,
recapitalización dual, etc.
Déficit:
Descubierto que resulta en una cuenta, comparando el
activo con el pasivo o los ingresos con los gastos. También se puede
definir como el resultado de unas cuentas de gastos mayores que las de
ingresos (pérdidas).
Déficit comercial:
Importe de la diferencia originada por un mayor valor de
las compras respecto del valor de las ventas (pérdidas en ventas).
Déficit de caja:
Insuficiencia de recursos monetarios líquidos que se
produce cuando los ingresos en efectivo son menores que los gastos en
efectivo.
Déficit de explotación:
Importe de la diferencia entre el valor de las ventas
menos los gastos de explotación, cuantos estos últimos son mayores que los
primeros.
Déficit de la balanza comercial:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza de capital:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza de pagos:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza de servicios:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza de transferencias:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la balanza por cuenta corriente:
Ver Déficit exterior.
Déficit de la nación por cuenta corriente:
Situación de la balanza de pagos de un país en la que
los ingresos proporcionados por las transacciones de la balanza por cuenta
corriente son inferiores a los pagos al exterior realizados por las
transacciones de esa balanza de operaciones corrientes.
Déficit de tesorería:
Insuficiencia de recursos financieros a corto plazo como
consecuencia de un mayor volumen de gastos de explotación y de inversión
en comparación con los ingresos y la financiación.
Déficit del Tesoro:
Saldo negativo del presupuesto del Tesoro o presupuesto
consolidado de caja que refleja una situación en la que las salidas de caja
originadas por los gastos públicos son superiores a las entradas debidas a
los ingresos corrientes del Estado.
Déficit exterior:
Aquella situación en la que los pagos internacionales
que realiza un país son mayores que los ingresos que en oro y divisas
percibe de otros países. El déficit exterior está ocasionado por las
transacciones internacionales de un país, tanto por cuenta corriente como
de capital. Por tanto, la medición y la búsqueda de las causas de un
déficit exterior hay que hacerlo en la balanza de pagos. El desequilibrio
negativo, o el saldo negativo, de la balanza de pagos indica el déficit
exterior y refleja un empeoramiento en la posición neta de liquidez
internacional de un país. Para algunas finalidades de estudio, el déficit
exterior puede venir medido por el saldo negativo de cualquiera de las
subbalanzas de la balanza de pagos. De esta manera puede hablarse de
déficit de la balanza comercial, déficit de la balanza de servicios,
déficit de la balanza por cuenta corriente, déficit de la balanza de
transferencias o déficil de la balanza de capital.
Déficit financiero:
Falta de recursos financieros con relación a las
necesidades de financiación.
Déficit fiscal:
Ver Déficit del Tesoro.
Déficit presupuestario:
En términos generales, diferencia en la que superan las
previsiones de gastos a las previsiones de ingresos en el presupuesto
realizado por cualquier agente económico.
Déficit público:
Ver Déficit del Tesoro.
Deflación:
Proceso en el que el valor de la unidad monetaria está
aumentado a consecuencia de una caída en los precios. En la práctica
constituye una situación en la que la disminución de la demanda monetaria
global se debe a una menor producción de bienes y servicios, lo que provoca
una inferior demanda de factores productivos, una disminución de la renta
monetaria y una caída del nivel general de precios.
Deflactar:
Transformar una magnitud económica expresada en
términos corrientes a los precios de un año base. El valor de un bien o
servicio es igual al producto de su cantidad por el precio del mismo (V=QxP),
por tanto, la operación de deflactar consiste en separar o disgregar Q (la
cantidad) de P (el precio). El resultado muestra pues, el valor real del
flujo o fondo correspondiente a la variable económica considerada, es
decir, el valor a precios constantes.
Deflactor:
Indice de precios utilizado para deflactar una magnitud o
un valor monetarios.
Delito
de información privilegiada:
Acto punible penalmente
ejecutado por persona que por su profesión dispone de
información reservada en los mercados financieros sobre una
determinada sociedad cotizada o sobre las perspectivas a corto
plazo de un valor o de un mercado y utiliza esa información
reservada en beneficio propio o de terceros afines antes de que la
conozca el gran público inversor. Véase " Información
privilegiada".
Delito
de indiciados:
Véase " Delito de
información privilegiada".
Delito
fiscal:
Elusión del pago de los
impuestos por parte del sujeto pasivo por un importe superior a 15
millones de pesetas, se ha elevado últimamente la cantidad
defraudada que se considera como delito.
Delta:
Es un instrumento que
permite evaluar en el mercado de opciones la sensibilidad de la
variación de los precios al contado del activo subyacente en
relación con el precio de la opción. Compara, pues, la
variación de la prima de la opción en relación con la
variación de la cotización al contado del activo subyacente.
Demanda:
Deseo o plan de adquisición de un bien o de un conjunto
de bienes. En general se admite que la demanda depende del precio del bien,
de la renta del sujeto y de los precios de los bienes que son sustitutivos o
complementarios del primero.
Demanda agregada:
Conjunto de la demanda dirigida a todos los bienes
existentes en el mercado de una economía nacional.
Demanda conjunta:
Cuando dos o más bienes son complementarios, en el
consumo o en la producción, se dice que existe demanda conjunta de ellos.
Demanda de dinero:
Está constituida por tres motivos fundamentales:
1) Basado en la función que tiene el dinero como medio de cambio. La cantidad de dinero demandada dependerá de la producción.2) El público desea mantener cierta cantidad de dinero disponible para hacer frente a necesiddes o gastos extraordinarios.3) El hecho de que el público mantiene dinero ocioso que no necesita para transacción ni por precaución y que no transforma en activos rentables cuando considera que el tipo de interés existente es suficientemente bajo como para esperar que suba en un futuro próximo.
Demanda de liquidez:
Cantidad de activos líquidos que los agentes económicos
desean mantener. La demanda de liquidez está constituida fundamentalmente
por la demanda de dinero, que es el activo plenamente líquido.
Demanda de precaución:
Ver demanda de dinero.
Demanda de transacción:
Ver demanda de dinero.
Demanda derivada:
Demanda que es consecuencia de otra demanda.
Demanda diferida:
Recibe este nombre la demanda no manifestada como
consecuencia de situaciones excepcionales y que se
manifiesta al término de las mismas.
Demanda efectiva:
En términos generales, la efectivamente realizada, que
no tiene por qué coincidir con la planeada. La demanda efectiva es la
determinante del nivel derenta y del volumen de la oferta global alcanzada.
Demanda elástica:
Aquella que es muy sensible ante variaciones del precio
del bien considerado.
Demanda especulativa de dinero:
Ver demanda de dinero.
Demanda externa:
Cantidad de bienes y servicios producidos en un país
demandados por residentes en el extranjero.
Demanda final:
La consistente en bienes o servicios para consumo,
inversión, públicos o privados o para exportación. Desde otro punto de
vista, es igual al gasto bruto de la economía, o empleo de los recursos.
Demanda global:
En términos agregados, el conjunto de las distintas
demandas de consumo, inversión, etc.
Demanda inelástica:
Aquella que es poco sensible a las variaciones del precio
del bien.
Demanda insatisfecha:
Aquella parte de la demanda planeada (en términos
reales) en que éste excede a la oferta planeada y que, por lo tanto, no
puede hacerse compra efectiva de bienes y servicios.
Demanda intermedia:
Conjunto de bienes intermedios demandados como factores
de la producción a los sectores económicos de un país.
Demanda interna:
Cantidad total de bienes y servicios demandados por los
residentes en un país.
Demanda normal:
Recibe este nombre la demanda, cuando, como es el caso
general, decrece al aumentar el precio del bien y viceversa.
Demanda planeada:
La que desean los sujetos económicos en función de sus
expectativas de rentas y de precios.
Demanda realizada:
Ver demanda efectiva.
Demanda rígida:
La que es insensible a las variaciones del precio. Es
sinónimo de demanda inelástica.
Denominar:
Dícese de la moneda en la que es emitida una determinada
deuda. Por ejemplo: se dice una emisión de págares denominada en dólares,
cuando la emisión ha sido realizado en dólares.
Departamento de valores:
En los bancos, es la sección encargada de la custodia y
ejecución de las órdenes de compraventa y suscripción de valores por
cuenta de los clientes.
Deport:
Diferencia entre la cotización al contado y a plazo de
una divisa, cuando lacotización a plazo de la misma es menor que la
cotización al contado.
Depositante:
Persona que constituye un depósito, entregando la cosa
al depositario, quien asume la obligación de guardarla y restituirla. Al
ser el depósito un contrato real no se requiere una capacidad especial en
el depositante, y ni siquiera es necesario que este sea propietario de la
cosa depositada.
Depositario:
Persona en quien se deposita una cosa. En el caso de
bolsa, institución financiera que se hace responsable de la administración
y custodia de los valores de renta fija o variable, cobrando una comisión
por dicha custodia y encargándose de todo lo referente a ellos: cobrar
dividendos, avisar de ampliaciones, etc.
Depósito:
Contrato mediante el cual una parte (depositante) entre a
otra (depositario), que la recibe, una cosa mueble con la obligación de
custodiarla, conservarla y restituirla al serle reclamada por el depositante
o por quien tenga derecho a hacerlo.
Depósito a la vista:
Depósito bancario de cuyo saldo puede disponer el
depositante previo aviso.
Depósito a plazo:
Depósito mantenido en una institución bancaria por una
persona o empresa y del que no puede disponerse hasta después de
transcurrido un período de tiempo o bien después de notificar, con el
preaviso fijado, la intención de retirarlo.
Depósito administrado:
Depósito en el que no solamente se realizan los actos de
conservación propios de un depósito, sino además los de administración
que el depósito requiera.
Depósito afecto:
Aquel que sirve de garantía total o parcial de una
obligación contraída por el titular del depósito o de un tercero con la
entidad depositaria. Suele ser habitual cuando la solvencia del beneficiario
del crédito es limitada y solicita nuevas operaciones de riesgo.
Depósito bancario:
Modalidad de depósito en la que el cliente entrega una
suma de dinero al banco, formalizándose la operación y obligándose la
institución a devolverle las sumas recibidas a su requerimiento o a un
vencimiento determinado o bien con un plazo previo de aviso, según las
condiciones pactadas.
Depósito bloqueado:
Aquel que responde como garantía de obligaciones
contraidas y no cumplidas por el titular del depósito con la entidad
depositaria.
Depreciación:
Pérdida que experimenta una moneda al disminuir su
precio expresado en otras monedas.
Depresión económica:
Fase baja del ciclo económico. Se manifiesta por una
disminución de la tasa de inversión, que lleva consigo la aparición de
paro masivo y la disminución dela demanda de bienes de consumo.
Derecho Bursátil:
Conjunto de normas legales que disciplinan el mercado
bursátil.
Derechos de custodia:
Comisión que perciben los depositarios de los valores.
Derecho de suscripción:
Derecho intangible del que disponen los accionistas de
una sociedad que amplia su capital y mediante el cual se les concede el
privilegio de poder suscribir en la nueva emisión un número de acciones
proporcional al de las que posean.
Derecho de tanteo:
Derecho para realizar algo con preferencia sobre otros.
Desaceleración:
Proceso de disminución transitorio del ritmo de
crecimiento de una magnitud económica, y que se manifiesta porque en un
periodo dado la tasa de crecimiento es menor que en igual periodo
inmediatamente anterior.
Desactivación:
Proceso de pérdida del ritmo de crecimiento de una
economía, o de algún aspecto de la misma.
Desbloquear:
Autorizar la utilización o disposición de los bienes o
créditos bloqueados, por haber desaparecido la causa que impuso el bloqueo
o haber cumplido la pena impuesta por dicha causa.
Descontar:
Compra al contado por parte de un Banco de un crédito no
vencido, acreditado en un título.
Descontado por el mercado:
Se usa esta expresión, cuando ante una noticia
confirmada referente a un asunto relacionado con la bolsa o la economía, el
mercado no reacciona. La razón suele ser debida, a que el mercado había
reaccionado ya previamente cuando la noticia era solamente un rumor.
Descubierto:
Utilización de fondos más allá de lo que permite el
saldo acreedor existente, ampliando, de este modo, la dimensión del
depósito previamente realizado. En bolsa se usa el término para indicar
aquellas operaciones de compra o venta de títulos, que se realizan sin
fondos para cubrirlas o sin los títulos en propiedad; se realiza a muy
corto plazo basándose en la esperanza de acabar la operación con
beneficios antes de que se exija su cumplimentación.
Descuento:
Rebaja, compensación de una parte de la deuda.
Descuento
bancario:
Es el contrato mediante el
cual el Banco previa deducción del interés, anticipa al cliente
el importe de un crédito no vencido contra tercero, mediante la
cesión, salvo buen fin, del crédito mismo .Para el descuento de
una letra la determinación del efectivo que producirá su
negociación se aplica la siguiente fórmula:
E = N (1- g / 1000 - ( n x d
) / 36.000) - F
Siendo E: el efectivo que
produce la negociación, N: el nominal de la letra o efecto de
comercio a descontar; g: tanto por uno de gastos variables
aplicados por el banco sobre el nominal, n: número de días que
faltan hasta el vencimiento de la letra o efecto financiero, d:
tipo de descuento aplicado y F: gastos fijos cargados por el
Banco.
Descuento
comercial:
Es aquella operación de
anticipo de fondos por parte de una entidad financiera a su
cliente por la entrega de éste de efectos comerciales - letras de
cambio, pagarés, etc.-para su descuento.
Descuento
de dividendos:
Es un modo de determinar la
valoración de la inversión en una empresa cotizada según el
cual se determina la cotización de una acción por la capacidad
de generar beneficios distribuibles en el futuro. Siendo C la
cotización de una acción; D', D'', D''' etc.. los dividendos a
percibir en los próximos años y R el tipo de rendimiento
aplicable a la mejor inversión alternativa y que se valora como
coste de oportunidad tendremos la siguiente formulación:
C= (D'/1+R) + (D''/(1+R) ) +
(D'''/(1+R) ) +....;
Lo que se traduce en que la
cotización de una acción es el resultado de la actualización, a
un tipo de interés de mercado, de la corriente futura de
dividendos que produce su titularidad.
Para el cálculo del valor
actual de este flujo de dividendos es preciso establecer una ley
de variación o determinar que son constantes, temporales o
perpetuas.
Si consideramos que los
dividendos (D) van a ser iguales y constantes, a lo largo de un
período de años (n) se podría calcular así:
Desdoble:
Supone la separación de la
acción y el cupón que da derecho a acudir a una ampliación de
capital. Se dice que una acción se desdobla cuando, comenzada una
ampliación de capital de una sociedad, la acción tiene su propio
valor, si bien disminuido, y otro valor distinto el del derecho de
suscripción preferente que cotiza separadamente de la acción a
la que pertenece.
Desembolso:
Entrega de dinero en efectivo como consecuencia de una
compra o una obligación de pago. Es sinónimo de pago.
Desfase:
Periodo de tiempo preciso para que el valor de una
variable económica cambie como respuesta al cambio experimentado por otra
variable con la que está interrelacionada.
Desgravación:
Disminución de la
tributación a pagar por un hecho imponible.
Desintermediación:
Proceso de exclusión de los
intermediarios financieros de los canales de distribución del
ahorro. Los entes emisores de valores colocan directamente éstos
entre el público ahorrador sin tener que acudir a los
instituciones financieras.
Desinversión:
Retirada de una inversión por la recuperación de
capital invertido.
Deslizamiento:
En el vocabulario financiero
es la variación negativa, sostenida y creciente en forma moderada
de las cotizaciones de un valor negociable o de una moneda o
divisa.
Deslocalización:
Traslado de la cotización
de un valor desde el mercado financiero de su país de origen a
otro mercado exterior más activo.
Desmaterialización:
Situación que se está
produciendo en la actualidad en que los valores negociables ya no
se emiten en forma de títulos acreditando a su legítimo
propietario sino que estos títulos quedan sustituidos por una
simple anotación en cuenta a favor del titular en la entidad
encargada de la llevanza del sistema de anotaciones en cuenta, en
el caso de valores al portador, o su inscripción en el registro
de la sociedad emisora en el caso de valores nominativos.
Desmonetización:
Acción y efecto de abolir el empleo de un metal para la
acuñación de moneda. Quitar a un papel moneda, o a la moneda misma, su
valor legal. Convertir, por fundición, la moneda en pasta, destinándola a
otros usos.
Desnacionalización:
Supone la venta de las
acciones de sociedades anónimas en poder del estado o de
Entidades Públicas a personas privadas. Es sinónimo de "
privatización".
Despegue:
Momento en el que un país subdesarrollado inicia un
crecimiento apreciable y sistemático.
Desregulación:
Medidas tendentes a eliminar
las trabas legales y administrativas que condicionan una actividad
económica o financiera y su objetivo es aumentar la competencia y
eficiencia del sector al que se dirigen las medidas.
Desvalorización:
Disminución del valor de una moneda fiduciaria con
relación al oro.
Deuda:
Obligación que uno tiene de pagar, satisfacer o
reintegrar a otro una cosa, por lo común dinero, o de cumplir un deber.
Deuda consolidada:
Deuda pública a corto plazo convertida en deuda a largo
plazo. Cuando el Estado -deudor- ve aproximarse la fecha de vencimiento de
una determinada emisión de deuda a corto plazo, puede convertir esta deuda
flotante en otra consolidada, aplazando esa fecha.
Deuda del Tesoro:
Ver deuda flotante.
Deuda denunciable:
Deuda pública en la que el Estado se reserva la facultad
de devolver el capital, aunque no está obligado a hacerlo.
Deuda desgravable:
Deuda pública con el privilegio
adicional de que sus
propietarios pueden desgravarse de las cuotas del impuesto sobre la renta o
de sociedades, un determinado porcentaje de los importes invertidos.
Deuda especial:
Deuda pública emitida para atender a una finalidad
específica.
Deuda estampillada:
Deuda pública que se encuentra en poder de extranjeros y
cuyo pago se hace en divisas.
Deuda exterior:
Deuda de un país con residentes en el extranjero y que
se paga en moneda extranjera.
Deuda finalista:
Ver deuda especial.
Deuda flotante:
Es la deuda emitida por el Tesoro dentro del ejercicio de
cada presupuesto para atender a las diferencias de vencimiento entre los
créditos activos y pasivos del mismo. Generalmente se identifica con la
deuda a corto plazo.
Deuda general:
Deuda pública emitida para atender a los gastos
generales del Estado.
Deuda improductiva:
Deuda pública en la que la actividad financiada por ella
no rinde beneficios.
Deuda inscrita:
Deuda pública que consta en el Registro Oficial de la
deuda. La inscripción puede ser al portador, nominativa y mixta.
Deuda interior:
Deuda del Estado con residentes en el interior del país
y que se paga con moneda nacional.
Deuda no autoliquidable:
Ver deuda productiva.
Deuda no denunciable:
Deuda pública en la que el Estado se compromete a no
devolver el capital, pagando sólo los intereses.
Deuda perpetua:
Es aquella que no incorpora obligación de reembolso ni
fecha de vencimiento.
Deuda política:
Deuda pública contratada de Estado a Estado.
Deuda productiva:
Deuda pública en la que la actividad financiada produce
beneficios. Puede ser autoliquidable u no autoliquidable.
Deuda pública:
Se entiende por deuda pública al conjunto de los
préstamos concedidos al Estado que han sido documentados en forma de
títulos-valores; títulos en virtud de los cuales el Estado se compromete
al pago periódico de unos intereses y a la eventual devolución de los
capitales en el caso de que la deuda contraída tenga carácter de
amortizable.
Deuda
Pública anotada:
Activos
financieros de renta fija, emitidos por el Estado u otros entes
públicos, que no se materializa en soporte físico (título
tangible), sino en meras referencias contables.
Deuda registrada:
Deuda pública que proporciona al acreedor un derecho
inscrito en el Registro de la deuda, en lugar de un derecho documentado.
Deuda
tributaria:
Cantidad
en pesetas adeudada a la Hacienda Pública por la realización de
un hecho imponible una vez aplicadas toda clase de deducciones,
desgravaciones, recargos y sanciones, en su caso, a la cuota
tributaria.
Deudor:
El que debe o está obligado a satisfacer una deuda.
Deutsche Bundesbank:
Banco Federeal Alemán.
Devaluación:
Disminución del tipo oficial al cual una divisa es
intercambiada por otra. Reducción del valor de la moneda de un país en
relación con las demás monedas realizada por las autoridades monetarias de
un país.
Devengo:
Momento en el que tiene lugar el nacimiento o
adquisición del derecho a percibir una cierta cantidad de dinero, bien como
retribución por razón de trabajo o servicio, bien por otras causas, tales
como vencimiento de intereses, dividendos de acciones, etc.
Devolución:
Acto por el cual un banco devuelve un documento (recibo,
letra de cambio, factura, etc.) presentado al cobro o domiciliado en cuenta
por falta de saldo suficiente para ser atendido.
Diagrama de Hamilton:
Sistema de predicción bursátil en el que mediante un
cuadro o diagrama, se representan los posibles caminos de las posiciones de
dinero y las posiciones de papel.
Diamantes:
Es una piedra preciosa que
tiene gran interés como inversión de valor refugio o reserva y
con un mercado de cotización internacional.// Es también una
formación gráfica del análisis chartista que indica que las
fluctuaciones de precios son muy erráticas y es imposible
predecir unas líneas de soporte y resistencia.
Dientes
de sierra:
Dícese de la expresión
gráfica del curso de las cotizaciones cuando en períodos de
tiempo breves hay alzas y bajas continuadas en el mercado.
Diferencial:
Diferencia existente entre el coste de los fondos tomados
por una entidad financiera y el
precio a que ésta los presta.
Diferencial
bancario:
Es un porcentaje que se
aplica en las operaciones bancarias y que cubre los gastos y
beneficios del banco o, en su caso, permite una adaptación a las
circunstancias del mercado. Por ejemplo se señala en determinadas
operaciones crediticias un tipo básico de interés variable (Mibor,
Libor u otros) y a éste se le añade un diferencial o "spread"
que cubre los gastos y beneficios bancarios de la operación.
Diferencial
de inflación:
Diferencias entre la tasa de
inflación de un país y la de otros países en su conjunto o
separadamente.
Diferencial
de rendimiento:
Diferencia entre las
distintas emisiones de renta fija de igual plazo pero de distintos
emisores en función de la calificación del riesgo de las
empresas
Diferencial
de los tipos de interés:
Diferencia entre los tipos
de interés de un país y los de los países de su entorno
económico. Este concepto tiene su importancia en relación con
las inversiones extranjeras en renta fija que deben valorar
inversiones alternativas en varios países teniendo en cuenta este
diferencial y la estabilidad de la moneda del país donde
invierte.
Diligencia
de transferencia:
Es la anotación al dorso ,
visada por la sociedad emisora, que llevabn los valores
nominativos endosables y que acredita la transmisión a favor del
tenedor-comprador.
Dilución:
Se usa este término en bolsa para indicar la
disminución del valor de las acciones mediante nuevas emisiones o por la
conversión de obligaciones en acciones. Al haber más, aunque el beneficio
de una sociedad sea el mismo, el beneficio por acción se reduce al igual
que el dividendo, por lo que el valor de la acción disminuye.
Dinero:
El dinero actual es el fin
de un largo proceso histórico de desmaterialización que va desde
la moneda metálica de valor intrínseco a la moneda
representativa de un valor depositado que la garantiza, pasa luego
por el papel moneda de curso forzoso y termina en la moneda
escritural bancaria ( dinero bancario). Del dinero -mercancía al
actual dinero abstracto escritural existe una larga evolución que
se explica por las funciones cada vez más variadas y complejas a
que los medios de pago sirven hoy en la vida económica.// Palabra
empleada en el mercado bursátil para indicar que en el momento de
la contratación (en el corro de la bolsa tradicional) había una
mayor demanda de un valor determinado que oferta y no han podido
ser casadas operaciones. Equivalente a demanda de un valor y
representa el volumen de dinero en demanda de compra que al final
de la sesión bursátil tradicional queda sin poder ejecutarse.
Dinero
bancario:
Es el dinero creado por los
bancos comerciales, por medio de los depósitos de sus clientes,
que al emitir cheques (o realizar transferencias) para disponer de
sus saldos, crean nuevos medios de pago en el flujo monetario de
un país.
Este dinero puede adoptar,
básicamente, dos formas:
a) Dinero a la vista: en
donde el cliente titular del dinero puede exigir, en cualquier
momento, la devolución total o parcial de la cantidad depositada
en un Banco;
b) Dinero a plazo: en donde
el cliente sólo puede pedir la devolución de las sumas
depositadas después de transcurrido el término fijado en la
imposición. El dinero bancario cumple en las economías modernas
las mismas funciones que el dinero legal (véase) y es aceptado
universalmente en los intercambios. El dinero bancario tiene las
mismas posibilidades funcionales que el dinero legal y sus efectos
jurídicos son similares a los propios del denominado dinero en
sentido estricto o dinero legal.
Dinero barato:
Recibe este nombre un criterio de política económica
derivado del modelo keynesiano, según el cual el crecimiento económico se
verá favorecido manteniendo un tipo de interés bajo.
Dinero
blanco:
Es el declarado ante la
Hacienda Pública en cuanto a su existencia y origen del mismo.
Dinero caliente:
Nombre que recibe, en los niveles de los movimientos
internacionales de capital, aquel que se mueve con rapidez de un país a
otro, y con carácter fundamentalmente especulativo tratando de aprovechar
ventajas transitorias, referidas por lo común a las cotizaciones de las
distintas divisas.
Dinero en circulación:
Dinero activo en circulación o total monetario de un
país.
Dinero errante:
Ver dinero caliente.
Dinero
especulativo:
Capitales a
corto plazo que se traslada de un país a otro con el propósito
de obtener mejores colocaciones. Por extensión se aplica también
a movimientos de capitales dentro de un mismo país.
Dinero legal:
Recibe este nombre, el dinero al que el Estado confiere
poder liberatorio pleno o limitado (modeda fraccionaria). La moneda de pleno
contenido, la moneda fraccionaria y los billetes de Banco constituyen, hoy,
el dinero legal de un país.
Directriz acelerada:
Directriz de la misma tendencia que la directriz
principal pero mucho más inclinada y de una duración equivalente al corto
o medio plazo.
Disponibilidades líquidas:
Conjunto del dinero efectivo en manos del público y de
los saldos de las cuentas corrientes, de ahorro y de plazo existentes en el
sistema financiero de un país en un momento dado.
Disponible:
En la banca se le llama asi en los créditos, a la
diferencia entre el límite concedido y la cantidad dispuesta.
Dispuesto:
En la banca se le llama así en los créditos, a la suma
que ha sido utilizada por el deudor.
Diversificación:
Confección de una determinada cartera de valores, con
títulos y países que no tengan relación entre si, buscando que un posible
descenso en los precios en alguno de ellos, no produzca consecuencias sobre
el resto de los valores de la cartera.
Dividendo:
Pago, normalmente realizado en efectivo, que una sociedad
efectúa a sus accionistas, de modo que representa la participación de
éstos en la fracción de beneficios que el Consejo de Administración
acuerda repartir.
Dividendo a cuenta:
Dividendo repartido antes de terminar el ejercicio, como
anticipo de los resultados que se espera obtener del mismo.
Dividendo activo:
Dividendo que supone un reparto de beneficios, o sea, una
entrega de dinero a los accionistas.
Dividendo bruto:
Dividendo integro sin tener deducidos los impuestos.
Dividendo complementario:
Dividendo que se distribuye una vez liquidado el
ejercicio económico, como complemento del dividendo a cuenta.
Dividendo con cargo a reservas:
Expresión utilizada para designar el reparto de
dividendos efectuado en un ejercicio en el que la empresa no ha obtenido
beneficios, distribuyendo en forma de dividendos los beneficios obtenidos en
períodos anteriores, mantenidos en forma de reservas en el pasivo del
balance de situación de la misma.
Dividendo en acciones:
Dividendo pagado en acciones de la porpia sociedad, que,
en lugar de repartilo en efectivo, ha hecho una ampliación con cargo al
saldo de pérdidas y ganancias, procediendo luego a repartir las acciones de
la misma, liberadas, entre los accionistas en proporción a las acciones
viejas poseídas por los mismos.
Dividendo ficticio:
Dividendo activo distribuido por una sociedad entre sus
accionistas sin que corresponda a un beneficio real en sus actividades. Este
tipo de dividendos suele tener su origen en un falseamiento del resultado
total de la actividad de la empresa, debido generalmente a inexactitudes de
la contabilidad y a valoraciones erróneas de los elementos de activo.
Dividendo neto:
Dividendo al que se le han detraído las retenciones
impositivas que la sociedad pagadora está obligada a hacer. Representa, si
aquél es pagado en efectivo, la cuota líquida que el accionista percibe
realmente.
Dividendo pasivo:
Desembolsos parciales del valor nominal del título que
se exige a los accionistas.
Dividendo preferente:
Dividendo garantizado a las acciones preferentes en una
sociedad anónima, siempre y cuando el resultado tras satisfacer los
impuestos y dotar las reservas de contenido obligatorio sea suficiente para
ello.
Dividendo prescrito:
Dividendo activo cuyo importe no ha sido cobrado por
algún accionista dentro de los plazos marcados por la ley, debido a lo cual
ha prescrito la obligación de pago por parte de la sociedad y ésta obtiene
un beneficio suplementario análogo al producido con la prescripción de
cualquier otro débito.
Divisa:
Bajo esta denominación se incluyen todos los haberes
cuyo pago se efectúa en el extranjero. En términos generales se da este
nombre a toda la moneda extranjera.
Divisa convertible:
Una moneda, tiene el carácter de divisa convertible
cuando su poseedor puede cambiarla con toda libertad a cualquier otra
moneda.
Divisa fuerte:
Se da este nombre a aquellas monedas que tienen un
reconocido prestigio por su estabilidad y poder económico del país emisor
y que por esa causa se pueden guardar sin temor a depreciaciones o
devaluaciones.
Dólar:
Unidad monetaria de los Estados Unidos de América y que
se ha constituido en la moneda internacional por excelencia. Son muchos los
países que tienen esta misma denominación para su moneda, pero su
cotización es totalmente independiente del dólar Usa.
Dólar index:
Es un tipo de contrato que se practica en los mercados de
divisas, por el medio del cual se negocia el dólar contra varias monedas en
lugar de hacerlo contra una moneda en concreto.
Dominio:
Control económico que ejerce una empresa sobre las
actividades de otra en virtud de poseer una participación mayoritaria en el
capital de esta última.
Dominio circular:
Situación en la que varias empresas forman un grupo o
unidad económica, entre cuyos componentes existe una situación de dominio
mutuo.
Dominio directo parcial:
Dominio que corresponde a la posesión mayoritaria de las
acciones que formen el capital de una empresa filial.
Dominio indirecto:
Dominio que una empresa puede ejercer indirectamente
sobre otra por el hecho de poseer la mayoría del capital de una empresa
que, a su vez, participa mayoritariamente en el capital de la segunda.
Dominio recíproco:
Situación en que una empresa que está dominada por
otra, posee, a su vez, una participación en el capital de la dominadora.
Dominio triangular:
Dominio que ejercen aquellas empresas que simultanean el
dominio directo con el indirecto.
Donación:
Pasar el dominio o la propiedad de una cosa de una
persona a otra sin recibir contraprestación alguna.
Dow Jones:
Es el índice más conocido de la Bolsa de New York. Son
tres los índices Dow Jones existentes, siendo de los tres el más conocido
y al que se refieren generalmente los inversores en bolsa el Dow Jones de
industriales.
1) Dow Jones de transportes: compuesto por los 20 títulos de transporte de la máxima capitalización.2) Dow Jones de servicios: compuesto por los 15 títulos de servicios públicos de la máxima capitalización.3) Dow Jones de industriales: compuesto por los 30 títulos industriales de la máxima capitalización.
Con la suma de estos tres se obtiene el Dow Jones
compuesto.
Dumping:
Rebaja violenta y sistemática del precio de un producto
encaminada a dominar, invadir o destruir un mercado concurrente,
sacrificando los provechos directosy actuales con la esperanza de lucros
futuros e inciertos.
Hay un dumping "ofensivo" o "activo",
cuando se practica para apartar a un concurrente o destruir un mercado y un
dumping "defensivo" o "pasivo" cuando se realiza con el
propósito de evitar esa desaparición o esa destrucción por parte de un
competidor agresivo o aventajado.
Duopolio:
Tipo de mercado en que solamente existen dos vendedores
que ofrecen un mismo producto. Es el caso más sencillo de oligopolio.
Ecofín:
Denominación
que recibe el Consejo de Ministros de Economía y Finanzas de los
Estados miembros de la Unión Europea.
Economía:
Administración recta y prudente
de los bienes.
Economía
sumergida:
Parte
de la actividad económica de un país que no está controlada
fiscalmente y por tanto no aparece en las estadísticas oficiales
de la economía nacional y es la generadora del " dinero
negro".
Economías
e escalas:
En
relación a determinadas operaciones en Bolsa hace referencia a
que como consecuencia de la operatoria con grandes masas de
valores puede conseguirse un mayor beneficio que si se operase con
pequeñas cantidades de títulos.
Edad de oro:
Situación en la que una economía sigue tal sendero de crecimiento que existen un crecimiento proporcional entre todos los sectores y pleno empleo del factor trabajo.
Efecto:
Documento de valor mercantil, sea nominativo, endosable o al portador.
Situación en la que una economía sigue tal sendero de crecimiento que existen un crecimiento proporcional entre todos los sectores y pleno empleo del factor trabajo.
Efecto:
Documento de valor mercantil, sea nominativo, endosable o al portador.
Efecto
de apalancamiento:
Se
produce cuando el coste del capital es inferior a la rentabilidad
del mismo capital en la empresa. Es decir, que dicho efecto
persistirá mientas se aumente la rentabilidad de los fondos
propios por incremento del endeudamiento de la empresa.
Efecto
de comercio:
Título
negociable que otorga a su tenedor la condición de acreedor de
una deuda monetaria con vencimiento a corto plazo. Se consideran
efectos de comercio los pagarés y letras de cambio.
Efecto
enero
En
Bolsa es un fenómeno analizado históricamente sobre todo en
Estados Unidos por el cual el mercado de valores tiene un
movimiento alcista el mes de enero que suele repetirse cada año
sin una explicación racional.
Efecto
expulsión:
Es
el efecto que se produce cuando la Deuda Pública se emite en masa
en un país determinado y con tipos de interés elevados lo que
provoca la expulsión del mercado financiero de los emisores
privados que no pueden competir con el Estado por garantía,
seguridad y remuneración ya que los inversores, en este caso,
prefieren los fondos públicos a los valores privados.
Efecto
fin de semana
Efecto
analizado en algunos mercados de valores por el cual los
inversores desinvierten los viernes lo que les evita
preocupaciones el fin de semana al no existir mercado y lo que
provoca una caída de las cotizaciones en dicho día.
Efecto público:
Documento de crédito cuyo emisor es el sector público. Todos los efectos públicos serán admitidos a cotización en Bolsa de oficio, para lo cual será condición previa que la emisión de los mismos haya sido publicada en el B.O.E. indicando todas las características esenciales de la misma.
Efecto público pignorable:
Efecto público legalmente reconocido como negociable en Bolsa, que puede ser utilizado como garantía en la obtención de prestamos.
Efecto riqueza:
Variación en el consumo real de las economías domésticas en un período t ocasionada por una modificación en el valor actual del flujo de rentas disponibles presentes y futuras originada por un cambio en el tipo de interés.
Efecto Sargant:
Disminución de la oferta de ahorro de la economía ocasionada por una disminución en el nivel de renta o por un descenso en el ritmo de crecimiento de ésta.
Efecto Wicksell:
Aumento de valor de las existencias de capital originado por una caída en el tipo de interés.
Efectos
a cobrar:
Créditos
comerciales a corto plazo a favor de la empresa formalizadas en
efectos de comercio y cobrables a su vencimiento.
Efectos
a pagar:
Deudas
comerciales de la empresa a corto plazo formalizadas en efectos de
comercio pagaderas a su vencimiento.
Efectos
financieros:
Dícese
de los documentos de giro librados como consecuencia de una
operación crediticia y cuya forma documental y probatoria adopta
la de letra de cambio o pagaré y su provisión de fondos no
responde a una operación comercial sino a una deuda en dinero.
Efectos
públicos:
Dícese
de los valores de la Deuda Pública
Eficiencia:
Expresión que mide la capacidad
o cualidad de la actuación de un sistema o sujeto económico, para lograr
el cumplimiento de un objetivo determinado, minimizando el empleo de
recursos.
Ejecución de la
operación:
Cumplimentación en bolsa de una
orden de compra-venta de valores mobiliarios.
Ejercicio:
Unidad de tiempo, generalmente constituida por doce meses consecutivos, que se acepta legal y prácticamente para referirse a él al tratar de la actividad o de los resultados económicos de una empresa y al aplicar las tasas de amortización, los porcentajes de interés, etc.
Ejercicio:
Unidad de tiempo, generalmente constituida por doce meses consecutivos, que se acepta legal y prácticamente para referirse a él al tratar de la actividad o de los resultados económicos de una empresa y al aplicar las tasas de amortización, los porcentajes de interés, etc.
Ejercicio
anticipado:
Ejercicio
de una opción antes de su fecha de vencimiento.
Ejercicio
económico:
Períodos
en que se divide la actividad valorable económicamente de todos
los entes sociales desde el mismo Estado, a las sociedades civiles
y mercantiles y empresarios individuales. Generalmente se refiere
a un año natural.
Ejercicio
social:
Es
el período que se refiere a la explotación de un negocio, que se
administra y desarrolla bajo la forma jurídica de sociedad
mercantil. Generalmente el período abarca un año natural.
Ejercitar:
Requerir el comprador de una
opción de compra o venta al vendedor de la misma, para que éste cumpla con
la obligación de entregar o recibir el activo subyacente, tal como se
especificó en el contrato. El vendedor de la opción de compra debe
entregar los títulos y el vendedor de la opción de venta debe recibirlos.
Elasticidad:
Es una medida genérica de la reacción entre dos variables ligadas por una función, y que se aplica especialmente al análisis microeconómico y, dentro de éste, en particular en el de la demanda y la oferta.
Elasticidad:
Es una medida genérica de la reacción entre dos variables ligadas por una función, y que se aplica especialmente al análisis microeconómico y, dentro de éste, en particular en el de la demanda y la oferta.
Elasticidad
de un valor:
Condición
de un valor negociable que indica que sus cotizaciones tienen
variaciones frecuentes.
Embargo:
Figura de Derecho procesal consistente en la ocupación e intervención judicial de determinados bienes, hecha por mandamiento de juez competente, bien por razón de delito o bien con la finalidad de sujetarlos al cumplimiento de las responsabilidades derivadas del impago de deudas o de otra obligación de índole económica.
Embargo ejecutivo:
Ocupación de una parte seleccionada del patrimonio del deudor con el objeto de resaarcir al acreedor.
Embargo preventivo:
Ocupación de bienes que, como medida precautoria, dictamina el juez al aceptar una solicitud de declaración de quiebra, con el objeto de custodiar y salvaguardar el patrimonio del presunto quebrado.
Emisión
asegurada en firme:
Es la modalidad más extendida
de colocación en el mercado de obligaciones o pagarés o de ampliaciones de
capital. Los bancos que forman el sindicato de emisión adquieren la
totalidad de los títulos, y se encargan de ofrecerlos al público a su
entero riesgo.
Emisión
a la medida:
Creación
y puesta en circulación de instrumentos financieros con
características específicas predeterminadas con los suscriptores
entre quienes se colocan en firme.
Emisión
a la par:
Se
emiten los títulos a su valor nominal, el precio de emisión de
un valor es igual a su valor nominal.
Emisión
al descuento:
Emisión
realizada por debajo de la par y que se amortiza al vencimiento a
su valor nominal. Para determinar el efectivo a pagar en un activo
financiero (menos de un año) emitido al descuento se utiliza la
fórmula:
E
= N ( 1- ( d x n ) / 36500 )
En
donde E = es la cantidad efectivamente desembolsada e invertida; N
= es el valor nominal o valor facial del activo financiero emitido
al descuento; d = es el tipo de descuento aplicado al nominal
expresado en tanto por cien ; n = número de días que median
entre la fecha de adquisición y la de vencimiento del activo
financiero. El descuento aplicado es la diferencia entre el
nominal (N) y el efectivo pagado (E), o sea (N-E). En emisiones a
más de un año se utiliza capitalización compuesta para la
determinación de la rentabilidad alcanzada en una emisión al
descuento.
Emisión
bajo la par:
Se
emiten los títulos por un precio inferior a su valor nominal. La
Ley de Sociedades Anónimas impide la emisión de acciones por una
cifra inferior a su valor nominal.
Emisión
cerrada:
Cuando
ha transcurrido ya el plazo marcado para la suscripción de los
valores emitidos o la emisión ya se ha cubierto totalmente.
Emisión
competitiva:
Emisión
de valores cuya colocación se realiza en régimen de subasta
pública y cuyos adjudicatarios son los mejores postores.
Emisión
con warrant:
Puesta
en circulación de valores que llevan consigo además del valor
emitido un derecho de suscripción de acciones u obligaciones.
Emisión
cubierta:
Cuando
ya han sido suscritos todos los títulos emitidos.
Emisión de acciones:
Ver emisión de capital.
Emisión de capital:
En una sociedad anónima es la puesta en circulación de un número determinado de acciones, cuyo valor representará el importe de la emisión realizada.
Emisión de deuda:
Conjunto de títulos de Deuda Pública creados de una sola vez y que se ponen en circulación simultáneamente. Operación mediante la cual el Estado pone en circulación los títulos de la Deuda, ofreciendo en venta al público sus empréstitos.
Emisión de obligaciones:
Puesta en circulación de obligaciones. La emisión de obligaciones se realiza para obtener recursos a largo plazo (normalmente a más de cinco años).
Emisión
de papel moneda:
Facultad
del banco central para poner en circulación sus billetes de curso
forzoso o de obligada aceptación en los pagos.
Emisión
en serie:
Creación
y puesta en circulación de instrumentos financieros con unas
características genéricas establecidas por el emisor para su
colocación entre el público.
Emisión
inicial en el mercado:
Es
la primera emisión y colocación al público que realiza una
empresa que accede por vez primera a financiarse a los mercados
organizados.
Emisión
liberada:
Emisión
que se suscribe con cargo a reservas y por tanto el accionista
suscriptor recibe gratuitamente las nuevas acciones sin desembolso
alguno.
Emisión
precolocada:
En
ellas el jefe de fila somete al prestatario una oferta firme, y
una vez aceptada esta, se forma el sindicato de emisión,
corriendo todo el riesgo de emisión a cargo del jefe de fila.
Emisión
sobre la par:
Se
emiten los valores a un precio superior al nominal. Se produce
cuando las acciones se emiten con prima de emisión. Véase "
acciones con prima".
Empeño:
Operación consistente en obtener dinero a préstamo de forma que el prestatario deja en manos del prestamista determinados bienes como garantía del reembolso de la suma prestada.
Empresa:
Unidad económica encargada de la producción de bienes y servicios. Conjunto orgánico de factores de producción, ordenados según ciertas normas sociales y tecnológicas a fin de lograr objetivos de tipo económico.
Empresa asociada:
Empresa que tiene suscritos acuerdos de actuación con otra, que puede tener fines muy diversos. Los límites de la colaboración suelen establecerse por escrito.
Empresa cíclica:
Empresa cuya cuenta de resultados y negocio es muy sensible a la evolución del ciclo económico, de forma que en épocas de crecimiento de la economía su negocio y resultados crecen mucho y en épocas de recesión acumula pérdidas.
Empresa complementaria:
Sociedad que produce bienes o servicios que sirven como factores de la producción para otra.
Empresa concesionaria:
Empresa que ejerce su actividad mercantil en virtud de un contrato de concesión administrativa.
Empresa conjunta:
Empresa formada por el acuerdo de dos o más, que deciden llevar adelante un proyecto común, incluso por tiempo definido, desapareciendo cuando se cumple uno u otro.
Empresa consultora:
Agrupación de profesionales que, con independencia de los intereses de firmas comerciales o de fabricación, realiza proyectos altamente especializados en materias tales como energía nuclear, ingeniería de procesos, modelos de simulación, diseño estructural, urbanísticos, evaluación coste-beneficios, etc., o ejerce funciones de asesoramiento en estas materias.
Empresa estatal:
Empresa pública controlada por el Estado que, sin estar sujeta al régimen jurídico de los organismos de la Administración, no ha sido constituida en forma societaria.
Empresa extramarginal:
Aquella que por motivaciones de precio y de mercado, entre otras, queda fuera de las posibilidades de obtención de los beneficios normales y de carácter extraordinario propios del equilibrio empresarial.
Empresa filial:
Empresa que se encuentra bajo la dependencia directa de otra sociedad matriz con la que permanece unida por vínculos de participación social. Desde el punto de vista de la gestión empresarial, se le reconoce una cierta autonomía y personalidad jurídica que la diferencia de la sucursal.
Empresa individual:
Entidad mercantil cuyo titular es una persona física (empresario individual).
Empresa imtramarginal:
Aquella que se desenvuelve en un margen o intervalo de producción y bajo unos condicionantes del mercado -en precios y características del producto fundamentalmente- tales, que le facultan para la obtención de beneficios extraordinarios o superiores a los considerados como normales en su sector o rama de actividad industrial.
Empresa marginal:
Dícese de la empresa que mantiene unas condiciones de producción que le permiten subsistir indefinidamente sin obtener beneficios ni pérdidas.
Empresa matriz:
Empresa que participa directa o indirectamente en el capital de otras que, por tanto, forman un grupo financiero con ella.
Empresa mixta:
Su característica principal es la convivencia, dentro de la sociedad privada, del interés público con el interés privado, convivencia no siempre fácil y que es origen de frecuentes problemas.
Empresa multinacional:
Empresa en la que se propiedad y, por tanto, control administrativo, se encuentra repartido entre varios países.
Empresa municipal:
Empresa pública en la que al menos el 50 % de las acciones son propiedad de un municipio. Sus actividades se encuadran principalmente en sectores de utilidad pública.
Empresa nacional:
Empresa pública constituida en forma societaria, controlada por el Estado o por sus organismos, y de las que se vale la Administración para la intervención directa en las actividades económicas.
Empresa nacionalizada:
Empresa privada que ha sido absorbida por el Estado, o por algunos de sus organismos, convirtiéndose así en empresa pública.
Empresa plurinacional:
Ver empresa multinacional.
Empresa privada:
Unidad económica constituida legalmente para la realización de beneficios a través de la actividad productiva o la prestación de servicios, en la que el capital es aportado y poseído por individuos particulares.
Empresa pública:
Empresa cuya propiedad y gestión es asumida por la Administración de un país. Asumen determinados servicios o trabajan en sectores básicos o estratégicos y su actividad no exige la obtención de beneficios.
Empresa subsidiaria:
Dícese de la empresa vinculada a otra por relación jurídica de carácter subsidiario.
Empresa subtenedora:
Ver empresa filial.
Empresa supranacional:
Empresa independiente respecto a su propiedad y control, de cualquier país. También conocida como empresa transnacional.
Empresa
tenedora:
Ver empresa matriz.
Ver empresa matriz.
Empresa
transnacional:
Empresa que, operando en varios países a través de filiales que pueden ser jurídicamente independientes, tiende a maximizar sus beneficios -o a cumplir cualquier otro objetivo propuesto- bajo una perspectiva global de grupo, y no en cada una de sus unidades jurídicas aisladas.
Empresa vinculada:
Empresa con algún tipo de dependencia (económica, financiera, etc.) respecto de otra principal (empresa matriz), a consecuencia de lo cual las decisiones tomadas en la empresa vinculada están estrechamente determinadas o, a lo menos, condicionadas por las de la empresa principal.
Empresa que, operando en varios países a través de filiales que pueden ser jurídicamente independientes, tiende a maximizar sus beneficios -o a cumplir cualquier otro objetivo propuesto- bajo una perspectiva global de grupo, y no en cada una de sus unidades jurídicas aisladas.
Empresa vinculada:
Empresa con algún tipo de dependencia (económica, financiera, etc.) respecto de otra principal (empresa matriz), a consecuencia de lo cual las decisiones tomadas en la empresa vinculada están estrechamente determinadas o, a lo menos, condicionadas por las de la empresa principal.
Empresario:
Es
el titular de la empresa, es quien gestiona, dirige y administra
una empresa en muchas ocasiones es incluso el creador de la misma.
Puede ser una persona física o jurídica normalmente en este
último caso una sociedad mercantil.
Empréstito:
Modalidad de préstamo cuyo importe se divide en fracciones representadas por títulos denominados cédulas u obligaciones.
Modalidad de préstamo cuyo importe se divide en fracciones representadas por títulos denominados cédulas u obligaciones.
Empréstito
amortizable a vencimiento:
Préstamo
formalizado en obligaciones o bonos en donde se pagan sólo
intereses periódicamente a lo largo de la vida del empréstito
hasta el vencimiento en que se amortiza totalmente el principal
emitido.
Empréstitos
indiciados:
Emisiones
de obligaciones u otra clase de deudas representadas en valores
negociables cuyo reembolso o forma de remuneración se afecta a
unos coeficientes (índices) que tienen en cuenta el efecto de la
devaluación o depreciación de la moneda. Normalmente los
índices de referencia son el de precios al consumo, la tasa de
interbancaria anual, el tipo de interés bancario o el índice de
la Bolsa.
En
dinero:
Se
dice de la opción de compra cuando su precio de ejercicio es
inferior al precio actual del activo de base o del valor
negociable sobre el cual la opción se ha suscrito.// En las
opciones de venta se dice cuando su precio de ejercicio es
superior al precio actual del producto base o del valor
negociable.
Enajenar:
Transmitir
la propiedad de un bien.
Encaje bancario:
Porcentaje que, respecto del total de los recursos ajenos de un Banco, alcanza el efectivo en caja y el saldo de sus depósitos en el Banco de España.
Porcentaje que, respecto del total de los recursos ajenos de un Banco, alcanza el efectivo en caja y el saldo de sus depósitos en el Banco de España.
Endeudamiento:
Se
produce cuando una empresa hace uso de créditos y préstamos
bancarios o emite obligaciones y bonos.// También es
endeudamiento la posición deudora de la empresa en relación con
sus proveedores.
Endosante:
Persona
titular de un valor endosable que realiza el endoso a favor de un
nuevo titular -endosatario.
Endosar:
Ceder
un título a la orden a un tercero.
Endosatario:
Beneficiario
del endoso, persona designada en el endoso como nuevo titular del
título endosado.
Endoso:
Acto por el cual se transfiere la propiedad de una letra de cambio, dando al nuevo adquiriente (o endosatario) la plena titularidad del derecho cambiario.
Endoso en blanco:
Es aquel que sólo lleva la firma del endosante, haciendo de la letra un documento al portador.
Entero:
Forma de expresar el precio de una acción en los angituos mercados de valores. Un entero equivale al 1 % de su valor nominal.
Entidad depositaria:
Nombre de la entidad financiera que custodia los títulos de un Fondo de inversión y que además ejerce funciones de vigilancia y garantía entre los partícipes. Generalmente es un banco o caja de ahorros.
Entrar en bolsa:
Proceso dirigido a que las acciones de una sociedad coticen en bolsa y se puedan comprar y vender libremente. Se requiere la aprobación de la Junta General de accionistas y de la CNMV. Puede realizarse por una colocación de acciones antiguas o mediante una ampliación de capital. Es equivalente del termino salir a bolsa.
Erario público:
Tesoro público de una nación, provincia o pueblo, y lugar donde se guarda.
Ergonomía:
Rama de la economía de la empresa que analiza al conjunto formado por el hombre, su puesto de trabajo y su entorno laboral, partiendo de la consideración de la empresa, no como una sociedad de capitales, sino como una sociedad de personas.
Erogación:
Gasto, dispendio. Salida de efectivo, desembolso.
Escisión:
División de una sociedad en dos o más, mediante la segregación de ciertas actividades. En el proceso contrario al de fusión.
Especulación:
Actuación consistente en asumir conscientemente un riesgo superior al corriente con la esperanza de obtener un beneficio superior al medio que se obtiene normalmente en una operación comercial o financiera. La especulación se ejerce en torno a la compra y venta de cualquier categoría de bienes: de consumo, primeras materias, títulos, valores, divisas, etc.
Acto por el cual se transfiere la propiedad de una letra de cambio, dando al nuevo adquiriente (o endosatario) la plena titularidad del derecho cambiario.
Endoso en blanco:
Es aquel que sólo lleva la firma del endosante, haciendo de la letra un documento al portador.
Entero:
Forma de expresar el precio de una acción en los angituos mercados de valores. Un entero equivale al 1 % de su valor nominal.
Entidad depositaria:
Nombre de la entidad financiera que custodia los títulos de un Fondo de inversión y que además ejerce funciones de vigilancia y garantía entre los partícipes. Generalmente es un banco o caja de ahorros.
Entrar en bolsa:
Proceso dirigido a que las acciones de una sociedad coticen en bolsa y se puedan comprar y vender libremente. Se requiere la aprobación de la Junta General de accionistas y de la CNMV. Puede realizarse por una colocación de acciones antiguas o mediante una ampliación de capital. Es equivalente del termino salir a bolsa.
Erario público:
Tesoro público de una nación, provincia o pueblo, y lugar donde se guarda.
Ergonomía:
Rama de la economía de la empresa que analiza al conjunto formado por el hombre, su puesto de trabajo y su entorno laboral, partiendo de la consideración de la empresa, no como una sociedad de capitales, sino como una sociedad de personas.
Erogación:
Gasto, dispendio. Salida de efectivo, desembolso.
Escisión:
División de una sociedad en dos o más, mediante la segregación de ciertas actividades. En el proceso contrario al de fusión.
Especulación:
Actuación consistente en asumir conscientemente un riesgo superior al corriente con la esperanza de obtener un beneficio superior al medio que se obtiene normalmente en una operación comercial o financiera. La especulación se ejerce en torno a la compra y venta de cualquier categoría de bienes: de consumo, primeras materias, títulos, valores, divisas, etc.
Especulador:
Persona
que compra o vende a corto plazo, con intención de vender o
recomprar en el futuro, buscando un beneficio en las respectivas
diferencias de cambio. El especulador cumple una función de
nivelación de precios.
Especulador
a la baja:
Persona
que prevé una baja de las cotizaciones de los valores y vende sus
valores con el objeto de recomprarlos posteriormente a precios
más bajos.
Especulador
al alza:
Persona
que prevé un alza en las cotizaciones de los valores y toma
posiciones comprando con la esperanza de vender a corto plazo con
plusvalías.
Estabilidad de los cambios:
Situación caracterizada porque las variaciones de los tipos de cambio logran en forma rápida los ajustes equilibradores del mercado de cambios de dívisas, sin producirse grandes e imprevisibles fluctuaciones perturbadoras de aquéllas.
Estabilidad económica:
Situación caracterizada por la ausencia de grandes fluctuaciones en el nivel de renta y empleo, por la inexistencia de paro involuntario y de subempleo y por la ausencia de inflación.
Estabilidad monetaria:
Situación caracterizada por la ausencia de grandes fluctuaciones en el nivel general de precios y consiguientemente en el valor del dinero.
Estabilización:
Utilización de los instrumentos de política económica con la finalidad de evitar o reducir los desequilibrios coyunturales que se producen en una economía.
Estabilizador:
Mecanismo económico que amortigua las fluctuaciones cíclicas en los niveles de ocupación, producto y renta nacionales.
Estado consolidado:
Estado en el que se presentan, unificadas en un solo documento, los valores contables, resultados u otros datos referentes a la situación de las empresas integrantes de un grupo.
Estado contable:
Documento que recoge la situación en que se encuentra, en un momento determinado del tiempo, alguna variable económica cuyo seguimiento se hace a través de la contabilidad.
Estado contable previsional:
Estado contable que refleja la situación o evolución de una variable empresarial, tal y como la concibe el presupuesto.
Estado de costes:
Estado en el que figuran dispuestos con cierta sistemática los diversos conceptos que integran el coste de fabricación.
Estado de cuentas:
Estado en el que se transcriben de forma sintética las operaciones realizadas entre un deudor y su acreedor durante un determinado período de tiempo.
Estado de explotación:
Estado financiero que muestra el detalle de los resultados de explotación obtenidos durnate un cierto período de tiempo y que tiene por objeto poner de manifiesto la situación económica de la empresa.
Estado de origen y aplicación de fondos:
Documento contable, de índole financiera, cuya misión es presentar esquemáticamente la procedencia de los fondos utilizados por la empresa, así como los destinos de los mismos en un período determinado de tiempo.
Estado de pérdidas y ganancias:
Estado financiero en el que se resumen, ordenados de forma sistemática, todos los resultados netos de la empresa, tanto típicos como atípicos, obtenidos durante un cierto período de tiempo, y mediante el cual se determina el resultado global de la gestión.
Estado de recursos y obligaciones:
Estado financiero en el que se refleja la solvencia y estabilidad de la empresa, deduciendo de los datos contables su capacidad, tanto para financiar sus actividades, como para atender el pago de las obligaciones en sus vencimientos.
Estado económico financiero:
Documentos contables de síntesis que recogen la evolución, en cifras, de la vida económica de una empresa en un período de tiempo, así como la situación actual del patrimonio de la misma.
Estadística
Bursátil:
Es la aplicación de la ciencia
estadística a la bolsa como método de investigación y que ha permitido el
conocimiento de las variaciones de las magnitudes bursátiles en relación
con la misma magnitud en otro periodo considerado como base.
Estancamiento:
Detención del proceso de crecimiento. Es estancamiento económico es un concepto muy próximo, aunque no identificable, al de estado estacionario o estado de madurez que alcanzaría el sistema económico capitalista a causa de las fuerzas que lastraban progresivamente su desarrollo. Tales fuerzas eran: la presión demográfica, la ley de los rendimientos decrecientes y el mantenimiento de los salarios.
Estanflación:
Situación económica de inflación con estancamiento. Situación económica real en la cual se manifiesta, de manera simultánea y permanente, un proceso inflacionista con unos niveles de estancamiento económico, e incluso de recesión económica.
Estrangulamiento:
Obstáculo o dificultad que frena o bloquea la producción de determinados bienes y servicios impidiendo que la demanda deseada de los mismos sea atendida.
Estraperlo:
Comercio clandestino e ilegal realizado, en el ámbito del mercado negro, con aquellos artículos que, por ser de primera necesidad y debido a su escasez, están sometidos a intervención por la Administración.
Estrecho:
Se aplica este término a aquellos títulos o mercados con poca liquidez y volumen de negocio, en el que pequeñas posiciones de compra o venta afectan mucho a los precios por falta de contrapartida vendedora o compradora.
Estructural:
Calificativo que se aplica en economía a los aspectos o fenómenos más permanentes y menos influidos por las circunstancias ambientales.
Euro:
Nombre de la futura unidad monetaria de la Unión Europea. Deberá sustituir a las monedad locales de cada país integrante según los tratados de Maastricht. Sustituirá al Ecu el 1 de enero de 1999.
Estancamiento:
Detención del proceso de crecimiento. Es estancamiento económico es un concepto muy próximo, aunque no identificable, al de estado estacionario o estado de madurez que alcanzaría el sistema económico capitalista a causa de las fuerzas que lastraban progresivamente su desarrollo. Tales fuerzas eran: la presión demográfica, la ley de los rendimientos decrecientes y el mantenimiento de los salarios.
Estanflación:
Situación económica de inflación con estancamiento. Situación económica real en la cual se manifiesta, de manera simultánea y permanente, un proceso inflacionista con unos niveles de estancamiento económico, e incluso de recesión económica.
Estrangulamiento:
Obstáculo o dificultad que frena o bloquea la producción de determinados bienes y servicios impidiendo que la demanda deseada de los mismos sea atendida.
Estraperlo:
Comercio clandestino e ilegal realizado, en el ámbito del mercado negro, con aquellos artículos que, por ser de primera necesidad y debido a su escasez, están sometidos a intervención por la Administración.
Estrecho:
Se aplica este término a aquellos títulos o mercados con poca liquidez y volumen de negocio, en el que pequeñas posiciones de compra o venta afectan mucho a los precios por falta de contrapartida vendedora o compradora.
Estructural:
Calificativo que se aplica en economía a los aspectos o fenómenos más permanentes y menos influidos por las circunstancias ambientales.
Euro:
Nombre de la futura unidad monetaria de la Unión Europea. Deberá sustituir a las monedad locales de cada país integrante según los tratados de Maastricht. Sustituirá al Ecu el 1 de enero de 1999.
Euribor:
Euro Interbank Offered Rate. Es el
tipo de interés de oferta para los depósitos interbancarios en
euros ofrecido por entidades de máxima calidad crediticia.
Con la entrada en vigor de la moneda única el Euribor se presenta como el tipo de interés de referencia clave, tanto para los países de la UME como de los que quieren mantener relaciones comerciales y financieras con ellos.
Surge en el mercado interbancario de la zona euro como una necesidad de homogeneizar y tener una referencia única tanto para la fijación de intereses como para la liquidación de operaciones de derivados.
Con la entrada en vigor de la moneda única el Euribor se presenta como el tipo de interés de referencia clave, tanto para los países de la UME como de los que quieren mantener relaciones comerciales y financieras con ellos.
Surge en el mercado interbancario de la zona euro como una necesidad de homogeneizar y tener una referencia única tanto para la fijación de intereses como para la liquidación de operaciones de derivados.
Euroacciones:
Colocación
por un sindicato bancario internacional de acciones cotizadas en
su país de origen.
Eurobligaciones:
Créditos
emitidos en forma de valores negociables denominados en una divisa
diferente a la del país deudor, colocados en los mercados
financieros exteriores, sindicados por consorcios bancarios
internacionales colocados al portador y libres de cualquier
retención impositiva en el origen.
Eurobono:
Bono emitido en el mercado internacional de capitales, esto es, en cualquier país a excepción de aquel en cuya moneda está expresada dicha emisión. Ejemplo: Una empresa española realiza una emisión de bonos, denominados en francos franceses en Gran Bretaña, se hablará de una emisión de eurobonos porque el país de emisión (Gran Bretaña) no coincide con el país en cuya moneda está denominado el empréstito (Francia).
Euroclear:
Organismo
creado en Bruselas cuyo objeto es la compensación y liquidación
de las transacciones realizadas en los mercados de eurobonos y
euro-obligaciones.
Eurócrata:
Denominación con la que comúnmente se conoce al funcionario de las Comunidades Europeas.
Eurocrédito:
Préstamo o crédito concedido por un Banco o grupo de ellos de origen nacional o extranjero, en eurodólares o eurodivisas y con períodos de amortización normalmente establecidos a medio o largo plazo.
Eurocheque:
Sistema mediante elcual los viajeros en el extranjero pueden hacer efectivos sus cheques personales con un mínimo de formalidades y por una cuantía no superior al máximo garantizado en la propia tarjeta de garantía que habrán de exhibir al hacerlos efectivos.
Eurodivisa:
Depósito expresado en la moneda de un país, situado en un Banco ubicado fuera del mismo. Cuando el titular de un depósito en un Banco de un determinado país y en la moneda local ordena el traspaso de los fondos de esa misma moneda a otro Banco extranjero, o a la sucursal de aquél en el exterior, se crea automáticamente la eurodivisa.
Eurodolar:
Depósitos realizados en dólares, en Bancos que no estén domiciliados en los Estados Unidos.
Depósito expresado en la moneda de un país, situado en un Banco ubicado fuera del mismo. Cuando el titular de un depósito en un Banco de un determinado país y en la moneda local ordena el traspaso de los fondos de esa misma moneda a otro Banco extranjero, o a la sucursal de aquél en el exterior, se crea automáticamente la eurodivisa.
Eurodolar:
Depósitos realizados en dólares, en Bancos que no estén domiciliados en los Estados Unidos.
Euromercado:
Mercado
internacional de dinero y de capitales privados depositados en
bancos en las principales plazas financieras del mundo y en el que
se engloban los mercados de eurodivisas, eurodólares, eurobonos y
euro-obligaciones.
Euromoneda:
Véase
" Eurodivisas".
Europagaré:
Compromisos
de pago a corto plazo generalmente emitidos al descuento
denominados en una divisa diferente a la del país emisor de la
deuda.
Euroemisión:
Emisión de eurobonos ofrecida en los mercados internacionales de capitales.
Euromercado:
En el mercado de una actividad o producto en el ámbito de toda Europa Occidental. Uno de los casos en que más se utiliza este concepto es el mercado de eurodivisas.
Eurovalor:
Ver Eurobono.
Eutanasia del rentista:
Disminución sostenida de la tasa de interés, ocasionada por un aumento tal de la oferta de capital que éste deje de ser escaso, de manera que el inversionista sin funciones en la producción no reciba gratificación alguna.
Evasión de capitales:
Exportación ilegal de capital al extranjero burlando la legislación monetaria de un país. Su objetivo es la ocultación fiscal.
Ex-cupón:
Situación en la que se encuentra un título-valor, cuyos derechos se instrumentan a través de la entrega de cupones, una vez que éstos han sido ejercidos.
Ex-derecho:
Situación en la que se encuentra un título-valor una vez ha sido ejercido el derecho de suscripción preferente, en el transcurso de una ampliación de capital.
Ex-dividendo:
Situación en la que se encuentra un título-valor una vez ha sido ejercido por su propietario el derecho a percibir el dividendo correspondiente al período.
Exceso
de operaciones:
Es
una práctica ilícita que supone realizar un exceso de
compraventas en la cartera de un cliente por parte de un
intermediario bursátil con objeto de recibir más comisiones por
el número de operaciones realizadas. Los Códigos Deontológicos
tratan de frenar esta práctica contraria al cliente.
Exceso
de suscripción:
Es
el caso en que la demanda de suscripción de una emisión excede a
los valores puestos en circulación lo que provoca mecanismos de
adjudicación de títulos por prorrateo o sorteo entre los
potenciales suscriptores , limitación de cantidad máxima o
mínima a suscribir etc...
Exclusión de bolsa:
Acto realizado por la CNMV mediante el cual los títulos de una sociedad son excluidos de las bolsas de valores, negándoseles la posibilidad de cotizar en las mismas. La exclusión de la bolsa puede realizarse por solicitud de la sociedad excluida o por ejecución de una sanción.
Expectativas:
Actitudes o creencias sobre la naturaleza de los acontecimientos futuros. Perspectivas u opiniones sobre la evolución futura de unos títulos, empresa o mercado.
Expectativas racionales:
Teoría de pronóstico económico con aplicación al pronóstico bursátil que afirma que el resultado futuro depende de lo que la generalidad del mercado calcula que ocurrirá en este futuro.
Experto bursátil:
Persona que tiene un especial conocimiento de la Bolsa de valores y de sus expectativas.
F.R.A.
(Futur Rate Agreement):
Voz
anglosajona que hace referencia al contrato a plazo sobre tipos
de interés. Sirve como instrumento de cobertura contra la
evolución de los tipos de interés y su liquidación se realiza
por diferencia entre el interés garantizado y el real en el
momento del vencimiento. (Véase " Contratos a plazo de
tipos de interés).
Facilidad
crediticia:
Es
un servicio que las entidades financieras prestan a sus mejores
clientes permitiéndoles descubiertos en cuenta o crédito sin
formalización específica.
Factor:
Entre los comerciantes, el
apoderado con mandato para traficar en nombre y por cuenta del poderdante, o
para auxiliarle en sus negocios.
Factoring:
Empresa que retribuida por el
sistema de comisión, se encarga del cobro de las facturas de otros,
ocupándose asimismo de resolver los impagados.
Facturación:
Ventas totales que realiza una determinada empresa durante un periodo de tiempo, deducidos los impuestos directos sobre las mismas (como el IVA).
Ventas totales que realiza una determinada empresa durante un periodo de tiempo, deducidos los impuestos directos sobre las mismas (como el IVA).
Fallido:
Persona
física o jurídica que no puede hacer frente a las obligaciones
de pago de una operación crediticia.
Falta
de liquidez:
Situación
de una empresa o particular cuando no puede hacer frente a sus
obligaciones inmediatas de pago por insuficiencia de su
tesorería y del activo realizable a corto plazo. Supone un
desacompasamiento de su activo realizable y de su pasivo a corto
plazo lo que puede provocar la suspensión de pagos.
Fase
de distribución:
Es
la situación del mercado en que los inversores con mejor
información comienzan a vender con anticipación a un período
de bajada de las cotizaciones.
F
C&M:
Denominación
abreviada del mercado de futuros sobre cítricos creado en
Valencia recientemente. Véase " Mercado de futuros y
opciones sobre cítricos".
Fecha de
ejercicio:
Es el día y la hora en que
finaliza el derecho a hacer efectiva una opción o un futuro.
Fecha
de emisión:
Día
en que se produce la emisión de un valor negociable.
Fecha
de entrega:
Día
en que se transfiere el efectivo y el instrumento financiero
contratado a favor del vendedor y del comprador en una
compraventa de activos financieros al contado o a plazo.
Fecha
de liquidación:
Día
en el cual las operaciones de compraventa de valores negociables
deben liquidarse por entrega de los valores o sus certificados
de legitimación por parte del vendedor y del dinero por parte
del comprador.
Fecha
de pago:
Día
en que se hace efectiva mediante el pago una obligación
pecuniaria.
Fecha
de reembolso:
Fecha
en la cual el interés o el capital amortizado deben pagarse.
Fecha de vencimiento:
Fecha en que vence un contrato, efecto, crédito, etc. En los mercados de futuros, es el día en que finalizan los contratos referidos a esa fecha. Estas fechas coinciden siempre con los terceros viernes de los meses de marzo, junio, septiembre y diciembre, o el día hábil inmediato anterior si ese viernes resultase ser festivo.
Fecha
valor:
Fecha
en que se liquida efectivamente una operación financiera.
Fed:
Es el acrónimo de la Reserva Federal de los Estados Unidos. Se trata del organismo que desarrolla en ese país las funciones de un banco central.
Fiamm:
Es el acrónimo de Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario.
Fianza:
Garantía
de carácter personal por el que la fiador se compromete a
cumplir una obligación en caso de no hacerlo el deudor
afianzado.
Fianza
colectiva:
Es
aquella garantía que deben constituir las Sociedades y Agencias
de Valores que ostenten la condición de miembro de alguna Bolsa
de Valores, cuya finalidad será garantizar el cumplimiento de
las obligaciones que contraigan con ocasión de las operaciones
del mercado bursátil en que participen o medien.
FIBV:
Siglas
que significan Federación Internacional de Bolsas de Valores
que es un organismo que agrupa a las principales Bolsas de
Valores del mundo con el objeto de coordinar y analizar
conjuntamente las mejoras de los mercados bursátiles mundiales.
Fiducia:
Operación jurídica por la que se transfiere un determinado bien a una persona con la condición de que lo tiene que devolver después de un determinado tiempo previamente convenido y en unas condiciones determinadas.
Fiduciario:
Es equivalente a hombre de paja o testaferro. Se trata de aquella persona que aparece como propietario de algo sin serlo realmente.
Figura chartista:
Son los dibujos que forman la curva de cotizaciones. Están todos ellos codificados y analizados, formando la base del análisis chartista. Generalmente todas las figuras que se suelen formar, tienen su correspondiente figura inversa o de efectos contrarios. Así la cabeza y hombros, el doble techo, etc.
Fii:
Acrónimo de Fondos de Inversión Inmobiliaria.
FIFO
(first in first out):
Sistema
de valoración de existencias en inventario que establece que
las primeras existencias adquiridas a su precio de compra son
las primeras en salir del almacén utilizarse en el proceso
productivo.
Filial:
Dícese
de la sociedad que depende de otra por detentar ésta, en forma
directa o indirecta, la mayor parte del capital o bien ser su
participación lo sufiucientemente importante para gestionarla o
dirigirla.
Filtros:
Métodos
matemáticos que permiten eliminar el ruido estadístico que
rodea los mercados para aislar un fenómeno concreto y
repetitivo. Estos filtros son utilizados en el análisis
técnico.
Fim:
Acrónimo de Fondos de Inversión Mobiliaria.
Fmi:
Fondo Monetario Internacional. Es el organismo multinacional que se creó en la conferencia de Bretton Woods con la finalidad de estabilizar los valores de las divisas y mantener unos mercados de cambios internacionales estables.
Fondo Monetario Internacional. Es el organismo multinacional que se creó en la conferencia de Bretton Woods con la finalidad de estabilizar los valores de las divisas y mantener unos mercados de cambios internacionales estables.
Financiación:
Operación
que consiste en dotar de recursos financieros (monetarios y
otros medios de pago) a una unidad económica.
Financiación
de capital desarrollo:
Es
la financiación de la empresa destinada a su expansión y
crecimiento. El capital se destina a financiar e incrementar la
capacidad de producción, del mercado o el desarrollo de
productos que requieren capital adicional.
Financiación
de consolidación:
Esta
financiación tiene por objeto la aportación de capitales a una
empresa ya establecida pero que requiere de capitales para la
consolidación de sus productos en el mercado.
Financiación
de inicio o lanzamiento:
Es
la financiación para la elaboración de un nuevo producto y su
introducción inicial en el mercado.
Financiación
de proyectos:
Método
de financiación de una unidad económica cuyo futuro
rendimiento y los flujos de tesorería que generará el proyecto
se consideran suficientes para cubrir los costes operativos
tanto de funcionamiento como de amortización de la inversión.
Se diferencia del préstamo en que los financiadores asumen
parte de los riesgos de explotación de la empresa financiada.
Financiación
del déficit público:
La
financiación del déficit público se realiza, entre otros
modos, a través de los mercados financieros con la emisión de
fondos públicos que compiten con el sector privado en la
captación del ahorro. El sector público emite para financiarse
valores a corto plazo -letras, pagarés - y valores a medio y
largo plazo -bonos y obligaciones- con tipos de interés de
mercado que sirven de referencia para las emisiones privadas.
Financiación
externa:
Es
la financiación proviniente de capitales exteriores a la
empresa y el empleo de recursos ajenos.
Financiación
interna:
Es
la realizada por la propia empresa sin recurrir a capitales
externos o fondos ajenos y que se deriva de sus capitales
propios, autofinanciación y beneficios no distribuidos.
Financiación
semilla:
Es
aquella financiación que se realiza en el diseño de un nuevo
producto o la creación de una nueva empresa.
Financiero:
Dícese de aquella persona que aporta dinero a una empresa o a un determinado proyecto. También se les da este nombre a las personas relevantes en el mundo de la bnaca y las finanzas.
Finanzas:
Es la parte de la economía que se encarga del estudio de los mercados del dinero y de capitales, de las instituciones y participantes que en ellos intervienen, las políticas de capitalización de recursos y de distribución de resultados, el estudio del valor temporal del dinero, la teórica del interés y el coste del capital.
Firme:
Operación
de carácter definitivo cuyas condiciones ya son conocidas y
convenidas con anterioridad.
Fixing:
Ver Cambio base.
Floor:
Se trata de un instrumento financiero, mediante el cual se asegura el posible riesgo de que el tipo de interés baja de un determinado nivel, a cambio de cubrir este riesgo se paga una comisión, mediante la cual se nos garantiza un tipo de interés mínimo durante un período determinado. Es lo opuesto de Cap.
Flotación:
Se da este nombre a la situación en que se encuentran las divisas en aquellos mercados de cambios amplios y que no están intervenidos.
Fluctuación:
Dícese en la bolsa y en los mercados financieros en general a las oscilaciones continuas de los precios de los títulos dentro de una zona de valores.
Fluidez:
Situación en que las distintas
clases de ordenes pueden ser cumplidas sin retrasos provocados por las
circunstancias propias del mercado.
Folleto
de emisión:
Conjunto
de informaciones de carácter económico, financiero y contable
de una empresa que se contienen en un prospecto que
obligatoriamente se deben poner a disposición del público en
las emisiones y ofertas públicas de venta de valores y
registrar previamente en la Comisión Nacional del Mercado de
Valores.
Folleto
informativo:
Es
el documento informativo sobre datos económicos financieros y
sociales que deben poner a disposición del público las
entidades emisoras de valores admitidas a negociación en las
Bolsas y que deben publicarse con carácter trimestral y
semestral de acuerdo con unos modelos aprobados por la Comisión
Nacional del Mercado de Valores.
Fondo
de amortización:
Cuenta
del pasivo en una contabilidad donde se refleja la parte del
activo inmovilizado a precio de coste que se encuentra
amortizado.// Es el fondo creado por un emisor o prestatario,
depositado en un banco con el objeto de ir haciendo frente a la
devolución del principal de un préstamo o de un empréstito en
los diversos plazos de amortización.
Fondos
de colocación discrecional:
Son
los encomendados a los bancos para su colocación por cuenta y
nombre del cliente, pero con plena libertad por parte del banco
para hacerlo de la forma que crea más conveniente.
Fondo
de comercio:
Activo
inmaterial de una empresa. Su valor se computa a los efectos de
una transmisión de la empresa. Está constituido por elementos
muy variados que deben valorarse económicamente: el prestigio
de la empresa, su situación geográfica, la clientela, la falta
de competencia, el equipo directivo, la preparación del
personal etc.
Fondo
de rescate:
El
constituido por un prestatario para redimir los bonos en
circulación hasta una cantidad previamente estipulada para el
periodo de vida de la emisión.
Fondos de acumulación:
Ver Fondos de Inversión de Capitalización.
Fondos de acumulación:
Ver Fondos de Inversión de Capitalización.
Fondos de
adhesión:
Se les da este nombre a aquellos fondos de inversión de escaso tamaño que se adhieren y se gestionan a través de un fondo mayor (fondo maestro).
Fondos de dinero:
Es el nombre por el que se conocen los Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario (FIAMM). Se les da este nombre, debido a que al tener una elevada liquidez, pueden ser considerados como sustituyentes del dinero.
Fondos de fondos:
Institución de inversión colectiva cuyo patrimonio se reparte entre fondos de inversión, de forma que se puede cambiar de fondo de inversión sin que exista penalización fiscal.
Fondos de inversión:
Institución sin personaldiad jurídica propia que tiene como objetivo la propiedad comunitaria de unos activos con finalidad de lucro. Existe una sociedad gestora que es la encargada de administrar el fondo y una entidad depositaria que se encarga de custodiar sus activos. A todas aquellas personas que forman parte del fondo se les da el nombre de partícipes.
Fondos de inversión asegurados:
Son aquellos fondos de inversión que en sus condiciones, garantizan una rentabilidad mínima a los partícipes.
Fondos de inversión de capitalización:
Son unos tipos de fondos de inversión que reinvierten los rendimientos que obtienen acumulados al patrimonio del fondo, produciendo un incremento del valor liquidativo de las participaciones.
Fondos de inversión de reparto:
Son un tipo de fondos de inversión que distribuyen con periodicidad dividendos entre sus partícipes. Se complementan con los Fondos de inversión de capitalización.
Fondos de inversión en activos del mercado monetario:
Son los llamados FIAMM. Son un tipo de fondos que por ley, deben realizar sus inversiones en títulos de muy fácil venta o de vencimiento a corto plazo (hasta 18 meses), de forma que faciliten la liquidez inmediata de sus participaciones.
Fondos de inversión en derivados:
Son unos fondos de alto riesgo, ya que las inversiones las realizan en los mercados de derivados (futuros, opciones,...). Son fondos con un caracter especulativo y con un riesgo muy grande, por lo que su potencial de rentabilidad es también muy elevado.
Fondos de inversión inmobiliaria:
Son los llamados FII. Sus inversiones por ley se han de realizar exclusivamente en los sectores inmobiliarios: viviendas, oficinas, locales comerciales, etc.
Fondos de inversión mobiliaria:
Se les conoce como FIMM y su tendencia inversora es a largo plazo, por lo que suelen complementar a los FIAMM. Se pueden invertir tanto en acciones como en títulos de renta fija y no existen por ley limitaciones en cuanto a plazo de vencimiento, siempre que dichos títulos coticen y se negocien en mercados organizados.
Fondos de pensiones:
Son aquellos fondos de inversión que se forman a través del patrimonio generado por medio del ahorro colectivo de un plan de pensiones.
Fondos off shore:
Se les da este nombre a aquellos fondos de inversión que se localizan en un paraiso fiscal, no existiendo sobre ellos control alguno legislativo, ni dependiendo de algún organismo de vigilancia.
Fondos paraguas:
Se les da este nombre a aquellos fondos de inversión que a su vez están compuestos de diversos subfondos, en los que el inversor puede en cada momento invertir en el subfondo que más le interese, pero en realidad es como si mantuviese su dinero dentro del fondo principal.
Fondtesoros:
Fondos de inversión que sus inversiones se realizan exclusivamente en Deuda Pública (Letras del Tesoro, bonos y obligaciones del Estado). Los administran sociedades gestoras que tienen que cumplir una serie de requisitos exigidos por el Tesoro Público. Los fondtesoro pueden a su ver ser del tipo FIM (largo plazo) o del tipo FIAMM (corto plazo).
Footsie:
Es el principal índice de la Bolsa de Londres. Está formado por los 30 títulos de mayor capitalización bursátil. Su nombre es Finantial Time Stock Exchange Index.
Forward:
Contratos de futuros no normalizados que se confeccionan a medida de la operación y que no se negocian en mercados organizados.
Frecuencia de contratación:
Es el número de sesiones que transcurre entre dos contrataciones seguidas de un determinado título en la bolsa. Si su cotización es en todas las sesiones, se dice que su frecuencia de contratación es diaria.
Free float:
Palabras inglesas que se traducen por capital flotante. Se trata de la parte del capital social de una empresa o sociedad que cotiza libremente en bolsa y que no está controlado por accionistas de forma estable.
Fuerte:
Es la calificación que se les suele dar a aquellos activos financieros (especialmente las divisas), que tienen unos precios muy estables y resistentes a los descensos.
Fungible:
Dícese de aquellos bienes que con su uso se agotan o se consumen. Un clásico ejemplo de bien fungible son los alimentos, ya que dejan de existir como consecuencia del uso que se hace de ellos.
Fusión:
Es el resultado de la unión (de forma voluntaria) de una o varias sociedades para formar una sociedad nueva y con una personalidad jurídica distinta e independiente.
Fusión por absorción:
Tipo de fusión, en la que una de las sociedades (la que absorbe), conserva su personalidad jurídica, mientras que la otra u otras (absorbidas) queda materialmente disuelta, al aportar a la fusión todos sus activos y pasivos.
Futuros:
Es un tipo de contrato sobre tipos de interés, divisas, acciones, materias primas u otros activos financieros, que se fija en un momento determinado y que vence en un momento posterior o futuro. Estos contratos se negocian en la bolsa en un mercado llamado de derivados o de futuros.
Se les da este nombre a aquellos fondos de inversión de escaso tamaño que se adhieren y se gestionan a través de un fondo mayor (fondo maestro).
Fondos de dinero:
Es el nombre por el que se conocen los Fondos de Inversión en Activos del Mercado Monetario (FIAMM). Se les da este nombre, debido a que al tener una elevada liquidez, pueden ser considerados como sustituyentes del dinero.
Fondos de fondos:
Institución de inversión colectiva cuyo patrimonio se reparte entre fondos de inversión, de forma que se puede cambiar de fondo de inversión sin que exista penalización fiscal.
Fondos de inversión:
Institución sin personaldiad jurídica propia que tiene como objetivo la propiedad comunitaria de unos activos con finalidad de lucro. Existe una sociedad gestora que es la encargada de administrar el fondo y una entidad depositaria que se encarga de custodiar sus activos. A todas aquellas personas que forman parte del fondo se les da el nombre de partícipes.
Fondos de inversión asegurados:
Son aquellos fondos de inversión que en sus condiciones, garantizan una rentabilidad mínima a los partícipes.
Fondos de inversión de capitalización:
Son unos tipos de fondos de inversión que reinvierten los rendimientos que obtienen acumulados al patrimonio del fondo, produciendo un incremento del valor liquidativo de las participaciones.
Fondos de inversión de reparto:
Son un tipo de fondos de inversión que distribuyen con periodicidad dividendos entre sus partícipes. Se complementan con los Fondos de inversión de capitalización.
Fondos de inversión en activos del mercado monetario:
Son los llamados FIAMM. Son un tipo de fondos que por ley, deben realizar sus inversiones en títulos de muy fácil venta o de vencimiento a corto plazo (hasta 18 meses), de forma que faciliten la liquidez inmediata de sus participaciones.
Fondos de inversión en derivados:
Son unos fondos de alto riesgo, ya que las inversiones las realizan en los mercados de derivados (futuros, opciones,...). Son fondos con un caracter especulativo y con un riesgo muy grande, por lo que su potencial de rentabilidad es también muy elevado.
Fondos de inversión inmobiliaria:
Son los llamados FII. Sus inversiones por ley se han de realizar exclusivamente en los sectores inmobiliarios: viviendas, oficinas, locales comerciales, etc.
Fondos de inversión mobiliaria:
Se les conoce como FIMM y su tendencia inversora es a largo plazo, por lo que suelen complementar a los FIAMM. Se pueden invertir tanto en acciones como en títulos de renta fija y no existen por ley limitaciones en cuanto a plazo de vencimiento, siempre que dichos títulos coticen y se negocien en mercados organizados.
Fondos de pensiones:
Son aquellos fondos de inversión que se forman a través del patrimonio generado por medio del ahorro colectivo de un plan de pensiones.
Fondos off shore:
Se les da este nombre a aquellos fondos de inversión que se localizan en un paraiso fiscal, no existiendo sobre ellos control alguno legislativo, ni dependiendo de algún organismo de vigilancia.
Fondos paraguas:
Se les da este nombre a aquellos fondos de inversión que a su vez están compuestos de diversos subfondos, en los que el inversor puede en cada momento invertir en el subfondo que más le interese, pero en realidad es como si mantuviese su dinero dentro del fondo principal.
Fondtesoros:
Fondos de inversión que sus inversiones se realizan exclusivamente en Deuda Pública (Letras del Tesoro, bonos y obligaciones del Estado). Los administran sociedades gestoras que tienen que cumplir una serie de requisitos exigidos por el Tesoro Público. Los fondtesoro pueden a su ver ser del tipo FIM (largo plazo) o del tipo FIAMM (corto plazo).
Footsie:
Es el principal índice de la Bolsa de Londres. Está formado por los 30 títulos de mayor capitalización bursátil. Su nombre es Finantial Time Stock Exchange Index.
Forward:
Contratos de futuros no normalizados que se confeccionan a medida de la operación y que no se negocian en mercados organizados.
Frecuencia de contratación:
Es el número de sesiones que transcurre entre dos contrataciones seguidas de un determinado título en la bolsa. Si su cotización es en todas las sesiones, se dice que su frecuencia de contratación es diaria.
Free float:
Palabras inglesas que se traducen por capital flotante. Se trata de la parte del capital social de una empresa o sociedad que cotiza libremente en bolsa y que no está controlado por accionistas de forma estable.
Fuerte:
Es la calificación que se les suele dar a aquellos activos financieros (especialmente las divisas), que tienen unos precios muy estables y resistentes a los descensos.
Fungible:
Dícese de aquellos bienes que con su uso se agotan o se consumen. Un clásico ejemplo de bien fungible son los alimentos, ya que dejan de existir como consecuencia del uso que se hace de ellos.
Fusión:
Es el resultado de la unión (de forma voluntaria) de una o varias sociedades para formar una sociedad nueva y con una personalidad jurídica distinta e independiente.
Fusión por absorción:
Tipo de fusión, en la que una de las sociedades (la que absorbe), conserva su personalidad jurídica, mientras que la otra u otras (absorbidas) queda materialmente disuelta, al aportar a la fusión todos sus activos y pasivos.
Futuros:
Es un tipo de contrato sobre tipos de interés, divisas, acciones, materias primas u otros activos financieros, que se fija en un momento determinado y que vence en un momento posterior o futuro. Estos contratos se negocian en la bolsa en un mercado llamado de derivados o de futuros.
Gamma:
En
el mercado de opciones este instrumento mide la sensibilidad del
" Delta" (véase) de una opción en relación con las
variaciones del cambio al contado del activo subyacente.
Ganancia de
capital:Aumento del valor de un activo financiero que sólo se obtiene si se vende. Diferencia entre el valor de venta y el de compra de los bienes.
Gap:
Se trata de una figura chartista que consiste en un hueco entre dos cotizaciones sucesivas. Puede ser indistintamente al alza o a la baja.
Garantía:
Es aquello (generalmente un bien) que se pone como garante del cumplimiento de un determinado contrato (por ejemplo un crédito). En los mercados de futuros, la garantía es la fianza que la Cámara de Compensación exige en función de las obligaciones que se desprenden de operaciones de ventas de opciones, nunca de compra, con la finalidad de evitar riesgos en caso de incumplimientos por quienes se encuentran en posiciones vendedoras, es decir, tienen obligaciones.
Garantía
de valores mobiliarios:
Prenda
de valores mobiliarios para garantizar o afianzar el cumplimiento
de una obligación.
El
Código de Comercio regula en sus artículos 320 y siguientes el
préstamo con garantía de valores.
Garantía
personal:
Afianzamiento
de una persona a favor de otra para garantizar las obligaciones
que ésta contraiga con un tercero. Es sinónimo de aval .Véase
" Fianza".
Garantía
pignoraticia:
Véase
" Garantía prendaria".
Garantía
prendaria:
Garantía
prestada con un bien mueble de tal modo que el acreedor
garantizado puede ejecutar dicho bien para satisfacer su crédito
, en caso de impago del deudor. Se denomina también garantía
pignoraticia.Véase " Prenda".
Garantía
real:
Se
produce cuando un bien del deudor o de un tercero queda afecto en
garantía del cumplimiento de la obligación del deudor de modo
que el acreedor pueda realizarlo independientemente para
satisfacer sus derechos. Los supuestos legales son: prenda
ordinaria, prenda sin desplazamiento, hipoteca ordinaria, hipoteca
mobiliaria, hipoteca naval y anticresis.
Garantías
en futuros:
En
la formalización de contratos de futuros se exigen unas
garantías que permitan cumplir los compromisos contraídos y su
importe se calcula de la siguiente manera:
1)
En caso de posición compradora de futuros de renta variable se
deberán depositar garantías por importe del 16 por ciento del
valor nominal del futuro contratado;
2)
En caso de posición vendedora de futuros de renta variable se
deberá depositar el 10 por ciento del valor nominal del futuro
vendido;
3)
En caso de operaciones combinadas de compra y venta el importe de
las garantías se determina por métodos informáticos en función
del riesgo total de la posición del contratante-inversor en
futuros;
4)
En futuros de renta fija las garantías son del 2% y pueden
constituirse además de en efectivo en Deuda Pública. Estas
garantías deberán ajustarse diariamente en función de las
variaciones de precios del activo subyacente.
Gatantías
en el mercado a crédito:
Para
operar en el mercado bursátil a crédito español se exigen dos
tipos de garantías:
a)
Una garantía inicial que actualmente es del 50% de la operación
contratada a crédito y
b)
Unas garantías complementarias que se exigen cuando existen
variaciones de los precios bursátiles de los valores contratados
a crédito superiores al 15% en sentido contrario a la inversión
realizada.
Gasto:
Unidades
monetarias destinadas al consumo o a la inversión.
Gastos
de aumento de capital:
Son
los ocasionados por la ampliación de capital de una sociedad que
requiere los anuncios oficiales y publicidad para la suscripción,
gastos jurídicos y los derivados de impresión de nuevos
títulos.
Gastos
de custodia:
Son
los gastos ocasionados como consecuencia de la conservación de
depósitos, ya sean de valores o de otras clases.
Gastos
de emisión:
Son
los originados por la propia emisión de valores mobiliarios :
corretajes, comisiones de colocación, estudios ,diseño y
aseguramiento, publicidad, folleto informativo, tasas de la
Comisión Nacional del Mercado de Valores etc.
Gastos
de gestión:
Conjunto
de gastos que se pagan por la gestión de una cartera de valores.
Gastos
financieros:
Son
los originados por las necesidades de financiación de la empresa
con fondos ajenos.
Gestión de cartera:
Actividad que consiste en el asesoramiento, administración y ejecución de órdenes de compra y venta de carteras de valores bien sean estas particulares o institucionales.
Gestión de
tesorería:
Se denomina así a la operativa
de los activos y pasivos a corto de una empresa o de un banco, con dos
objetivos: asegurar su liquidez, para que no tenga problemas en su
funcionamiento diario; y disminuir en lo posible la cantidad de caja como
activo no rentable.
Gestión
financiera:
Conjunto
de técnicas, análisis y previsiones que tratan e conseguir los
mejores medios de financiación para las empresas.
Gestor lider:
Dentro de un sindicato bancario, se da este nombre al Banco principal que organiza la emisión de títulos en bolsa y selecciona otros bancos como gestores o suscriptores.
Gilts:
En
el mercado de valores británico es equivalente a la abreviatura
"gilt-edged security" que son los valores de máxima
solvencia y reputación.
Giro
bancario:
Orden
dada por un comprador o un importador a su banco para que proceda
a realizar un pago por operaciones comerciales al banco del
vendedor o exportador
Gráfico:
Representación de datos numéricos, en forma de líneas o dibujos, y en los que se muestra de una forma gráfica la relación que dichos datos guardan entre si. Dentro de los gráficos de bolsa, el más conocido es aquel que recibe el nombre de chart y en el se muestra la evolución de la curva de cotizaciones en función de las sesiones de bolsa transcurridas.
Gráfico
a la japonesa:
Es
un gráfico utilizado en el análisis chartista en un eje se
representan los precios y en el otro el período de tiempo
considerado. Los cambios de precios se representan con
rectángulos a modo de cirios vacíos o llenos en cuyos extremos
existen unos bastoncillos. La altura total del cirio corresponde a
la distancia entre el precio más alto y más bajo del período
considerado. El rectángulo o cirio se forma por la diferencia
entre el precio de cierre y el de apertura de tal modo que si el
precio de cierre es superior al precio de apertura éste es la
base del rectángulo y el de cierre la altura del rectángulo, en
este caso el rectángulo está vacío en el caso contrario en que
el precio de cierre es inferior al de apertura el rectángulo
estará lleno. Un rectángulo o cirio vacío indica una tendencia
al alza y lleno una tendencia a la baja, cuando más largo sea el
cirio o rectángulo indica más solidez en la tendencia. La
sucesión de rectángulos llenos y vacíos anuncia también
cambios en la tendencia.
Gráfico
de barras:
Es
el tipo de gráficos más utilizados en el análisis chartista del
mercado bursátil y está compuesto de barras o bastoncillos cada
uno de los cuales muestra la evolución de los precios de un valor
en una sesión determinada. Para ello se utilizan en cada barra
los tres precios más relevantes de una sesión o período
analizado : el más alto, el más bajo y el de cierre, el extremo
inferior de la barra muestra el precio más bajo del período, el
extremo superior el más alto y la cotización de cierre se dibuja
con un pequeño trazo horizontal a la derecha de la barra, en
ocasiones aparece también en este gráfico otro pequeño trazo
horizontal a la izquierda de la barra que indica el precio de
apertura. En la parte inferior del gráfico de barras se
representan los volúmenes de contratación de cada valor o
mercado analizado cuya representación gráfica es una barra
vertical cuya dimensión está en función del volumen negociado
cuanto más larga sea más acciones se han contratado en la
sesión o período analizado.
Gráfico
de punto y figura:
Es
un tipo de gráfico utilizado en el análisis técnico que se
realiza en base a las cotizaciones de cierre de un valor o
mercado. En el eje vertical se colocan las cotizaciones y en el
horizontal se van los cambios de tendencia manifestadas por las
subidas y bajadas de los precios de los valores o índice del
mercado considerado. Cuando se produce una subida de precio
relevante, en torno a un 3% como mínimo, se anota una equis (X) y
cuando haya una bajada de precio de ese nivel se dibuja un cero
(0), así se van dibujando equis (X) y ceros (0) hasta formar una
figura determinada que según los analistas gráficos permite
detectar un cambio de tendencia y líneas de soporte y resistencia
que dan señales de venta y compra respectivamente.
Gráfico
ordinario:
Son
gráficos lineales del análisis chartista que se realizan
situando en el eje vertical las cotizaciones de un valor o el
índice de un mercado y en el eje horizontal el período de
sesiones o tiempo considerado. Es un gráfico simple que permite
visualizar la evolución de un valor o mercado a lo largo del
tiempo. Normalmente se utilizan escalas de precios aritméticas
pero en ocasiones se utilizan también escalas semilogarítmicas.
Grupo concentrado:
Conjunto
de inversores que actúan en la misma dirección con el objeto de
conseguir el control de una sociedad.
Grupo de empresas:
Conjunto de empresas entre las que existen lazos de propiedad comunes. Por regla general existe en el grupo una sociedad o empresa matriz que es la que directamente o a través de otras sociedades filiales es la propietaria de más del 50 % del capital del resto de las empresas que forman el grupo.
Conjunto de empresas entre las que existen lazos de propiedad comunes. Por regla general existe en el grupo una sociedad o empresa matriz que es la que directamente o a través de otras sociedades filiales es la propietaria de más del 50 % del capital del resto de las empresas que forman el grupo.
Grupo
de garantes:
Conjunto
de bancos y otros intermediarios financieros que aseguran una
emisión de acciones o de obligaciones y bonos o la colocación de
un préstamo sindicado, asumiendo la recolocación de los valores
emitidos o las partes del préstamo.
Grupo
financiero de empresas:
Es
un grupo de empresas dedicadas a la financiación y englobadas en
el sector financiero. Los grandes bancos, que tienen empresas
filiales en todos los sectores financieros (bolsa, leasing,
factoring, crédito hipotecario etc..), conforman un grupo
financiero.
Gurú
de Bolsa:
En
el argot de la bolsa especialista y estudioso del mercado que
aporta predicciones, a veces también erróneas, de los
movimientos de las cotizaciones bursátiles y que sus opiniones
son seguidas por un cierto número de inversores
Haber:
Conjunto
de bienes y derechos que pertenecen a una persona física o
jurídica.
Hang
Seng:
Índice
de la Bolsa de Hong - Kong una de las Bolsas más activas del
mundo.
Hasta
la cantidad de:
Orden
de Bolsa que limita la ejecución de la misma en razón del
número de títulos o de efectivo.
Hasta
la fecha de:
Orden
de Bolsa que limita su vigencia hasta una fecha determinada
concreta e inclusive.
Hecho:
Término
que se suele utilizar en la Bolsa tradicional para cerrar una
operación en los corros.
Hedging:
Terminología
anglosajona para designar una operación de cobertura en los
mercados financieros.
Hiperinflacción:
alza
de precios de la mas alta intensidad, por encima incluso de los
dos dígitos. Se da en el tercer mundo o en situaciones, por
ejemplo, de postguerra.
Hipoteca:
Derecho real que vincula determinados bienes al
cumplimiento de una obligación, por lo que serán ejecutadas en caso de que
esta no sea cumplida a su vencimiento. Normalmente se realiza sobre bienes
inmuebles, pero puede recaer sobre todo tipo de bienes (acciones, títulos,
etc.).
Hipoteca
convencional:
Es la hipoteca constituida
por el acuerdo de las partes en un contrato cuyo cumplimiento se
garantiza con hipoteca.
Hipoteca
inmobiliaria:
Véase "
Hipoteca".
Hipoteca
legal:
Hipoteca que se contiene en
la legislación.
Hipoteca
mobiliaria:
Es una garantía real que
recae sobre ciertos bienes muebles inscribibles en el Registro de
la Propiedad.
.
Hipoteca
naval:
Garantía real sobre buques
y que se inscribe en el Registro Mercantil.
Histograma:
Nombre que reciben los gráficos de barras verticales. Un
ejemplo típico en bolsa de este tipo de gráficos es el gráfico de
volumen.
Holding:
Nombre inglés con el que se designa a la sociedad cuya
única finalidad es la posesión de participaciones de otras sociedades. La
traducción de la palabra es sociedad tenedora.
Hombre de paja:
Nombre de origen francés que equivale a testaferro. Se
le da a aquella persona que interviene en la realización de un negocio,
pero en representación de otra.
Hora bruja:
Se denomina así en el argot de la bolsa al periodo de
tiempo comprendido entre las 16:30 y17:15 horas del tercer viernes de cada
mes. Ese día vence el futuro del Ibex 35, extinguiéndose el futuro del
primer vencimiento y pasando el del segundo vencimiento a ser el del
primero. Igualmente también vencen las opciones.
La razón por la que se le llama así es porque durante
ese rato pueden ocurrir hechos de incomprensible rareza, como puede ser
subir o bajar un porcentaje elevado el Ibex sin causas justificadas
aparentemente. Todo ello se debe a la posible existencia de instituciones
que en ese momento estén en futuros u opciones con pérdidas y traten de
paliarlas.
Horquilla:
Hace
referencia a los sistemas de precios que presentan diferentes
niveles, que del mas alto al más bajo se asocian con las puntas
del citado instrumento agrícola en su posición horizontal.
Hot money:
Dinero muy líquido que se mueve libremente de una divisa
a otra. Ver dinero caliente.
Hueco:
Intervalo temporal en las
cotizaciones de un valor o de un mercado en que no se han casado
operaciones y no se ha marcado por tanto ningún precio.
Huida
de capitales:
Situación que se da cuando
en un país existe una situación de inestabilidad política o
social o de incertidumbre económica y los capitales
internacionales desinvierten masivamente buscando destinos en
países más estables y con monedas más fuertes.
IBCA:
Agencia
de calificación internacional francobritánica que cuenta para
España con socios españoles.
Iberating:
Agencia
de calificación española de empresas y de emisiones de renta
fija.
Ibex 35:
Es el primer índice de las bolsas españolas y se
compone de los 35 títulos de mayor capitalización bursátil del mercado
continuo. Se revisa cada seis meses y es un índice ponderado.
Ida y
vuelta:
Compra y venta o a la
inversa del mismo valor en un corto espacio de tiempo incluso en
la misma sesión del mercado.
Ilusión monetaria:
Efecto psicológico que se produce cuando por efecto de
una elevada inflación los incrementos anuales de los salarios son muy altos
y produces el efecto de un fuerte incremento de los mismos, aunque una vez
restada la inflación el incremento real es muy reducido o incluso negativo.
Ime:
Acrónimo de Instituto Monetario Europeo, embrión del
futuro Banco Central Europeo.
Imposición a plazo:
Nombre con el que se suelen conocer también los
depósitos a plazo.
In the money:
En los mercados de futuros se aplica a las opciones de
compra (call), cuando el precio del ejercicio de la opción es inferior a la
cotización de la acción que le sirve de subyacente, e inversamente para
las opciones de venta (put).
Es decir al ejercer la opción se obtendrían beneficios.
Es lo opuesto a out of the money.
Incremento
patrimonial:
Es un concepto que tiene
relevancia en el plano fiscal porque manifiesta una plusvalía por
la enajenación de activos que integran la base imponible del
sujeto pasivo. En el impuesto de la renta se define como la
variación positiva en el valor del patrimonio del sujeto pasivo
que se pongan de manifiesto con ocasión de cualquier alteración
en la composición de aquél. En la transmisión de valores el
incremento patrimonial estará sujeto a tributación. Véase
" Fiscalidad de la Bolsa".
Indeterminación:
Supone la variabilidad de
las expectativas que componen la situación bursátil del
inversor.
Indexación:
Es la vinculación de una
operación financiera, en cuanto al tipo de interés aplicable, a
una variable normalmente al tipo de interés que se establezca en
un determinado mercado como el Mibor o el Libor.
Indicador económico:
Estadística o cifra que da una idea aproximada de la
marcha de la economía.
Indicador técnico:
Representación gráfica de una relación matemática
entre la cotización de un título y sus cotizaciones históricas, de forma
que según su tendencia, cambio de sentido o corte de líneas de referencia
indica el momento de compra o venta de un título. El Análisis por
indicadores técnicos forma parte del Análisis técnico.
Indice:
Número que representa el nivel de algún mercado
financiero o alguna variable económica. Por ejemplo el IBEX 35, el IPC,
etc.
Indice de bolsa:
Indice ponderado con respecto al volumen de contratación
de las cotizaciones de los principales títulos cotizados en una bolsa de
valores e indica la subida o bajada de la cotización global. Para una misma
bolsa puede haber diferentes índices según su ponderación. Por ejemplo:
IBEX 35, IGBM, MID 50, etc.
Indice de frecuencia:
Relación que existe entre el numero de sesiones que un
valor es objeto de cotización en un periodo de tiempo determinado y el
numero de sesiones hábiles en ese periodo de tiempo.
Índice
de fuerza relativa (RSI):
Es un indicador del
análisis técnico que mide en cada momento la fuerza con la que
actúa la oferta y la demanda. Se utiliza como indicador de
sobrecompra o sobreventa de un valor o un mercado y su cálculo se
realiza sobre la base de la media de de precios alcistas y
bajistas de las 10 ó 15 últimas sesiones. Su formula es la
siguiente:
RSI = 100 - ( 100 / 1+ RS )
Indice de volumen de contratación:
Relación existente entre el volumen de una sociedad
contratado en bolsa y el capital social de la compañía.
Indice de precios al consumo:
Indice ponderado de acuerdo con el consumo que una unidad
familiar media realiza y que mide el nivel general de precios con respecto a
un período anterior. Es el indicador más usado para medirla inflación y
su acrónimo es IPC.
Indice de precios industriales:
Indice ponderado de precios y servicios industriales al
por mayor. Representa la inflación de costes de producción.
Indiciar:
Organizar una prestación, o una remuneración, o pago en
función de un índice económico. A veces se usa la expresión indexación.
Por ejemplo: el interés de una hipoteca referirla al Euribor, etc.
Inflación:
Elevación de los precios de los productos y de los
servicios y por tanto disminución del poder adquisitivo del dinero. Se mide
mediante el IPC.
Inflación de costes:
Inflación causada por la elevación en el coste de los
factores de producción (materias primas, mano de obra, etc) y que repercute
en los precios de los productos finales o de consumo.
Inflación de demanda:
Inflación generada por el crecimiento de la demanda,
generalmente en situación de pleno empleo, pues al haber ocupación total
de los factores de producción un crecimiento fuerte de la demanda se
traduce en un alza de precios.
Inflación subyacente:
Valor del IPC deduciendo el incremento de los precios
energéticos y de los alimentos frescos no elaborados. La inflación
subyacente se considera el núcleo estructural de la inflación y marca la
tendencia de la misma a medio plazo.
Información confidencial:
Información de que disponen pocas personas, sin que sea
accesible al público en general. Si esta información se posé por el cargo
o la posición que se ocupa en una empresa o en el gobierno su uso en los
mercados financieros es ilegal. Equivale a información privilegiada.
Informe:
Dictamen, generalmente por escrito, de un técnico o
experto en la materia.
Informe bursátil:
Informe sobre una bolsa de valores en general o sobre
alguna sociedad que cotiza en bolsa preparado por una empresa especializada
o por un experto bursátil. Generalmente incluye un pronóstico sobre la
bolsa o la sociedad analizada.
Ingeniería financiera:
Nombre periodístico que se da a las operaciones
financieras muy complejas que se valen de los nuevos activos financieros
(futuros, etc) con el fin de disminuir el riesgo e incrementar el beneficio.
Ingresos:
Entrada de dinero en la empresa procedentes de la venta
de los productos típicos de su explotación (ingresos de explotación) y de
operaciones financieras y atípicas (ingresos extraordinarios).
Ingreso atípico:
Nombre que reciben los ingresos extraordinarios. Por
ejemplo: venta de un local, gestión de su cartera de valores, etc.
Inoperante:
Falta de actividad normal de un mercado financiero con
respecto a la actividad usual del mismo.
Insider trading:
Práctica prohibida por muchas legislaciones, consistente
en comprar o vender según las informaciones secretas sobre ciertos valores,
que se obtienen por la presencia en cargos de responsabilidad, o por
confidencias recibidas desde el interior de las empresas.
Instituciones de inversión colectiva:
Instituciones que tienen como actividad principal la
canalización, realización y gestión de la inversión colectiva. Por
ejemplo: los fondos de inversión.
Instituciones financieras:
Empresas cuya actividad principal consiste en la
captación de depósitos y en la concesión de créditos. Por ejemplo: los
Bancos y las Cajas de Ahorro.
Instrumento financiero:
Ver Producto financiero.
Instrumento
líquido:
Instrumento financiero que
es inmediatamente transformable en dinero y que puede equipararse
por su liquidez al efectivo dinerario.
Instrumento
negociable:
Documento que recoge un
derecho de propiedad de un activo financiero que puede ser objeto
de negociación en un mercado o de libre transmisión sin
necesidad de autorización del emisor del instrumento.Véase
" Valor negociable".
Integración
horizontal:
Fórmula de concentración
de empresas que mantienen su independencia jurídica. Se dedican a
una misma clase de producción y su finalidad es producir una
mayor cuantía de bienes.
Integración
vertical:
Concentración de empresas
que desarrollan actividades complementarias.
Intercalario:
Calificativo que se aplica a
los dividendos o intereses que una empresa paga a una determinada
clase de acciones durante el espacio de tiempo que media entre el
desembolso de los valores y la puesta en funcionamiento de la
parte de su explotación que ha sido financiada con la emisión de
dichos valores. Se dice también de la fluctuación intercíclica
de las cotizaciones.
Interciclo:
Fluctuación de las
cotizaciones bursátiles dentro de los ciclos bursátiles. Véase
" intercalario".
Interés:
Remuneración que se paga o se recibe por el uso temporal
de dinero. El interés es la cantidad de dinero expresada en monedas y el
tipo de interés es esta cantidad expresada en porcentaje.
Interés básico:
Tipo de interés cargado por el Banco Central de un país
a los bancos privados cuando descuenta o redescuenta papel financiero o
comercial con él.
Interés fijo:
El tipo de interés no varía sobre el pactado ni depende
del comportamiento de otros factores económicos como en el caso del
interés variable.
Interés interbancario:
Tipo de interés cruzado en el mercado de activos
computables en el coeficiente de caja interbancario, es decir, es el tipo de
interés al que los bancos se prestan dinero entre si. Existen diferentes
tipos de interés interbancario: a un día, semanales, mensuales,
trimestrales, semestrales y anuales.
Interés real:
Tipo de interés expresado en términos reales, es decir,
descontando la tasa de inflación.
Interés variable:
Tipo de interés fijado de acuerdo con un tipo de
referencia (interbancario, IPC, etc). El tipo de interés varía al alza o a
la baja según varíe el tipo de referencia en vez de ser siempre el mismo
como en el caso del interés fijo.
Intermediación bursátil:
Relación existente entre el volumen de una sociedad
contratado en bolsa y el capital social de la compañía.
Intermediario financiero:
Persona o sociedad que sirve de enlace entre dos partes
que participan en operaciones en los mercados financieros sin tomar
posiciones por cuenta propia. Por extensión se aplica a todas las
instituciones financieras y está formada por dos tipos: los bancarios y los
no bancarios (compañías de seguros, etc).
Intradia:
Nombre que se da a las operaciones que se abren y cierran
en una sola sesión en los mercados financieros.
Inversión:
Compra o venta de activos financieros para obtener unos
beneficios en forma de plusvalías, dividendos o intereses.
Inversión de cartera:
Inversión en acciones de una sociedad con un objetivo de
rentabilidad y sin interés en el control de la sociedad.
Inversión extranjera:
Inversiones realizadas en los mercados financieros por
residentes en el exterior. En bolsa suele corresponder con grandes
inversores institucionales.
Inversión institucional:
Conjunto de inversiones realizadas en bolsa y otros
mercados financieros por las instituciones de inversión colectiva (fondos,
etc) y las instituciones
financieras (bancos, etc). Generalmente se realizan
mediante operaciones muy fuertes y suelen tener un carácter estable.
Inversor:
Persona física o jurídica que realiza operaciones de
compra o venta de valores negociables.
IPC:
Acrónimo de Indice de Precios al Consumo.
Islote:
En análisis chartista se llama así a la situación que
se produce en una sesión de máximo optimismo en que la cotización se
dispara al alza, pero sin que esta alza prosiga en las siguientes sesiones,
de forma que en la curva de cotizaciones se forma una cotización muy alta,
separada del resto de la curva, que constituye el islote. Es una figura
bajista.
Jefe
de fila:
Entidad
financiera que se encarga del diseño, asesoramiento,
organización y dirección de un préstamo sindicado o de la
colocación y aseguramiento de una emisión de valores. Esta
institución es la que contrata directamente con la entidad
emisora o prestataria, fija las condiciones del préstamo o de la
emisión y las comisiones a percibir por su actuación.
Posteriormente el Jefe de fila reparte el riesgo con otras
instituciones financieras a las que invita a participar, a cambio
de una comisión menor, en la sindicación del préstamo o en el
aseguramiento de la emisión.
Jobber:
Voz
anglosajona que designa al intermediario bursátil que actúa por
cuenta propia y como creador de mercado - contrapartidista. Véase
" Creador de mercado".
Joint
venture:
Voz
anglosajona que designa la agrupación temporal de empresas para
el logro de objetivos comunes. La agrupación puede venir por la
creación de una nueva empresa de carácter temporal cuyos socios
son las empresas interesadas en la unión o bien mediante la
formalización contractual que vincule jurídicamente a dichas
empresas.
Jugar
a la bolsa:
Inversión
en el mercado bursátil de forma especulativa y por medio de
operaciones a corto plazo con el fin de obtener un beneficio por
la vía de las plusvalías.
Jugar
a la baja:
Consiste
en vender valores que tienen una alta cotización con la esperanza
de recomprarlos cuando baje la cotización.
Jugar
al alza:
Consiste
en comprar valores cuya cotización se considera baja con la
esperanza de una subida en un corto plazo de tiempo.
Jumbo:
Empréstito
de gran tamaño emitido en el euromercado.
Junk Bond:
Nombre inglés que se le da a los bonos basura.
Junta general de accionistas:
Organo soberano de una sociedad anónima, donde se toman
las decisiones más relevantes de una sociedad. La Junta General puede ser
ordinaria extraordinaria. La Junta ordinaria se debe celebrar necesariamente
una vez al año, en los seis primeros meses después de cerrar el ejercicio y
para aprobar la gestión del Consejo de Administración, el balance, la cuenta
de resultados y su distribución. La Junta extraordinaria se puede celebrar en
cualquier momento siempre que se haya convocada adecuadamente.
Junta
General Extraordinaria:
Junta que se celebra para
debatir temas especiales que afectan a la sociedad, la recoge el
artículo 96 de la Ley de Sociedades Anónimas. Puede ser también
Junta Universal cuando está presente todo el capital social en cuyo
caso no se requieren los requisitos de convocatoria formal que exige
la Ley de Sociedades Anónimas, se recoge ésta última en el
artículo 99 de la citada Ley.
Junta
General Ordinaria:
Junta que debe celebrarse
anualmente y que tiene un contenido mínimo legal referente a la
rendición de cuentas anuales y a la propuesta de distribución de
los resultados.
El artículo 95 de la Ley de
Sociedades Anónimas establece que la junta general ordinaria,
previamente convocada al efecto, se reunirá necesariamente, dentro
de los seis primeros meses de cada ejercicio, para censurar la
gestión social, aprobar, en su caso, las cuentas del ejercicio
anterior y resolver sobre la aplicación del resultado.
Junta sindical de bolsa:
Organo de representación, dirección y gobierno de cada
Bolsa de Valores. Está presidida por su Síndico-Presidente.
Justiprecio:
Tasación equitativa de una cosa, teniendo en cuenta los
gastos y los ingresos. Sinónimo de precio justo.
Kabuto cho:
Denominación de la Bolsa de Tokio, que representa el 95 %
del mercado japonés.
Es la segunda bolsa mundial por capitalización bursátil.
Su índice más conocido es el Nickei
Kaffir:
Denominación que reciben las
acciones de compañías dedicadas a la explotación de minas de oro
de Sudáfrica.
Krach
bursátil:
Término equivalente a "
crack bursátil " (véase).
Krugerrand:
Moneda de oro acuñada en
Sudáfrica en los años 70 como un medio de inversión en oro y que
tuvo inicialmente una gran difusión para luego decaer.
Lápida:
Figura
del lenguaje anglosajón para referirse al anuncio publicado en
prensa por los bancos organizadores de una euroemisión o de un
eurocrédito sindicado, para dar a conocer la promoción de dicha
emisión.
Largo plazo:
Periodo de tiempo en operaciones bursátiles con
vencimiento de la orden alrededor de un año. Es una clasificación subjetiva
y depende del sector económico y de la actividad.
Lavado de cupón:
Operación de venta y recompra pactada sobre un título
antes y después de un reparto de dividendo o del inicio de una ampliación de
capital con el solo objetivo de conseguir ventajas fiscales.
Leasing:
Fórmula para la financiación por la empresa de sus
locales de negocio, bienes de equipo, maquinaria, vehículos, etc.,
consistente en tomar esos bienes en arrendamiento de una sociedad de leasing,
que cobra un canon periódico y que ofrece la opción de compra por un valor
residual.
Leasing
operativo:
Es una modalidad de leasing en
la que el arrendador no es una empresa de leasing sino el propio
fabricante o distribuidor del producto arrendado
Leonino:
Término que se aplica al contrato en que toda la ventaja
es para una de las partes sin la adecuada compensación a la otra parte. El
contrato resulta leonino para quien lleva la peor parte.
Letra
aceptada:
Es aquella letra de
cambio que ha sido aceptada por el librado bien con la palabra
acepto y su firma o simplemente con ésta.
Letra
avalada:
Dícese de la letra que es
afianzada en el mismo documento.
Letra
comercial:
Se utiliza para aplazar los
pagos en las relaciones entre comerciantes o empresarios y sus
proveedores y clientes.
Letra de
cambio:
Documento cambiario donde se
contiene un mandato de pago hecho por el librador al librado a favor
del tenedor. Tiene la condición procesal de documento ejecutivo.
Letras del Tesoro:
Título de deuda pública a corto plazo (menos de 18 meses)
emitidos por el Tesoro Público. Su valor nominal es de un millón de pesetas,
se emiten al descuento y se adquieren por subasta en el mercado primario y se
negocian en el mercado secundario de renta fija.
Leveraged
buy out (LBO):
Término anglosajón que
designa una compra de empresa apalancada que es la adquisición de
una empresa financiada con deuda en forma de emisión de
obligaciones o formalizada de otra manera de tal modo que el pago de
la deuda está asegurado con la cesión de activos de la empresa,
por los dividendos obtenidos o por los " cash-flow "
futuros que genere la empresa
Ley de circulación:
Forma
de circulación de las distintas clases de valores mobiliarios: Al
portador: mediante entrega física o anotación contable, a la
orden: mediante endoso y nominativo: por cesión comunicándolo al
emisor.
Ley
de Gresham:
La
moneda mala expulsa de la circulación a la buena. Si las monedas
tenían igual poder liberatorio el público atesoraba la moneda
con mayor contenido de metal fino.
Ley de la oferta y la demanda:
Ley económica que afirma que el precio de un determinado
bien se establece en el punto de equilibrio entre la oferta y la demanda, que
es aquel en que se iguala la cantidad ofertada con el precio demandado.
Liberar:
Dícese del levantamiento de
cargas reales sobre un bien, así la liberación de los valores
mobiliarios pignorados.
Libertad
de circulación de capitales:
Es la posibilidad de trasladar
los capitales geográficamente, incluso allende las fronteras
políticas.
La falta de esta libertad o su
limitación excesiva sólo puede ampararse en motivos económicos
graves. Es uno de los principios básicos de la Comunidad Europea:
el principio de libertad de circulación de capitales
intracomunitaria.
Libor:
Acrónimo de London Interbanking Offering Rate. Tipo de
interés para depósitos en el mercado interbancario de Londres. Existe un
libor para cada una de las eurodivisas, en cada uno de los plazos en que se
cotizan los depósitos.
Librado:
Persona contra la que se gira una letra de cambio y que
como deudor en la operación cambiaria acepta su pago, por su importe
prefijado, a su vencimiento.
Librador:
El que emite la letra de cambio como acreedor de la
operación cambiaria.
Librar:
Entrega de títulos cedidos a un comprador. Operación que
realiza el vendedor.
Libre
concurrencia:
Sistema económico o mercado
en donde los oferentes y demandantes de bienes y servicios pueden
concurrir libremente a la fijación de los precios en base a la
libertad de juego de la oferta y la demanda.
Libre
disposición:
Se dice de los valores
mobiliarios cuando se puede disponer de ellos al no existir traba
legal alguna o al haberse concedido las autorizaciones pertinentes.
Libre
transmisibilidad:
Se dice cuando no existen
limitaciones para la transmisión de acciones bien por su propia
naturaleza de libre transmisibilidad o porque se hayan cumplido los
requisitos estatutarios para la transmisión.
Libreta
de ahorro:
Es un depósito formalizado en
libretas de ahorro en las que un Banco o Caja recibe los fondos
depositados en dichas libretas, que tienen carácter nominativo y
son intransferibles, y en donde se anotan todas las operaciones de
ingreso y retirada de fondos. Para la retirada de fondos es preciso
presentar la libreta por el titular.
Licitar:
Ofrecer precio por una cosa en una subasta.
Liffe:
Mercado de futuros de Londres.
LIFO:
Last-In, First-Out, que significa "el último en
entrar y el primero en salir. Se usa para hacer referencia a la forma de
valorar stocks.
Límite:
Tope que se fija como nivel máximo o mínimo de cotización al que
se está dispuesto a comprar o vender.
Límite de crédito:
Tope hasta el que puede disponer el titular de una cuenta de
crédito.
Límite de riesgo:
En
las operaciones crediticias con bancos, es el tope máximo que el
banco está dispuesto a financiar a un cliente.
Línea
de crédito:
Crédito
abierto por una entidad de crédito a un cliente hasta un límite
determinado y dentro del cual el acreditado puede disponer de
fondos durante el plazo establecido en el crédito concedido
Línea de resistencia:
En análisis chartista son las líneas rectas que actúan
de resistencia o de soporte.
Linea directriz:
En análisis chartista son las líneas de resistencia que
sirven de guía a la curva de cotizaciones y puede ser alcista (une los
mínimos de las cotizaciones) o bajista (une los máximos de las
cotizaciones).
Liquidación:
Acto de compensación de las operaciones realizadas entre
las diferentes Agencias y Sociedades de Bolsa que forman parte de las bolsas
de valores.
Liquidez:
Dinero en efectivo o en futuros activos financieros
fácilmente convertibles en dinero. Es una de las características que definen
una inversión junto con la seguridad y la rentabilidad.
Liquidez, Estar en:
Disponer de dinero para poder realizar compras de títulos
en bolsa.
Lloyd´s:
Mercado al por mayor de seguros, con sede en Londres, que
agrupa a compañías aseguradoras y que se dedica fundamentalmente al
reaseguro. Tiene una gran penetración en el seguro marítimo.
LMBO
(compra de la empresa por los empleados):
Término anglosajón que
designa la compra apalancada de una empresa por sus propios
directivos. Esta compra se realiza con el apoyo de socios
financieros, normalmente fondos o sociedades de capital riesgo, que
aportan recursos para la adquisición y cuya devolución se
producirá por los flujos de tesorería que genere la empresa.
London Stock Exchange:
Nombre de la bolsa de Londres.
Lote de acciones:
Dícese de un paquete o paridad de acciones.
Lucro:
Ganancia o provecho que se obtiene de una operación
financiera.
Lunes
negro:
Referencia al
crash bursátil que se produjo el lunes 19 de octubre de 1987 en la
Bolsa de Nueva York.
Macroeconomía:
Parte de la ciencia económica que estudia los aspectos
globales de la economía: ciclos, crecimiento, inflación, empleo, etc. Se
complementa con la microeconomía.
Macrotítulos:
Se
les denomina también títulos múltiples, son títulos físicos que
permiten al tenedor de unas acciones u obligaciones el poseer en un
único documento la titularidad de varios o muchos valores
permitiendo con ello un más fácil manejo de los mismos.
Mal de altura:
Sentimiento existente entre los inversores en bolsa, cuando
las cotizaciones suben de forma continuada y están en niveles máximos. La
reacción de los inversores es vender y esperar un recorte para comprar de
nuevo, lo que genera alta volatilidad hasta que el mercado se acostumbra a
este nivel de cotizaciones.
Malversación:
Delito consistente en el uso de caudales ajenos, en usos
distintos a aquellos a que están destinados.
Management
buy in (M.B.I.):
Término anglosajón que
designa la financiación destinada a la compra de empresas por
directivos o gestores de otras empresas que conocen la empresa que
se quiere adquirir y el sector y mercado en que ésta opera.
Management
buy out (M.B.O.):
Término anglosajón que
designa la financiación aportada por una institución financiera o
sociedad de capital riesgo para la adquisición de la empresa por
sus propios directivos o gestores. La aportación de los fondos
requiere la existencia de un buen equipo directivo que se hará
cargo de la gestión de la empresa y que será además socio de la
misma.
Manipulación:
Alteración del curso normal de la oferta y la demanda del
mercado de valores mediante artificios como operaciones ficticias, depresión
o estipulación artificial de las cotizaciones, etc..
Manos débiles:
Se dice de los inversores en bolsa que tienen poco dinero,
ninguna paciencia y carecen de ideas, por lo que compran cuando los demás
compran y venden rápidamente ante la menor duda. Generalmente su forma de
actuar les hace comprar en máximos y vender en mínimos con fuertes
pérdidas. También se conocen como manos temblorosas y son el contrario que
las manos fuertes.
Manos fuertes:
Se dice de los inversores en bolsa que tienen dinero,
paciencia e ideas, por lo que compran a buen precio y esperan cumplirse sus
objetivos antes de vender sin ponerse nerviosos fácilmente. Generalmente
compran a buen precio y venden en máximos. Es lo contrario de las manos
débiles.
Mandato:
En el negocio bancario, encargo firme de una institución
pública o privada para que un banco realice una operación concreta. Por
ejemplo colocación de una emisión de bonos.
Maquillaje:
Aumento o disminución de los datos de un plan de negocio o
de sus estados financieros para dar una determinada imagen. Aunque puede ser
legal, el término tiene una connotación negativa.
Marco:
Moneda alemana de curso legal. Se simboliza por DM (Deutche
Mark).
Margen:
Diferencial entre el precio de venta y el de compra. Puede
ser un porcentaje (normalmente sobre el precio de venta) o una diferencia
entre valores absolutos.
Margen a
plazo:
Es la diferencia existente en
un momento determinado entre el tipo de cambio al contado y a plazo
de una divisa.
Margen
de fluctuación:
Es el que se admite en un
sistema de cotización de monedas o valores sujeto a regulación y
dentro del cual pueden variar por encima o por debajo los cambios
sin desencadenar las acciones previstas en la regulación para el
caso de que se sobrepase el margen de fluctuación establecido.
Marginal:
Situado en el límite o en el margen. Por ejemplo: El
precio marginal de colocación de letras del Tesoro es el precio máximo al
que se ha colocado.
Market makers:
Término inglés que se aplica a las sociedades de
contrapartida o creadoras de mercado.
Masa monetaria:
Conjunto de activos líquidos que se encuentran en un
momento dado en poder de los agentes económicos.
Matador:
Obligación o bono emitido en pesetas. El emisor es una
sociedad española y se coloca a residentes fuera de España y se intercambian
en el mercado de obligaciones en divisas.
Materia prima:
Producto no elaborado que se incorpora en la primera fase
del proceso de producción para su posterior transformación. Por ejemplo:
productos agrícolas, minerales, etc.
Matiff:
Mercado de futuros de París.
Máximo:
Limite del nivel de cotización a que esta dispuesto a
comprar.
Media:
Valor medio de un grupo de números. Puede ser aritmética
(la más usual); geométrica o cuadrática. La media aritmética es la suma de
todos los datos dividida por el número de ellos. La media geométrica es la
raíz enésima de los productos de "n" datos. La media cuadrática
es la raíz cuadrada de la suma de los cuadrados de todos los datos divididos
por el número de ellos.
Media móvil:
Conjunto de medias que muestran la tendencia de una
variable a intervalos regulares de tiempo, reduciendo la influencia de
variaciones temporales. Por ejemplo: en los charts para calcular la evolución
de una cotización se usan habitualmente las medias móviles de las diez
últimas sesiones (unas dos semanas), setenta últimas sesiones (unos tres
meses) y doscientas últimas sesiones (aproximadamente un año).
Media ponderada:
Media en que se tiene en cuenta la importancia de cada uno
de sus datos, dándole mayor o menor importancia en el cálculo de la media.
Por ejemplo los índices bursátiles en que cada uno de los datos
(cotización) se pondera en función del volumen de negocio de cada uno.
Mediador financiero:
Colocador o comisionista sobre activos financieros.
Meff:
Es el Mercado Español de Opciones y Futuros Financieros.
Su rectora actúa a la vez como Mercado y como Cámara de Compensación.
Memoria anual:
Informe que recoge los estados financieros y contables de
la sociedad. En muchas ocasiones recoge la opinión de una auditoria externa.
Mercado:
Lugar en el que se ofrecen productos a la venta,
normalmente con una periodicidad fijada. Existen en él unas reglas basadas
sobretodo en la costumbre para regular las negociaciones. Actualmente el
desarrollo de las comunicaciones permite que exista un mercado sin necesidad
de un lugar físico.
Mercado a medida:
Mercados que funcionan en paralelo con los mercados
organizados y en los que se realizan contratos financieros a medida (forward)
no normalizados.
Mercado a plazo:
Mercado constituido por todas las operaciones en las que se
compran o se venden a precio de hoy, divisas, materias primas o otros bienes
financieros con entrega futura. También se conoce como mercado de derivados o
futuros y se complementa con el mercado al contado.
Mercado Aiaf:
Mercado mayorista de renta fija privada, siendo AIAF el
acrónimo de Asociación de Intermediarios en Activos Financieros.
Mercado al contado:
Mercado en el que se realiza la operación de compraventa
simultáneamente con la entrega del producto comprado o vendido (acciones,
materias primas, etc.). Se complementa con el mercado a plazo en los que los
productos del mercado al contado son los subyacentes del mercado a plazo.
Mercado alcista:
Mercado cuyos precios y volúmenes de contratación están
en situación de subida o al alza. Predomina el optimismo.
Mercado bajista:
Mercado cuyos precios y volúmenes de contratación están
en situación de descenso o a la baja. Predomina el pesimismo.
Mercado bursátil:
Mercado primario y secundario de compraventa y emisión de
valores de renta fija y renta variable.
Mercado continuo:
Mercado electrónico de las bolsas de valores en que se
introducen las órdenes de compra y venta en un sistema informático que
realiza el cruce de las operaciones de forma automática. En muchas bolsas ha
sustituido al mercado de corros.
Mercado de cambios:
Nombre que se aplica en ocasiones al mercado de divisas.
Mercado de capitales:
Conjunto de los mercados financieros de acciones,
obligaciones y otros títulos de renta fija o variable. Se excluyen los
activos monetarios que forman el mercado de dinero.
Mercado de corros:
Sistema de contratación de las bolsas de valores en que se
cruzan las operaciones de compra o venta de viva voz. El precio se fija en
enteros, siendo un entero el uno por ciento del valor del nominal de la
acción. En España solo se usa en las acciones de poca liquidez,
contratándose el resto en el mercado continuo.
Mercado de dinero:
Mercado telefónico organizado donde diariamente se
intercambian los activos financieros que por su corto plazo y alta seguridad
se pueden considerar sustitutivos del dinero. (Pagarés del Tesoro). Se
complementan con el mercado de capitales.
Mercado de divisas:
Mercado de compraventa de moneda extranjera entre
instituciones financieras. Es un mercado interbancario de carácter
internacional donde se opera con divisas tanto al contado como a plazo.
Mercado de futuros:
Mercado organizado donde se realiza la contratación
pública de contratos de futuros. Es un mercado a plazo.
Mercado de opciones:
Mercado organizado donde se realiza la contratación
pública de contratos de opciones. Es un mercado a plazo.
Mercado electrónico:
Mercado muy fluido que no tiene sitio fijo de contratación
y que se forma por el cruce de operaciones introducidas en terminales de un
ordenador central y que se cruzan mediante un programa informático central.
Es la versión moderna de los antiguos mercados de corros. Por ejemplo el
mercado continuo.
Mercado estrecho:
Dícesese del mercado que ofrece escasas operaciones de
valores ya existentes en circulación.
Mercado financiero:
Conjunto de mercados formado por el mercado de capitales,
el mercado de dinero y el mercado de divisas. En ellos se opera al contado y a
plazo (opciones y futuros). Es un mercado en que se contratan solo activos
financieros.
Mercado gris:
Mercado previo a la apertura del mercado oficial.
Mercado interbancario:
Mercado telefónico de activos computables en el
coeficiente de caja de las instituciones financieras. Estos depósitos se
cruzan todos los días hábiles entre las diversas instituciones al llamado
tipo interbancario.
Mercado monetario:
Nombre con el que también se conoce el mercado de dinero.
Mercado organizado:
Grandes mercados a plazo en que los contratos están
normalizados en cuanto a vencimiento e importe nominal. Se caracteriza por la
liquidez y la seguridad de las operaciones debido a un organismo que actúa de
cámara de compensación.
Los contratos se realizan sobre materias primas, divisas,
tipos de interés, acciones e índices bursátiles. Por ejemplo el Meff
(mercado de futuros español).
Mercado primario:
Mercado de emisión de títulos es decir es el mercado de
los títulos cuando salen por primera vez a la venta. Se complementa con el
mercado secundario.
Mercado renta fija:
Mercado de capitales en el que se contrata el mercado
primario y secundario de renta fija (letras, obligaciones, pagarés, etc)
forma parte del mercado de capitales.
Mercado renta variable:
Mercado de capitales en el que se contrata el mercado
primario y secundario de renta variable (acciones). Forma parte del mercado de
capitales.
Mercado secundario:
Mercado de intercambio de títulos previamente emitidos y
que ya figuran en posesión de los inversores. Por ejemplo: las bolsas de
valores.
Mercado spot:
Mercado al contado de materia primas.
Mercado telefónico:
Mercado muy fluido que no tiene sitio fijo de contratación
y que se forma en los contactos telefónicos continuos entre los diversos
operadores del mercado. Por ejemplo: el mercado de divisas.
Mibor:
Tipo de interés interbancario para depósitos en pesetas
en el mercado de Madrid. El Mibor se obtiene con la media ponderada de las
operaciones cruzadas en los distintos plazos en un día determinado y sirve
como tipo de referencia para créditos en pesetas con interés variable. Es el
acrónimo de Madrid Interbanking Offerred Rate.
Microeconomía:
Parte de la economía que estudia los fenómenos
económicos desde el punto de vista de las unidades económicas elementales:
empresa, familia, etc.
Mid 50:
Indice bursátil creado por la bolsa de Barcelona que está
formado por los cincuenta valores de mayor capitalización bursátil,
excluyendo los 35 valores que forman el Ibex 35. Es un índice ponderado que
se revisa cada seis meses y que puede incluir algunos valores del mercado de
corros. Su nombre completo es BCN-MID 50.
Millardo:
Equivalente a mil millones.
Mínimo:
Límite del nivel de cotización a que un vendedor esta
dispuesto a casar su operación.
Minoría
de bloqueo:
Grupo reducido de acciones que
permite realizar funciones de bloqueo en las decisiones de una
sociedad, bien exigiendo reuniones de Juntas Generales, la
elaboración de informes económicos, impidiendo la válida reunión
de Juntas si se exigen mínimos de asistencia, impugnando los
acuerdos sociales o bien votando en contra de los acuerdos si la Ley
o los estatutos sociales exigen unos votos mínimos.
Minusvalía:
Pérdida que resulta de la venta de un activo a un precio
inferior al precio de compra.
Modelo
de Marcowitz:
Es el modelo creado por
Markowitz en su obra "Portfolio Selection" que
inicialmente puso de relieve la aplicación de cálculos
matemáticos a la selección de carteras de inversión. Se basa el
modelo en cuantificar el rendimiento y riesgo de una cartera.
El rendimiento de una cartera
se define como la media ponderada de los rendimientos de los valores
que la componen y éstos pueden calcularse en función de los
rendimientos históricos durante un período seleccionado.
Para la determinación del
riesgo acude Markowitz a la variancia de la cartera, lo que supone
valorar las variancias en la distribución histórica de los
rendimientos de cada valor, es decir, la mayor o menor dispersión
de la rentabilidad del valor, y por otra parte la correlación
existente entre los distintos valores que componen la cartera, en
suma se determina la covariancia estadística entre las series
históricas de rendimientos de los distintos valores que componen la
cartera.
El modelo trata resumidamente
de cuantificar la interrelación entre el comportamiento de los
valores que componen una cartera, de tal modo que es posible formar
una cartera suficientemente diversificada para que el riesgo del
conjunto de los valores sea inferior a la suma ponderada de sus
componentes y obteniendo por tanto resultados conjuntos superiores a
los que podrían obtenerse en el análisis de los valores
individualmente considerados.
Modelo
de Mercado:
Es el modelo econométrico
más conocido para determinar la rentabilidad y el riesgo de los
valores negociables en Bolsa y se debe a Sharpe su formulación que
es la siguiente:
Rv = av + Bv x Rm + Et
Siendo Rv: la tasa de
rentabilidad del valor analizado para un período de tiempo
establecido, Rm: la tasa de rentabilidad del mercado determinada por
el incremento en el índice general del período establecido, Bv:
parámetro propio del valor que indica la relación existente entre
las variaciones de la rentabilidad del valor y las del mercado es el
denominado " coeficiente beta" (véase) o coeficiente de
volatilidad, av: parámetro que nos da una rentabilidad del valor
con independencia de las fluctuaciones del mercado es el denominado
" coeficiente alfa" (véase) y Et: error aleatorio que
expresa las variaciones concretas del valor analizado.
Momento
(NCO):
Es el grado de fuerza del
movimiento de una tendencia en un mercado o de un valor y se expresa
por la fluctuación porcentual del precio durante un período
determinado. Mide la velocidad de las alzas o bajas en las
cotizaciones. Para calcularlo se toman los precios de cierre de 5 ó
10 sesiones del mercado y su fórmula para 5 sesiones sería:
M5 = P5 - P1
Siendo P5 el precio de cierre
de la última sesión considerada la del quinto día y P1 el precio
de cierre del primer día considerado del período de 5 sesiones. El
análisis de las variaciones del momento nos indicará si aumenta
una señal de compra y si disminuye una señal de venta, si
permanece invariable la tendencia del mercado pierde fuerza y puede
modificarse.
Moneda:
Dinero de curso legal que se puede usar como medio de pago
en un país. Divisa de un país.
Moneda
convertible:
Es aquella que puede ser
convertida libremente en el mercado de cambios por otras monedas al
tipo de cambio establecido en cada momento.
Moneda
de curso legal:
Es aquella que tiene pleno
poder liberatorio en virtud de las disposiciones legales de un
país.
Moneda débil:
Divisa que se cotiza a la baja en el mercado de cambios. Su
debilidad viene causada por la alta inflación, déficit público elevado,
etc.
Es aquella emitida fuera del territorio nacional de un país.
Moneda fuerte:
Divisa que se cotiza en el mercado de cambios al alza. Su
fortaleza se debe a los altos tipos de interés, estabilidad de los precios,
etc.
Moneda
nacional:
Conjunto de medios de pago
puestos a disposición de los nacionales de un país para hacer
frente a sus obligaciones dinerarias.
MONEP:
Es la denominación que recibe
el mercado francés de opciones negociables de París
.
Monopolio:
Situación que puede darse en
un mercado en que sólo existe un oferente que puede condicionar el
precio al no existir competencia.
Monopsonio:
Situación que puede darse en
un mercado cuando existen varios oferentes y un sólo comprador -
demandante.
MOODY'S:
Una de las agencias de
calificación (véase) norteamericanas más importante en el mundo
financiero internacional.
Mora:
Retraso en el cumplimiento de
una obligación. Se denomina también " demora".
Moratoria:
Plazo concedido por un
acreedor a su deudor para el pago del principal o intereses de una
operación crediticia.
Moroso:
Sujeto que incurre en mora.
Multinacional:
Sociedad con empresas de producción o distribución en
diversos países. Aunque la matriz y oficina central están en una determinada
nación, toma sus decisiones con una perspectiva global para beneficiarse de
las ventajas comparativas de cada país.
Nacionalización:
Acto por el que pasan a depender del estado las
propiedades, industriales o servicios públicos. Es lo contrario de
privatización.
Nasdaq:
Acrónimo de National Asociation of Securites Dealers
Automated Quotions System. Es el mercado electrónico de la Bolsa de New
York en el que cotizan 3.000 sociedades no admitidas en los otros dos
mercados (Nyse y Amex).
Neckline:
En análisis chartista es una línea recta que une los
puntos externos de una figura chartista y cuando es cortada por la
cotización confirma la figura chartista. Por ejemplo: en una figura de
cabeza/hombros el neckline (o línea de clavícula) es la línea recta que
une los puntos de encuentro de los hombros con la cabeza y que cuando se
acaba de formar el último hombro y es cortada por la cotización confirma
la figura.
Negocio:
Lo que es objeto de una ocupación lucrativa. Cuando
tiene un cierto volumen, estabilidad y organización se llama empresa.
Negociable:
Se aplica a los activos financieros que pueden ser
comprados o vendidos.
Negociación
de bloques:
Transacciones bursátiles
realizadas sobre grandes bloques de acciones que comportan
situaciones especiales de precios con respecto a las transacciones
realizadas sobre pocos valores. son operaciones realizadas
normalmente por grandes empresas o instituciones financieras y de
inversión colectiva.
Negociación
de títulos:
Operaciones de compraventa
de valores mobiliarios negociables.
Netear:
Consiste en la compensación
interna de deudas y créditos de una empresa para tratar de
determinar su estado de tesorería y sus ratios reales de
endeudamiento y liquidez con objeto de realizar una gestión
adecuada de sus recursos financieros.
Neto:
Cantidad que queda después de descuentos y diferencias y
que se diferencia del bruto en estos descuentos y diferencias.
Newslette:
Nombre en inglés de los boletines confidenciales.
Nicho
de mercado:
Se denomina así a un
pequeño sector o parte de un mercado.
NIFO-(próximas
entradas primeras salidas):
Sistema de valoración de
existencias en inventario al precio de reposición al salir de
inventario las primeras existencias al precio que tienen las
últimas que entran en dicho inventario.
Nikkei:
Es el principal índice de la Bolsa de Tokio. Se compone
de la suma de las cotizaciones de los principales 225 valores de la bolsa y
su composición no se actualiza.
Nivel
de resistencia:
Es el cambio histórico en
donde un valor o el índice de mercado cesa su alza o su bajada.
La perforación de este nivel en el análisis técnico indica que
se han roto los soportes y se entra en un mercado claramente
bajista o alcista que creará nuevos niveles de resistencia.
Véase " Resistencia".
Nivel
de soporte:
Nivel de cotizaciones en el
que históricamente se mantienen a la baja los precios y en donde
la demanda tiende a aumentar y produce un rebote al alza.
No residente:
Persona física o jurídica que a todos los efectos
legales especialmente fiscales, tiene su domicilio habitual fuera del país.
Nominal:
Ver valor nominal.
Nominativo:
Título o documento extendido a favor o a la orden de una
persona determinada, por contraposición a las que son al portador.
Normas
contables:
Es el conjunto de
disposiciones que afectan a la contabilidad específica de ciertas
instituciones de los mercados financieros.
Normas
de conducta:
Hacen referencia a las
normas de actuación que deben imperar en los mercados de valores
y que se recogen en el Código general de conducta en los mercados
de valores
Normas
de contratación:
Es el conjunto de
disposiciones que regulan la contratatación en los mercados de
valores organizados.
Nota de liquidación:
Justificación escrita que un intermediario bursátil
entrega a su comitente-cliente de las operaciones realizadas por su cuenta,
en donde se hará referencia al efectivo recibido y entregado, valores
comprados y enajenados, gastos, comisiones, derechos cobrados por cuenta del
cliente.
Notificación de operaciones:
Justificación escrita que un intermediario bursátil
entrega a su comitente-cliente de las operaciones realizadas por su cuenta,
en donde se hará referencia al efectivo recibido y entregado, valores
comprados y enajenados, gastos, comisiones, derechos cobrados por cuenta del
cliente.
Nucleo duro:
Grupo de accionistas estables de una sociedad.
Nuda
propiedad:
Situación del propietario
de un bien o valor cuando el disfrute y el uso de la propiedad
corresponde a un tercero (usufructuario). En materia de acciones y
obligaciones el nudo propietario sólo dispone de la propiedad de
los valores y de sus derechos políticos.
Nudo
propietario:
Persona que ostenta la nuda
propiedad de un bien.
Numerario:
Dinero líquido o en efectivo. En sentido amplio también
se consideran numerario los depósitos en cuenta corriente o en activos
financieros a muy corto plazo y con suficiente liquidez.
Numeros rojos:
Cuando se tiene un saldo deudor por descubierto en una
cuenta y también cuando se tienen pérdidas. Antiguamente se utilizaba
tinta roja en estos casos para escribirlos.
Nyse:
Acrónimo de New York Exchante. Es el mercado más
importante de la Bolsa de New York, creado en 1972 y en el que cotizan las
1500 sociedades de primer orden de USA. Agrupa el 70 % de las operaciones
realizadas en el país y está representado por el índice bursátil Dow
Jones. Se complementa con el Amex y el Nasdaq.
Objetivo:
Meta o nivel que se debe alcanzar en un periodo de tiempo
determinado.
Objeto social:
Actividad mercantil para cuya realización se constituye
la sociedad. Ha de ser lícita y estar determinada.
Obligación:
Título de renta fija, generalmente con un tipo de
interés fijo y pagadero semestralmente o anualmente, con plazo de
amortización superior a tres años. En general, en términos financieros,
se entiende por obligación cualquier deuda que se tenga que cumplir.
Obligación bonificada:
Es una obligación con un tratamiento fiscal especial ya
que su interés tiene una retención de solo el 1,2 % pero el titular de la
obligación puede deducir el 24 % de los intereses brutos en su cuota del
IRPF.
Obligación convertible:
Obligación que a su vencimiento puede canjearse por
acciones del emisor a un precio ventajoso con respecto a la cotización en
bolsa. Se utilizan para facilitar su colocación y reducir el tipo de
interés.
Obligación garantizada:
Obligación que goza de una garantía adicional a la
propiamente personal del emisor, como un aval exterior, hipoteca, etc.
Obligación participativa:
Nombre con el que también se conocen las acciones
preferentes.
Obligaciones del estado:
Títulos de renta fija de características idénticas a
los bonos del estado excepto en su plazo de amortización que es superior a
los 5 años.
Obligacionista:
Titular o tenedor de obligaciones.
Oferta:
Cantidad de un bien que se ofrece en un mercado a un
precio determinado. Es lo contrario de demanda, y entre la oferta y la
demanda se encuentra el precio de equilibrio.
Oferta
monetaria:
Es la suma de dinero legal
efectivo en manos del público y los depósitos bancarios a la
vista que se hallan en una economía en un momento dado.
Oferta privada:
Oferta de acciones a personas o instituciones con los que
se negocio un precio antes de cotizar en bolsa y a la cual no tiene acceso
el público en general.
Oferta
pública de canje(OPC):
Es una operación similar en
sus requisitos a las OPAS y consiste en la oferta difundida
públicamente que realiza una empresa o un grupo financiero a los
accionistas de una sociedad cotizadas en Bolsa de su deseo de
adquirir el control de la misma ofertando en vez de dinero
acciones del grupo oferente o de una sociedad filial a los
accionistas que acudan a la oferta pública. Dícese también de
las ofertas hechas a los obligacionistas cuando se estableción en
la emisión la convertibilidad de las obligaciones.
Oferta pública de venta:
Ver OPV.
Oferta pública inicial:
Oferta de acciones al público antes de cotizar en bolsa.
A diferencia de la Oferta Privada hay unos requisitos de información
mínimos.
Ofertas
y demandas excepcionales:
Son operaciones que por sus
características de volumen o finalidad social se autoriza a
realizarlas a cambios distintos de los de mercado
OICV:
Organización internacional
que agrupa a los organismos públicos tutores -Comisiones de
Valores-de los distintos mercados de valores.
Oligopolio:
Se denomina así a un sector
industrial controlado por unos pocos productores.// Es la
situación que puede producirse en un mercado cuando unos pocos
ofertantes se enfrentan a muchos demandantes.
Oligopsinio:
Es la situación que se da
en un mercado en que pocos compradores se enfrenta a un gran
número de vendedores.
Ondas de Elliot:
El principio de las Ondas de Elliot forma parte del
análisis técnico. Fue expuesto por R.N. Elliot en el año 1939 y se basa
en la comprobación de que todos los fenómenos de la vida se desarrollan
siguiendo unos ciclos que se repiten con gran regularidad. El principio de
las Ondas de Elliot afirma que en un ciclo bursátil completo se producen
ocho ondas, cindo en fase alcista y tres en fase bajista, produciéndose a
su vez subondas secundarias y terciarias.
Onza:
Unidad de peso equivalente a 31,103 gr. que se usa en los
mercados de metales preciosos, especialmente del oro. También se conoce
como onza Troy.
OPA:
Acrónimo de Oferta Pública de Adquisición. Es una
oferta de compra de acciones de forma pública e indiscriminada, con ánimo
de adquirir una participación mayoritaria en una sociedad. El precio suele
ser superior al del mercado para favorecer la aceptación totalmente
voluntaria, que debe fijarse en un plazo establecido con anterioridad.
OPA de exclusión:
OPA que se realiza con el fin de sacar a una sociedad de
bolsa.
OPA hostil:
OPA que realiza un accionista minoritario o un extraño a
una sociedad sin conocimiento o aceptación previa por sus órganos
sociales. A veces genera el lanzamiento de una contra-OPA por parte de la
sociedad o de un caballero blanco.
Opción:
Es un contrato que se negocia en los mercados de futuros.
Otorga al comprador el derecho, pero no la obligación, de comprar o vender
una cantidad de acciones u otros activos financieros, durante un periodo de
tiempo crea dicho derecho. Existen dos tipos de opciones la opción call y
la opción put.
Opción americana:
Es un tipo de opción que puede ejercerse en cualquier
momento hasta su vencimiento. La mayoría de opciones negociadas en los
mercados financieros, como el Meff español, son opciones americanas.
Opción
asiática:
Es una opción que toma como
referencia la media de los cambios del activo subyacente y que
permite reducir el precio de la opción.
Opción call:
Opción que permite al poseedor comprar acciones u otros
activos financieros. Se traduce por opción de compra.
Opción europea:
Es un tipo de opción que sólo puede ejercerse al
vencimiento.
Opción put:
Opción que permite al poseedor vender acciones u otros
activos financieros. Se traduce por opción de venta.
Open interest:
En los mercados a plazo es el número de contratos que
quedan sin cubrir o abiertos antes del vencimiento.
Operación:
Acto intencionado para negociar algo según unas reglas
preestablecidas.
Operación a plazo:
Operación en un mercado de futuros, puede ser de
divisas, acciones o materias primas.
Operación acordeón:
Reducción del capital social a cero y posterior
ampliación de capital, que sirve para amortizar deudas con el capital
social (reducción del capital) y para conseguir posteriormente un nuevo
capital social (ampliación de capital).
Se usa solo en casos muy graves de sociedades fuertemente
endeudadas, pero con posibilidades de sobrevivir una vez canceladas estas
deudas.
Operación bursátil:
Ejecución de una orden de compraventa en el recinto de
una bolsa de valores.
Operador:
Persona que interviene en una operación bursátil y que
requiere una licencia para poder operar.
OPV:
Acrónimo de Oferta Pública de Venta. Es una oferta de
venta de acciones realizadas públicamente, con ánimo de vender una
participación significativa de una sociedad. Se utiliza frecuentemente para
privatizar empresas públicas o para sacar empresas familiares a bolsa. La
OPV puede realizarse por subasta o por aceptación de un precio fijo, en
cuyo caso suele haber prorrateo o fijación de un límite por inversor.
Ordago:
Compra de un paquete de acciones minoritario, amenazando
con presentar una oferta de adquisición de la mayoría del capital (OPA
hostil), pero con el objetivo de vender ese paquete con beneficio. Es una
operación de un tiburón financiero.
Orden:
Instrucción para actuar dada por una persona con poder
suficiente.
Orden
a cambio "alrededor" o "aproximado":
La operación se realizará
a un cambio que sea superior o inferior en un punto al último
cambio conocido.
Orden
a cambio convenido o limitado:
El cambio al que se desea
realizar la operación es único y fijo.
Orden
abierta:
Orden que se
mantiene vigente hasta su ejecución o su cancelación por el
ordenante.
Orden
al día:
Orden
válida sólo para el día indicado.
Orden
al mercado:
Orden
de compra o venta al mejor precio posible del mercado en el
momento de ser recibida.
Orden
al primer cambio:
Orden
que ha de ser ejecutada al cambio de apertura del mercado.
Orden
al último cambio:
Orden
que ha de ser ejecutada al cambio de cierre del mercado.
Orden
alternativa:
Orden
en los mercados financieros que se halla unida a otra si se
ejecuta la compra o venta la orden alternativa queda cancelada
automáticamente.
Orden
combinada:
Orden
de compra o venta de varios valores negociables y que está
condicionada al cumplimiento total de la orden.
Orden
con límite:
El
cambio dado en la orden es el máximo para comprar y el mínimo
para vender.
Orden
cuidando:
Orden
que concede al intermediario bursátil la facultad de ejecución
según su apreciación del momento bursátil.
Orden
limitada:
Si
la orden dada a un intermediario tiene limitaciones temporales o
cuantitativas.
Orden
por lo mejor (o al mejor cambio):
Es
una orden sin límite por lo que la operación se realizará al
mejor cambio posible, si es de compra el precio más bajo y si es
de venta el más alto.
Orden
sin fecha o hasta cancelación:
Orden
válida hasta tanto no sea revocada.
Orden
stop:
Orden
en el que se fija un cambio máximo para la compra o un cambio
mínimo para la venta a partir de los cuales el intermediario
bursátil no está autorizado a comprar o vender más valores.
Orden
todo o nada:
Orden
limitada a que se ejecute todo el montante de la orden y en caso
de no existir contrapartida completa y adecuada que no se realice
la transacción ordenada.
Orden
de bolsa:
Son
las dadas a una Sociedad o Agencia de Valores y Bolsa para la
compra o venta de valores cotizados en Bolsa cualquiera que sea el
medio utilizado para su comunicación. Las órdenes deberán ser
claras y con un contenido perfectamente identificable, en donde se
establezca:
1)
Identidad y código de identificación del ordenante;
2)
Tipo de operación ordenada: compra o venta;
3)
Identificación de los valores comprados o vendidos;
4)
Cantidad de valores;
5)
Plazo de validez de la orden, que recogerá la fecha límite de
validez cuando la orden sea para más de un día;
6)
Entidad a la que se dirige la orden;
7)
Forma de ejecución de la orden, cuyas modalidades más
importantes ( véanse )son:
a)
Por lo mejor,
b)
Con límite de cambio o precio,
c)
A cambio alrededor o aproximado,
d)
Órdenes ligadas y
e)
Órdenes stop.
Orden
ligada:
Orden
que lleva consigo otra en cuanto se ejecute la primera.
Normalmente se trata de operaciones concatenadas, así las de
compra y venta o a la inversa de los mismos valores.
Oscilador:
Es una medida del análisis
técnico de la evolución de los mercados que se basa en el
cálculo de dos medias móviles una corta y otra larga y el
oscilador es la diferencia existente entre las dos medias.
Oscilador
acumulación/distribución:
Es un indicador del
análisis técnico que está definido por la acumulación que es
la transición entre una tendencia a la baja y una nueva tendencia
al alza y por el término distribución que manifiesta lo
contrario. Se calcula de la forma siguiente:
n = (Precio de cierre del
período - Precio de apertura del período) / (Precio más alto
del período - Precio más bajo del período);
A/D = A/D del período
precedente + Volumen de este período x n.
Oscilador
de Williams:
También se le denomina
Oscilador %R y trata de medir las divergencias entre el precio de
cierre y los precios más altos y más bajos de una serie de
períodos. Su fórmula fundamental es similar a la del oscilador
estocástico y es la siguiente:
%R = ( Max - U ) / ( Max -
Mi ) x 100
Siendo U: el precio de
cierre o precio último del período, Máx el máximo precio del
período y Mi el mínimo precio del período considerado. El
criterio general de interpretación es que si el %R es superior a
90 indica una señal de alza del mercado y si es inferior a 10 es
señal de un mercado a la baja, esta señal deberá ser
acompañada de una análisis de la divergencia entre la tendencia
de los precios y el de este oscilador.
Oscilador
estocástico:
Es un indicador en el
análisis técnico que trata de adivinar una nueva tendencia del
mercado partiendo de la medida de la divergencia existente entre
el precio de cierre de cierre del mercado y los precios altos y
bajos del mismo en una serie de períodos. Se le denomina también
índice G.Lane u oscilador %K. La fórmula básica para la
construcción de osciladores estocásticos es la siguiente:
%K = ( U - Mi ) / (Max - Mi
) x 100
Siendo U es el último
precio del período, Mi es el mínimo precio del período, Max es
el máximo precio del período. El criterio más general en el
análisis de este oscilador es que si %K es mayor de 80 indica
señal de venta y si es menor de 20 indica señal de compra.
OTC (over
the counter):
Se dice generalmente del
mercado paralelo de valores no cotizados en la Bolsa de Nueva York,
aunque se ha normalizado el término también para designar los
mercados paralelos no organizados.
Out of the money:
Se aplica a las opciones call (opciones de compra) cuando
el precio del
ejercicio es inferior a la acción que le sirve de
subyacente, e inversamente para las opciones put (opciones de venta). Es
decir, al ejercer la opción se obtendrían pérdidas, por lo que es mejor
perder la opción y no ejecutarla. Es la opuesta a in the money.
P.B.:
Abreviatura de punto básico.
Pacto:
Acuerdo firme y obligatorio entre dos o más partes.
Pacto de recompra:
Operación financiera por el que se compra o se vende un
activo financiero (habitualmente un título de deuda pública) a un precio
dado y a la vez se pacta la futura venta o compra del mismo activo a un
precio fijado.
Pagar:
Entregar una cantidad de dinero en efectivo o medio pago
equivalente para satisfacer una deuda u obligación.
Pagaré:
Documento privado por el que una persona se compromete a
pagar a otra, o a su orden, una cantidad determinada en una fecha fija. Los
pagarés más usuales son los bancarios, los de empresa y los del tesoro
público.
Pagaré
bancario:
Compromisos de pago a corto
plazo emitidos por un banco a favor del tenedoe a la fecha de
vencimiento.
Pagaré de empresa:
Deuda a corto plazo emitida por una sociedad industrial o
comercial sin garantía bancaria. Es utilizado por empresas solventes con
buena calificación de riesgo.
Pagaré del tesoro:
Deuda del estado con vencimiento inferior a dieciocho
meses, emitida con descuento y al portador. Hasta hace pocos años servia
como refugio de dinero negro al no ser obligatorio indicar el nombre del
comprador. Actualmente ha desaparecido.
Pago:
Cumplimiento efectivo o abono de una obligación o deuda.
Papel:
Posición en bolsa que indica un exceso de la oferta
sobre la demanda y que en situación límite puede impedir que se realicen
operaciones. En bolsa habitualmente se llama papel a las acciones.
Papel
bursátil:
Es equivalente a valores
mobiliarios (acciones, obligaciones...)
Papel
comercial:
Activos financieros a corto
plazo emitidos por empresas privadas para hacer frente a sus
déficits estacionales de tesorería o inversiones a muy corto
plazo.
Papel
de viudas:
Valores negociables emitidos
por grandes empresass o por organismos públicos con muy poco
riesgo y que pagan dividendos e intereses regularmente.//
Inversión en valores mobiliarios de renta fija emitidos con
garantía del Estado.
Papel
financiero:
Efectos de comercio -letras,
pagarés- emitidos para la formalización de una deuda bancaria.
Papel moneda:
Dinero emitido por la autoridad monetaria de un país sin
respaldo de un metal precioso.
Paquete
de acciones:
Dícese de un grupo de
acciones, que en muchos casos permite el control de una sociedad.
Par:
Expresión que se emplea para indicar que un título
cotiza en su valor nominal.
Paraiso fiscal:
Estado con una reglamentación fiscal y financiera muy
laxa y que no mantiene ningún tipo de acuerdo fiscal o financiero con el
resto de países. Generalmente son países pequeños y exóticos.
Participación
significativa:
Es aquella participación
detentada por una persona física o jurídica en una sociedad
cotizada en bolsa que obliga a su comunicación a la Comisión
Nacional del Mercado de Valores para su constancia registral.
Participaciones:
Nombre que reciben los títulos de propiedad de un fondo
de inversión, sin valor nominal y cuyo valor liquidativo se publica
diariamente por parte de la Sociedad Gestora.
Partícipes:
Nombre que reciben los ahorradores que invierten en un
fondo de inversión. Los partícipes son copropietarios del patrimonio del
fondo de inversión a través de las participaciones del mismo.
Paridad:
Compraventa de valores cotizables efectuada en bolsa con
la mediación de un intermediario bursátil.
Pasivo:
Contablemente se interpreta
como el conjunto de obligaciones o deudas que tiene contraidas una
empresa.
Pasivo
circulante
Se denomina pasivo
circulante a las Cuentas del Balance que representan el
"exigible a corto plazo" ejemplo: Proveedores de
materias primas y auxiliares cuyo pago deba realizarse en un plazo
máximo de 90 días fecha, créditos bancarios a corto plazo,
acreedores diversos, efectos a pagar hasta 90 días fecha,
intereses a pagar de obligaciones, dividendos pendientes de pago,
provisión para impuestos etc..
Patrimonio:
Conjunto de bienes y
derechos detentados por una persona física o jurídica.
Patrimonio
financiero:
Parte del patrimonio de una
persona o entidad invertido en los mercados financieros.
Patrimonio
neto:
Son los bienes y derechos
que poseee una persona física o jurídica dedudiendo las deudas.
Patrimonio
social:
Son todos los bienes y
derechos que posee una sociedad mercantil.
Pay-back:
Voz anglosajona que puede
definirse como el tiempo que tarda en recuperarse el desembolso de
una inversión o plazo de amortización. Se utiliza como un
criterio de selección de inversiones considerando el factor
tiempo.
Pay out:
Expresión inglesa que indica el porcentaje del beneficio
neto que se distribuye en dividendos.
Per:
Acrónimo inglés de Price Earnings Ratio. Es el cociente
entre la cotización de una acción y el beneficio neto por acción de la
sociedad. Ratio muy usado para comparar valores o sectores o incluso
distintas Bolsas de Valores.
Pérdida:
Saldo negativo de un negocio u operación. Es sinónimo
de déficit.
Periodificación:
Es la fijación de un gasto
o un ingreso al período concreto al que corresponde.
Periodo de canje:
Espacio de tiempo (generalmente 30 días) durante el cual
en una ampliación de capital los poseedores de acciones antiguas pueden
obtener las acciones nuevas según las condiciones de la ampliación de
capital. Durante este periodo existe mercado en bolsa para los derechos de
suscripción.
Periodo
de carencia:
Plazo especial y no usual
que se concede a determinados prestatarios para el inicio del pago
de amortización o intereses de un préstamo.
Periodo de suscripción:
Periodo para suscribir nuevas acciones, transcurrido el
cual se pierde el derecho para suscribir los nuevos valores.
Permuta:
Es el acuerdo o contrato por
el cual cada uno de los permutantes se obliga a dar una cosa para
recibir otra.
El Código Civil lo
define como el contrato por el cual cada uno de los contratantes
se obliga a dar una cosa para recibir otra.
Permuta
de divisas:
Véase " Swap de
divisas ".
Permuta
de tipos de interés:
Véase " Swap de tipo
de interés".
Permuta
financiera:
Véase la voz anglosajona
" swaps". Se trata del intercambio de instrumentos
financieros entre entidades de crédito
Peseta:
Moneda española de curso legal en
España. Se simboliza con Ptas.
PIB:
Acrónimo de Producto Interior Bruto. Ver (Producto
Interior Bruto).
Pignorar:
Dar en prenda o empeñar.
Píldora venenosa:
Medida de defensa que toma una empresa para dificultar
una compra mediante una OPA hostil y que se pone
en marcha al comprar la empresa.
PIPO
En
el argot financiero equivale a punto básico.
Pirata:
Persona o empresa que incumple la legislación laboral y
fiscal y compone la economía sumergida de un país.
Placing:
Termino anglosajón para designar la colocación previa
de un valor entre inversores instituciones antes de entrar en el mercado
secundario.
Plan de pensiones:
Contrato por el cual una entidad financiera se compromete
a realizar unos pagos periódicos, para recibir a partir del momento de la
jubilación (nunca antes) el dinero ahorrado y sus rendimientos. No se debe
confundir con un Plan de jubilación.
Plaza:
Población o lugar donde se realiza un mercado.
Plazo:
Cada uno de los pagos regulares y parciales de una
obligación. Periodo de tiempo fijado para el cumplimiento de una
obligación o para la realización de un acto.
Plazo
de recuperación de la inversión:
Véase " Pay-back".
Plazo de suscripción:
Ver periodo de suscripción.
Plusvalía:
Beneficio que se realiza al vender un activo a un precio
superior al de su adquisición. Se llama plusvalía potencial o teórica a
la calculada en función del precio de mercado, pero sin haber realizado la
venta.
Point and figure:
Chart muy sencillo que representa sólo la cotización de
cierre, prescindiendo del tiempo y del volumen de negocio.
Política:
Conjunto de actividades desarrolladas para conseguir un
objetivo general o a largo plazo. Por ejemplo la política comercial de una
empresa.
Política de dividendos:
Plan de actuación de una sociedad para distribuir sus
beneficios entre los accionistas a través de los dividendos.
Política de rentas:
Conjunto de acciones gubernamentales de control
económico que pretende influenciar mediante controles de salarios, precios,
dividendos, alquileres, etc. Está en deshuso por ineficaz.
Política de tipo de cambio:
Conjunto de acciones gubernamentales de control
económico que prentede influenciar la demanda mediante la fijación
artificial de tipos de cambio de la moneda del país. Actualmente es de
difícil aplicación debido a la independencia de los mercados financieros.
Política económica:
Conjunto de medidas de políticas fiscal, política de
rentas, política de cambio y política monetaria que son manejadas por las
autoridades económicas de un país para conseguir determinados objetivos
macroeconómicos.
Política fiscal:
Conjunto de acciones gubernamentales de control
económico que pretende influenciar la demanda mediante un plan de
actuación de los gastos e ingresos públicos.
Política monetaria:
Conjunto de acciones gubernamentales de control
económico que pretende influenciar la demanda mediante un plan de
actuación sobre la cantidad de dinero existente en el sistema y sobre los
tipos de interés.
Póliza de crédito:
Documento en el que se instrumenta un crédito financiero
con la intervención de un fedatario público.
Póliza de valores:
Documento que emitido por el intermediario
bursátil que
acredita la titularidad de los valores adquiridos.
Ponderación:
Consideración equilibrada y compensada que se da a unos
argumentos o valores de forma proporcional a su importancia. Por ejemplo el
Ibex 35 es un índice ponderado en el que los títulos se consideran según
su volumen de negocio.
Porcentaje:
Cociente o fracción expresado en tanto por ciento, que
se representa por el símbolo %. Se calcula dividiendo el valor
correspondiente entre el total que lo comprende y multiplicando por cien.
Portador:
Título o documento en el que no consta el titular y
pertenece a la persona que lo tiene en su poder.
Posición:
Disposición para comprar o vender en bolsa. Cuando se
está en posición compradora. Por el contrario cuando se tienen títulos en
cartera y se desea venderlos se dice que se está en posición vendedora.
Posición corta:
Posición en la que se está, en los mercados a plazo, al
efectuar ventas al descubierto.
Posición dinero:
Exceso de demanda de títulos por exceso de dinero o
falta de papel, que puede llegar a impedir realizar operaciones. Es lo
contrario de posición papel.
Posición larga:
Posición en la que se está, en los mercados a plazo, al
efectuar compras.
Posición papel:
Exceso de oferta de títulos por falta de dinero o exceso
de papel, que puede llegar a impedir realizar operaciones. Es lo contrario
de posición dinero.
Potencial:
Posible, pero todavía no real.
Precio:
Valor en dinero de un bien.
Precio
bursátil:
Valor en términos
monetarios de los valores negociables cotizados en Bolsa.
Precio
competitivo:
Es el precio establecido en
un mercado financiero de libre concurrencia.
Precio
comprador:
Es el precio que el
comprador pagará por la adquisición de un activo financiero.
Precio
constante:
Es el precio corriente de un
valor corregido con el índice de precios con el objeto de
calcular el efecto que la inflación ha tenido a lo largo del
tiempo considerado sobre el precio actual.
Precio
justo:
En Bolsa se entiende que los
valores negociables valen lo que por ellos se paga y se considera
justo cuando no intervienen más factores que los que condicionan
la oferta y la demanda.
Precio
limpio:
Es el precio de un activo
descontando los intereses corridos o los dividendos devengados y
no cobrados.
Precio
medio ponderado:
Es un procedimiento de
determinación de las existencias finales en almacen por el cual
se determina un precio medio de compra de los stocks adquiridos a
distintos precios para determinar el coste de ventas y beneficio
realizado.
Precio
teórico del futuro:
El precio teórico del
futuro es el precio que tenga el activo subyacente en la
actualidad más el coste de financiar el activo menos el dividendo
que reparte.
Ptf = Precio actual + coste
de financiación - dividendo repartido.
Precio
/cash flow:
Véase " P/CF -
Precio/Cash Flow".
Precio/
valor contable:
Véase " P/VC -
Precio/valor contable"
Precio de cierre:
Ultimo precio de compra-venta que se ha hecho de un
título en bolsa antes de cerrar la sesión.
Precio de emisión:
Es la cantidad por la que la entidad emisora esta
dispuesta a ceder sus valores en la emisión.
Precio de ejercicio:
Es el precio al cual el poseedor de una opción tiene el
derecho a comprar o vender las acciones o títulos.
Precio de mercado:
Precio en el que se iguala la oferta y la demanda. Se
llama cotización en los mercados financieros.
Precio teórico:
Precio de una acción teniendo en cuenta la situación
real de una sociedad, sus beneficios, ventas, etc. y excluyendo la
apreciación subjetiva que le puede dar el mercado. También se conoce como
precio según libros.
Predicción:
Análisis racional de lo que va a suceder. Es más
correcto el término previsión.
Prenda:
Derecho sobre bienes, cuya finalidad es garantizar el
cumplimiento de una obligación a crédito.
Prenda
de acciones:
Constitución de garantía
de acciones dadas en prenda al acreedor para garantizar una
obligación.
Prenda
de valores mobiliarios:
Constitución de garantía
prendaria sobre valores mobiliarios.
Préstamo:
Contrato por el que una de las partes entrega a la otra
dinero u otra cosa fungible con la condición de devolver otro tanto de la
misma especie y calidad. Habitualmente lleva consigo el pago de interés.
Previsión bursátil:
Análisis del curso de las cotizaciones de los valores
con el fin de deducir de ellos una tendencia.
Prima:
En los mercados a plazo es el precio pagado por el
comprador de opciones al vendedor por adquirir el derecho a comprar una sola
acción. Como cada contrato es de cien acciones el precio al contado es cien
veces la prima. En general la prima es el exceso que se paga sobre el valor
teórico de un activo financiero.
Prima
de amortización:
Dícese del premio concedido
a los títulos, normalmente obligaciones y bonos, que son
amortizados anticipadamente al plazo normal fijado en las
condiciones de emisión. Es usual en el contrato de emisión que
se haya previsto que parte de la emisión se amortice
anticipadamente en sorteos periódicos y que se conceda a los
títulos amortizados una prima.
Prima
de conversión:
Diferencia que existe entre
el cambio de una obligación convertible y el cambio de la acción
a la que da derecho la conversión.
Prima de emisión:
Sobreprecio sobre el valor nominal con el que se emiten
las nuevas acciones para compensar el mayor valor que tienen las acciones
antiguas existentes en el mercado y compensar a los accionistas por la
dilución del valor de las acciones.
Prima de riesgo:
Diferencial de tipos de interés de la deuda de un país
con respecto a otro. También se llama riesgo-país. Por ejemplo las
obligaciones a diez años, españolas tienen un tipo de interés más alto
que las alemanas y esta diferencia es la prima de riesgo o riesgo-país.
Privatizar:
Vender al sector privado de la economía un activo
propiedad del sector público. Se aplica especialmente a empresas públicas
y es lo contrario de nacionalizar.
Producto Interior Bruto:
Conocido como PIB, es el valor total de los bienes y
servicios producidos en un país en un periodo de tiempo determinado,
deduciendo lo consumido en la producción.
Producto financiero:
Activo financiero creado para su venta a inversores. Es
sinónimo de instrumento financiero.
Pronóstico:
Análisis fundamental de lo que va a suceder en función
de los datos que se conocen o de situaciones similares.
Prorrata:
Cuota o porción que corresponde a cada una de las partes
que intervienen en el reparto de un activo financiero, realizando el
cálculo en proporción a la cantidad que cada uno debe pagar o percibir. No
implica que las partes sean iguales.
Prorrateo:
Prorrata que se aplica en los repartos en que es mayor la
cantidad demandada que la ofrecida. Por ejemplo: alguna Oferta Pública de
Venta (OPV).
Protocolo:
Acuerdo entre dos o más partes.
Prospección:
Exploración de posibilidades ocultas o futuras basada en
indicios presentes.
Puja:
Cantidad que ofrece un licitador en una subasta.
Pull back:
En análisis chartista movimiento en contra de la
dirección prevista que se forma al romper una línea de resistencia, pero
es de corta duración y en realidad confirma la dirección prevista. Por
ejemplo al romper una resistencia, la cotización cae de nuevo hasta la
resistencia convertida en soporte y luego inicia su movimiento alcista.
Punto:
Cantidad de dinero que se utiliza como unidad mínima al
determinar el valor de un activo financiero.
Punto básico:
Se usa al referirse a diferenciales de tipos de interés
y se abrevia por P.B. Es cada una de las centésimas, un uno por ciento de
forma que cien puntos básicos equivalen a un cien por ciento.
Punto
muerto:
Nivel de rentabilidad de una
empresa a partir del cual comienza a tener beneficios.
Punto
y figura:
Véase " Gráfico de
punto y figura".
Put:
Opción de venta de un valor mobiliario.
Quebranto:
Pérdida o daño de mucha entidad.
Quiebra:
Estado legal de una sociedad que hace perder la
disposición y administración de sus bienes, y que según un criterio
jurídico se procede a la liquidación del patrimonio de la sociedad para el
reparto entre los acreedores, como consecuencia de la incapacidad de la
sociedad para hacer frente a las deudas contraídas en el ejercicio de su
actividad.
Quiebra fraudulenta:
La declarada por el juez como consecuencia de la
realización por parte de la empresa de una serie de maniobras en evidente
perjuicio de los acreedores.
Quita:
Convenio entre acreedor y deudor por el que este paga una
parte de su deuda y aquel renuncia a su derecho sobre el resto.
Quorum:
Número de miembros de un consejo o cuerpo deliberante
que ha de encontrarse presente para que los acuerdos adoptados tengan
validez.
Raider:
Nombre inglés que se da a los tiburones financieros.
Random Walk:
Voz anglosajona que puede traducirse por " camino
aleatorio". Se denomina también " hipótesis del mercado
eficiente", que supone que el mercado de valores descuenta toda la
información que afecte a los valores de forma inmediata por lo que ningún
inversos se encuentra en mejor posición que otros.
Rating:
Palabra inglesa que se puede traducir como
clasificación. En Economía y finanzas se utiliza preferentemente para
clasificar las sociedades por su solvencia financiera.
Ratio:
Palabra inglesa muy utilizada en economía y finanzas que
se puede traducir como relación o proporción entre dos magnitudes
financieras.
Ratio
bursátil:
Relación entre dos
magnitudes bursátiles que puede expresarse en forma de un
cociente o de un porcentaje.
Ratio de autonomía financiera:
Es la relación entre los recursos propios y el pasivo
exigible. Expresa la cantidad de recursos propios de la empresa para hacer
frente a sus deudas o pasivo exigible.
Ratio
de cobertura:
En los mercados de productos
derivados es el número de contratos de futuros y opciones que es
preciso contratar para cubrir el riesgo del activo subyacente.
Ratio
de disponibilidad:
Es la relación del
disponible de una empresa para hacer frente a sus deudas a corto
plazo y se expresa así:
Ratio de Disponibilidad =
Disponible/Exigible a corto plazo.
Ratio de endeudamiento:
Es la relación entre el total de las deudas y el pasivo
de la sociedad. Determina la proporción de deudas de la empresa. Sus
valores óptimos se sitúan entre el 0,5 (50 %) y el 0,6 (60 %).
Ratio de gastos financieros:
Es la relación entre los gastos financieros y las
ventas. Su valor óptimo ha de ser menor de 0,04 (4 %), pero en el sector
eléctrico, que está muy endeudado, el valor óptimo es 0,4-0,5 (40-50 %).
Ratio de liquidez:
Es la relación entre el activo circulante y el pasivo
circulante. El valor óptimo es dos (200 %).
Ratio de rentabilidad del capital:
Es la relación entre el beneficio neto total de la
sociedad y su capital social.
Realizable:
Capítulo del Balance de una
empresa que recoge las partidas correspondientes a primeras
materias, materias en curso de transformación y productos
terminados y las cuentas de clientes y deudores.
Realizar:
Venta de un activo financiero a cambio de efectivo. Es
sinónimo de vender. Por ejemplo si se venden acciones y se obtienen
beneficios, se dice que se realizan beneficios, por el contrario si se vende
con pérdidas se realizan pérdidas.
Realizar beneficios:
Operación de venta de títulos, cuando con esta venta se
materializan las ganancias por diferencia de precios entre las ventas y las
compras.
Realizar pérdidas:
Operación de venta de títulos, cuando con esta venta se
materializan las pérdidas por diferencia de precios entre las ventas y las
compras.
Recargo:
Cantidad adicional que se debe pagar por obtener un
servicio especial o compensar un daño producido.
Recesión:
Disminución de la actividad económica de un país
dentro de sus ciclos económicos. Técnicamente se produce una recesión
cuando el crecimiento del PIB es negativo de forma consecutiva durante tres
trimestres. Cuando la recesión es muy profunda y prolongada se llama
depresión.
Recomendación:
Consejo o sugerencia que da una casa de bolsa o un
analista financiero sobre un producto financiero o sobre tomar una posición
en un mercado financiero. La única garantía que tiene es el prestigio de
la casa de bolsa o el analista financiero.
Recompra:
Operación de compra hecha
para atender una venta en descubierto por un error o haberlo hecho
en un número excesivo de valores.
Recorrido:
Diferencia entre el precio
más alto y más bajo de un valor negociable durante un período
de tiempo considerado.
Recorte:
Descenso ligero de las cotizaciones
Rectángulo:
En análisis chartista es una figura de equilibrio en
espera de definir tendencia que se forma entre un soporte y una resistencia,
ambas horizontales.
Recuperación:
Elevación sucesiva de los cambios a partir de un
descenso previo.
Recursos
ajenos:
Fondos externos utilizados
por la empresa para su financiación.
Recursos
financieros:
Es el conjunto de medios
financieros que tiene una empresa para financiar la adquisición
de los elementos de su activo.
Recursos
permanentes:
Véase " Fondos
permanentes".
Recursos
propios:
Capital más reservas de una
sociedad.
Redescuento:
Descuento realizado de un
título adquirido al descuento anteriormente.
Rédito:
Equivale a "
interés".
Reducción de capital:
Acto formal por el cual se reduce el capital social de
una sociedad, disminuyendo el valor nominal de las acciones o amortizando
una cierta proporción de ellas.
Reembolso:
Devolución o pago de principal de una emisión de
títulos de renta fija, de una deuda o en general de una cantidad debida.
Reestructuración de la deuda:
Cambio de las condiciones pactadas de un crédito o
préstamo de forma favorable al deudor para aprovechar la coyuntura del
mercado.
Refinanciación:
Sustitución de un crédito o préstamo por uno nuevo a
su vencimiento. La refinanciación se puede hacer para aprovechar
condiciones mejores del mercado.
Regalía:
Cantidad que ha de pagarse por el uso de una propiedad
industrial, patente, marca, etc., registrada a nombre de otro. En ingles se
llama royalti.
Reintegro:
Cantidad retirada de una cuenta corriente o de cualquier
depósito en una institución financiera.
Reinversión:
Acción de invertir nuevamente los beneficios obtenidos
en bolsa.
Remanente:
Se aplica a veces como sinónimo de beneficio, aunque en
términos financieros estrictos es el saldo final de una cuenta.
Rendimiento explícito:
Se aplica a los títulos de renta fija con pagos
periódicos de interés que se liquidan por años vencidos. Por ejemplo los
Bonos y Obligaciones del Estado.
Renovable:
Se aplica a los títulos de renta fija que pueden ser
prolongados en su vigencia una vez vencido el plazo normal de duración.
Renta:
Beneficio que rinde anualmente un bien.
Renta de valores:
Rendimiento producido por la tenencia de valores, bien en
forma de intereses, dividendos, venta de derechos, primas de asistencia a
juntas, primas de amortización,...
Renta fija:
Conjunto de activos financieros que tienen una
rentabilidad fija (bonos, pagarés, etc). La renta fija no implica la
seguridad de cobro, que depende de la solvencia del emisor.
Renta variable:
Expresión genérica que se aplica al mercado de
acciones. Se llama así porque la rentabilidad depende del pago variable de
los dividendos el cual a su vez depende de los beneficios de la sociedad y
de su política de dividendos.
Rentabilidad:
Obtención de beneficios en una actividad económica o
financiera. Es una de las características que definen una inversión junto
con la seguridad y la liquidez.
Rentabilidad por accionista:
Es la que relaciona el beneficio distribuido por la
sociedad entre sus accionistas con los capitales realmente aportados por
ellos.
Rentabilidad real:
Rentabilidad calculada teniendo en cuenta teniendo en
cuenta el valor del dinero en el tiempo.
Rentista:
Persona que recibe rentas de la inversión de sus
ahorros.
Repo:
Nombre con el que se conoce en los mercados financieros
las operaciones con pacto de recompra. También denominadas operaciones de
dobles.
Reserva Federal:
Organismo que en Estados Unidos desarrolla las funciones
de Banco Central.
Residente:
Persona física o jurídica con domicilio en un país a
efectos legales y fiscales. El residente puede tener la nacionalidad del
país o ser extranjero.
Resistencia:
En análisis chartista es la línea recta que no puede
ser superada por la curva de cotizaciones y que marca la tendencia de las
cotizaciones. Puede ser horizontal o inclinada.
Resultados:
Cifra que se obtiene deduciendo de los ingresos todos los
gastos, incluyendo amortizaciones, minusvalías, etc. Si el resultado es
positivo se llama superavit o beneficio y si es negativo se llama déficit o
pérdida.
Resultados extraordinarios:
Resultados no generados por las operaciones normales y
típicas del objeto social de la empresa. Por ejemplo en un banco, las
ventas de oficinas antiguas.
Resultados ordinarios:
Resultados generados por las operaciones normales y
típicas del objetivo social de la empresa. Por ejemplo un fabricante de
coches, las ventas de los mismos.
Retención:
Conservación de parte de una cantidad que se debe pagar
para garantizar el cumplimiento de alguna obligación, generalmente de tipo
fiscal. Por ejemplo los dividendos tienen una retención a cuenta del 25 %,
que es la diferencia entre el dividendo bruto y el dividendo neto.
Retribución:
Recompensa o pago por algún servicio o condición.
Retroactividad:
Capacidad que tiene una decisión de surtir efecto
respecto a situaciones pasadas en el tiempo.
Revalorización:
Incremento del valor de un activo financiero.
Revaluación:
Aumento del tipo de cambio de una divisa, bien de forma
continuada en los mercados de divisas o de forma brusca por decisión
política en mercados con cambio oficial.
Riesgo país:
Nombre con el que también se conoce la prima de riesgo
de un país.
Roa:
Acrónimo de Return On Assets. Establece la rentabilidad
en función del tamaño de la sociedad, dividiendo el beneficio neto entre
el activo total.
Roe:
Acrónimo de Return On Equity. Establece la rentabilidad
sobre recursos propios, dividiendo el beneficio neto entre el capital más
las reservas.
Roll over:
En los mercados de futuros, término inglés que
determina el traspaso de posiciones de un contrato que finaliza a otro que
todavía tiene lejano su término.
Royalti:
Ver Regalía.
RSI (Relative Streeght Index)
Conocido como indicador de Fuerza Relativa. Es un
indicador que mide en cada momento la fuerza con que actua la oferta y la
demanda. El RSI se expresa en porcentaje, es decir es un oscilador que se
mueve entre el cero por ciento y el cien por cien, siendo cincuenta por
ciento la zona neutro.
S.A.:
Acrónimo de Sociedad Anónima. Son las únicas
sociedades que pueden cotizar en bolsa.
Sala de cambios:
Espacio físico donde trabaja el departamento de
arbitrajes.
Saldo:
Cantidad resultante de compensar el debe con el haber de
una cuenta, pudiendo ser positivo o negativo.
Saldo acreedor:
Saldo que figura en el haber de una cuenta o crédito. Es
un saldo positivo.
Saldo deudor:
Saldo que figura en el debe de una cuenta o crédito. Es
un saldo negativo.
Salir a bolsa:
Proceso dirigido a que las acciones de una sociedad
coticen en bolsa y se puedan comprar y vender libremente. También se conoce
como Entrar en Bolsa.
Salón de contratación:
Ver sala de cambios.
Saneamiento:
Venta o liquidacion de activos improductivos, reducción
de personal, etc, con el fin de recortar gastos o pérdidas en una sociedad
y potenciar sus actividades más lucrativas y mejorar de esta forma los
resultados.
SEC:
Acrónimo de Securities and Exchange Commission.
Organismo creado en 1934 que ejerce el control y vigilancia sobre el
conjunto de bolsas en USA. Es el equivalente a la CNMV española.
Secreto
bancario:
Obligación de las entidades
financieras de mantener la confidencialidad respecto a sus
clientes y sus operaciones.
Sector
bursátil:
Conjunto de valores
agrupados por su actividad u objeto social, que aparecen
conjuntamente en los boletines de cotización y en la información
bursátil y que permite definir singularmente el comportamiento de
cada uno los sectores.
Sector
primario:
Es aquel sector económico
que agrupa al conjunto de actividades ligadas a la transformación
del medio natural: agricultura, pesca, minería y actividad
forestal.
Sector
público:
Conjunto de instituciones,
actividades y servicios en donde la Administración Pública y el
Estado desarrollan un papel esencial.
Sector
secundario:
Es aquel sector económico
que agrupa al conjunto de actividades destinadas a la
transformación de las materias primas en bienes productivos o
consuntivos, se le denomina también sector industrial.
Sector
terciario:
Es aquel sector económico
que agrupa al conjunto de las actividades productoras de servicios
como el comercio, hostelería, turismo, comunicaciones, sector
bancario y financiero, seguros, etc.., se le denomina también
sector servicios.
Securitización:
Dícese de la tendencia de
los bancos comerciales en el mercado financiero internacional de
sustituir su actividad de préstamos y créditos por la emisión y
colocación de valores así como la organización, control,
gestión y asesoramiento de nuevas emisiones de empresas.
Segunda ventanilla:
Mercado interbancario que permite al banco central de un
país, una inyección de liquidez extra, mediante el descuento de Pagarés
del Tesoro y pólizas de crédito.
Segundo mercado:
Mercado bursátil establecido en algunos
países para
sociedades, con menos requisitos de información y de movimiento de
acciones.
Seguridad:
Carente de riesgo o de peligro. Es una de las
características que definen una inversión con la rentabilidad y la
liquidez.
Series de Fibonacci:
Series creadas por el matemático italiano Leonardo de
Pisa (1175-1250) conocido como Fibonacci, que descubrió una serie numérica
en que cada número es la suma de los dos anteriores (1, 1, 2, 3, 5, 8,
13,...) y que se puede aplicar a los fenómenos naturales, entre ellos a la
bolsa.
Serpiente monetaria:
Nombre periodístico que se da a la forma en que se
relacionan las divisas de los países dentro de unas determinadas bandas de
fluctuación fijadas por el Sistema Monetario Europeo (SME).
Sesión de bolsa:
Cada uno de los periodos hábiles para la contratación
de títulos establecido por una Bolsa de Valores.
SIB:
Securities and Investment Board, ejerce el control y
vigilancia sobre las bolsas del Reino Unido. Es el equivalente a la CNMV
española.
SICAV:
Acrónimo de Sociedad de Inversión de Capital Variable.
SIM:
Acrónimo de Sociedad de Inversión Mobiliaria.
Simulación:
Representación simplificada de la realidad de un proceso
económico en un modelo. El modelo se utiliza para intentar visualizar
relaciones de causa efecto y realizar predicciones.
Sindicación:
Condición de las operaciones financieras suscritas o
respaldadas por varias instituciones que actúan en grupo.
Sindicato de accionistas:
Asociación de los accionistas de una sociedad para la
defensa de sus intereses frente a otros accionistas o terceros. Obliga a los
sindicados entre si, pero no a la sociedad frente a ellos.
Sindicato
de colocación:
Agrupación de varios bancos
o entidades financieras que, por medio de pacto se reparten los
títulos de una emisión y los riesgos de la operación,
asegurando además la colocación.
Sindicato
de emisión:
Véase " Sindicato de
colocación".
Sindicato
de garantía:
Agrupación de entidades
financieras que se encarga de la colocación de una emisión de
valores haciéndose cargo de los títulos sobrantes que no se
hayan podido colocar entre los suscriptores.
Sindicato
de obligacionistas:
Asociación que se
constituye obligatoriamente por Ley en cada emisión y puesta en
circulación de obligaciones y que tiene por objeto la defensa de
los titulares de obligaciones.
Sindicato
financiero:
Véanse " Sindicato
bancario" y " Sindicato de colocación".
Sinergia:
Cooperación de personas u organizadores para realizar
una función de forma más efectiva que si se mantuviesen independientes.
Sistema:
Grupo de elementos o componentes interdependientes que
pueden ser identificados y tratados como un conjunto.
Sistema bancario:
Conjunto de instituciones financieras de depósito de un
país. Incluye los bancos, las cajas de ahorro, la banca oficial,
cooperativas de crédito y el banco central.
Sistema crediticio:
Conjunto de instituciones crediticias de un país. En
España está integrado por el Banco de España, el sistema bancario, y las
entidades de crédito oficial.
Sistema financiero:
Conjunto de regulaciones, normativas, instrumentos,
personas e instituciones que operan y constituyen el mercado de dinero y el
mercado de capitales de un país.
Sistema monetario:
Conjunto de instrumentos, instalaciones y reglas que
rigen el mercado monetario de uno o varios países. El sistema monetario
tiene como función regular la liquidez de una economía.
Sistema monetario europeo:
Acuerdos e instituciones que regulan las relaciones entre
las divisas de los principales países de la UE desde marzo de 1979. Su
objetivo es establecer una zona de estabilidad monetaria que facilite el
comercio al evitar fluctuaciones violentas y favorecer la integración
económica.
Sistema monetario internacional:
Conjunto de instituciones, instrumentos y medios de pago
que componen la liquidez y la tesorería internacional. El sistema monetario
recoge la filosofía y los principios económicos que rigen la fijación de
los cambios y la resolución de los desequilibrios en la balanza de pagos.
SME:
Acrónimo de Sistema Monetario Europeo.
Sobre la par:
Suscripción o compra de una acción a un precio superior
a su nominal o al 100%.
Sobrevaloración:
Precio de venta superior al verdadero valor de los
títulos.
Sociedad:
Entidad colectiva con personalidad jurídica propia,
instituida mediante contrato que reune a varias personas que se obligan a
poner en común bienes o industrias con ánimo de lucro. Las sociedades
pueden ser civiles o comerciales.
Sociedad anónima:
Sociedad de carácter mercantil en la que el capital
está dividido en acciones e integrado por las aportaciones de los socios
que no responden con un patrimonio personal a las deudas de la sociedad.
Sociedad civil:
Sociedad formada según las normas jurídicas y que no
tiene por objeto la consecución de fines mercantiles. También se conoce
como sociedad sin animo de lucro.
Sociedad creadora de mercado:
Ver Sociedad de contrapartida.
Sociedad de Bolsa:
Sociedad que asesora y administra carteras y entidades de
inversión colectiva, realizan colocaciones privadas y públicas y en general
intermedia en operaciones bursátiles. Tiene que estar registrada en la CNMV
y no pueden realizar operaciones en nombre propio a diferencia de las
Agencias de Bolsa.
Sociedad de cartera:
Sociedad anónima cuyo objetivo exclusivo es la compra
venta de participaciones accionariales en otras sociedades con el fin
primordial de inversión. Actúan sólo como socio financiero, sin controlar
la gestión de sus empresas participadas a diferencia de la sociedad
tenedora.
Sociedad de contrapartida:
Sociedad que crea un mercado secundario para un título
de renta fija o variable, aumentando su liquidez. También son conocidas
como sociedades creadoras de mercado.
Sociedad de inversión mobiliaria:
Sociedad de cartera de capital fijo o variable cuyo
objeto social consiste en la compra venta de títutlos y que cotiza en
bolsa. La legislación española les exige ciertos requisitos en cuanto al
mínimo de capital, número de accionistas, etc., a cambio de ventajas
fiscales. Se conocen como SIM.
Sociedad de inversión de capital variable:
Sociedad de cartera que tiene como objetivo la
compraventa de participaciones de Fondos de inversión. Es un fondo de
fondos. Se conoce como SICAV.
Sociedad filial:
Sociedad en que más del 50 % de su capital social
pertenece a una sociedad o grupo de empresas, llamada sociedad tenedora o
sociedad matriz.
Sociedad gestora:
Sociedad anónima encargada de administración y gestión
de un Fondo de Inversión (FIM). Presta sus servicios a cambio de una
comisión de gestión que suele ser una cantidad porcentual sobre el volumen
de fondos administrados.
Sociedad instrumental:
Sociedad interpuesta que se constituye generalmente con
un pequeño capital social para cubrir un objetivo fiduciario de limitación
de responsabilidad.
Sociedad matriz:
Sociedad tenedora que encabeza un grupo de empresas
controlando su propiedad, bien directamente o a través de otras filiales.
Habitualmente la sociedad matriz consolida en sus balances y cuenta de
resultados las de sus filiales.
Sociedad mediadora en el mercado de dinero:
Sociedad autorizada por el Banco de España cuya función
es crear mercados secundarios actuando por cuenta propia en el mercado
monetario. Su cartera de activos está constituida fundamentalmente por
Letras del Tesoro y otros activos financieros a muy corto plazo y se
refinancia tomando fondos del mercado interbancario o con líneas de la
banca privada. También realiza operaciones con pacto de recompra (Repos).
Sociedad mercantil:
Sociedad constituida según las normas jurídicas
mercantiles y que tiene por objeto la realización de operaciones de
comercio con fines lucrativos.
Sociedad participada:
Sociedad en la que más del 20 % y menos del 50 % de su
capital pertenece a otra sociedad o grupo de empresas. Se puede llegar a
controlar la gestión, pero no se consolida el balance completo, pero si los
fondos propios y los resultados del ejercicio.
Sociedad pública:
Sociedad en que el estado controla su gestión a través
de un paquete mayoritario de acciones.
Sociedad tenedora:
Sociedad anónima cuyo objetivo principal es la tenencia
de participaciones accionariales en otras sociedades con el fin primordial
de controlar su gestión. Para ello debe poseer más del 50 % del capital de
una o varias sociedades. Cuando la sociedad tenedora no depende de otra, se
llama sociedad matriz.
Socio:
Persona que en asociación con otra u otras, constituye
una sociedad mercantil con fines de lucro, participando en las pérdidas y
beneficios. Cuando es socio de una sociedad anónima se usa el término
accionista.
Solvencia:
Capacidad de pagar las deudas a su vencimiento. Su
opuesto es la insolvencia.
Sopera:
Nombre con el que también se conoce la figura chartista
llamada suelo redondeado.
Soporte:
En análisis chrtista línea recta en la que se apoyan
los mínimos de la curva de cotizaciones y que indica la tendencia de los
títulos. Puede ser horizontal o inclinada y su opuesto es una resistencia.
Sostenido:
En el mercado bursátil equivale a un mercado cuyos
precios no bajan.
Split:
Reparto de un activo financiero en varias partes iguales,
de forma que el conjunto de estas partes vale igual que el activo financiero
antes de su división.
Standard and Poor´S:
Es un índice de la Bolsa de Nueva York que sirve de
subyacente en los mercados de futuros. Está compuesto por los quinientos
títulos con mayor capitalización bursátil.
Stop loss:
Orden de venta, dentro del análisis chartista, que
obliga a vender si la cotización pierde un nivel prefijado. Se puede
traducir como alto a las pérdidas.
Strike:
Palabra inglesa que en los mercados de opciones se
traduce por precio del ejercicio.
Strip:
Nombre que reciben los bonos segregados. Son bonos u
obligaciones del estado en los que es posible la segregación de sus cupones
y el principal, con lo que aparecen títulos con rendimiento implícito que
se negocian de forma separada.
Subasta:
Sistema de venta basado en la competencia directa y
generalmente pública de los compradores para presentar una oferta mayor. El
bien subastado se adjudica al comprador que más dinero haya ofrecido por
él. La subasta puede ser en sobre cerrado y se adjudica a la mejor oferta
sin posibilidad de mejorarla una vez conocida.
Subordinada:
Se aplica a los activos financieros (deuda, hipoteca,
etc) cuyo tipo de interés está directamente relacionado con un índice
financiero (mibor, etc.), de forma que el tipo de interés no es fijo y
sigue al índice al que está subordinado. También se llama indicación.
Subrogación:
Sustitución de una persona por otra en el ejercicio de
unos derechos o en el cumplimiento de unas obligaciones que corresponden al
sustituto.
Subsidiaria:
Ver sociedad filial.
Subyacente:
Título o activo financiero sobre el que se efectúa la
negociación de una opción. Ambos cotizan de forma paralela en mercados
financieros diferentes: el subyacente en un mercado al contado y la opción
en un mercado de futuros.
Suelo durmiente:
En análisis chartista es una figura alcista que forma la
curva de cotización en títulos de poca capitalización bursátil. Es el
caso extremo del suelo redondeado por escasez de volumen y movimiento de la
cotización. Es una figura chartista que a veces tarda años en completarse.
Suelo redondeado:
En análisis chartista es una figura alcista que se forma
generalmente en periodos de poca actividad bursátil y es una figura muy
lenta que se caracteriza por un movimiento en mínimos casi horizontal
excepto en el momento del break out o ruptura de la figura. Su figura
opuesta es el top redondeado.
Suscribir:
Comprometer la compra de títulos de renta fija o
variable.
Suspensión de pagos:
Estado legal de una sociedad declarada por el juzgado a
solicitud de una empresa provisional o definitivamente insolvente.
Swap:
Instrumento financiero consistente en un contrato sobre
un producto derivado que permite una permuta financiera. Por ejemplo:
permite pasar una deuda en una divisa a otra de tipo de interés fijo o a
uno flotante, etc.
T-Bond:
Bono del tesoro, generalmente a 10 y 30 años, emitido
por el Departamento del Tesoro de USA. Equivalente al Bono español.
TAE:
Acrónimo de Tasa Anual Equivalente. Tipo anual efectivo,
que fija de manera precisa el coste total del dinero tomado a crédito de
las entidades financieras, incluyendo el porcentaje nominal, más el recargo
resultante por la modalidad de amortización, y la incidencia de la
comisión de apertura, etc. Su inclusión expresa en todas las operaciones
de crédito, es una obligación legal en multitud de países, incluida
España.
Talonario:
Libro donde se conservan las
matrices de las acciones emitidas físicamente./ Libro de cheques.
Tancredos:
Denominación en lengua
castellana que se utiliza para designar a los inversores
inmovilistas, aquellos que no se ocupan de su cartera de valores o
bien los que poseen bienes o valores de los que obtienen una
cierta rentabilidad por lo que prefieren no arriesgarse en busca
de mayores rendimientos.
Tanto
efectivo del emisor:
Tipo al que resulta una
emisión de valores de renta fija a la entidad emisora que es
distinto al tipo definido en la emisión ya que se incrementa con
los gastos a su cargo derivados de la propia salida al mercado en
oferta pública (publicidad, tasas, folletos informativos,
corretajes, comisiones de colocación, aseguramiento, estudio,
asesoramiento etc..)
Tanto
efectivo del obligacionista:
Es la rentabilidad efectiva
del suscriptor de una emisión de obligaciones o bonos.
Coincidirá normalmente con el tipo de interés real de la
emisión pero puede no coincidir siendo menor cuando existan
gastos a su cargo o mayor cuando la emisión se realiza por debajo
de la par.
Target:
Equivale a Trans-European
Real-Time Gross Settlement Express Transfers que podría
traducirse como Sistema Transeuropeo de Pagos Brutos en Tiempo
Real. Es el sistema para la realización de pagos en
"euros" y permitirá a todos los Estados miembros
participantes interconectados realizar transferencias
transfronterizas por toda la Unión Europea con valor del mismo
día. Los países que no participen en la moneda única podrán
conectarse al TARGET para realizar operaciones en
"euros".
Tarifas:
Representan el cuadro de
comisiones que perciben los miembros de los mercados financieros
por su actividad.
Tarjeta
de crédito:
Tarjeta de plástico que
permite a su titular la adquisición de bienes y servicios y la
obtención de dinero efectivo a crédito o con cargo a su cuenta.
Tasa:
Proporción de un activo financiero medido en unidades de
otro activo.
Tasa anual equivalente:
Ver TAE.
Tasa de cambio:
Precio de una divisa medida en unidades de otra. Equivale
al al tipo de cambio o cotización de la divisa.
Taza con asa:
En análisis chartista es una figura alcista consistente
en dos suelos redondeados, el segundo más pequeño que el primero y que
dibuja el perfil de una taza y su asa.
Techo:
Es el mayor de los precios
de un valor o un mercado representando gráficamente una tendencia
alcista.
Tedencias:
Dirección en que se mueven las cotizaciones de las
acciones y otros activos financieros. Se distinguen tendencias primas,
tendencias segundarias, y tendencias terciarias, pudiendo ser alcistas,
bajistas y horizontales.
Tendencia primaria:
Tendencia que dura más de un año y abarca toda la fase
alcista o bajista de un ciclo bursátil completo. Puede durar varios años y
varios ciclos económicos completos y son las tendencias a muy largo plazo.
Tendencia secundaria:
Son interrupciones dentro de las grandes tendencias
primarias y por consiguiente se mueven en sentido contrario a ellos. Pueden
durar de tres semanas a tres meses aunque es un dato relativo y en bolsa se
interpreta como una tendencia a medio plazo.
Tendencia terciaria:
Más que una tendencia es un movimiento de muy corta
duración debido a situaciones coyunturales o especulativas. Duran un
máximo de dos o tres semanas y se consideran corto plazo. Si todavía son
más cortos, menos de una semana, se consideran de muy corto plazo.
Tenedor:
Poseedor legítimo de un título o valor.
Tenedor de acciones:
Persona física o jurídica propietaria de acciones.
Equivale a accionista.
Teoría Dow:
Teoría formulada por Charles H. Dow en 1897 que se basa
en el movimiento del índice Dow Jones y asegura que cuando el Dow Jones de
industriales, alcanza un máximo o un mínimo, el índice Dow Jones de
transportes no debe tardar en seguirle, de lo contrario se considera falso o
erróneo.
Términos monetarios:
Se usa en macroeconomía para definir el crecimiento de
un dato económico con respecto a otro más antiguo, sin descontar el
crecimiento del índice de inflación que se ha producido entre ambos.
También se usa en términos nominales.
Términos reales:
Se usa en macroeconomía para definir el crecimiento de
un dato económico descontando la inflación, pues si no se descuenta la
inflación hablaríamos en términos monetarios o nominales.
Tesorería:
Liquidez o disponibilidad de medios líquidos en la caja
de una sociedad o entidad de crédito.
Tesoro Público:
Conjunto de los recursos financieros de la
administración del estado, ya sean dinero, valores o créditos obtenidos
tanto en operaciones presupuestarias como extrapresupuestarias. El Tesoro
Público es el cajero del estado
Testaferro:
Persona que aparece como titular en un negocio o
contrato, cuando en realidad solo presta su nombre a otro que es el
verdadero negociador o contratante. Equivale a fiduciario u hombre de paja.
Tiburón:
Especulador que compra acciones de una sociedad con una
cotización baja para controlarla y luego vender sus activos principales o
sus filiales, pensando que la empresa dividida vale más que en su forma
actual.
Tick:
Término inglés que equivale a punto. En mercados de
futuros se llama tick a la unidad mínima que se puede mover al alza o a la
baja una opción o futuro.
Tipo:
Relación entre variables económicas de forma que no se
expresa en forma absoluta, sino relativa de una con respecto a otro. Por
ejemplo un interés de siete pesetas sobre cien pesetas, representa un tipo
de interés del siete por ciento.
Tipo de cambio:
Es el precio de una moneda expresada en relación a una
moneda extranjera. El tipo de cambio se establece en el mercado de cambios
en función de la oferta y demanda de los agentes económicos y de la
intervención de las autoridades monetarias.
Tipo de depósito:
Es el tipo de interés que se paga a los clientes de
pasivos por la colocación de sus depósitos.
Tipo de descuento:
Es el tipo de interés al que el Banco Central descuenta
el papel de los bancos. En Alemania el tipo de descuento junto con el tipo
lombardo forma parte de los tipos directores fijados por el Bundesbank.
Tipo de emisión:
Es el tipo de emisión de los valores calculado en
porcentaje.
Tipo de interés:
Coste del uso del dinero en un crédito, préstamo u otra
obligación financiera. Generalmente se fija en forma de una tasa porcentual
anual.
Tipo de intervención:
Es el tipo al que se adjudican las subastas decenales de
compra de certificacos de depósito del Banco de España que están en poder
de las entidades financieras. Es el tipo oficial del dinero en España.
Tipo diario:
Son los registrados en las intervenciones que realiza el
Banco de España en el mercado con sus certificados o con otros títulos de
deuda pública de su cartera. Tiene una trascendencia menor, debido a su
mayor volatilidad, que el tipo de intervención.
Tipo lombardo:
Es el tipo de interés al que los Bancos centrales
prestan de forma extraordinaria a los bancos para cubrir las necesidades de
liquides diaria. En Alemania junto con el tipo de descuento forma parte de
los tipos directores fijados por el Bundesbank.
Tipo preferencial:
Tipo de interés que los bancos cobran a sus mejores
clientes. Es por tanto la tasa mínima de coste de crédito en un banco y
sirve de referencia para fijar los tipos de interés al resto de clientes.
Tipos de interbancario:
Ver Mibor.
Tipos directores:
Tipos de interés, compuestos por el tipo de descuento y
el tipo lombardo, que fijan el tipo oficial en Alemania. Los tipos
directores los fija el Bundesbank y el tipo de descuento es el suelo y el
lombardo el techo.
Tir:
Acrónimo de Tasa Interna de Rendimiento.
Titular:
El que tiene un bien en propiedad, como acciones,
depósitos, etc.
Titulización:
Incorporación de una deuda
no negociable en un título negociable.
Título:
Documento necesario para ejercitar el derecho literal y
autónomo mencionado en él. También se conoce como título-valor. Por
ejemplo: las acciones son títulos.
Título negociable:
Título que puede ser comprado o vendido.
Tocar fondo o techo:
En términos bursátiles se dice que los cambios ha
tocado fondo cuando, en un periodo de baja de los mismos, se presume que ya
no bajaran mas porque parece que la baja se detiene. A la inversa, en un
periodo de alza, se dice que los cambios han tocado techo.
Top:
En análisis chartista es la parte más alta alcanzada
por la curva de cotizaciones antes de que empiece a bajar. Cuando se forman
dos o tres máximos seguidos se llama doble top o triple top y constituyen
figuras de cambio de tendencia. La figura opuesta es el Bottom.
Top redondeado:
En análisis chartista es uan fígura bajista que se
forma generalmente en títulos de elevada capitalización bursátil y es una
figura lenta que se caracteriza por un movimiento de la curva de
cotizaciones en máximos casi horizontal y un volumen elevado. Su figura
opuesta es el suelo redondeado.
Tormenta financiera:
Nombre periodístico de una crisis financiera en los
mercados monetarios o de divisas.
Transacción:
Operación de compraventa en bolsa
Transparencia:
Cualidad del mercado bursátil por la que todos los
compradores conocen las propuestas de los vendedores y viceversa. Se aplica a un mercado financiero o a una operación que
no tiene partes ocultas que limiten el libre ejercicio de las leyes de la
oferta y la demanda.
Triángulos:
En análisis chartista es una figura de equilibrio en
espera de definir tendencia, que se forma entre una resistencia y un soporte
que convergen en un punto futuro, formando un triángulo.
Triángulo alcista:
En análisis chartista es el triángulo formado por un
soporte ascendente y una resistencia horizontal o ascendente. Es la figura
chartista contraria al triángulo bajista.
Triángulo bajista:
En análisis chartista es un triángulo formado por una
resistencia descendente y un soporte horizontal o descendente. Su figura
contraria es el triángulo alcista.
Tributo:
Prestación monetaria obligatoria regida por el principio
de legalidad, del cual se sirve el estado u otro ente público para obtener
los medios económicos necesarios para el cumplimiento de sus fines. Los
tributos se clasifican en tasas, impuestos y contribuciones especiales.
Triple hora embrujada:
Nombre que se da en Wall Street al momento en que se
realizan las liquidaciones mensuales de opciones sobre índices y que
habitualmente producen una elevada volatilidad.
Trueque:
Cambio directo de unos bienes por otros, sin utilización
de dinero u otro medio de pago.
Turbulencia:
Efecto de una tormenta financiera sobre un mercado
financiero.
Tunel:
Estrategia sobre derivados que consiste en adquirir una
opción call y vender una opción put. Así se consigue una zona plana de
protección ante bajadas inesperadas del mercado.
UE:
Acrónimo de Unión Europea.
UEM:
Acrónimo de Unión Económica y Monetaria.
Ultimo
cambio:
Es equivalente a "
Cambio de cierre".
Unidad
de cotización:
Situación que se da en el
mercado continuo bursátil donde un valor no puede ser cotizado en
este mercado y además en las Bolsas tradicionales.
Unión Económica y Monetaria:
Acuerdos alcanzados en la cumbre europea de Maastrich que
finaliza en 1999 con la existencia de una moneda única: el euro.
Unión Europea:
Organización internacional creada por el tratado de Roma
en 1957, a la que se unió España en 1986 y que agrupa a quince estados
europeos. Su principal objetivo económico es la libre circulación de
mercancías, personas y capitales y la creación de un espacio económico
común (Banco Central europeo, moneda única, etc). Sus órganos de
actuación son la Comisión, el Parlamento, el Consejo de Ministros y el
Tribunal de Justicia.
Usufructo:
Derecho de usar la cosa ajena y aprovecharse de todos sus
frutos con la condición de conservar su forma y sustancia.
Usufructo
de acciones:
Es un derecho real que recae
sobre acciones y que permite al usufructuario la obtención de los
frutos derivados de la titularidad de acciones -dividendos y otros
derechos de contenido económico.
Usufructo
de valores mobiliarios:
Es un derecho real sobre los
valores que permite al usufructuario la obtención de los frutos
de los mismos (dividendos, intereses y otros).
Usufructo
temporal:
Es el usufructo cuya
duración es por un plazo determinado.
Usufructo
vitalicio:
Es el usufructo cuya
duración es la de la vida del usufructuario.
Usura:
Interés del dinero prestado que excede del establecido
por la ley o por uso normal. Es ilegal.
Utilidad:
Satisfacción de necesidades que se obtiene por la
utilización de un bien. Se usa como sinónimo de beneficio.
Validar:
Dar fuerza o firmeza a una cosa, hacerla válida.
Valor:
Utilidad de un bien que permite recibir en equivalencia
una determinada cantidad de dinero, es subjetivo y se cuantifica en el
momento de la compraventa. En bolsa se usa como sinónimo de sociedad o
empresa.
Valor actual:
Resultado de descontar cantidades futuras de la cantidad
presente, utilizando una determinada tasa de descuento. Esta tasa de
descuento refleja los tipos de interés del dinero y el elemento de riesgo
que existe en la operación.
Valor Alfa:
Parámetro definido en la teoría financiera de cartera
de valores que explica la parte de la variación del rendimiento de una
acción que no tiene relación con los osciladores del índice general del
mercado. Se completa con el valor beta.
Valor Beta:
Parte de la variación de una acción, según la teoría
de cartera de valores, que está relacionada con el comportamiento del
índice bursátil. Una acción con un valor beta elevado subirá más
rápidamente que la media de la bolsa cuando el índice suba y viceversa. Se
completa con el valor alfa.
Valor bursátil:
Dícese del valor de un título en bolsa.
Valor contable:
Valor de una sociedad, y consecuentemente de cada una de
sus acciones, según se desprende de los libros de contabilidad. Se trata de
un valor histórico actualizado, deducidas las amortizaciones y el pasivo
exigible. Generalmente el valor contable no coincide con el valor bursátil.
También se conoce como valor según libros.
Valor
cotizado:
Valor admitido a negociación en bolsa.
Valor de Cotización:
Cambio de un valor en bolsa.
Valor de emisión:
Precio al que se pone en circulación un valor.
Valor de liquidación:
Valor de los activos cuando se venden de forma
independiente.
Valor efectivo:
Valor de mercado de un título.
Valor liquidativo:
En los Fondos de inversión es el valor de las
participaciones. Diariamente la Sociedad Gestora valora el patrimonio del
Fondo de Inversión y lo divide por el número de participaciones,
obteniendo el valor liquidativo de cada una de ellas.
Valor nominal:
En los títulos o acciones es la cantidad consignada en
cada uno de ellos y representa el importe que la Entidad emisora reconoce
haber recibido.
Valorar:
Evaluar, dar precio a un bien.
Valores cotizados:
Acciones y obligaciones admitidas a cotización en una
bolsa de valores oficial.
Variabilidad:
Fluctuación de las cotizaciones de un valor de modo
acusado en torno a una línea de tendencia
Vencimiento:
Fecha de amortización o
pago de intereses de los valores de renta fija.// Fecha de
finalización y cancelación de una operación financiera.
Vendi:
Documento que acredita la
conformidad de la venta por parte del vendedor con su firma y
haciendo constancia de haber recibido el precio de la operación.
Venta
bursátil a crédito:
Operación bursátil por la
que una persona vende al contado una determinada cantidad de
valores que no posee, entregando sólo un porcentaje inicial de
garantía del importe de la venta: Transcurrido el plazo
establecido, entregará la totalidad de los valores vendidos a
crédito. El vendedor a crédito recibe como préstamo los
valores, haciendo un depósito inicial de efectivo en garantía.
El mecanismo del préstamo
se rige por los deseos del inversor que cree que los valores van a
bajar transcurrido el plazo del préstamo y por ello los quiere
vender ahora. Al no poseerlos se los prestan y, posteriormente,
transcurrido el plazo del préstamo, los recompra a un precio
inferior para devolverlos al prestador. La diferencia entre uno y
otro precio le permite un beneficio que le compensa del riesgo de
la operación y de los gastos financieros del préstamo de valores
obtenido. El vendedor a crédito es un inversor bajista, ya que su
beneficio se producirá por una bajada de las cotizaciones de los
valores prestados.
Venta al descubierto:
Venta que se realiza sin compra previa de títulos,
esperando un descuento de la cotización para poderlos comprar más tarde a
un menor precio y saldar la venta con beneficios. Se ha de realizar en los
mercados a plazo.
Venta
de valores:
Operación de enajenación
de valores mobiliarios. Para efectua la venta de valores no
cotizados es necesario en muchos casos acudir a un fedatario
público- Corredor de Comercio o Notario- para formalizar la
documentación contractual.
Veto:
Derecho que tiene una persona o sociedad a impedir la
aprobación de un acuerdo.
Verificar:
Comprobación de la realidad
de un hecho. En materia de inversiones extranjeras es un trámite
administrativo para la comprobación por parte de la
Administración de la realidad de la inversión y de sus
circunstancias específicas.
Vinculante:
Que une, que obliga. Se aplica a una ley o disposición
que ha de ser observada por un determinado sujeto o grupo de sujetos para
los cuales ha sido creada.
Viva voz:
Procedimiento de contratación tradicional utilizado en
las bolsas españolas y que consiste en manifestar las posiciones de oferta
y demanda en voz alta.
Volatilidad:
Medida y grado de oscilación alrededor de un valor
medio. Se usa en los mercados financieros para diferenciar los activos
financieros estables de los que no lo son.
Volumen de negocio:
Cantidad de títulos contratados en un mercado financiero
en una sesión. Se usa especialmente en las bolsas de valores e indica la
actividad de las mismas. También se conoce como volumen de contratación.
Wall Street:
Nombre de la calle (calle del muro) en que está ubicada
la Bolsa de Nueva York.
Warrant:
Son opciones emitidas por una institución financiera
sobre la forma de un título. En sentido financiero las opciones y los
warrants son lo mismo.
Y
Yankees:
Son bonos denominados en
dólares emitidos por instituciones financieras internacionales.
Yen:
Moneda correspondiente al
Japón que por la importancia de su economía tiene gran
relevancia en los mercados internacionales de divisas y en
operaciones financieras internacionales.
Yield:
Nombre en inglés que expresa la rentabilidad de una
sociedad en función del dividendo. Se obtiene como la razón entre el
dividendo y la capitalización.
Z
Zero
coupon:
Término anglosajón que
designa la obligación con cupón cero
Zona de congestión:
En análisis chartista es la zona de fluctuación en los
máximos de la curva de cotizaciones. Generalmente indica un traspaso de
títulos de las manos fuertes a las manos débiles.
Zona de expansión:
En análisis chartista es una banda existente una vez
superada una línea de resistencia en un tres por ciento, y que se considera
una zona de seguridad, de forma que hasta que no se supere, esta zona, no se
considera confirmada la ruptura de la línea de resistencia.
Zona de fluctuación:
En análisis chartista, son las zonas limitadas por un
soporte y una resistencia entre las cuales se mueve la cotización. Si se
forma en los mínimos de la curva de cotizaciones se llama zona de
resistencia y si se forma en los máximos zona de congestión.
Zona de resistencia:
En análisis chartista es la zona de fluctuación en los
mínimos de la curva de cotizaciones. Generalmente indica un traspaso de
títulos.